PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN

Resolución 175/2015

Bs. As., 09/10/2015

VISTO la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, las Resoluciones SIGEN N° 96 de fecha 13 de noviembre de 2006 y N° 97 de fecha 1 de agosto de 2011, y el Expediente N° 2842/2015-SG-CDMEyS, y

CONSIDERANDO:

Que el 10 de diciembre del año 2015 se cumplirá el mandato asignado a la PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA, iniciado el 10 de diciembre de 2011.

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN tiene entre sus objetivos estratégicos, optimizar el modelo de control a partir de la experiencia, siendo importante para el logro del mismo, concientizar a las autoridades superiores sobre el rol que les corresponde en dicho modelo, promoviendo la cultura de la rendición de cuentas y la ordenada y oportuna transmisión de los asuntos a su cargo, al término de sus funciones.

Que, en este sentido, la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, emitió las Resoluciones SIGEN N° 96 del 13 de noviembre de 2006 y N° 97 del 1° de agosto de 2011, con relación a los períodos 2003/2007 y 2007/2011, respectivamente, para que las autoridades superiores de las jurisdicciones y entidades comprendidas en el Artículo 8° de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, elaboren un Informe de Control Interno y Gestión, con la finalidad de que la sucesión en las responsabilidades de dirección se realice de manera ordenada, transparente, confiable, oportuna y homogénea y que permita dar continuidad a los servicios y funciones gubernamentales.

Que numerosos estudios realizados en las disciplinas de la administración y la gestión del conocimiento han demostrado que lo que se ha denominado “memoria organizativa” constituye una buena práctica que minimiza los riesgos de pérdidas de información, con la desvinculación de los directivos de las organizaciones.

Que es conveniente brindar a las autoridades superiores de los organismos que integran el Sector Público Nacional, una herramienta que permita conservar esa “memoria organizativa”, que a la vez resulte de utilidad para los sucesores en la dirección de programas y proyectos estratégicos y para una mejor comprensión de los objetivos, logros, asuntos pendientes y propuestas de cursos de acción a seguir.

Que a efectos de dar operatividad a esta buena práctica en materia de control, es necesario que los organismos que integran el Sector Público Nacional, definidos en el Artículo 8° de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, formalicen su adhesión expresa a los contenidos detallados en el Anexo que se aprueba por la presente, de modo tal de poder realizar los ajustes y brindar la asistencia técnica que en cada caso concreto requiera su cumplimiento.

Que resulta conveniente establecer como fecha de cierre del informe, el 31 de octubre de 2015 y un plazo máximo de DIEZ (10) días contados a partir de esa fecha para su entrega y posterior integración al Informe General de Control Interno y Gestión 2011/2015.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 104, inciso a) de la Ley N° 24.156.

Por ello,

EL SÍNDICO GENERAL DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Considérase buena práctica de control interno que las autoridades superiores de los organismos que integran el Sector Público Nacional definidos en el Artículo 8° de la Ley N° 24.156 y sus modificaciones, elaboren adicionalmente a los procedimientos vigentes para la rendición de cuentas y transmisión de los asuntos a su cargo, un Libro Blanco de Gestión y Rendición de Cuentas, que deje constancia documental del estado y evolución de la jurisdicción o entidad, del desarrollo de programas y/o proyectos de gobierno, así como de otros asuntos que estimen relevantes, con la finalidad que la sucesión en las responsabilidades de dirección se realice de manera ordenada, transparente, confiable, oportuna y homogénea y permita dar continuidad a los servicios y funciones gubernamentales, así como a los programas y proyectos.

ARTÍCULO 2° — Apruébanse los “Contenidos sugeridos del Libro Blanco de Gestión y Rendición de Cuentas”, que como Anexo forma parte de la presente.

ARTÍCULO 3° — La fecha de cierre del informe será el 31 de octubre de 2015 y un ejemplar del mismo deberá ser remitido a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN dentro de los DIEZ (10) días posteriores, para su integración a un Informe General de Gestión y Rendición de Cuentas 2011/2015.

ARTÍCULO 4° — Las entidades y jurisdicciones que resuelvan adoptar esta práctica, deberán comunicarlo en forma expresa a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN antes del 31 de octubre de 2015.

ARTÍCULO 5° — Instrúyese a las Gerencias de Control Interno y a la Gerencia de Fiscalización de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN para que presten la asistencia técnica que le requieran las jurisdicciones y entidades respectivas.

ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. DANIEL G. REPOSO, Síndico General de la Nación.

ANEXO

CONTENIDOS SUGERIDOS DEL LIBRO BLANCO DE GESTIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS

I.- FUNDAMENTO

El ejercicio de la función pública se enmarca dentro de esquemas de evaluación de gestión y de controles internos y externos que promueven la consecución de los objetivos y metas institucionales, con la consecuente obligación por parte de los responsables de los organismos que integran el Sector Público Nacional, de informar sobre el desempeño de las instituciones a su cargo.

II.- CONTENIDO GENERAL

En el Libro Blanco de Gestión y Rendición de Cuentas se describen y se presentan los objetivos, propósitos o metas iniciales, así como los resultados obtenidos y aquellos a alcanzar en un plazo próximo por la jurisdicción, entidad, programa y/o proyecto seleccionado.

La referencia a programas y proyectos no alude exclusivamente a aquellos que tengan una formulación presupuestaria conforme las normas de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, sino a todo agrupamiento de acciones y obras que el titular del organismo pudiera definir con carácter amplio.

III.- CONTENIDOS ESPECÍFICOS

El contenido especificado para el Libro Blanco de Gestión y Rendición de Cuentas es de carácter general y enunciativo, por lo que su aplicación se hace sin perjuicio de la utilización de criterios complementarios que los organismos determinen en razón de las particularidades de cada caso. Sin perjuicio de los anexos que se quisieran presentar por separado se sugiere que su contenido mínimo responda al siguiente esquema:

1.-Se efectuará la presentación del documento, mediante un resumen ejecutivo del contenido del informe.

2.-Propósitos. En este apartado se describe el modelo de objetivos, propósitos o metas y de las principales políticas para alcanzarlos, que se plantearon al inicio de la gestión.

3.-Resultados y beneficios alcanzados. En este apartado se precisa el cumplimiento de los objetivos y metas de la jurisdicción, entidad, programa y/o proyecto, los resultados obtenidos y los beneficios alcanzados.

4.-Resultados a alcanzar. Se describen aquellos que se encuentran en proceso de ejecución y su plazo probable de concreción.

5.-Compromisos y acciones pendientes o en proceso de ejecución. Se deberán enunciar las cuestiones críticas existentes al momento de la asunción de las autoridades de la nueva gestión, describiendo en forma pormenorizada las acciones y compromisos en proceso, destacando los asuntos que puedan afectar la gestión de los organismos, señalando las acciones y compromisos anteriores, y aquellos que deberán atenderse en los primeros NOVENTA (90) días de la siguiente administración.

6.-Acciones emprendidas para establecer, mantener, perfeccionar y evaluar el sistema de control interno de la jurisdicción, entidad, programa y/o proyecto, al menos durante el último año.

7.-Modificaciones producidas durante el periodo de su gestión, incluyendo los principales cambios en el ordenamiento jurídico, que afectan el quehacer de la jurisdicción, entidad, programa y/o proyecto, según corresponda.

8.-Si se estima necesario, sugerencias para la buena gestión de la jurisdicción, entidad, programa y/o proyecto y observaciones sobre otros asuntos de actualidad.

IV.- PLAN COMPROMISO DE LA MEJORA DE LA GESTIÓN Y EL CONTROL INTERNO

En caso de que el organismo hubiera suscripto un acuerdo con la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN en el marco de las Resoluciones SIGEN N° 114 de fecha 9 de noviembre de 2004 o N° 36 de fecha 1 de abril de 2011, se dejará constancia del mismo, del grado de cumplimiento alcanzado, los compromisos pendientes de resolución y sus respectivos plazos.

De no haber suscripto acuerdo, informar el estado actual de las recomendaciones que durante su gestión le hubiera formulado la Unidad de Auditoría Interna y del cumplimiento de las disposiciones o recomendaciones que le hubiera remitido algún otro órgano de control.

V.- DISTRIBUCIÓN

El Libro Blanco de Gestión y Rendición de Cuentas se distribuirá, sin perjuicio de la confección de una cantidad mayor de ejemplares, como se indica a continuación:

Un ejemplar impreso será resguardado por la unidad responsable de su elaboración y debe entregarse al nuevo titular del organismo en caso de reemplazo por la administración entrante y otro ejemplar impreso debe entregarse a la Unidad de Auditoría Interna del organismo.

Un ejemplar en medio electrónico será girado a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, la cual los integrará a un Informe General de Gestión y Rendición de Cuentas 2011/2015 para su publicación.

e. 15/10/2015 N° 156782/15 v. 15/10/2015