PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN
Resolución 175/2015
Bs. As., 09/10/2015
VISTO la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, las
Resoluciones SIGEN N° 96 de fecha 13 de noviembre de 2006 y N° 97 de
fecha 1 de agosto de 2011, y el Expediente N° 2842/2015-SG-CDMEyS, y
CONSIDERANDO:
Que el 10 de diciembre del año 2015 se cumplirá el mandato asignado a
la PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA, iniciado el 10 de diciembre de
2011.
Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN tiene entre sus objetivos
estratégicos, optimizar el modelo de control a partir de la
experiencia, siendo importante para el logro del mismo, concientizar a
las autoridades superiores sobre el rol que les corresponde en dicho
modelo, promoviendo la cultura de la rendición de cuentas y la ordenada
y oportuna transmisión de los asuntos a su cargo, al término de sus
funciones.
Que, en este sentido, la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, emitió las
Resoluciones SIGEN N° 96 del 13 de noviembre de 2006 y N° 97 del 1° de
agosto de 2011, con relación a los períodos 2003/2007 y 2007/2011,
respectivamente, para que las autoridades superiores de las
jurisdicciones y entidades comprendidas en el Artículo 8° de la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional N° 24.156, elaboren un Informe de Control Interno y
Gestión, con la finalidad de que la sucesión en las responsabilidades
de dirección se realice de manera ordenada, transparente, confiable,
oportuna y homogénea y que permita dar continuidad a los servicios y
funciones gubernamentales.
Que numerosos estudios realizados en las disciplinas de la
administración y la gestión del conocimiento han demostrado que lo que
se ha denominado “memoria organizativa” constituye una buena práctica
que minimiza los riesgos de pérdidas de información, con la
desvinculación de los directivos de las organizaciones.
Que es conveniente brindar a las autoridades superiores de los
organismos que integran el Sector Público Nacional, una herramienta que
permita conservar esa “memoria organizativa”, que a la vez resulte de
utilidad para los sucesores en la dirección de programas y proyectos
estratégicos y para una mejor comprensión de los objetivos, logros,
asuntos pendientes y propuestas de cursos de acción a seguir.
Que a efectos de dar operatividad a esta buena práctica en materia de
control, es necesario que los organismos que integran el Sector Público
Nacional, definidos en el Artículo 8° de la Ley de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N°
24.156 y sus modificaciones, formalicen su adhesión expresa a los
contenidos detallados en el Anexo que se aprueba por la presente, de
modo tal de poder realizar los ajustes y brindar la asistencia técnica
que en cada caso concreto requiera su cumplimiento.
Que resulta conveniente establecer como fecha de cierre del informe, el
31 de octubre de 2015 y un plazo máximo de DIEZ (10) días contados a
partir de esa fecha para su entrega y posterior integración al Informe
General de Control Interno y Gestión 2011/2015.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 104, inciso a) de la Ley N° 24.156.
Por ello,
EL SÍNDICO GENERAL DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Considérase buena práctica de control interno que las
autoridades superiores de los organismos que integran el Sector Público
Nacional definidos en el Artículo 8° de la Ley N° 24.156 y sus
modificaciones, elaboren adicionalmente a los procedimientos vigentes
para la rendición de cuentas y transmisión de los asuntos a su cargo,
un Libro Blanco de Gestión y Rendición de Cuentas, que deje constancia
documental del estado y evolución de la jurisdicción o entidad, del
desarrollo de programas y/o proyectos de gobierno, así como de otros
asuntos que estimen relevantes, con la finalidad que la sucesión en las
responsabilidades de dirección se realice de manera ordenada,
transparente, confiable, oportuna y homogénea y permita dar continuidad
a los servicios y funciones gubernamentales, así como a los programas y
proyectos.
ARTÍCULO 2° — Apruébanse los “Contenidos sugeridos del Libro Blanco de
Gestión y Rendición de Cuentas”, que como Anexo forma parte de la
presente.
ARTÍCULO 3° — La fecha de cierre del informe será el 31 de octubre de
2015 y un ejemplar del mismo deberá ser remitido a la SINDICATURA
GENERAL DE LA NACIÓN dentro de los DIEZ (10) días posteriores, para su
integración a un Informe General de Gestión y Rendición de Cuentas
2011/2015.
ARTÍCULO 4° — Las entidades y jurisdicciones que resuelvan adoptar esta
práctica, deberán comunicarlo en forma expresa a la SINDICATURA GENERAL
DE LA NACIÓN antes del 31 de octubre de 2015.
ARTÍCULO 5° — Instrúyese a las Gerencias de Control Interno y a la
Gerencia de Fiscalización de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN para
que presten la asistencia técnica que le requieran las jurisdicciones y
entidades respectivas.
ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. DANIEL G. REPOSO, Síndico General
de la Nación.
ANEXO
CONTENIDOS SUGERIDOS DEL LIBRO BLANCO DE GESTIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS
I.- FUNDAMENTO
El ejercicio de la función pública se enmarca dentro de esquemas de
evaluación de gestión y de controles internos y externos que promueven
la consecución de los objetivos y metas institucionales, con la
consecuente obligación por parte de los responsables de los organismos
que integran el Sector Público Nacional, de informar sobre el desempeño
de las instituciones a su cargo.
II.- CONTENIDO GENERAL
En el Libro Blanco de Gestión y Rendición de Cuentas se describen y se
presentan los objetivos, propósitos o metas iniciales, así como los
resultados obtenidos y aquellos a alcanzar en un plazo próximo por la
jurisdicción, entidad, programa y/o proyecto seleccionado.
La referencia a programas y proyectos no alude exclusivamente a
aquellos que tengan una formulación presupuestaria conforme las normas
de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, sino a todo agrupamiento de
acciones y obras que el titular del organismo pudiera definir con
carácter amplio.
III.- CONTENIDOS ESPECÍFICOS
El contenido especificado para el Libro Blanco de Gestión y Rendición
de Cuentas es de carácter general y enunciativo, por lo que su
aplicación se hace sin perjuicio de la utilización de criterios
complementarios que los organismos determinen en razón de las
particularidades de cada caso. Sin perjuicio de los anexos que se
quisieran presentar por separado se sugiere que su contenido mínimo
responda al siguiente esquema:
1.-Se efectuará la presentación del documento, mediante un resumen ejecutivo del contenido del informe.
2.-Propósitos. En este apartado se describe el modelo de objetivos,
propósitos o metas y de las principales políticas para alcanzarlos, que
se plantearon al inicio de la gestión.
3.-Resultados y beneficios alcanzados. En este apartado se precisa el
cumplimiento de los objetivos y metas de la jurisdicción, entidad,
programa y/o proyecto, los resultados obtenidos y los beneficios
alcanzados.
4.-Resultados a alcanzar. Se describen aquellos que se encuentran en proceso de ejecución y su plazo probable de concreción.
5.-Compromisos y acciones pendientes o en proceso de ejecución. Se
deberán enunciar las cuestiones críticas existentes al momento de la
asunción de las autoridades de la nueva gestión, describiendo en forma
pormenorizada las acciones y compromisos en proceso, destacando los
asuntos que puedan afectar la gestión de los organismos, señalando las
acciones y compromisos anteriores, y aquellos que deberán atenderse en
los primeros NOVENTA (90) días de la siguiente administración.
6.-Acciones emprendidas para establecer, mantener, perfeccionar y
evaluar el sistema de control interno de la jurisdicción, entidad,
programa y/o proyecto, al menos durante el último año.
7.-Modificaciones producidas durante el periodo de su gestión,
incluyendo los principales cambios en el ordenamiento jurídico, que
afectan el quehacer de la jurisdicción, entidad, programa y/o proyecto,
según corresponda.
8.-Si se estima necesario, sugerencias para la buena gestión de la
jurisdicción, entidad, programa y/o proyecto y observaciones sobre
otros asuntos de actualidad.
IV.- PLAN COMPROMISO DE LA MEJORA DE LA GESTIÓN Y EL CONTROL INTERNO
En caso de que el organismo hubiera suscripto un acuerdo con la
SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN en el marco de las Resoluciones SIGEN
N° 114 de fecha 9 de noviembre de 2004 o N° 36 de fecha 1 de abril de
2011, se dejará constancia del mismo, del grado de cumplimiento
alcanzado, los compromisos pendientes de resolución y sus respectivos
plazos.
De no haber suscripto acuerdo, informar el estado actual de las
recomendaciones que durante su gestión le hubiera formulado la Unidad
de Auditoría Interna y del cumplimiento de las disposiciones o
recomendaciones que le hubiera remitido algún otro órgano de control.
V.- DISTRIBUCIÓN
El Libro Blanco de Gestión y Rendición de Cuentas se distribuirá, sin
perjuicio de la confección de una cantidad mayor de ejemplares, como se
indica a continuación:
Un ejemplar impreso será resguardado por la unidad responsable de su
elaboración y debe entregarse al nuevo titular del organismo en caso de
reemplazo por la administración entrante y otro ejemplar impreso debe
entregarse a la Unidad de Auditoría Interna del organismo.
Un ejemplar en medio electrónico será girado a la SINDICATURA GENERAL
DE LA NACIÓN, la cual los integrará a un Informe General de Gestión y
Rendición de Cuentas 2011/2015 para su publicación.
e. 15/10/2015 N° 156782/15 v. 15/10/2015