MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 6345/2015

Bs. As., 14/10/2015

VISTO el Expediente CUDAP N° 9768/15 del registro del MINISTERIO DE CULTURA, el Decreto N° 641 del 6 de mayo de 2014 y el Decreto N° 833 de fecha 3 de junio de 2014 y la Resolución M.C. N° 3672 del 6 de julio de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por la resolución mencionada en el VISTO, se lanzó la Segunda Convocatoria de la Línea Movilidad del programa FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL, que lleva adelante convocatorias específicas y abiertas a través de las cuales se otorgarán ayudas en concepto de pasajes destinados a democratizar el acceso a los bienes culturales, garantizar la multiplicidad de voces y colaborar al desarrollo económico del sector cultural de la República Argentina.

Que en el Reglamento de Bases y Condiciones del programa FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL: línea Movilidad, aprobado por la Resolución MC N° 3672/15, se estableció la modalidad A “Ayudas a la movilidad dentro del país” y la modalidad B “Ayudas a la movilidad al exterior” a fin de posibilitar la presencia de los creadores, productores, emprendedores y gestores en encuentros, festivales, ferias, mercados y diversos eventos culturales a realizarse entre el 1 de noviembre de 2015 y 30 de abril de 2016.

Que en la mencionada Resolución se estableció como fecha de publicación y notificación de los resultados de sus modalidades A y B, el 2 de octubre de 2015.

Que en vista del alcance del instrumento creado, que abarca el territorio nacional en sus diversas provincias y municipios y en función de la amplia repercusión de la convocatoria, se entiende que es necesario establecer una prórroga a la fecha establecida para la publicación de los resultados de la convocatoria.

Que en tal sentido, a fin de asegurar la transparencia y correcta evaluación de los proyectos presentados, se ha conformado un Comité de Evaluadores para cada uno de los siete sectores contemplados en la convocatoria y cuyos integrantes se detallan en el ANEXO I de la presente resolución.

Que los mencionados Comités Evaluadores han realizado una evaluación seria, exhaustiva y con un amplio sentido federal a partir de la cual resulta seleccionada la nómina de proyectos detallada en cada una de las actas suscriptas como prueba de lo actuado y que como ANEXO II integran la presente resolución.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presenta medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Decretos N° 641/2014 y N° 833/2014.

Por ello,

LA MINISTRA DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Prorrógase la fecha límite establecida para la publicación y notificación de los resultados en el Reglamento de Bases y Condiciones correspondientes a la Segunda Convocatoria del programa FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL, hasta el 14 de octubre de 2015.

ARTÍCULO 2° — Apruébase la nómina de integrantes de los SIETE (7) Comités Evaluadores correspondientes a la línea MOVILIDAD - Modalidad A “Ayudas a la movilidad dentro del país” y Modalidad B “Ayudas a la movilidad al exterior” - del FONDO ARGENTINO DE DESARROLLO CULTURAL que se adjunta a la presente medida como ANEXO I.

ARTÍCULO 3° — Apruébanse las actas con la nómina de los proyectos seleccionados y suplentes suscriptas por cada uno de los comités evaluadores, que se adjuntan como ANEXO II a la presente resolución.

ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación, cumplido pase a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, para la prosecución del trámite correspondiente. — TERESA A. SELLARÉS, Ministra de Cultura.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 19/10/2015 N° 158002/15 v. 19/10/2015

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)