ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
DIRECCIÓN REGIONAL BAHÍA BLANCA
Disposición 138/2015
Asunto: Dirección Regional Bahía Blanca. Régimen de Reemplazos de Jefaturas. S/Modificación.
Bahía Blanca, 17/09/2015
VISTO, la Disposición 1/2013 (DI RBBL), dictada en virtud de la Disposición 525/13 (AFIP) y Disposición 317/2013 (SDG RHH), y
CONSIDERANDO:
Que, en dichos actos dispositivos se establece el Régimen de Reemplazos
en las unidades de estructura en jurisdicción de esta Dirección
Regional, por restablecimiento de la estructura orgánica de la
Dirección Regional Bahía Blanca dependiente de la Subdirección General
de Operaciones Impositivas del Interior y la asignación de las
funciones pertinentes.
Que, surge la necesidad de ampliar el Régimen de Reemplazos para casos
de ausencias o impedimento de las Jefaturas de la Agencia Sede de esta
jurisdicción.
Que, por ello y en ejercicio de las facultades conferidas por los
artículos 4°, 9° y 10 del Decreto N° 618/97 y por Disposición 36/2014
(AFIP),
EL DIRECTOR (INT) DE LA DIRECCION REGIONAL BAHIA BLANCA DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:
ARTICULO 1° — Establecer el Régimen de Reemplazos para casos de
ausencia o impedimento de la Agencia Sede en jurisdicción de la
Dirección Regional Bahía Blanca, el que quedará establecido de la
siguiente forma:
UNIDAD DE ESTRUCTURA |
REEMPLAZANTE |
AGENCIA SEDE |
1° Sección Cobranzas Judiciales (*) |
2° Sección Trámites (*) |
3° Sección Servicios al Contribuyente (*) |
(*) Con carácter de Juez Administrativo
ARTICULO 2° — Déjese sin efecto lo establecido en la Disposición
01/2013 (DI RBBL), en lo que respecta exclusivamente al reemplazo
dispuesto oportunamente para la Agencia Sede.
ARTICULO 3° — Notifíquese a las Jefaturas de las áreas designadas como reemplazos.
ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional de
Registro Oficial para su publicación. Cumplido archívese. — Abog. JUAN
PABLO FRIDENBERG, Director (Int.) Dirección Regional Bahía Blanca.
e. 23/10/2015 N° 159039/15 v. 23/10/2015