MINISTERIO
DE DESARROLLO SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN,
MONITOREO Y LOGÍSTICA
Disposición 386/2015
Bs. As., 05/10/2015
VISTO el Expediente N° E-60187-2015 del Registro del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL; el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios y el
Decreto N° 893/2012 y modificatorios; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la adquisición de
repuestos informáticos para la reparación de estaciones de trabajo
perteneciente a este Organismo, solicitado por la Dirección de
Servicios Digitales Informáticos y de Telecomunicaciones.
Que obran la Solicitud de Gastos y constancia de afectación preventiva
para atender el gasto respectivamente, cuyo monto estimado asciende a
la suma de PESOS CINCUENTA Y SIETE MIL ($57.000.-).
Que en virtud del monto a erogar estimado, se tramita la Contratación
Directa por Trámite Simplificado N° 299/2015, enmarcada en las
previsiones de los artículos 24 y 25 inciso d) apartado 1 del Decreto
N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 30, 34
inciso a) apartado 1 y 147 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y
modificatorios.
Que conforme el Acta de Apertura de fecha 10 de Septiembre de 2015, en
la Contratación Directa por Trámite Simplificado N° 299/2015, se
presentó la siguiente firma: IDEAS TECNOLÓGICAS S.R.L. (oferta 1).
Que dando cumplimiento a lo normado en el artículo 147 inciso g) del
Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, la Dirección de
Servicios Digitales Informáticos y de Telecomunicaciones, emitió su
opinión técnica correspondiente.
Que la Dirección de Patrimonio y Suministros evaluó las ofertas
recibidas en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 147 inciso f)
del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, sugiriendo los
renglones desiertos y estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención
de su competencia.
Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por
eI Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la
aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012 y modificatorios y en
virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas
modificatorias y complementarias, la Ley N° 24.156 de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y
su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos
Nros. 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la
Resolución MDS N° 574/2010.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA DEL MINISTERIO
DE DESARROLLO SOCIAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa por
Trámite Simplificado tendiente a lograr la adquisición de repuestos
informáticos para la reparación de estaciones de trabajo perteneciente
a este Organismo, solicitado por la Dirección de Servicios Digitales
Informáticos y de Telecomunicaciones.
ARTÍCULO 2° — Apruébase la Contratación Directa por Trámite
Simplificado N° 299/2015 conforme los términos del Artículo 1° de la
presente.
ARTÍCULO 3° — Decláranse desiertos en la Contratación Directa por
Trámite Simplificado N° 299/2015, los renglones 2 y 3, acorde la
Evaluación de Ofertas.
ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa por Trámite
Simplificado N° 299/2015 a la firma, cantidad, marca y monto consignado
en el Anexo que forma parte de la presente, cuya adjudicación asciende
a la suma de PESOS ONCE MIL DOSCIENTOS ($11.200.-).
ARTÍCULO 5° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a
emitir la Orden de Compra correspondiente conforme la adjudicación
consignada en el Anexo que integra la presente.
ARTÍCULO 6° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de
PESO ONCE MIL DOSCIENTOS ($11.200.-), con cargo a los créditos
específicos de este Ministerio para el ejercicio que corresponda.
ARTÍCULO 7° — Regístrese, notifíquese, publíquese, dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL,
Subsecretaria de Coordinación, Monitoreo y Logística, Ministerio de
Desarrollo Social.
ANEXO
e. 27/10/2015 N° 160388/15 v.
27/10/2015