MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
Resolución 3419/2015
Bs. As., 28/10/2015
VISTO, el Expediente N° 4386/08 del registro del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° 2316 del 10 de Septiembre de 2015 se
introdujeron modificaciones a la Resolución N° 1418/03 y se aprobó su
texto ordenado.
Que entre las citadas modificaciones se sustituyeron las planillas que
contienen la información que las mutuales que brindan el servicio de
ayuda económica deben presentar ante esta autoridad de aplicación,
adecuándolas a lo establecido en el mencionado acto administrativo y en
la Resolución N° 612/15.
Que se estableció el día 30 de octubre de 2015 como fecha límite para
presentar la información correspondiente a los meses de abril, mayo,
junio, julio, agosto de 2015 y los operados hasta la citada fecha.
Que teniendo en consideración el cúmulo de información que ello implica
y la diversa variedad de plataformas desde la que se transmite esa
información, lo que requiere una asistencia técnica y en su caso
adecuaciones permanentes del sistema que han provocado diversas
dificultades de acceso a los usuarios, es que se advierte como
conveniente prorrogar el citado plazo y al mismo tiempo disponer un
apoyo técnico específico, adicional a la asistencia que ya se brinda,
para facilitar la resolución de cualquier inconveniente.
Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención que le
compete con carácter previo al dictado del presente acto administrativo
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes 19331 y
20321, y los Decretos Nros. 420/96, 723/96, 721/00 y 1192/02
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Prorrógase hasta el día 15 de Noviembre de 2015 el plazo
para la transmisión electrónica de la información indicada en el
artículo 20 inciso b) de la Resolución N° 1418/03, T.O. por Resolución
N° 2316/15, y la correspondiente a los períodos posteriores cuyo
vencimiento haya operado.
ARTICULO 2° — Prorrógase hasta el día 27 de Noviembre de 2015 el plazo
para la presentación, en soporte papel, de la información mencionada en
el Artículo 1° del presente acto administrativo.
ARTICULO 3° — Las Gerencias de Administración y Finanzas, a través del
área Informática, y de Inspección, por intermedio del área del Servicio
de Ayuda Económica Mutual, deberán arbitrar los medios para brindar un
apoyo técnico específico que facilite la resolución de los
inconvenientes que se le pudieran plantear a las entidades para dar
cumplimiento, en el período antes indicado, con la transmisión de la
información establecida en la Resolución N° 1418/03, TO 2316/15.
ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — C.P. VICTOR RAUL ROSSETTI,
Vocal. — Dr. ERNESTO E. ARROYO, Vocal. — Arq. DANIEL OMAR SPAGNA,
Vocal. — RICARDO D. VELASCO, Vocal. — Dr. ROBERTO EDUARDO BERMUDEZ,
Vocal. — Dr. PATRICIO JUAN GRIFFIN, Presidente.
e. 30/10/2015 N° 162555/15 v. 30/10/2015