MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

Resolución 3419/2015

Bs. As., 28/10/2015

VISTO, el Expediente N° 4386/08 del registro del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución N° 2316 del 10 de Septiembre de 2015 se introdujeron modificaciones a la Resolución N° 1418/03 y se aprobó su texto ordenado.

Que entre las citadas modificaciones se sustituyeron las planillas que contienen la información que las mutuales que brindan el servicio de ayuda económica deben presentar ante esta autoridad de aplicación, adecuándolas a lo establecido en el mencionado acto administrativo y en la Resolución N° 612/15.

Que se estableció el día 30 de octubre de 2015 como fecha límite para presentar la información correspondiente a los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto de 2015 y los operados hasta la citada fecha.

Que teniendo en consideración el cúmulo de información que ello implica y la diversa variedad de plataformas desde la que se transmite esa información, lo que requiere una asistencia técnica y en su caso adecuaciones permanentes del sistema que han provocado diversas dificultades de acceso a los usuarios, es que se advierte como conveniente prorrogar el citado plazo y al mismo tiempo disponer un apoyo técnico específico, adicional a la asistencia que ya se brinda, para facilitar la resolución de cualquier inconveniente.

Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención que le compete con carácter previo al dictado del presente acto administrativo

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes 19331 y 20321, y los Decretos Nros. 420/96, 723/96, 721/00 y 1192/02

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Prorrógase hasta el día 15 de Noviembre de 2015 el plazo para la transmisión electrónica de la información indicada en el artículo 20 inciso b) de la Resolución N° 1418/03, T.O. por Resolución N° 2316/15, y la correspondiente a los períodos posteriores cuyo vencimiento haya operado.

ARTICULO 2° — Prorrógase hasta el día 27 de Noviembre de 2015 el plazo para la presentación, en soporte papel, de la información mencionada en el Artículo 1° del presente acto administrativo.

ARTICULO 3° — Las Gerencias de Administración y Finanzas, a través del área Informática, y de Inspección, por intermedio del área del Servicio de Ayuda Económica Mutual, deberán arbitrar los medios para brindar un apoyo técnico específico que facilite la resolución de los inconvenientes que se le pudieran plantear a las entidades para dar cumplimiento, en el período antes indicado, con la transmisión de la información establecida en la Resolución N° 1418/03, TO 2316/15.

ARTICULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — C.P. VICTOR RAUL ROSSETTI, Vocal. — Dr. ERNESTO E. ARROYO, Vocal. — Arq. DANIEL OMAR SPAGNA, Vocal. — RICARDO D. VELASCO, Vocal. — Dr. ROBERTO EDUARDO BERMUDEZ, Vocal. — Dr. PATRICIO JUAN GRIFFIN, Presidente.

e. 30/10/2015 N° 162555/15 v. 30/10/2015