MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

SUBSECRETARÍA LEGAL

Disposición 157/2015

Bs. As., 23/10/2015

VISTO el Expediente N° S01:0297794/2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que el objetivo primordial de la presente disposición es la continuación del proceso de profundización de los mecanismos de coordinación, control e información de la gestión administrativa, con aplicación de los principios de economía, eficiencia y eficacia en la administración gubernamental, con la finalidad de llevar adelante los procedimientos necesarios para supervisar el accionar de los Servicios Jurídicos pertenecientes a los organismos actuantes en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, función, esta última, encomendada a la SUBSECRETARÍA LEGAL.

Que, en tal sentido, resulta de importancia conocer el estado de las tareas realizadas en los Servicios Jurídicos de los diferentes organismos actuantes en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS así como sus resultados; permitiendo reconocer los logros y afianzar los objetivos que deben trazarse para optimizar la gestión.

Que es un factor determinante en el proceso de eficiencia de la gestión pública la aplicación de diferentes herramientas a fin de efectuar un seguimiento, de manera sostenida, de los procesos internos, las competencias y su propia estructura, de manera tal que su resultado tenga como meta principal una gestión administrativa eficiente y oportuna que obedezca a procesos gubernamentales ajustados a lo establecido en el ordenamiento jurídico aplicable.

Que a los fines enunciados en los considerandos precedentes, el control de gestión resulta ser un instrumento jurídico idóneo ya que su propósito es establecer y aumentar el grado de eficiencia, efectividad y economía en la administración gubernamental; erigiéndose en una etapa que se inserta dentro del proceso administrativo y encuentra su fundamento en la superintendencia que posee esta Cartera Ministerial respecto de los entes que actúan en su ámbito.

Que resulta dable señalar que el control de gestión se encuentra transversalmente presente en todos los entes de la administración descentralizada, ya que resulta ser uno más de los medios de supervisión que se ejercen de oficio y en forma preventiva desde el poder administrador; destinados a verificar la conformidad del accionar de la entidad con la ley y con las políticas generales del país en la materia de que se trate; constituyendo esta cuestión no sólo una facultad sino una obligación derivada del principio de unidad de acción estatal, toda vez que en su oportuno y eficaz ejercicio se encuentra comprometido el interés público.

Que la mencionada herramienta permitirá un seguimiento de las actividades y tareas que deben llevarse adelante para el mejoramiento permanente de la gestión.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas en el apartado XV del Anexo II al Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios y complementarios.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO LEGAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Dispónese la implementación de herramientas tendientes a profundizar la superintendencia de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS respecto de los Servicios Jurídicos de los organismos actuantes en la órbita de este Ministerio a través de la adopción de instrumentos jurídicos cuya finalidad sea alcanzar objetivos de economía, eficiencia y eficacia en la administración gubernamental, llevando adelante los procedimientos necesarios que revistan relativa sencillez a fin de permitir examinar los procedimientos y estados de situación de la actividad de las áreas correspondientes.

ARTÍCULO 2° — Apruébase el modelo de Informe de Control de Gestión que deberán elaborar los Servicios Jurídicos de los organismos actuantes en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y presentar semestralmente a la SUBSECRETARÍA LEGAL, el 30 de junio y 31 de diciembre de cada año que como Anexo I, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3° — Facúltase a la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS a fin de que realice todas las gestiones necesarias para el cumplimiento de la presente disposición, debiendo asimismo notificar fehacientemente sus términos a todos los organismos detallados en el Anexo II adjunto.

ARTÍCULO 4° — La presente medida entrará en vigencia a partir de su dictado.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — RODOLFO NICOLAS P. DIANA, Subsecretario Legal.

ANEXO I

INFORME DE CONTROL DE GESTIÓN

Organismo:

Dependencia:

Fecha:

I. LINEAMIENTOS FORMALES

a) Redactar el informe en tercera persona.

b) Los conceptos y vocabularios deberán ser claros, sencillos y exactos; evitando el uso de abreviaturas y siglas, a excepción de símbolos muy conocidos o previamente identificados.

c) En caso de presentar información estadística, sea ésta en gráficos o tablas, deberá incluir el título identificatorio y la fuente desde la cual proviene la información.

d) El informe no podrá exceder las DIEZ (10) páginas, siendo preciso y concreto.

e) Texto:

Espacio entre líneas: mínimo con interlineado de 14 puntos.

Espacio entre párrafos: 3 puntos.

Espacio entre títulos y párrafos: 6 puntos.

Tipo de letra: Calibri.

Tamaño de letra: 12.

Párrafo: justificado.

Página de portada: con igual formato a la del presente instructivo; consignando la información correspondiente al período en curso.

Títulos: en negrita.

Gráficos y tablas: tamaño de letra legible de acuerdo a la cantidad de información en ellos expuesta.

Tamaño de papel: A4

Configuración de página (márgenes): 2,5 centímetros.

Presentación del informe: formato digital y físico.

II. ESTRUCTURA DEL INFORME.

a) DETALLE DE LA ESTRUCTURA DEL SERVICIO JURÍDICO:

1. Indicación del total del personal que presta servicios

2. Organigrama de la estructura

3. Descripción y volumen de gestión (dictámenes, juicios, etcétera)

4. Indicación de la herramienta informática de gestión y administración utilizada por el Servicio.

b) OBJETIVO GENERAL.

c) OBJETIVOS ESPECÍFICOS. Puntualizar los objetivos específicos de la dependencia.

d) TAREAS DESARROLLADAS PARA LA CONSECUCIÓN DE LOS OBJETIVOS ESPECÍFICOS. Describir las actividades desarrolladas de acuerdo con los planes, programas y proyectos formulados y/o ejecutados en la dependencia.

e) RESULTADOS ALCANZADOS. Este punto es vital dentro del documento. Expresar en forma precisa los aspectos más importantes de la gestión realizada. Redactar la información en términos concretos y sencillos, destacando los resultados más relevantes alcanzados.

f) DIFICULTADES PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS ESPECIFICOS. Son aquellos aspectos que interfirieron para el logro de los objetivos y actividades propuestas. Registrar todos los aspectos que originaron el incumplimiento del logro de los objetivos, metas y actividades, así como las ejecuciones no planificadas o aquellas actuaciones que necesitan explicación.

g) PROPUESTAS PARA LA SUPERACIÓN DE LAS DIFICULTADES. Describir las recomendaciones y/o acciones de mejora para la plena consecución de los objetivos.

h) PERSPECTIVA. Describir brevemente las variables que podrían influir satisfactoria o negativamente, alterando en el mediano plazo el escenario para el próximo período.

i) CAUSAS JUDICIALES. Indicar el volumen y la cantidad total de causas en litigio y su distribución geográfica.

j) TEMAS DE RELEVANCIA INSTITUCIONAL. Puntualizar y describir los temas dictaminados y causas judiciales que posean alta relevancia institucional para la gestión de la dependencia; así como cualquier otro dato de interés o relevancia que considere de utilidad el Servicio.

k) AUDITORÍAS O PROCESOS DE CONTROL: Describir las tareas de auditoría o procesos de control desarrollados por el Servicio con el objetivo de verificar el estado y calidad de la gestión.

l) CAPACITACIÓN INTERNA: Detallar e informar la totalidad de las actividades desarrolladas por el Servicio respecto de la capacitación y/o actualización de conocimiento para su personal.

ANEXO II

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN


e. 30/10/2015 N° 161600/15 v. 30/10/2015