MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA

Disposición 227/2015

Bs. As., 30/06/2015

VISTO el Expediente N° E-DEPO-5-2015 del registro de la SECRETARIA DE DEPORTE dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y los Decretos Nros. 1023/2001 y modificatorios y lo reglamentado por el Decreto N° 893/2012 y modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la contratación de un efector social para el servicio de reacondicionamiento de espacios deportivos de las instalaciones del Centro Deportivo Recreativo Nacional de Zona Oeste, sito en Juan Carlos Zabala Cuartel 3 S/N° del Partido de Marcos Paz, Provincia de Buenos Aires, solicitado por la Subsecretaría de Deporte Comunitario, dependiente de la SECRETARÍA DE DEPORTE, mediante Nota de fecha 06 de Enero de 2015.

Que, asimismo, la Subsecretaría citada en el Considerando anterior, propone para la realización del servicio aludido, a la COOPERATIVA DE TRABAJO LOS 5 SOLES LIMITADA, cuya inscripción en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social fue aprobada por Resolución SCyMI N° 7563 de fecha 03 de Julio de 2013.

Que obra Convenio N° 1178 de fecha 24 de julio de 2014 entre la SECRETARÍA DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA y la SECRETARÍA DE DEPORTE, ambas dependientes de este MINISTERIO, en el cual la SECRETARÍA citada en primer término, otorga el permiso de uso a la SECRETARÍA DE DEPORTE, sobre las instalaciones mencionadas en el primer Considerando, para la realización de actividades deportivas y recreativas libres y gratuitas para la comunidad aledaña y de todo el territorio Nacional.

Que obran Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión celebrado entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, protocolizado según Resolución SCyMI N° 2495 de fecha 31 de Marzo de 2014 y Addenda a dicho Convenio, protocolizada según Resolución SCyMI N° 4059 de fecha 08 de Mayo de 2014.

Que obra Informe N° 1431/2015 de fecha 04 de Mayo de 2015, de la Dirección de Patrimonio y Suministros, solicitando a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN se expida respecto de la razonabilidad precio-gasto del servicio que por este expediente se tramita.

Que, según NOTA SIGEN N° 2700/2015 - SCyMI, de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN y mediante el Informe de Asistencia Técnica elaborado para tal fin, se informa que el monto estimado para la contratación se considera razonable, según las condiciones actuales del mercado.

Que, con fecha 20 de Mayo de 2015, se procedió al acto de apertura del sobre presentado por la COOPERATIVA DE TRABAJO LOS 5 SOLES LIMITADA.

Que, la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en función de lo expuesto en el párrafo precedente y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación N° 304/2015, estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.

Que se ha remitido el Dictamen de Evaluación N° 304/2015 a los fines de su difusión en el sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, según lo prescripto en el artículo 56 y 92 del Anexo al decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el Boletín Oficial.

Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su Disposición ONC N° 64/2014 y su modificatoria N° 79/2014 y conforme lo reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01 de Septiembre de 2014.

Que la Dirección de Patrimonio y Suministros informa que no se formularon impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 304/2015 precitado.

Que atento la naturaleza de dicho servicio, tramita la Contratación Directa N° 209/2015, enmarcada en las previsiones del artículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012 y modificatorios y, en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N° 357/2002, modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la Resolución MDS N° 574/2010.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada en los alcances del artículo 25, inciso d), apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograr la contratación de un efector social para el servicio de reacondicionamiento de espacios deportivos de las instalaciones del Centro Deportivo Recreativo Nacional de Zona Oeste, sito en Juan Carlos Zabala Cuartel 3 S/N° del Partido de Marcos Paz, Provincia de Buenos Aires, solicitado por la Subsecretaría de Deporte Comunitario, dependiente de la SECRETARÍA DE DEPORTE.

ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, elaborado por la Dirección de Patrimonio y Suministros en un todo de acuerdo con la Subsecretaría de Deporte Comunitario, para la contratación autorizada en el Artículo precedente, que integra la presente como Anexo, el que deberá complementarse con el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 58/2014 de la Oficina Nacional de Contrataciones de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa N° 209/2015, conforme las pautas detalladas en los Artículos 1° y 2° de la presente.

ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 209/2015 al efector social COOPERATIVA DE TRABAJO LOS 5 SOLES LIMITADA, para la realización del servicio detallado en el Artículo 1° de la presente, hasta la suma de PESOS UN MILLÓN CIENTO VEINTICUATRO MIL CINCUENTA Y TRES ($ 1.124.053.-).

ARTÍCULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de PESOS UN MILLÓN CIENTO VEINTICUATRO MIL CINCUENTA Y TRES ($ 1.124.053.-), con cargo a los créditos del Presupuesto de este Ministerio para los ejercicios que correspondan.

ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL, Subsecretaria de Coordinación, Monitoreo y Logística, Ministerio de Desarrollo Social.


CONDICIONES GENERALES:

1 - Responsabilidad del Adjudicatario:

1.1 El adjudicatario será responsable de los daños y/o perjuicios que por causas imputables a él o a sus dependientes y en ocasión de las tareas, pudieren sufrir los bienes de este Ministerio, el personal de la misma y sus bienes y/o terceros y sus bienes. Asimismo será responsable por la desaparición, robo, hurto y daños intencionales y/o accidentales a objetos del Ministerio y/o su personal, como así también por los hechos que dañen al edificio y/o a las instalaciones en sí, en el período de prestación del servicio. El Oferente asume la responsabilidad de su personal y se obliga a reparar y/o reponer todo elemento de propiedad de este Ministerio que resultara dañado o destruido por acción u omisión de su personal, durante su permanencia en ésta. Este Organismo no admitirá interrupción alguna por vacaciones u otras causas, debiéndose realizar la atención del mismo en forma permanente. De suscitarse huelgas y/o conflictos parciales o totales, o cualquier otra situación con el personal empleado por el Adjudicatario, será obligación de éste procurar una solución en un plazo no mayor de CUARENTA Y OCHO (48) horas, a partir del momento en que este organismo labre un acta, para documentar la situación creada, en caso contrario se podrá decidir, por ese solo hecho, la rescisión del contrato. El personal empleado por el proveedor no tendrá ningún tipo de relación de dependencia con el Organismo contratante. El personal afectado, será provisto con elementos de seguridad personal (cascos, guantes, botas, máscaras, anteojos, cinturones, etc.). Asimismo, se deberán instalar los elementos de seguridad colectiva (matafuegos, disyuntores, botiquín, señalización, etc.) que por su índole correspondan, siendo responsable la cooperativa de los accidentes ocasionales o agravados por la falta o mal uso de los elementos arriba indicados.

El adjudicatario no podrá emplear menores de DIECIOCHO (18) años para la realización del trabajo. Queda bajo la exclusiva responsabilidad del Adjudicatario todo accidente de trabajo que involucre a su personal o a terceros, vinculados con la prestación del servicio, como así mismo del cumplimiento de todas las obligaciones determinadas por las leyes laborales sin excepción.

El contratista podrá realizar subcontratos o cesiones, con autorización previa del Comitente, las que no podrán superar el VEINTICINCO POR CIENTO (25%).

1.2 Documentación obligatoria a presentar por el adjudicatario:

Dentro del TERCER (3°) día hábil administrativo previo al comienzo de los trabajos, el adjudicatario deberá presentar ante la Subsecretaría de Deporte Comunitario, dependiente de la Secretaría de Deporte una Póliza de Seguros por Accidentes Personales por la suma asegurada de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000.-), por cada uno de los “efectores” sociales involucrados en las tareas contratadas, con cláusula de no repetición ante el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación; y la Responsabilidad Civil extracontractual sobre las actividades de la Cooperativa, incluirán al Ministerio de Desarrollo Social de La Nación como asegurado adicional especificando la ubicación del riesgo, el monto total será de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000.-),desde el inicio de los trabajos hasta la recepción Definitiva establecida en la Cláusula N° 11 de las Condiciones Particulares del presente Pliego.

1.3 Rescisión del contrato.

El Comitente tendrá derecho a rescindir el Contrato en los siguientes casos:

a) Si el adjudicatario no diera comienzo a los trabajos dentro del plazo fijado a tal efecto.

b) Por falta reiterada al cumplimiento de las órdenes emanadas de la Subsecretaría de Deporte Comunitario.

c) Por interrupción o abandono sin causa justificada por un plazo mayor de TRES (3) días consecutivos en tres ocasiones, o cuando el abandono o interrupción sean continuados por el término de DIEZ (10) días corridos.

d) Por cualquier infracción a las Leyes de trabajo.

e) Cuando cediese el contrato en todo o en parte o subcontratase sin consentimiento del Comitente.

f) Por incumplimiento de la entrega de las Pólizas de Seguros por Accidentes Personales, y de Responsabilidad Civil oportunamente especificada, en los términos del Punto 1.2 de las Condiciones Generales.

1.4 Organización de higiene y seguridad en el trabajo.

El objetivo de este rubro tiene como misión fundamental determinar, promover y mantener adecuadas condiciones ambientales en los lugares de trabajo, y el más alto nivel de seguridad para el personal propio del Contratista, del Ministerio o terceros.

Para el cumplimiento de este objetivo el Contratista deberá ajustarse a lo que en la materia dispone la Ley Nacional 19587/72, su Decreto Reglamentario 351/79, la Resolución 1069/91 y demás disposiciones que resulten aplicables.

Legislación de aplicación:

Para la organización de la seguridad de los trabajos se tendrá en cuenta la siguiente legislación:

• Ley Nacional 24028 de Riesgos de Trabajo.

• Ley Nacional 19587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo.

• Decreto 911/96.

CLAUSULAS PARTICULARES:

1. Presentación de la oferta - Obligaciones del oferente:

La oferta se deberá presentar por duplicado debidamente firmada en todas sus hojas. Podrá presentarse hasta la fecha y hora indicada, en sobre cerrado, con identificación de la presente contratación. Deberá ser formulada en moneda nacional, sin discriminar, y no podrá referirse, en ningún caso, a la eventual fluctuación de su valor. No se aceptarán propuestas en moneda extranjera, ni ofertas alternativas.

2. Contenido de la Oferta: La oferta económica deberá ser presentada con:

a) Documentación que acredite su inscripción en el Registro Nacional de Efectores.

b) Constancia de Inscripción al Sistema de Proveedores (SIPRO)

c) Constancia de Inscripción ante la AFIP.

d) Domicilio Especial: Es requisito imprescindible constituir domicilio especial, correo electrónico y fax, donde serán válidas todas las comunicaciones que se cursen.

3. Forma de cotización:

La cotización será hecha por renglón, consignándose el precio unitario. Según Anexo B.

El Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, no reconocerá ningún adicional, ni gasto que no haya sido debidamente explicitado en su Presupuesto.

4. Plazo de mantenimiento de oferta: SESENTA (60) días corridos; dicho plazo será prorrogado automáticamente por sucesivos lapsos iguales al inicial en caso que el oferente no manifieste en forma fehaciente su voluntad de no renovar la oferta con una antelación mínima de DIEZ (10) días corridos al vencimiento de cada plazo.

5. Plazo de inicio del servicio: Dentro de los CINCO (5) días hábiles administrativos contados a partir de la efectivización del anticipo, la Cooperativa deberá presentar un cronograma de tareas con las fechas máximas de ejecución, el cual deberá ser aprobado por la Subsecretaria de Deporte Comunitario. Una vez aprobado este cronograma, se labrará un Acta de Inicio de actividades entre el adjudicatario y el área requirente. La cooperativa queda obligada a comenzar el servicio dentro de los TRES (3) días hábiles administrativos de suscripta el Acta.

6. Plazo de Ejecución: Será de CIENTO OCHENTA DÍAS (180) corridos, con opción a prórroga por parte de este Ministerio por un período igual al originalmente contratado o parciales mensuales, contados a partir de la fecha de labrada el Acta de Inicio, establecida en la Cláusula anterior.

7. Visita al predio: Es condición del llamado la visita del proponente al predio donde se realizarán las tareas, a fin de interiorizarse de todo cuanto pueda influir en la justa cotización de los servicios que se solicitan. El oferente deberá coordinar la visita con el área requirente, Subsecretaría de Deporte Comunitario, dependiente de la SECRETARÍA DE DEPORTE al Tel.: (011) 4704-1689/1668.

8. Lugar de prestación del servicio: Las tareas se desarrollarán en el Centro Deportivo Recreativo Nacional Zona Oeste, ubicado en Marcos Paz, Provincia de Buenos Aires, en uso por el Ministerio de Desarrollo Social.

9. La adjudicación se realizará teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente, y demás condiciones de la oferta.

10. Conformidad de la recepción: la recepción definitiva se llevará a cabo dentro de los DIEZ (10) días corridos de completada la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, instancia en la cual la Comisión de Recepción Definitiva labrará el acta correspondiente.

11. Facturación:

11.1 Lugar de presentación de las facturas: serán presentadas en la Mesa de Entradas del Ministerio de Desarrollo Social, ubicada en la planta baja del edificio de la Av. 9 de Julio 1925 (esq. Moreno) - C.A.B.A., en el horario de 10:00 a 18:00 hs. Las facturas y remitos deberán estar conformados el área requirente, Subsecretaría de Deporte Comunitario.

11.2 Forma y tiempo de presentación: se indicará en cada factura:

a) Número y fecha de la Orden de Compra;

b) Número del expediente;

c) Número de remito conformado por el área requirente;

d) Número, especificación e importe de cada renglón facturado;

e) Importe total bruto de la factura;

f) Monto y tipo de descuentos, de corresponder;

g) Importe neto de la factura.

h) Deberá acompañarse conjuntamente con la factura, la constancia de validez que emite la A.F.I.P. En caso de tratarse de facturas tipo “C”, deberá acompañarse la constancia de inscripción respectiva, en la A.F.I.P. Moneda de pago: La moneda de pago será la de curso legal en el país.

11.3 Forma de Pago: Se abonará un anticipo del TREINTA POR CIENTO (30%) del monto total de la Orden de Compra, el cual se hará efectivo dentro de los QUINCE (15) días corridos de la fecha de presentación de la factura, una vez notificada la citada orden de compra. Junto con la factura deberá presentarse un Pagaré, debidamente conformado, por el monto total del adelanto y a la orden del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

El saldo restante se liquidará conforme a las certificaciones establecidas en la cláusula N° 10, las que contemplarán el descuento proporcional del anticipo efectuado y una deducción transitoria adicional equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) de la certificación, a los fines de garantizar la correcta realización de las tareas. Esta deducción adicional será liquidada contra la emisión del acta establecida en la cláusula N° 10. Sólo serán abonados los servicios efectivamente prestados y recibidos de conformidad.

12. PAGO: Dentro de los TREINTA (30) días corridos, contados a partir del día siguiente al de la incorporación por parte de la Dirección de Programación y Ejecución Presupuestaria del Acta emitida por la Comisión de Recepción Definitiva, de acuerdo a lo indicado en la Cláusula N° 10.

13. A todos los efectos legales emergentes de la presente contratación / licitación serán competentes los Juzgados Nacionales en lo Contencioso Administrativo Federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

A los efectos del seguimiento de novedades que puedan producirse respecto de la presente contratación e independientemente de la notificación que le cursemos, se recomienda visitar la página de Internet: www.argentinacompra.gov.ar, “OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES”

Anexo A

PLAYONES DEPORTIVOS

1 - TRABAJOS PRELIMINARES

1.1 - Replanteo, Limpieza y preparación del terreno

A los efectos de la realización del replanteo, el Adjudicatario procederá a limpiar y emparejar el terreno que ocupará la construcción de los playones juegos integradores y canchas de fútbol, de manera de no entorpecer el desarrollo de la obra.

El área del terreno será destapada de su cubierta de suelo vegetal removiendo arbustos y demás materiales u obras existentes.

La cubierta de suelos vegetal y meteorizado a eliminar es del orden de 0,30 m. No obstante ello, una vez efectuada esta limpieza, la Adjudicatario deberá verificar que el material que quede a la vista sea apto para la ejecución de la base de apoyo, sin la presencia de restos orgánicos, raíces, malezas, etc., En caso de existir algunos de los elementos descriptos, se deberá profundizar la altura de destape, hasta lograr la calidad de material deseada.

También deberá preverse incluir en el presente ítem el traslado de todos aquellos elementos que fuera necesario para ejecutar las tareas correspondientes.

1.2 - Cerco y protecciones.

Una vez entregado el terreno en el que se ejecutarán los trabajos, el Adjudicatario deberá ejecutar el cerco de obra en una dimensión tal que permita realizar los movimientos de personal y equipos, contar con una playa de descarga de materiales, y sectores para elaborar morteros y hormigones, además de disponer de suficiente espacio para depositar la tierra vegetal, malezas y otros materiales de desechos previo a su inmediato retiro de la obra.

Contendrá además portones para el ingreso/egreso de materiales y rezagos, situado de manera que no afecte el desarrollo de las actividades.

Este cercado se realizará en un material apropiado, de modo prolijo y seguro, conforme a la implantación del terreno, cumpliendo las normas que se establecen en el Código de Edificación del Municipio donde se implantan o, en ausencia de éste, el que regula la actividad edilicia en la ciudad capital de la provincia.

1.3 - Representante Técnico y Documentación Ejecutiva

El Oferente deberá designar al profesional arquitecto o ingeniero con matrícula vigente en el Consejo Profesional correspondiente a la localización de los trabajos. El profesional actuará como Representante Técnico del Adjudicatario para la ejecución de todas las tareas. El Adjudicatario asumirá la obligación del profesional designado por él, quien será el que tenga a su cargo la representación técnica del Adjudicatario.

El Adjudicatario confeccionará la totalidad de los planos ejecutivos además de los planos de obra, planillas y planos de construcción que necesitara los trabajos en cuestión, para su correcta ejecución, entregando a medida de su ejecución y previo a la realización de las tareas las copias pertinentes a la Inspección de Obra para su aprobación.

1.4 - Herbicidas y manto hidrófugo.

1.4.1 - Tratamiento con herbicidas.

Concretado el escarificado de la base, se realizará este tratamiento a efectos de garantizar la ausencia de crecimiento de malezas que afecten a la construcción, utilizando cloruro de potasio a razón de 25 g por litro, extendiéndolo en una proporción de 1,5 I por m2 de superficie.

1.4.2 - Manto hidrófugo.

Finalizado el tratamiento se colocará, sobre toda la superficie de las canchas, un manto de polietileno de 100 micrones de espesor.

2 - Superficies de juego

2.1 - Playones

2.1.1 - Entoscado.

Se deberá realizar el entoscado previo a la ejecución de todas las canchas, en una profundidad mínima de 25 cm.

En términos generales el material de relleno deberá ser homogéneo y de bajo índice de plasticidad.

En ningún caso se admitirá para rellenos tierra vegetal, de alto límite de plasticidad o de contenido de materiales no áridos o extraños.

La capas a compactar no excederán los 20 cm. de espesor de suelo suelto y no se comenzará la compactación de la siguiente capa hasta no contar con la aprobación de la capa inmediata anterior por parte de la inspección de obra que el Adjudicatario está obligado a solicitar.

La compactación del suelo se efectuará por medios mecánicos, en forma sistemática y de manera que permita un control eficiente.

Cuando el suelo se halle en forma de bloques o terrones se lo desmenuzará antes de incorporarlo en el terraplén.

Cuando el contenido de humedad natural en el suelo, se halle por debajo del límite inferior establecido, deberá agregársele la cantidad de agua necesaria para lograr un contenido de humedad entre los límites especificados.

El equipo de compactación, será del tipo adecuado para cada clase de suelo a compactar y deberá ejercer la presión necesaria para obtener las densidades fijadas.

2.1.2 - Carpeta de Hormigón Armado - Base de las Canchas de Vóley - Básquet

El piso de Hormigón Armado tendrá un espesor mínimo de 0,10 m y se llevará a cabo de acuerdo a lo especificado en los Reglamentos CIRSOC (Centro de Investigación de los Reglamentos Naciones de Seguridad para las Obras Civiles), y en un todo de acuerdo a la documentación correspondiente.

El Hormigón a utilizar será un Hormigón de clase de resistencia H21, cuya resistencia característica a los 28 (veintiocho) días es de 21 MN/m2 (210 kg / cm2) La armadura a colocar corresponde a una malla de acero electrosoldada compuesta por barras perfiladas nervuradas de 6 mm. de diámetro nominal, dispuestas en cuadrículas de 0,20 x 0,20 m. El recubrimiento mínimo será de 0,025 m. medido desde la cara inferior de la capa de Hormigón Armado.

La cara superior del playón tendrá una pendiente de 1:1000 medida desde la línea imaginaria que une el punto medio de cada uno de los lados menores hacia los lados mayores. Dicha pendiente se ejecuta a fin de lograr un óptimo escurrimiento del agua de lluvia.

Todos los playones deberán poseer juntas de dilatación. Las mismas de dilatación están proyectadas de acuerdo a las demarcaciones de los campos de juego, de ahí la diferencia de medidas entre paños.

Se realizarán cortando con el disco los 4 cm superiores en un máximo de 48 horas después del llenado, con una diferencia entre las cotas de ambos bordes no mayor de 2 mm, en los lugares en donde no se cumplan dichas exigencias las mismas deberán ser corregidas por cuenta y cargo del Adjudicatario.

Quince días después de realizado el corte se limpiará adecuadamente mediante sopleteo y se aplicará una imprimación tipo Primer CK 90 o similar, posteriormente se colocará un burlete de apoyo de goma, cilíndrico, tipo Gomastic o similar y se sellarán las juntas con sellador tipo BostikChemCalk o similar en el centímetro superior, para obtener una unión durable, flexible e impermeable. El burlete se colocará para que el sellador se tome a los bordes del hormigón y no a la base de la junta.

Todas las canchas tendrán un cordón perimetral en todo su perímetro de hormigón armado de 0.10x0.20m, con 4 barras 0.8mm, y estribos 0 6mm cada 0.15m.

2.1.3 - Canchas de Fútbol 11 y 5

Antes de la demarcación de las canchas de fútbol, las áreas de juego deberán nivelarse retirando la tierra existente aproximadamente en 20 cm y recolocando tierra negra seleccionada para dicho deporte. Se deberá evitar que la superficie presente pozos o depresiones existentes y con ello la posible acumulación de agua de lluvia. Se sembrará césped resistente al deporte y una vez crecido, deberá estar cortado para permitir que la pintura se integre más uniformemente y se conserve la demarcación prolongado la misma en el tiempo.

Posteriormente, el marcado de las canchas se ejecutará mediante pintura que evite quemaduras y daños en el césped del tipo látex al agua color blanco con un espesor uniforme de 10 cm.

Para todos los casos las líneas deberán ser lo más rectas posibles, motivo por el cual se recomienda la compra, alquiler o confección de una máquina de demarcación de canchas. Estas máquinas constan de una estructura similar a una carretilla con dos ruedas anteriores y un rodillo posterior, al cual le llega la pintura líquida por medio de un caño dosificador conectado a un tanque donde se deposita la pintura.

Para garantizar la exactitud, rectitud y escuadra de las demarcaciones, se realizará un riguroso replanteo de las canchas, y se harán los trazados de cada línea por medio de estacas y piolines, previo a la aplicación de la pintura.

3 - Pinturas

Los trabajos de pintura se ejecutarán de acuerdo a las reglas del arte, debiendo limpiar todas las partes prolijamente y prepararlas en forma conveniente antes de recibir las sucesivas manos de pintura.

Los defectos que pudiera presentar cualquier estructura serán corregidos antes de proceder a pintarlas y los trabajos se retocarán si hiciese falta.

No se aplicará pintura sobre superficies mojadas o sucias de polvo o grasa, sin una preparación previa y adecuada.

Será condición indispensable para la aceptación de los trabajos que los mismos tengan un acabado perfecto no admitiéndose que presenten señales de pinceladas, pelos, etc. Los materiales a emplear serán en todos los casos de la mejor calidad dentro de su respectiva clase y marca, debiendo ser presentados a la persona encargada de la Supervisión de las tareas en sus envases originales, cerrados. Estos envases no podrán ser abiertos hasta tanto la Dirección de Obra los haya revisado.

3.1 - Pintura superficies de Vóley y Básquet

La terminación superficial será con pintura para pisos deportivos tipo Loxon Pisos color a definir.

3.2 - Demarcación reglamentaria de canchas de juego.

El Adjudicatario deberá demarcar las canchas para cada deporte de acuerdo a las reglamentaciones de cada uno de ellos, adjuntas al presente. La misma deberá ser efectuada una vez selladas las juntas y una vez terminado el proceso de curado del hormigón, en el caso de las canchas de básquet y vóley.

Se pintarán las demarcaciones en Tipo LOXON PISOS o calidad superior.

Para todos los casos las líneas deberán ser lo más rectas posibles, motivo por el cual se recomienda la compra, alquiler o confección de una máquina de demarcación de canchas. Estas máquinas constan de una estructura similar a una carretilla con dos ruedas anteriores y un rodillo posterior, al cual le llega la pintura líquida por medio de un caño dosificador conectado a un tanque donde se deposita la pintura.

Para garantizar la exactitud, rectitud y escuadra de las demarcaciones, se realizará un riguroso replanteo de las canchas, y se harán los trazados de cada línea por medio de estacas y piolines, previo a la aplicación de la pintura.

4 - Equipamiento

Zona de Actividades Deportivas e de Integración y Zona de Juegos Recreativos: Los apoyos de las columnas de soporte de los juegos, tanto deportivos como recreativos, se ejecutarán empotradas sobre bases de hormigón de distintas medidas, según la profundidad necesaria para cada juego.

En el cálculo y ejecución de las fundaciones para los juegos, se deberá cumplimentar en un todo, las exigencias del Reglamento CIRSOC:

• Cargas permanentes

De acuerdo al análisis de cargas real.

• Acción del viento

De acuerdo al CIRSOC 102 (valor mínimo = 120 Km/ hora).

Cada zona de juegos deberá delimitarse mediante un pequeño tabique de mampostería de ladrillos común en una profundidad de 0.70 m y un espesor de 0.15 m. dicho muro estará revocado en ambos lados. Terminación pintura al látex exterior tipo Alba o calidad superior.

Equipamiento de Zona de Juegos Deportivos e Integradores:

- Ruedas cervicales Integradoras - Cant: 2 unidades

- Manivela Integradora - Cant: 2 unidades

- Manivela Integradora - Cant: 2 unidades

- Descontracturador de Columna - Cant: 2 unidades

- Caminando en el Aire - Cant: 2 unidades

- Cabalgata Aeróbica - Cant: 2 unidades

- Fortalecedor de Piernas - Cant: 2 unidades

- Triple Vaivén - Cant: 2 unidades

- Banco para Abdominales - Cant: 2 unidades

- Barras Paralelas - Cant: 2 unidades

- Extensor de brazo Integrador - Cant: 2 unidades

Equipamiento de Zona de Juegos Recreativos:

- Mangrullo - Cant: 1 unidad

- Calesita integradora - Cant: 1 unidad

- Pórtico Cuádruple - Cant: 1 unidad

Cancha de Fútbol 11:

- Arco profesional de 7.30 x 2.44 más 20 % para su armado. Poste y travesaños de hierro 3’’ x 3 mm más porta red en caño de 1 ½’’.

- Pintados con soplete con pintura convertidor de óxido

- Redes de fútbol: hilo polietilo de 2.5 mm, malla de 13 x 13 cm, medidas de 7.30 x 2.45 m. profundidad: 1.50 m color blanco.

- Cant: 2 unidades

Cancha Fútbol 5:

- Arco profesional de 4.00 x 2.00 m más 20 % para su armado. Poste y travesaños de hierro 3’’ x 3 mm más porta red en caño de 1 ½’’.

- Pintados con soplete con pintura convertidor de óxido

- Redes de fútbol: hilo polietilo de 2.5 mm, malla de 13 x 13 cm, medidas de 4.00 x 2.00 m. profundidad: 1.50 m color blanco.

- Cant: 2 unidades

Básquet:

- Retiro de postes existentes

- Tubo de hierro de diámetro de 0,08 mde 4 mm

- Tablero acrílico

- Pintados con soplete con pintura convertidor de óxido

- Provisión e instalación de dos (2) aros fijos reglamentarios para básquet con sus redes.

- Cant: 2 unidades

Vóley:

- Columnas extraíbles para vóley de altura reglamentaria, las que se empotrarán en un caño de mayor diámetro anclados en el playón (mínima profundidad de anclaje 0,50 m) y que deberán contar con tapa de protección.

- El caño a utilizar deberá tener un diámetro de 0,08 m con un espesor de 4 mm. La red a proveer deberá ser reglamentaria.

- Columnas: 2 unidades - Red: 1 unidad

5 - Limpieza

El orden y limpieza de las Tareas será de especial cuidado para el Adjudicatario, la falta de lo anterior, será motivo de sanciones, previa advertencia de la Dirección de Obra, por escrito.

Las tareas de limpieza comprenden también aquellas de limpieza y mantenimiento del sistema de desagües y pluviales.

El Adjudicatario deberá hacerse cargo de la evacuación del agua de lluvia o proveniente de cualquier otro motivo, de las excavaciones u otros lugares donde se ejecutarán las tareas. En el caso de producirse inundaciones, deberá tomar los recaudos necesarios para la rápida evacuación de las aguas. Esto deberá respetarse en todas las etapas de los trabajos.

6 - Parquización

En la zona de ejecución de la obra el Adjudicatario deberá parquizar el sector con césped de variedad que soporte las inclemencias.

El Adjudicatario parquizará con las especies que a continuación se detallan o las que crea más conveniente, de acuerdo al tipo de suelo:

1) Ryegrass anual (Loliummultiflorum)

especie forrajera de bajo costo y calidad

hojas de textura media color verde claro

baja tolerancia al pisoteo: NO en campos deportivos

uso en parques residenciales de calidad promedio

Criollo, Estanzuela, Oregón y Europa

2) Ryegrass perenne (Lolium perenne)

forrajeros y de césped (turf-type). Evitar los primeros.

textura fina, alta calidad, color oscuro

alta tolerancia al pisoteo y demás adversidades

uso en parques de alta calidad y campos deportivos

Origen EEUU: Medalist Gold, Accent, Caddieshack

Origen Europa: Score y Capri

Anexo B





e. 04/11/2015 N° 163302/15 v. 04/11/2015