MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA
Disposición 227/2015
Bs. As., 30/06/2015
VISTO el Expediente N° E-DEPO-5-2015 del registro de la SECRETARIA DE
DEPORTE dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y los Decretos
Nros. 1023/2001 y modificatorios y lo reglamentado por el Decreto N°
893/2012 y modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la contratación
de un efector social para el servicio de reacondicionamiento de
espacios deportivos de las instalaciones del Centro Deportivo
Recreativo Nacional de Zona Oeste, sito en Juan Carlos Zabala Cuartel 3
S/N° del Partido de Marcos Paz, Provincia de Buenos Aires, solicitado
por la Subsecretaría de Deporte Comunitario, dependiente de la
SECRETARÍA DE DEPORTE, mediante Nota de fecha 06 de Enero de 2015.
Que, asimismo, la Subsecretaría citada en el Considerando anterior,
propone para la realización del servicio aludido, a la COOPERATIVA DE
TRABAJO LOS 5 SOLES LIMITADA, cuya inscripción en el Registro Nacional
de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social fue aprobada por
Resolución SCyMI N° 7563 de fecha 03 de Julio de 2013.
Que obra Convenio N° 1178 de fecha 24 de julio de 2014 entre la
SECRETARÍA DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA y la SECRETARÍA DE DEPORTE,
ambas dependientes de este MINISTERIO, en el cual la SECRETARÍA citada
en primer término, otorga el permiso de uso a la SECRETARÍA DE DEPORTE,
sobre las instalaciones mencionadas en el primer Considerando, para la
realización de actividades deportivas y recreativas libres y gratuitas
para la comunidad aledaña y de todo el territorio Nacional.
Que obran Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión celebrado
entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA
NACIÓN, protocolizado según Resolución SCyMI N° 2495 de fecha 31 de
Marzo de 2014 y Addenda a dicho Convenio, protocolizada según
Resolución SCyMI N° 4059 de fecha 08 de Mayo de 2014.
Que obra Informe N° 1431/2015 de fecha 04 de Mayo de 2015, de la
Dirección de Patrimonio y Suministros, solicitando a la SINDICATURA
GENERAL DE LA NACIÓN se expida respecto de la razonabilidad
precio-gasto del servicio que por este expediente se tramita.
Que, según NOTA SIGEN N° 2700/2015 - SCyMI, de la SINDICATURA GENERAL
DE LA NACIÓN y mediante el Informe de Asistencia Técnica elaborado para
tal fin, se informa que el monto estimado para la contratación se
considera razonable, según las condiciones actuales del mercado.
Que, con fecha 20 de Mayo de 2015, se procedió al acto de apertura del
sobre presentado por la COOPERATIVA DE TRABAJO LOS 5 SOLES LIMITADA.
Que, la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en función de lo
expuesto en el párrafo precedente y de la documentación obrante en el
expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación N° 304/2015,
estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.
Que se ha remitido el Dictamen de Evaluación N° 304/2015 a los fines de
su difusión en el sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES, según lo prescripto en el artículo 56 y 92 del Anexo al
decreto N° 893/2012 y modificatorios y en el Boletín Oficial.
Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de
difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su
Disposición ONC N° 64/2014 y su modificatoria N° 79/2014 y conforme lo
reglamentado por la Comunicación General N° 14, de fecha 01 de
Septiembre de 2014.
Que la Dirección de Patrimonio y Suministros informa que no se
formularon impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 304/2015
precitado.
Que atento la naturaleza de dicho servicio, tramita la Contratación
Directa N° 209/2015, enmarcada en las previsiones del artículo 25,
inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023/2001 y modificatorios,
reglamentado por los artículos 19, 29 y 146 del Anexo al Decreto N°
893/2012 y modificatorios.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por
el Decreto N° 1023/2001 y modificatorios, sin perjuicio de la
aplicación supletoria de los Decretos N° 893/2012 y modificatorios y,
en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y las normas
modificatorias y complementarias, Ley N° 24.156 de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del sector Público Nacional y
su Decreto Reglamentario N° 1344/2007 y modificatorios, los Decretos N°
357/2002, modificatorios y complementarios, N° 632/2012 y la Resolución
MDS N° 574/2010.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada
en los alcances del artículo 25, inciso d), apartado 10) del Decreto N°
1023/2001 y modificatorios, reglamentado por los artículos 19, 29 y 146
del Anexo al Decreto N° 893/2012 y modificatorios, tendiente a lograr
la contratación de un efector social para el servicio de
reacondicionamiento de espacios deportivos de las instalaciones del
Centro Deportivo Recreativo Nacional de Zona Oeste, sito en Juan Carlos
Zabala Cuartel 3 S/N° del Partido de Marcos Paz, Provincia de Buenos
Aires, solicitado por la Subsecretaría de Deporte Comunitario,
dependiente de la SECRETARÍA DE DEPORTE.
ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares,
elaborado por la Dirección de Patrimonio y Suministros en un todo de
acuerdo con la Subsecretaría de Deporte Comunitario, para la
contratación autorizada en el Artículo precedente, que integra la
presente como Anexo, el que deberá complementarse con el Pliego Único
de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 58/2014 de
la Oficina Nacional de Contrataciones de la SUBSECRETARÍA DE
TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa N° 209/2015, conforme
las pautas detalladas en los Artículos 1° y 2° de la presente.
ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 209/2015 al
efector social COOPERATIVA DE TRABAJO LOS 5 SOLES LIMITADA, para la
realización del servicio detallado en el Artículo 1° de la presente,
hasta la suma de PESOS UN MILLÓN CIENTO VEINTICUATRO MIL CINCUENTA Y
TRES ($ 1.124.053.-).
ARTÍCULO 5° — Atiéndase la erogación que asciende a la suma total de
PESOS UN MILLÓN CIENTO VEINTICUATRO MIL CINCUENTA Y TRES ($
1.124.053.-), con cargo a los créditos del Presupuesto de este
Ministerio para los ejercicios que correspondan.
ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.
ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — Prof. CLAUDIA M. VIDAL,
Subsecretaria de Coordinación, Monitoreo y Logística, Ministerio de
Desarrollo Social.
CONDICIONES GENERALES:
1 - Responsabilidad del Adjudicatario:
1.1 El adjudicatario será responsable de los daños y/o perjuicios que
por causas imputables a él o a sus dependientes y en ocasión de las
tareas, pudieren sufrir los bienes de este Ministerio, el personal de
la misma y sus bienes y/o terceros y sus bienes. Asimismo será
responsable por la desaparición, robo, hurto y daños intencionales y/o
accidentales a objetos del Ministerio y/o su personal, como así también
por los hechos que dañen al edificio y/o a las instalaciones en sí, en
el período de prestación del servicio. El Oferente asume la
responsabilidad de su personal y se obliga a reparar y/o reponer todo
elemento de propiedad de este Ministerio que resultara dañado o
destruido por acción u omisión de su personal, durante su permanencia
en ésta. Este Organismo no admitirá interrupción alguna por vacaciones
u otras causas, debiéndose realizar la atención del mismo en forma
permanente. De suscitarse huelgas y/o conflictos parciales o totales, o
cualquier otra situación con el personal empleado por el Adjudicatario,
será obligación de éste procurar una solución en un plazo no mayor de
CUARENTA Y OCHO (48) horas, a partir del momento en que este organismo
labre un acta, para documentar la situación creada, en caso contrario
se podrá decidir, por ese solo hecho, la rescisión del contrato. El
personal empleado por el proveedor no tendrá ningún tipo de relación de
dependencia con el Organismo contratante. El personal afectado, será
provisto con elementos de seguridad personal (cascos, guantes, botas,
máscaras, anteojos, cinturones, etc.). Asimismo, se deberán instalar
los elementos de seguridad colectiva (matafuegos, disyuntores,
botiquín, señalización, etc.) que por su índole correspondan, siendo
responsable la cooperativa de los accidentes ocasionales o agravados
por la falta o mal uso de los elementos arriba indicados.
El adjudicatario no podrá emplear menores de DIECIOCHO (18) años para
la realización del trabajo. Queda bajo la exclusiva responsabilidad del
Adjudicatario todo accidente de trabajo que involucre a su personal o a
terceros, vinculados con la prestación del servicio, como así mismo del
cumplimiento de todas las obligaciones determinadas por las leyes
laborales sin excepción.
El contratista podrá realizar subcontratos o cesiones, con autorización
previa del Comitente, las que no podrán superar el VEINTICINCO POR
CIENTO (25%).
1.2 Documentación obligatoria a presentar por el adjudicatario:
Dentro del TERCER (3°) día hábil administrativo previo al comienzo de
los trabajos, el adjudicatario deberá presentar ante la Subsecretaría
de Deporte Comunitario, dependiente de la Secretaría de Deporte una
Póliza de Seguros por Accidentes Personales por la suma asegurada de
PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000.-), por cada uno de los “efectores”
sociales involucrados en las tareas contratadas, con cláusula de no
repetición ante el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación; y la
Responsabilidad Civil extracontractual sobre las actividades de la
Cooperativa, incluirán al Ministerio de Desarrollo Social de La Nación
como asegurado adicional especificando la ubicación del riesgo, el
monto total será de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000.-),desde el inicio de
los trabajos hasta la recepción Definitiva establecida en la Cláusula
N° 11 de las Condiciones Particulares del presente Pliego.
1.3 Rescisión del contrato.
El Comitente tendrá derecho a rescindir el Contrato en los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario no diera comienzo a los trabajos dentro del plazo fijado a tal efecto.
b) Por falta reiterada al cumplimiento de las órdenes emanadas de la Subsecretaría de Deporte Comunitario.
c) Por interrupción o abandono sin causa justificada por un plazo mayor
de TRES (3) días consecutivos en tres ocasiones, o cuando el abandono o
interrupción sean continuados por el término de DIEZ (10) días corridos.
d) Por cualquier infracción a las Leyes de trabajo.
e) Cuando cediese el contrato en todo o en parte o subcontratase sin consentimiento del Comitente.
f) Por incumplimiento de la entrega de las Pólizas de Seguros por
Accidentes Personales, y de Responsabilidad Civil oportunamente
especificada, en los términos del Punto 1.2 de las Condiciones
Generales.
1.4 Organización de higiene y seguridad en el trabajo.
El objetivo de este rubro tiene como misión fundamental determinar,
promover y mantener adecuadas condiciones ambientales en los lugares de
trabajo, y el más alto nivel de seguridad para el personal propio del
Contratista, del Ministerio o terceros.
Para el cumplimiento de este objetivo el Contratista deberá ajustarse a
lo que en la materia dispone la Ley Nacional 19587/72, su Decreto
Reglamentario 351/79, la Resolución 1069/91 y demás disposiciones que
resulten aplicables.
Legislación de aplicación:
Para la organización de la seguridad de los trabajos se tendrá en cuenta la siguiente legislación:
• Ley Nacional 24028 de Riesgos de Trabajo.
• Ley Nacional 19587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo.
• Decreto 911/96.
CLAUSULAS PARTICULARES:
1. Presentación de la oferta - Obligaciones del oferente:
La oferta se deberá presentar por duplicado debidamente firmada en
todas sus hojas. Podrá presentarse hasta la fecha y hora indicada, en
sobre cerrado, con identificación de la presente contratación. Deberá
ser formulada en moneda nacional, sin discriminar, y no podrá
referirse, en ningún caso, a la eventual fluctuación de su valor. No se
aceptarán propuestas en moneda extranjera, ni ofertas alternativas.
2. Contenido de la Oferta: La oferta económica deberá ser presentada con:
a) Documentación que acredite su inscripción en el Registro Nacional de Efectores.
b) Constancia de Inscripción al Sistema de Proveedores (SIPRO)
c) Constancia de Inscripción ante la AFIP.
d) Domicilio Especial: Es requisito imprescindible constituir domicilio
especial, correo electrónico y fax, donde serán válidas todas las
comunicaciones que se cursen.
3. Forma de cotización:
La cotización será hecha por renglón, consignándose el precio unitario. Según Anexo B.
El Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, no reconocerá ningún
adicional, ni gasto que no haya sido debidamente explicitado en su
Presupuesto.
4. Plazo de mantenimiento de oferta: SESENTA (60) días corridos; dicho
plazo será prorrogado automáticamente por sucesivos lapsos iguales al
inicial en caso que el oferente no manifieste en forma fehaciente su
voluntad de no renovar la oferta con una antelación mínima de DIEZ (10)
días corridos al vencimiento de cada plazo.
5. Plazo de inicio del servicio: Dentro de los CINCO (5) días hábiles
administrativos contados a partir de la efectivización del anticipo, la
Cooperativa deberá presentar un cronograma de tareas con las fechas
máximas de ejecución, el cual deberá ser aprobado por la Subsecretaria
de Deporte Comunitario. Una vez aprobado este cronograma, se labrará un
Acta de Inicio de actividades entre el adjudicatario y el área
requirente. La cooperativa queda obligada a comenzar el servicio dentro
de los TRES (3) días hábiles administrativos de suscripta el Acta.
6. Plazo de Ejecución: Será de CIENTO OCHENTA DÍAS (180) corridos, con
opción a prórroga por parte de este Ministerio por un período igual al
originalmente contratado o parciales mensuales, contados a partir de la
fecha de labrada el Acta de Inicio, establecida en la Cláusula anterior.
7. Visita al predio: Es condición del llamado la visita del proponente
al predio donde se realizarán las tareas, a fin de interiorizarse de
todo cuanto pueda influir en la justa cotización de los servicios que
se solicitan. El oferente deberá coordinar la visita con el área
requirente, Subsecretaría de Deporte Comunitario, dependiente de la
SECRETARÍA DE DEPORTE al Tel.: (011) 4704-1689/1668.
8. Lugar de prestación del servicio: Las tareas se desarrollarán en el
Centro Deportivo Recreativo Nacional Zona Oeste, ubicado en Marcos Paz,
Provincia de Buenos Aires, en uso por el Ministerio de Desarrollo
Social.
9. La adjudicación se realizará teniendo en cuenta el precio, la
calidad, la idoneidad del oferente, y demás condiciones de la oferta.
10. Conformidad de la recepción: la recepción definitiva se llevará a
cabo dentro de los DIEZ (10) días corridos de completada la entrega de
los bienes o la prestación de los servicios, instancia en la cual la
Comisión de Recepción Definitiva labrará el acta correspondiente.
11. Facturación:
11.1 Lugar de presentación de las facturas: serán presentadas en la
Mesa de Entradas del Ministerio de Desarrollo Social, ubicada en la
planta baja del edificio de la Av. 9 de Julio 1925 (esq. Moreno) -
C.A.B.A., en el horario de 10:00 a 18:00 hs. Las facturas y remitos
deberán estar conformados el área requirente, Subsecretaría de Deporte
Comunitario.
11.2 Forma y tiempo de presentación: se indicará en cada factura:
a) Número y fecha de la Orden de Compra;
b) Número del expediente;
c) Número de remito conformado por el área requirente;
d) Número, especificación e importe de cada renglón facturado;
e) Importe total bruto de la factura;
f) Monto y tipo de descuentos, de corresponder;
g) Importe neto de la factura.
h) Deberá acompañarse conjuntamente con la factura, la constancia de
validez que emite la A.F.I.P. En caso de tratarse de facturas tipo “C”,
deberá acompañarse la constancia de inscripción respectiva, en la
A.F.I.P. Moneda de pago: La moneda de pago será la de curso legal en el
país.
11.3 Forma de Pago: Se abonará un anticipo del TREINTA POR CIENTO (30%)
del monto total de la Orden de Compra, el cual se hará efectivo dentro
de los QUINCE (15) días corridos de la fecha de presentación de la
factura, una vez notificada la citada orden de compra. Junto con la
factura deberá presentarse un Pagaré, debidamente conformado, por el
monto total del adelanto y a la orden del MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL.
El saldo restante se liquidará conforme a las certificaciones
establecidas en la cláusula N° 10, las que contemplarán el descuento
proporcional del anticipo efectuado y una deducción transitoria
adicional equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) de la certificación, a
los fines de garantizar la correcta realización de las tareas. Esta
deducción adicional será liquidada contra la emisión del acta
establecida en la cláusula N° 10. Sólo serán abonados los servicios
efectivamente prestados y recibidos de conformidad.
12. PAGO: Dentro de los TREINTA (30) días corridos, contados a partir
del día siguiente al de la incorporación por parte de la Dirección de
Programación y Ejecución Presupuestaria del Acta emitida por la
Comisión de Recepción Definitiva, de acuerdo a lo indicado en la
Cláusula N° 10.
13. A todos los efectos legales emergentes de la presente contratación
/ licitación serán competentes los Juzgados Nacionales en lo
Contencioso Administrativo Federal con asiento en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
A los efectos del seguimiento de novedades que puedan producirse
respecto de la presente contratación e independientemente de la
notificación que le cursemos, se recomienda visitar la página de
Internet: www.argentinacompra.gov.ar, “OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES” |
Anexo A
PLAYONES DEPORTIVOS
1 - TRABAJOS PRELIMINARES
1.1 - Replanteo, Limpieza y preparación del terreno
A los efectos de la realización del replanteo, el Adjudicatario
procederá a limpiar y emparejar el terreno que ocupará la construcción
de los playones juegos integradores y canchas de fútbol, de manera de
no entorpecer el desarrollo de la obra.
El área del terreno será destapada de su cubierta de suelo vegetal removiendo arbustos y demás materiales u obras existentes.
La cubierta de suelos vegetal y meteorizado a eliminar es del orden de
0,30 m. No obstante ello, una vez efectuada esta limpieza, la
Adjudicatario deberá verificar que el material que quede a la vista sea
apto para la ejecución de la base de apoyo, sin la presencia de restos
orgánicos, raíces, malezas, etc., En caso de existir algunos de los
elementos descriptos, se deberá profundizar la altura de destape, hasta
lograr la calidad de material deseada.
También deberá preverse incluir en el presente ítem el traslado de
todos aquellos elementos que fuera necesario para ejecutar las tareas
correspondientes.
1.2 - Cerco y protecciones.
Una vez entregado el terreno en el que se ejecutarán los trabajos, el
Adjudicatario deberá ejecutar el cerco de obra en una dimensión tal que
permita realizar los movimientos de personal y equipos, contar con una
playa de descarga de materiales, y sectores para elaborar morteros y
hormigones, además de disponer de suficiente espacio para depositar la
tierra vegetal, malezas y otros materiales de desechos previo a su
inmediato retiro de la obra.
Contendrá además portones para el ingreso/egreso de materiales y
rezagos, situado de manera que no afecte el desarrollo de las
actividades.
Este cercado se realizará en un material apropiado, de modo prolijo y
seguro, conforme a la implantación del terreno, cumpliendo las normas
que se establecen en el Código de Edificación del Municipio donde se
implantan o, en ausencia de éste, el que regula la actividad edilicia
en la ciudad capital de la provincia.
1.3 - Representante Técnico y Documentación Ejecutiva
El Oferente deberá designar al profesional arquitecto o ingeniero con
matrícula vigente en el Consejo Profesional correspondiente a la
localización de los trabajos. El profesional actuará como Representante
Técnico del Adjudicatario para la ejecución de todas las tareas. El
Adjudicatario asumirá la obligación del profesional designado por él,
quien será el que tenga a su cargo la representación técnica del
Adjudicatario.
El Adjudicatario confeccionará la totalidad de los planos ejecutivos
además de los planos de obra, planillas y planos de construcción que
necesitara los trabajos en cuestión, para su correcta ejecución,
entregando a medida de su ejecución y previo a la realización de las
tareas las copias pertinentes a la Inspección de Obra para su
aprobación.
1.4 - Herbicidas y manto hidrófugo.
1.4.1 - Tratamiento con herbicidas.
Concretado el escarificado de la base, se realizará este tratamiento a
efectos de garantizar la ausencia de crecimiento de malezas que afecten
a la construcción, utilizando cloruro de potasio a razón de 25 g por
litro, extendiéndolo en una proporción de 1,5 I por m2 de superficie.
1.4.2 - Manto hidrófugo.
Finalizado el tratamiento se colocará, sobre toda la superficie de las
canchas, un manto de polietileno de 100 micrones de espesor.
2 - Superficies de juego
2.1 - Playones
2.1.1 - Entoscado.
Se deberá realizar el entoscado previo a la ejecución de todas las canchas, en una profundidad mínima de 25 cm.
En términos generales el material de relleno deberá ser homogéneo y de bajo índice de plasticidad.
En ningún caso se admitirá para rellenos tierra vegetal, de alto límite
de plasticidad o de contenido de materiales no áridos o extraños.
La capas a compactar no excederán los 20 cm. de espesor de suelo suelto
y no se comenzará la compactación de la siguiente capa hasta no contar
con la aprobación de la capa inmediata anterior por parte de la
inspección de obra que el Adjudicatario está obligado a solicitar.
La compactación del suelo se efectuará por medios mecánicos, en forma sistemática y de manera que permita un control eficiente.
Cuando el suelo se halle en forma de bloques o terrones se lo desmenuzará antes de incorporarlo en el terraplén.
Cuando el contenido de humedad natural en el suelo, se halle por debajo
del límite inferior establecido, deberá agregársele la cantidad de agua
necesaria para lograr un contenido de humedad entre los límites
especificados.
El equipo de compactación, será del tipo adecuado para cada clase de
suelo a compactar y deberá ejercer la presión necesaria para obtener
las densidades fijadas.
2.1.2 - Carpeta de Hormigón Armado - Base de las Canchas de Vóley - Básquet
El piso de Hormigón Armado tendrá un espesor mínimo de 0,10 m y se
llevará a cabo de acuerdo a lo especificado en los Reglamentos CIRSOC
(Centro de Investigación de los Reglamentos Naciones de Seguridad para
las Obras Civiles), y en un todo de acuerdo a la documentación
correspondiente.
El Hormigón a utilizar será un Hormigón de clase de resistencia H21,
cuya resistencia característica a los 28 (veintiocho) días es de 21
MN/m2 (210 kg / cm2) La armadura a colocar corresponde a una malla de
acero electrosoldada compuesta por barras perfiladas nervuradas de 6
mm. de diámetro nominal, dispuestas en cuadrículas de 0,20 x 0,20 m. El
recubrimiento mínimo será de 0,025 m. medido desde la cara inferior de
la capa de Hormigón Armado.
La cara superior del playón tendrá una pendiente de 1:1000 medida desde
la línea imaginaria que une el punto medio de cada uno de los lados
menores hacia los lados mayores. Dicha pendiente se ejecuta a fin de
lograr un óptimo escurrimiento del agua de lluvia.
Todos los playones deberán poseer juntas de dilatación. Las mismas de
dilatación están proyectadas de acuerdo a las demarcaciones de los
campos de juego, de ahí la diferencia de medidas entre paños.
Se realizarán cortando con el disco los 4 cm superiores en un máximo de
48 horas después del llenado, con una diferencia entre las cotas de
ambos bordes no mayor de 2 mm, en los lugares en donde no se cumplan
dichas exigencias las mismas deberán ser corregidas por cuenta y cargo
del Adjudicatario.
Quince días después de realizado el corte se limpiará adecuadamente
mediante sopleteo y se aplicará una imprimación tipo Primer CK 90 o
similar, posteriormente se colocará un burlete de apoyo de goma,
cilíndrico, tipo Gomastic o similar y se sellarán las juntas con
sellador tipo BostikChemCalk o similar en el centímetro superior, para
obtener una unión durable, flexible e impermeable. El burlete se
colocará para que el sellador se tome a los bordes del hormigón y no a
la base de la junta.
Todas las canchas tendrán un cordón perimetral en todo su perímetro de
hormigón armado de 0.10x0.20m, con 4 barras 0.8mm, y estribos 0 6mm
cada 0.15m.
2.1.3 - Canchas de Fútbol 11 y 5
Antes de la demarcación de las canchas de fútbol, las áreas de juego
deberán nivelarse retirando la tierra existente aproximadamente en 20
cm y recolocando tierra negra seleccionada para dicho deporte. Se
deberá evitar que la superficie presente pozos o depresiones existentes
y con ello la posible acumulación de agua de lluvia. Se sembrará césped
resistente al deporte y una vez crecido, deberá estar cortado para
permitir que la pintura se integre más uniformemente y se conserve la
demarcación prolongado la misma en el tiempo.
Posteriormente, el marcado de las canchas se ejecutará mediante pintura
que evite quemaduras y daños en el césped del tipo látex al agua color
blanco con un espesor uniforme de 10 cm.
Para todos los casos las líneas deberán ser lo más rectas posibles,
motivo por el cual se recomienda la compra, alquiler o confección de
una máquina de demarcación de canchas. Estas máquinas constan de una
estructura similar a una carretilla con dos ruedas anteriores y un
rodillo posterior, al cual le llega la pintura líquida por medio de un
caño dosificador conectado a un tanque donde se deposita la pintura.
Para garantizar la exactitud, rectitud y escuadra de las demarcaciones,
se realizará un riguroso replanteo de las canchas, y se harán los
trazados de cada línea por medio de estacas y piolines, previo a la
aplicación de la pintura.
3 - Pinturas
Los trabajos de pintura se ejecutarán de acuerdo a las reglas del arte,
debiendo limpiar todas las partes prolijamente y prepararlas en forma
conveniente antes de recibir las sucesivas manos de pintura.
Los defectos que pudiera presentar cualquier estructura serán
corregidos antes de proceder a pintarlas y los trabajos se retocarán si
hiciese falta.
No se aplicará pintura sobre superficies mojadas o sucias de polvo o grasa, sin una preparación previa y adecuada.
Será condición indispensable para la aceptación de los trabajos que los
mismos tengan un acabado perfecto no admitiéndose que presenten señales
de pinceladas, pelos, etc. Los materiales a emplear serán en todos los
casos de la mejor calidad dentro de su respectiva clase y marca,
debiendo ser presentados a la persona encargada de la Supervisión de
las tareas en sus envases originales, cerrados. Estos envases no podrán
ser abiertos hasta tanto la Dirección de Obra los haya revisado.
3.1 - Pintura superficies de Vóley y Básquet
La terminación superficial será con pintura para pisos deportivos tipo Loxon Pisos color a definir.
3.2 - Demarcación reglamentaria de canchas de juego.
El Adjudicatario deberá demarcar las canchas para cada deporte de
acuerdo a las reglamentaciones de cada uno de ellos, adjuntas al
presente. La misma deberá ser efectuada una vez selladas las juntas y
una vez terminado el proceso de curado del hormigón, en el caso de las
canchas de básquet y vóley.
Se pintarán las demarcaciones en Tipo LOXON PISOS o calidad superior.
Para todos los casos las líneas deberán ser lo más rectas posibles,
motivo por el cual se recomienda la compra, alquiler o confección de
una máquina de demarcación de canchas. Estas máquinas constan de una
estructura similar a una carretilla con dos ruedas anteriores y un
rodillo posterior, al cual le llega la pintura líquida por medio de un
caño dosificador conectado a un tanque donde se deposita la pintura.
Para garantizar la exactitud, rectitud y escuadra de las demarcaciones,
se realizará un riguroso replanteo de las canchas, y se harán los
trazados de cada línea por medio de estacas y piolines, previo a la
aplicación de la pintura.
4 - Equipamiento
Zona de Actividades Deportivas e de Integración y Zona de Juegos
Recreativos: Los apoyos de las columnas de soporte de los juegos, tanto
deportivos como recreativos, se ejecutarán empotradas sobre bases de
hormigón de distintas medidas, según la profundidad necesaria para cada
juego.
En el cálculo y ejecución de las fundaciones para los juegos, se deberá
cumplimentar en un todo, las exigencias del Reglamento CIRSOC:
• Cargas permanentes
De acuerdo al análisis de cargas real.
• Acción del viento
De acuerdo al CIRSOC 102 (valor mínimo = 120 Km/ hora).
Cada zona de juegos deberá delimitarse mediante un pequeño tabique de
mampostería de ladrillos común en una profundidad de 0.70 m y un
espesor de 0.15 m. dicho muro estará revocado en ambos lados.
Terminación pintura al látex exterior tipo Alba o calidad superior.
Equipamiento de Zona de Juegos Deportivos e Integradores:
- Ruedas cervicales Integradoras - Cant: 2 unidades
- Manivela Integradora - Cant: 2 unidades
- Manivela Integradora - Cant: 2 unidades
- Descontracturador de Columna - Cant: 2 unidades
- Caminando en el Aire - Cant: 2 unidades
- Cabalgata Aeróbica - Cant: 2 unidades
- Fortalecedor de Piernas - Cant: 2 unidades
- Triple Vaivén - Cant: 2 unidades
- Banco para Abdominales - Cant: 2 unidades
- Barras Paralelas - Cant: 2 unidades
- Extensor de brazo Integrador - Cant: 2 unidades
Equipamiento de Zona de Juegos Recreativos:
- Mangrullo - Cant: 1 unidad
- Calesita integradora - Cant: 1 unidad
- Pórtico Cuádruple - Cant: 1 unidad
Cancha de Fútbol 11:
- Arco profesional de 7.30 x 2.44 más 20 % para su armado. Poste y
travesaños de hierro 3’’ x 3 mm más porta red en caño de 1 ½’’.
- Pintados con soplete con pintura convertidor de óxido
- Redes de fútbol: hilo polietilo de 2.5 mm, malla de 13 x 13 cm, medidas de 7.30 x 2.45 m. profundidad: 1.50 m color blanco.
- Cant: 2 unidades
Cancha Fútbol 5:
- Arco profesional de 4.00 x 2.00 m más 20 % para su armado. Poste y
travesaños de hierro 3’’ x 3 mm más porta red en caño de 1 ½’’.
- Pintados con soplete con pintura convertidor de óxido
- Redes de fútbol: hilo polietilo de 2.5 mm, malla de 13 x 13 cm, medidas de 4.00 x 2.00 m. profundidad: 1.50 m color blanco.
- Cant: 2 unidades
Básquet:
- Retiro de postes existentes
- Tubo de hierro de diámetro de 0,08 mde 4 mm
- Tablero acrílico
- Pintados con soplete con pintura convertidor de óxido
- Provisión e instalación de dos (2) aros fijos reglamentarios para básquet con sus redes.
- Cant: 2 unidades
Vóley:
- Columnas extraíbles para vóley de altura reglamentaria, las que se
empotrarán en un caño de mayor diámetro anclados en el playón (mínima
profundidad de anclaje 0,50 m) y que deberán contar con tapa de
protección.
- El caño a utilizar deberá tener un diámetro de 0,08 m con un espesor de 4 mm. La red a proveer deberá ser reglamentaria.
- Columnas: 2 unidades - Red: 1 unidad
5 - Limpieza
El orden y limpieza de las Tareas será de especial cuidado para el
Adjudicatario, la falta de lo anterior, será motivo de sanciones,
previa advertencia de la Dirección de Obra, por escrito.
Las tareas de limpieza comprenden también aquellas de limpieza y mantenimiento del sistema de desagües y pluviales.
El Adjudicatario deberá hacerse cargo de la evacuación del agua de
lluvia o proveniente de cualquier otro motivo, de las excavaciones u
otros lugares donde se ejecutarán las tareas. En el caso de producirse
inundaciones, deberá tomar los recaudos necesarios para la rápida
evacuación de las aguas. Esto deberá respetarse en todas las etapas de
los trabajos.
6 - Parquización
En la zona de ejecución de la obra el Adjudicatario deberá parquizar el
sector con césped de variedad que soporte las inclemencias.
El Adjudicatario parquizará con las especies que a continuación se
detallan o las que crea más conveniente, de acuerdo al tipo de suelo:
1) Ryegrass anual (Loliummultiflorum)
especie forrajera de bajo costo y calidad
hojas de textura media color verde claro
baja tolerancia al pisoteo: NO en campos deportivos
uso en parques residenciales de calidad promedio
Criollo, Estanzuela, Oregón y Europa
2) Ryegrass perenne (Lolium perenne)
forrajeros y de césped (turf-type). Evitar los primeros.
textura fina, alta calidad, color oscuro
alta tolerancia al pisoteo y demás adversidades
uso en parques de alta calidad y campos deportivos
Origen EEUU: Medalist Gold, Accent, Caddieshack
Origen Europa: Score y Capri
Anexo B
e. 04/11/2015 N° 163302/15 v. 04/11/2015