DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
Decreto S 4197/1969
Bs. As., 06/08/1969
VISTO el expediente N° U39-0992/118 (C.J.E.), lo informado por el señor
Comandante en Jefe del Ejército, lo propuesto por el señor Ministro de
Defensa, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 4196/69 se aprobó el Objetivo Orgánico de Gendarmería Nacional (1970/1972);
Que en consecuencia se hace necesario introducir modificaciones en
dicha fuerza de seguridad desplegándola en su casi totalidad en la zona
fronteriza de su jurisdicción, con una organización simple y homogénea
y con un régimen funcional ajustado a su misión específica;
Que tal reestructuración debe realizarse en forma gradual y a lo largo
del período de tres años fijados para su consecución, a través de
sucesivas resoluciones parciales;
Que debe iniciarse cuanto antes la adopción de las medidas que
posibiliten la oportuna puesta en ejecución del Plan de Transformación
derivado del Objetivo Orgánico
aprobado;
Por ello;
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Apruébanse las
modificaciones orgánicas correspondiente al primer tramo del Plan de
Transformación de la Gendarmería Nacional (Año 1970), contenidas en las
planillas anexas las que se iniciarán el 2 de enero de mil novecientos
setenta (2 de Enero de 1970) y deberán quedar finalizadas el 31 de
Diciembre del mismo año.
Art. 2° — Facúltase al señor
Comandante en Jefe del Ejército para que adopte las medidas pertinentes
que posibiliten el efectivo cumplimiento de dichas modificaciones
orgánicas, realice las modificaciones a los regímenes funcionales que
estime necesarias y apruebe las organizaciones de detalle
correspondientes.
Art. 3° — El señor Comandante
en Jefe del Ejército elevará oportunamente las modificaciones orgánicas
correspondientes al segundo tramo (año 1971) y tercer y último tramo
(año 1972) del Plan de Transformación.
Art. 4° — El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Defensa y firmado por el señor Comandante en Jefe del Ejército.
Art. 5° — Comuníquese,
publíquese en el Boletín Confidencial del Ejército y archívese en el
Ministerio de Defensa (Comando en Jefe del Ejército - Estado Mayor
General del Ejército - Jefatura III - Operaciones). — Juan C. Onganía.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)