DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 4197/1969

Bs. As., 06/08/1969

VISTO el expediente N° U39-0992/118 (C.J.E.), lo informado por el señor Comandante en Jefe del Ejército, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 4196/69 se aprobó el Objetivo Orgánico de Gendarmería Nacional (1970/1972);

Que en consecuencia se hace necesario introducir modificaciones en dicha fuerza de seguridad desplegándola en su casi totalidad en la zona fronteriza de su jurisdicción, con una organización simple y homogénea y con un régimen funcional ajustado a su misión específica;

Que tal reestructuración debe realizarse en forma gradual y a lo largo del período de tres años fijados para su consecución, a través de sucesivas resoluciones parciales;

Que debe iniciarse cuanto antes la adopción de las medidas que posibiliten la oportuna puesta en ejecución del Plan de Transformación derivado del Objetivo Orgánico
aprobado;

Por ello;

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Apruébanse las modificaciones orgánicas correspondiente al primer tramo del Plan de Transformación de la Gendarmería Nacional (Año 1970), contenidas en las planillas anexas las que se iniciarán el 2 de enero de mil novecientos setenta (2 de Enero de 1970) y deberán quedar finalizadas el 31 de Diciembre del mismo año.

Art. 2° — Facúltase al señor Comandante en Jefe del Ejército para que adopte las medidas pertinentes que posibiliten el efectivo cumplimiento de dichas modificaciones orgánicas, realice las modificaciones a los regímenes funcionales que estime necesarias y apruebe las organizaciones de detalle correspondientes.

Art. 3° — El señor Comandante en Jefe del Ejército elevará oportunamente las modificaciones orgánicas correspondientes al segundo tramo (año 1971) y tercer y último tramo (año 1972) del Plan de Transformación.

Art. 4° — El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Defensa y firmado por el señor Comandante en Jefe del Ejército.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese en el Boletín Confidencial del Ejército y archívese en el Ministerio de Defensa (Comando en Jefe del Ejército - Estado Mayor General del Ejército - Jefatura III - Operaciones). — Juan C. Onganía.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)