JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 2200/2015

Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional —Recursos Humanos— para el Ejercicio 2015.

Bs. As., 19/10/2015

VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0045986/2014 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional N° 27.008, el Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, las Decisiones Administrativas Nros. 696 del 6 de septiembre de 2013, 609 de fecha 1° de agosto de 2014 y 1 de fecha 12 de enero de 2015, las Resoluciones de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nros. 764 del 13 de septiembre de 2013, 778 del 19 de septiembre de 2013 y 57 del 7 de febrero de 2014 y la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.008 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015, el que fuera distribuido por la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 12 de enero de 2015.

Que mediante el Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que por la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que por el Acta del Comité para la COORDINACIÓN DE LOS PROCESOS DE PLANIFICACIÓN DE LAS DOTACIONES DE PERSONAL N° 47 del 26 de agosto de 2013 se asignaron la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO (258) cargos vacantes y financiados correspondientes a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS autorizados para su cobertura por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 696 del 6 de septiembre de 2013, mediante el régimen de selección adoptado en el marco de lo establecido por el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Que por la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 764 de fecha 13 de septiembre de 2013 se designó a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO (258) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente, en los términos del artículo 29 del Anexo I de la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA N° 39/10 y sus modificatorias.

Que por la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 778 de fecha 19 de septiembre de 2013 se aprobaron las Bases del Concurso para la cobertura de DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO (258) cargos vacantes y financiados, y se convocó al proceso de selección.

Que conforme surge de los términos de la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 57 del 7 de febrero de 2014 se aprobó el Orden de Mérito elevado por el Comité de Selección N° 1 para la cobertura del cargo de Cadete - Gestor.

Que por el Acta N° 8 de fecha 12 de diciembre de 2013, el Comité de Selección N° 1 recomendó la aplicación de los artículos 31 y 128 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), al agente D. Pablo Martín CABALLERO (D.N.I N° 30.761.647), no obstante lo cual la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en su Dictamen N° 5191 de fecha 12 de diciembre de 2014, señaló que el grado a asignar al aquí causante es el 1 en atención a que la recomendación nunca puede ser superior al grado de equiparación reconocido en su última situación como personal no permanente.

Que, entre otras cuestiones, la Decisión Administrativa N° 609 de fecha 1° de agosto de 2014 reglamentó lo dispuesto en el artículo 129 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial citado, estableciendo a los fines del supuesto previsto en los párrafos quinto y sexto de dicho artículo, la conversión de los cargos de Planta Permanente vacantes, financiados y autorizados a cubrir, en cargos de Planta No Permanente.

Que la decisión administrativa mencionada dispuso, además, que las designaciones en dichos cargos de Planta No Permanente se mantendrán hasta que el personal involucrado ingrese al régimen de estabilidad, a partir del primer día del mes siguiente al que se hubiere certificado la obtención del título del nivel educativo secundario antes de los plazos previstos en el quinto o sexto párrafo del artículo 129 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), según corresponda.

Que, por otra parte, la referida norma establece que la presente designación caducará automáticamente para el supuesto que el causante no hubiese obtenido el título secundario dentro de los plazos previstos, no hubiese requerido la prórroga del plazo para su obtención o requerida ésta y vencido el término no hubiese logrado dicha titulación.

Que la persona que integra la presente medida se encuentra alcanzada por las previsiones del artículo 129 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, por no reunir el requisito mínimo de posesión de título de nivel educativo secundario exigido en las Bases del presente proceso de selección de personal, habiendo asumido oportunamente el compromiso de completar sus estudios de nivel secundario de conformidad con lo establecido en el artículo citado.

Que en atención a ello y al efecto previsto en el quinto párrafo del referido artículo 129 del citado Convenio Colectivo y de conformidad con el artículo 14 de la Decisión Administrativa N° 609/14, corresponde transformar el cargo de la Planta Permanente involucrado en cargo de Planta No Permanente, y designar transitoriamente en este último a la persona que accediera al Orden de Mérito para la cobertura del cargo en cuestión.

Que han tomado la intervención que les compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 6°, 7° y 10 de la Ley N° 27.008 y 1° del Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional —Recursos Humanos—, para el Ejercicio 2015, en la parte correspondiente a la JURISDICCIÓN 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Desígnase transitoriamente en la Planta No Permanente al agente D. Pablo Martín CABALLERO (D.N.I. N° 30.761.647) en un Nivel E, Grado 1, Tramo General y Agrupamiento General, en el cargo de Cadete-Gestor, correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, en la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en los términos del artículo 129 del Anexo del Decreto N° 2098/08 y de los artículos 14, 15 y 16 de la Decisión Administrativa N° 609 de fecha 1° de agosto de 2014, y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.008.

Art. 3° — La presente designación transitoria queda sujeta a que el causante finalice sus estudios secundarios conforme el compromiso por él asumido al momento de su inscripción al presente proceso de selección de personal, de acuerdo a lo previsto por el artículo 129 del Convenio Colectivo homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios.

Art. 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto correspondiente a la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández.

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1°



PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1°