JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decisión Administrativa 1081/2015
Decreto N° 1919/2006. Modificación.
Bs. As., 27/10/2015
VISTO el Expediente N° 0012376/2015 del Registro de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, el Decreto N° 1919 de fecha 26 de diciembre de
2006 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 1919/06 y sus modificatorios, se aprobó la
estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARÍA DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, para cumplir con las responsabilidades que le son propias,
estableciendo, asimismo, sus competencias.
Que la experiencia y el cúmulo de cometidos asignados a la precitada
Secretaría demuestran la necesidad de incorporar la DIRECCIÓN NACIONAL
DEL SERVICIO DE MANEJO DEL FUEGO con dependencia de la UNIDAD
SECRETARIO de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la que tendrá, entre sus cometidos,
establecer los presupuestos mínimos de protección ambiental en materia
de incendios forestales y rurales en el ámbito del territorio nacional
mediante acciones y operaciones de prevención, presupresión y combate.
Que ha tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARIA DE
GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
Que la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
y por el artículo 16, inciso 12 de la Ley de Ministerios (T.O. por
Decreto N° 438/92) y sus modificatorios.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Incorpórase la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL SERVICIO DE MANEJO DEL FUEGO con dependencia de
la UNIDAD SECRETARIO de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, conforme la
Responsabilidad Primaria y Acciones que, en Planilla Anexa al presente
artículo, forma parte integrante de la presente medida.
Art. 2° — Suprímese del Anexo
II —Responsabilidad Primaria y Acciones— de la estructura organizativa
correspondiente al primer nivel operativo de la SECRETARÍA DE AMBIENTE
Y DESARROLLO SUSTENTABLE, aprobada por el artículo 3° del Decreto N°
1919 del 26 de diciembre de 2006, la Acción 15 de la DIRECCIÓN NACIONAL
DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL Y CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD,
dependiente de la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACIÓN Y POLÍTICA AMBIENTAL.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las
partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 -
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — Aníbal D. Fernández. — Aníbal F. Randazzo.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1°
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
UNIDAD SECRETARIO
DIRECCIÓN NACIONAL DEL SERVICIO DE MANEJO DEL FUEGO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Establecer los presupuestos mínimos de protección ambiental en materia
de incendios forestales y rurales en el ámbito del territorio nacional
mediante acciones y operaciones de prevención, presupresión y combate.
ACCIONES:
1. Entender en los mecanismos para una eficiente intervención del
Estado en las situaciones que involucren o demanden acciones y
operaciones de prevención, presupresión y combate de incendios que
aseguren el adecuado manejo del fuego.
2. Promover la concientización de la población acerca del impacto de
los usos del fuego, fomentando el cambio de los hábitos perjudiciales
para el ambiente.
3. Recabar, sistematizar y elevar a la Autoridad, la información
relativa al desarrollo y puesta en marcha de los distintos proyectos
vinculados a la instrumentación de Planes de Manejo del Fuego.
4. Supervisar mecanismos para un eficiente manejo del fuego en defensa del medio ambiente.
5. Entender en la realización de políticas preventivas en la materia,
en el apoyo a las estrategias de manejo del fuego, la alerta anticipada
y el combate rápido y eficaz de los incendios, a efectos de hacer
posible mantener los ecosistemas y sus procesos con una gestión
integral.