MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Decisión Administrativa 1080/2015

Modifícase la distribución del Presupuesto de la Administración Nacional —Recursos Humanos— para el Ejercicio 2015.

Bs. As., 27/10/2015

VISTO el Expediente N° S04:0040696/2014, del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015 aprobado por la Ley N° 27.008, el Decreto N° 1486 del 23 de setiembre de 2011 y sus modificatorios y la Decisión Administrativa N° 1 del 12 de enero de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1486/11 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, entre ellas la correspondiente a la DIRECCION NACIONAL DE POLITICA CRIMINAL EN MATERIA DE JUSTICIA Y LEGISLACION PENAL, dependiente de la SUBSECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL de la SECRETARIA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que a efectos de fortalecer institucionalmente la coordinación de la elaboración de propuestas de políticas y lineamientos estratégicos relativos a la política criminal en materia de justicia y legislación penal, como así también la coordinación de estudios penales y criminológicos, resulta necesaria la creación de una Coordinación en el ámbito de la mencionada Dirección Nacional con el objeto de articular y coordinar la elaboración de estudios e investigaciones en la materia, como así también la elaboración de informes sobre estadística en materia de criminalidad y funcionamiento del sistema de justicia penal.

Que en virtud de la complejidad, responsabilidad y carga de trabajo creciente que la mencionada Dirección Nacional afronta, resulta necesario efectuar una compensación de cargos, de acuerdo a lo establecido por el artículo 6° de la Ley N° 27.008.

Que asimismo resulta necesario facultar al señor Ministro de Justicia y Derechos Humanos a crear UN (1) cargo de conducción en el ámbito de la DIRECCION NACIONAL DE POLITICA CRIMINAL EN MATERIA DE JUSTICIA Y LEGISLACION PENAL de la SUBSECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL de la SECRETARIA DE JUSTICIA.

Que la medida propiciada contribuirá a lograr un adecuado cumplimiento de los criterios de eficacia y eficiencia necesarios para el logro de los objetivos estratégicos establecidos para el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del citado Ministerio para atender el gasto resultante de la medida que se aprueba por el presente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y la OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, el artículo 6° de la Ley N° 27.008 y por el artículo 16, inciso 12) de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1° — Modifícase la distribución del PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL —Recursos Humanos— para el ejercicio 2015, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, Servicio Administrativo Financiero 332, de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Facúltase al señor Ministro de Justicia y Derechos Humanos a aprobar UN (1) cargo de conducción en el ámbito de la DIRECCION NACIONAL DE POLITICA CRIMINAL EN MATERIA DE JUSTICIA Y LEGISLACION PENAL de la SUBSECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL de la SECRETARIA DE JUSTICIA.

Art. 3° — El gasto que demande la presente medida será atendido con los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Julio C. Alak.

Planilla anexa al artículo 1°



Planilla anexa al artículo 1°