Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
RECOMPENSAS
Resolución 2321/2015
Ofrécese Recompensa.
Bs. As., 11/11/2015
VISTO la Ley N° 26.538, y la Resolución M.J. y D.H. N° 2318 del 29 de
octubre de 2012 y el Legajo N° 21/2015 del PROGRAMA NACIONAL DE
COORDINACION PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, y
CONSIDERANDO:
Que ante el JUZGADO DE GARANTIAS N° 3 DE MERCEDES, Provincia de BUENOS
AIRES, a cargo interinamente del doctor Pablo F. MORAN, tramita la
causa N° 10.889 caratulada “MONTIELI CRIANES, Federico Vladimir s/abuso
sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización,
agravado por su comisión con arma” (Investigación Penal Preparatoria N°
09-00-4038-13).
Que interviene la UNIDAD FUNCIONAL DE INVESTIGACIONES N° 2 de MERCEDES,
Provincia de BUENOS AIRES, a cargo del doctor Leandro MARQUIEGUI.
Que el Juez antes mencionado solicita se ofrezca una recompensa para
aquellas personas que sin haber intervenido en el hecho delictual
aporten datos útiles que permitan lograr la aprehensión de Federico
Vladimir MONTIELI CRIANES (D.N.I. N° 25.762.380), nacido el 4 de marzo
de 1977, de nacionalidad argentina, con último domicilio conocido en la
ciudad de MARCOS PAZ, Provincia de BUENOS AIRES.
Que el prófugo se encuentra imputado del delito de abuso sexual
gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización,
agravado por su comisión con arma, en calidad de autor, en perjuicio de
una menor de edad. Hecho ocurrido en el mes de diciembre de 2012, en la
localidad de MARCOS PAZ, Provincia de BUENOS AIRES.
Que con fecha 14 de noviembre de 2013 se libró orden captura nacional y
el 20 de marzo de 2014 se ordenó se insertara su captura internacional.
Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que a tenor de lo que surge de la Decisión Administrativa N° 1 del 12
de enero de 2015 se cuenta con fondos suficientes en la partida
correspondiente al Fondo Permanente de Recompensas de este Ministerio.
Que han intervenido las áreas con competencia en materia contable
dependientes de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION informando que
se ha tomado la previsión presupuestaria correspondiente.
Que ha tomado la intervención de su competencia el PROGRAMA NACIONAL DE
COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA y la
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538 y en el Anexo II de la
Resolución M.J. y D.H. N° 2318/12.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Ofrécese como
recompensa dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de
PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000), destinada a aquellas personas
quienes, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos
útiles que sirvan para lograr la aprehensión de Federico Vladimir
MONTIELI CRIANES (D.N.I. N° 25.762.380), quien se encuentra imputado
del delito de abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias
de su realización, agravado por su comisión con arma, en calidad de
autor, hecho ocurrido en el mes de diciembre de 2012, en la localidad
de MARCOS PAZ, Provincia de BUENOS AIRES, del que resultó víctima una
menor de edad.
Art. 2° — Las personas que
quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el
PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA
POR LA JUSTICIA al (011) 5300-4020.
Art. 3° — El pago de la
recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe
el representante de esta Cartera de Estado previo informe del
representante del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL sobre el mérito de la
información aportada, preservando la identidad del informante.
Art. 4° — Encomiéndase a la
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS la difusión de la presente en medios gráficos de circulación
nacional.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio Alak.