MINISTERIO DE SALUD

Resolución 2038/2015

Bs. As., 10/11/2015

VISTO el Expediente N° 1-2002-22544/15-4 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que el MINISTERIO DE SALUD es competente para entender en la formulación, promoción y ejecución de planes tendientes a la reducción de inequidades en las condiciones de salud de la población.

Que dicha cartera sanitaria, a través de la Resolución Ministerial N° 118 de fecha 2 de febrero de 2009, encomendó al PROGRAMA MÉDICOS COMUNITARIOS - EQUIPOS DE SALUD DEL PRIMER NIVEL DE ATENCIÓN el objetivo de fortalecer la estrategia de Atención Primaria de la Salud, a fin de aumentar la cobertura de salud de toda la población de la Nación desde el primer nivel de atención, con actividades de promoción, prevención, detección, atención, seguimiento y rehabilitación de la salud con formas comprobadas y culturalmente aceptadas y a un costo soportable por el Estado y sustentable en el tiempo.

Que a través del Decreto N° 580 de fecha 15 de abril de 2015 se dispuso incorporar los objetivos de la SUBSECRETARIA DE EQUIDAD EN SALUD, dependiente de la SECRETARÍA DE DETERMINANTES DE LA SALUD Y RELACIONES SANITARIAS; y asimismo, se incorporó en la órbita de dicha SUBSECRETARIA, a la DIRECCIÓN DE EQUIPOS DEL PRIMER NIVEL DE ATENCIÓN.

Que la DIRECCIÓN DE EQUIPOS DEL PRIMER NIVEL DE ATENCIÓN solicita autorización para suscribir Convenios de Becas de Apoyo y Capacitación, Convenios de Becas con Facilitadores, Convenios de Becas para la Educación Permanente en Servicio, Convenios de Becas con Referentes de distintas Provincias, Convenios de Becas para Equipos Comunitarios Especiales para Pueblos Originarios y Convenios de Becas de Equipos Comunitarios orientados a la Prevención del Uso Indebido de Sustancias, con la idea de continuar la capacitación en Salud Social y Comunitaria.

Que cuestiones estrictamente operativas vinculadas al volumen de los convenios que se suscriben, y por aplicación de los principios de economía procesal, celeridad y sencillez que imperan en materia procedimental administrativa, corresponde dar curso favorable a la solicitud, autorizando al titular de dicha Dirección a firmar los referidos convenios, en el marco del PROGRAMA MÉDICOS COMUNITARIOS - EQUIPOS DE SALUD DEL PRIMER NIVEL DE ATENCIÓN.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 de fecha 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Delégase hasta el día 31 de diciembre de 2015 en el titular de la DIRECCIÓN DE EQUIPOS DEL PRIMER NIVEL DE ATENCIÓN, la suscripción de Convenios de Becas de Apoyo y Capacitación, Convenios de Becas con Facilitadores, Convenios de Becas para la Educación Permanente en Servicio, Convenios de Becas con Referentes de distintas Provincias, Convenios de Becas para Equipos Comunitarios Especiales para Pueblos Originarios y Convenios de Becas de Equipos Comunitarios orientados a la Prevención del Uso Indebido de Sustancias, a fin de continuar la capacitación en Salud Social y Comunitaria.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. DANIEL GUSTAVO GOLLAN, Ministro de Salud.

e. 17/11/2015 N° 167218/15 v. 17/11/2015