MINISTERIO DE SALUD
Resolución 2038/2015
Bs. As., 10/11/2015
VISTO el Expediente N° 1-2002-22544/15-4 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que el MINISTERIO DE SALUD es competente para entender en la
formulación, promoción y ejecución de planes tendientes a la reducción
de inequidades en las condiciones de salud de la población.
Que dicha cartera sanitaria, a través de la Resolución Ministerial N°
118 de fecha 2 de febrero de 2009, encomendó al PROGRAMA MÉDICOS
COMUNITARIOS - EQUIPOS DE SALUD DEL PRIMER NIVEL DE ATENCIÓN el
objetivo de fortalecer la estrategia de Atención Primaria de la Salud,
a fin de aumentar la cobertura de salud de toda la población de la
Nación desde el primer nivel de atención, con actividades de promoción,
prevención, detección, atención, seguimiento y rehabilitación de la
salud con formas comprobadas y culturalmente aceptadas y a un costo
soportable por el Estado y sustentable en el tiempo.
Que a través del Decreto N° 580 de fecha 15 de abril de 2015 se dispuso
incorporar los objetivos de la SUBSECRETARIA DE EQUIDAD EN SALUD,
dependiente de la SECRETARÍA DE DETERMINANTES DE LA SALUD Y RELACIONES
SANITARIAS; y asimismo, se incorporó en la órbita de dicha
SUBSECRETARIA, a la DIRECCIÓN DE EQUIPOS DEL PRIMER NIVEL DE ATENCIÓN.
Que la DIRECCIÓN DE EQUIPOS DEL PRIMER NIVEL DE ATENCIÓN solicita
autorización para suscribir Convenios de Becas de Apoyo y Capacitación,
Convenios de Becas con Facilitadores, Convenios de Becas para la
Educación Permanente en Servicio, Convenios de Becas con Referentes de
distintas Provincias, Convenios de Becas para Equipos Comunitarios
Especiales para Pueblos Originarios y Convenios de Becas de Equipos
Comunitarios orientados a la Prevención del Uso Indebido de Sustancias,
con la idea de continuar la capacitación en Salud Social y Comunitaria.
Que cuestiones estrictamente operativas vinculadas al volumen de los
convenios que se suscriben, y por aplicación de los principios de
economía procesal, celeridad y sencillez que imperan en materia
procedimental administrativa, corresponde dar curso favorable a la
solicitud, autorizando al titular de dicha Dirección a firmar los
referidos convenios, en el marco del PROGRAMA MÉDICOS COMUNITARIOS -
EQUIPOS DE SALUD DEL PRIMER NIVEL DE ATENCIÓN.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por
Decreto N° 438 de fecha 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Delégase hasta el día 31 de diciembre de 2015 en el
titular de la DIRECCIÓN DE EQUIPOS DEL PRIMER NIVEL DE ATENCIÓN, la
suscripción de Convenios de Becas de Apoyo y Capacitación, Convenios de
Becas con Facilitadores, Convenios de Becas para la Educación
Permanente en Servicio, Convenios de Becas con Referentes de distintas
Provincias, Convenios de Becas para Equipos Comunitarios Especiales
para Pueblos Originarios y Convenios de Becas de Equipos Comunitarios
orientados a la Prevención del Uso Indebido de Sustancias, a fin de
continuar la capacitación en Salud Social y Comunitaria.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. DANIEL GUSTAVO GOLLAN, Ministro de
Salud.
e. 17/11/2015 N° 167218/15 v. 17/11/2015