DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN
Resolución 612/2015
Bs. As., 11/11/2015
VISTO la Ley de Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto
Reglamentario N° 1390/98, la Resolución del Directorio de la ARN N°
162/08, el Expediente del Registro Central N° 87/14 de esta AUTORIDAD
REGULATORIA NUCLEAR, lo solicitado por la GERENCIA SEGURIDAD
RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS - SUBGERENCIA CONTROL DE
INSTALACIONES CLASE II Y III y lo actuado por el CONSEJO ASESOR DE
APLICACIONES DE RADIOISOTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en el Artículo 9, inciso a) de la Ley N°
24.804 citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para
desarrollar actividad nuclear en la REPÚBLICA ARGENTINA, deberá
ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA
NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el
otorgamiento de la licencia, permiso o autorización respectiva.
Que la Escuela de Ciencia y Tecnología de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE
SAN MARTIN (UNSAM) ha solicitado el reconocimiento de la Carrera de
postgrado “Especialización en Física de la Medicina Nuclear” como
formación teórica suficiente para tramitar Permisos Individuales para
el propósito de Especialistas en Física de Instalaciones de Medicina
Nuclear y el reconocimiento de la carga horaria correspondiente a los
contenidos mínimos de dosimetría clínica con fuentes abiertas aprobados
por la Resolución N° 162/08, como parte de las 1500 horas requeridas
como práctica clínica activa.
Que la GERENCIA DE SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS -
SUBGERENCIA CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE II Y III han
recomendado el reconocimiento de la Carrera de postgrado de
Especialización en Física de la Medicina Nuclear presentado por la
Escuela de Ciencia y Tecnología de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN
MARTIN (UNSAM).
Que el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISOTOPOS Y RADIACIONES
IONIZANTES (CAAR) en su Acta N° 838 ha recomendado el reconocimiento de
la mencionada carrera.
Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le
compete.
Que el Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR es competente
para el dictado del presente acto conforme lo establece el Artículo 22,
inciso e) de la Ley N° 24.804.
Por ello, en su reunión del 5 de noviembre de 2015 (Acta N° 35)
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ:
ARTICULO 1° — Reconocer la Carrera de postgrado “Especialización en
Física de la Medicina Nuclear” de la Escuela de Ciencia y Tecnología de
la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN (UNSAM) como formación teórica
suficiente para tramitar Permisos Individuales para el propósito de
Especialistas en Física de Instalaciones de Medicina Nuclear y el
reconocimiento de la carga horaria correspondiente a los contenidos
mínimos de dosimetría clínica con fuentes abiertas aprobados por la
Resolución N° 162/08, como parte de las 1500 horas requeridas como
práctica clínica activa.
ARTICULO 2° — Establecer que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA
Y SALVAGUARDIAS evaluará periódicamente el plan de estudios y el
programa de materias específicas cuyos contenidos y carga horaria están
indicados en el Anexo de la presente Resolución y establecerá de ser
necesarias, las modificaciones pertinentes.
ARTICULO 3° — Establecer que la vigencia del reconocimiento de la
Carrera de postgrado “Especialización en Física de la Medicina Nuclear”
estará sujeta al cumplimiento por parte de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE
SAN MARTIN (UNSAM) de los siguientes requisitos:
1.- Obtener el acuerdo de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR ante
cualquier cambio de las condiciones que sirvieron de base para otorgar
el reconocimiento del mismo.
2.-.Informar la nómina de alumnos que aprobaron la carrera.
ARTICULO 4° — Comuníquese a la SECRETARIA GENERAL, a la ESCUELA DE
CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN (UNSAM) y
la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, a los fines
correspondientes. Dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
para su publicación en el BOLETÍN NACIONAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
Publíquese en el Boletín de la ARN y archívese en el REGISTRO CENTRAL.
— Dr. DIEGO HURTADO, Presidente del Directorio.
e. 17/11/2015 N° 166966/15 v. 17/11/2015