AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

Resolución 612/2015

Bs. As., 11/11/2015

VISTO la Ley de Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1390/98, la Resolución del Directorio de la ARN N° 162/08, el Expediente del Registro Central N° 87/14 de esta AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR, lo solicitado por la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS - SUBGERENCIA CONTROL DE INSTALACIONES CLASE II Y III y lo actuado por el CONSEJO ASESOR DE APLICACIONES DE RADIOISOTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9, inciso a) de la Ley N° 24.804 citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para desarrollar actividad nuclear en la REPÚBLICA ARGENTINA, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la licencia, permiso o autorización respectiva.

Que la Escuela de Ciencia y Tecnología de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN (UNSAM) ha solicitado el reconocimiento de la Carrera de postgrado “Especialización en Física de la Medicina Nuclear” como formación teórica suficiente para tramitar Permisos Individuales para el propósito de Especialistas en Física de Instalaciones de Medicina Nuclear y el reconocimiento de la carga horaria correspondiente a los contenidos mínimos de dosimetría clínica con fuentes abiertas aprobados por la Resolución N° 162/08, como parte de las 1500 horas requeridas como práctica clínica activa.

Que la GERENCIA DE SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS - SUBGERENCIA CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE II Y III han recomendado el reconocimiento de la Carrera de postgrado de Especialización en Física de la Medicina Nuclear presentado por la Escuela de Ciencia y Tecnología de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN (UNSAM).

Que el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISOTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES (CAAR) en su Acta N° 838 ha recomendado el reconocimiento de la mencionada carrera.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR es competente para el dictado del presente acto conforme lo establece el Artículo 22, inciso e) de la Ley N° 24.804.

Por ello, en su reunión del 5 de noviembre de 2015 (Acta N° 35)

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTICULO 1° — Reconocer la Carrera de postgrado “Especialización en Física de la Medicina Nuclear” de la Escuela de Ciencia y Tecnología de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN (UNSAM) como formación teórica suficiente para tramitar Permisos Individuales para el propósito de Especialistas en Física de Instalaciones de Medicina Nuclear y el reconocimiento de la carga horaria correspondiente a los contenidos mínimos de dosimetría clínica con fuentes abiertas aprobados por la Resolución N° 162/08, como parte de las 1500 horas requeridas como práctica clínica activa.

ARTICULO 2° — Establecer que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS evaluará periódicamente el plan de estudios y el programa de materias específicas cuyos contenidos y carga horaria están indicados en el Anexo de la presente Resolución y establecerá de ser necesarias, las modificaciones pertinentes.

ARTICULO 3° — Establecer que la vigencia del reconocimiento de la Carrera de postgrado “Especialización en Física de la Medicina Nuclear” estará sujeta al cumplimiento por parte de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN (UNSAM) de los siguientes requisitos:

1.- Obtener el acuerdo de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR ante cualquier cambio de las condiciones que sirvieron de base para otorgar el reconocimiento del mismo.

2.-.Informar la nómina de alumnos que aprobaron la carrera.

ARTICULO 4° — Comuníquese a la SECRETARIA GENERAL, a la ESCUELA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN (UNSAM) y la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, a los fines correspondientes. Dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETÍN NACIONAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA. Publíquese en el Boletín de la ARN y archívese en el REGISTRO CENTRAL. — Dr. DIEGO HURTADO, Presidente del Directorio.

ANEXO A LA RESOLUCIÓN N° 612/15













e. 17/11/2015 N° 166966/15 v. 17/11/2015