Resolución General 3813
Nomenclatura Común del Mercosur (NCM).
Clasificación arancelaria de mercadería en la citada nomenclatura, de
acuerdo con el procedimiento previsto en la Resolución General Nº 1.618.
Bs. As., 18/11/2015
VISTO la Resolución General N° 1.618, y
CONSIDERANDO:
Que mediante actuaciones SIGEA Nros. 13289-39153-2014,
13289-10301-2015, 13289-26240-2011, 13289-8726-2012 y 13289-5826-2012
se somete al procedimiento de consulta de clasificación arancelaria en
la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM), a determinadas mercaderías.
Que con intervención de las áreas técnicas competentes, se emitieron los Criterios de Clasificación Nros. 17/15 al 21/15.
Que, conforme a las constancias que obran en las mencionadas
actuaciones, la clasificación arancelaria resultante se efectuó de
acuerdo con el procedimiento previsto por la Resolución General del
Visto.
Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia, aconsejan resolver
en un solo acto resolutivo las referidas consultas de clasificación
arancelaria de mercaderías.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y
Técnico Legal Aduanera y la Dirección General de Aduanas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Ubícanse en las
Posiciones Arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) que
en cada caso se indican, a las mercaderías detalladas en el Anexo que
se aprueba y forma parte de la presente.
Art. 2° — Regístrese, dése a la
Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y difúndase
en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Remítase copia al
Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y al Comité Técnico N° 1
Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías de la Comisión
de Comercio del MERCOSUR y pase a la División Clasificación Arancelaria
para su archivo. — Ricardo Echegaray.
ANEXO (Artículo 1°)