MINISTERIO DE INDUSTRIA

SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

Resolución 613/2015

Bs. As., 13/11/2015

VISTO el Expediente N° S01:0007510/2015 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, las Leyes Nros. 22.317, 24.467, 25.300 y 27.008 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015, los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de 1998, 434 de fecha 29 de abril de 1999 y 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 12 de enero de 2015, las Resoluciones Nros. 45 de fecha 13 de febrero de 2015 y 83 de fecha 30 de marzo de 2015 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA y la Disposición N° 389 de fecha 29 de septiembre de 2004 de la ex SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 22.317 se creó el Régimen de Crédito Fiscal destinado a la cancelación de tributos cuya aplicación, percepción y fiscalización corresponde a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, con el objetivo de incentivar la capacitación del personal de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Que dicho Régimen fue reglamentado por los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de 1998 y 434 de fecha 29 de abril de 1999.

Que mediante el Artículo 28, inciso b) de la Ley N° 27.008 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015 se fijó el cupo anual al que se refiere el Artículo 3° de la Ley N° 22.317 en la suma de PESOS OCHENTA MILLONES ($ 80.000.000) para la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Que en razón de ese cupo anual, se dictó la Resolución N° 45 de fecha 13 de febrero de 2015 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA por medio de la cual se aprobó el Reglamento para el Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos de Capacitación de Eventos Patrocinados - Año 2015 - Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, estableciéndose la utilización de un cupo máximo de PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000) para dicha convocatoria.

Que mediante la Resolución N° 83 de fecha 30 de marzo de 2015 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA se aprobó el Reglamento para el Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos destinados a la Adquisición de Equipamiento y/o Adecuación de Aulas Virtuales en Agencias Regionales de Desarrollo Productivo, la Adquisición de Equipamiento y/o Adecuación de Aulas o Creación y Desarrollo de Centros de Formación e Investigación de Desarrollo Productivo y Conformación de Instituciones Especializadas en Apoyo Emprendedor en Parques Industriales y la Adquisición de Equipamiento y/o Adecuación de Centros o Creación y Desarrollo de Centros Universitarios de Trabajo en Universidades Públicas, Nacionales y/o Provinciales, en el marco del Régimen de Crédito Fiscal para el año 2015, estableciéndose un cupo máximo de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES ($ 35.000.000).

Que el llamado citado en el considerando precedente tiene como principal objetivo lograr un eficaz y mejor impacto social, regional y económico de los fondos disponibles, por lo tanto deviene necesario ampliar el cupo de crédito fiscal establecido por la Resolución N° 83/15 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, a cuyo efecto se destinará el monto de PESOS UN MILLÓN ($ 1.000.000) proveniente del cupo de crédito fiscal establecido por la Resolución N° 45/15 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.

Que atento a dicha ampliación, el cupo máximo de crédito fiscal destinado al llamado establecido por la Resolución N° 83/15 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL ascenderá a la suma de PESOS TREINTA Y SEIS MILLONES ($ 36.000.000).

Que por el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría.

Que asimismo, por el decreto citado precedentemente, se facultó a la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL para entender en la aplicación de las normas correspondientes a los Títulos l y II de las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, sus modificatorias y complementarias, y de las normas dictadas en consecuencia, en su carácter de Autoridad de Aplicación.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE INDUSTRIA, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley N° 22.317 y los Decretos Nros. 819/98, 434/99 y 357/02 y sus modificaciones.

Por ello,

EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Amplíase el cupo máximo de crédito fiscal establecido por la Resolución N° 83 de fecha 30 de marzo de 2015 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA a la suma total de PESOS TREINTA Y SEIS MILLONES ($ 36.000.000), con la asignación de PESOS UN MILLÓN ($ 1.000.000) provenientes del cupo de crédito fiscal establecido por la Resolución N° 45 de fecha 13 de febrero de 2015 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

ARTÍCULO 2° — La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. HORACIO G. ROURA, Secretario de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional, Ministerio de Industria.

e. 20/11/2015 N° 168238/15 v. 20/11/2015