MINISTERIO DE INDUSTRIA
SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
Resolución 613/2015
Bs. As., 13/11/2015
VISTO el Expediente N° S01:0007510/2015 del Registro del MINISTERIO DE
INDUSTRIA, las Leyes Nros. 22.317, 24.467, 25.300 y 27.008 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2015, los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de 1998, 434 de fecha
29 de abril de 1999 y 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus
modificaciones, la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 12 de enero de
2015, las Resoluciones Nros. 45 de fecha 13 de febrero de 2015 y 83 de
fecha 30 de marzo de 2015 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA y la
Disposición N° 389 de fecha 29 de septiembre de 2004 de la ex
SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de
la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y sus
modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 22.317 se creó el Régimen de Crédito Fiscal destinado
a la cancelación de tributos cuya aplicación, percepción y
fiscalización corresponde a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS
PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y
FINANZAS PÚBLICAS, con el objetivo de incentivar la capacitación del
personal de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
Que dicho Régimen fue reglamentado por los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de 1998 y 434 de fecha 29 de abril de 1999.
Que mediante el Artículo 28, inciso b) de la Ley N° 27.008 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2015 se fijó el cupo anual al que se refiere el Artículo 3° de la Ley
N° 22.317 en la suma de PESOS OCHENTA MILLONES ($ 80.000.000) para la
SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del
MINISTERIO DE INDUSTRIA.
Que en razón de ese cupo anual, se dictó la Resolución N° 45 de fecha
13 de febrero de 2015 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA por medio de la cual
se aprobó el Reglamento para el Llamado a Presentación y Ejecución de
Proyectos de Capacitación de Eventos Patrocinados - Año 2015 - Régimen
de Crédito Fiscal para Capacitación de Micro, Pequeñas y Medianas
Empresas, estableciéndose la utilización de un cupo máximo de PESOS
DIEZ MILLONES ($ 10.000.000) para dicha convocatoria.
Que mediante la Resolución N° 83 de fecha 30 de marzo de 2015 de la
SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del
MINISTERIO DE INDUSTRIA se aprobó el Reglamento para el Llamado a
Presentación y Ejecución de Proyectos destinados a la Adquisición de
Equipamiento y/o Adecuación de Aulas Virtuales en Agencias Regionales
de Desarrollo Productivo, la Adquisición de Equipamiento y/o Adecuación
de Aulas o Creación y Desarrollo de Centros de Formación e
Investigación de Desarrollo Productivo y Conformación de Instituciones
Especializadas en Apoyo Emprendedor en Parques Industriales y la
Adquisición de Equipamiento y/o Adecuación de Centros o Creación y
Desarrollo de Centros Universitarios de Trabajo en Universidades
Públicas, Nacionales y/o Provinciales, en el marco del Régimen de
Crédito Fiscal para el año 2015, estableciéndose un cupo máximo de
PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES ($ 35.000.000).
Que el llamado citado en el considerando precedente tiene como
principal objetivo lograr un eficaz y mejor impacto social, regional y
económico de los fondos disponibles, por lo tanto deviene necesario
ampliar el cupo de crédito fiscal establecido por la Resolución N°
83/15 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO
REGIONAL, a cuyo efecto se destinará el monto de PESOS UN MILLÓN ($
1.000.000) proveniente del cupo de crédito fiscal establecido por la
Resolución N° 45/15 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
DESARROLLO REGIONAL.
Que atento a dicha ampliación, el cupo máximo de crédito fiscal
destinado al llamado establecido por la Resolución N° 83/15 de la
SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
ascenderá a la suma de PESOS TREINTA Y SEIS MILLONES ($ 36.000.000).
Que por el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus
modificaciones se aprobó el organigrama de aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría.
Que asimismo, por el decreto citado precedentemente, se facultó a la
SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL para
entender en la aplicación de las normas correspondientes a los Títulos
l y II de las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, sus modificatorias y
complementarias, y de las normas dictadas en consecuencia, en su
carácter de Autoridad de Aplicación.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE INDUSTRIA, ha tomado la
intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por la Ley N° 22.317 y los Decretos Nros. 819/98, 434/99 y
357/02 y sus modificaciones.
Por ello,
EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Amplíase el cupo máximo de crédito fiscal establecido por
la Resolución N° 83 de fecha 30 de marzo de 2015 de la SECRETARÍA DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE
INDUSTRIA a la suma total de PESOS TREINTA Y SEIS MILLONES ($
36.000.000), con la asignación de PESOS UN MILLÓN ($ 1.000.000)
provenientes del cupo de crédito fiscal establecido por la Resolución
N° 45 de fecha 13 de febrero de 2015 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA.
ARTÍCULO 2° — La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Lic. HORACIO G. ROURA, Secretario de la
Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional, Ministerio de
Industria.
e. 20/11/2015 N° 168238/15 v. 20/11/2015