ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
Resolución 940/2015
Bs. As., 18/11/2015
VISTO el Expediente N° ANC: 0018507/2015 del Registro de la
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, número original
S01:0119251/2013 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL,
INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS y el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de
noviembre de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Disposición N° 61, de fecha 30 de marzo de 2005, de la
ex-Dirección de Habilitaciones del ex-Comando de Regiones Aéreas de la
FUERZA AÉREA ARGENTINA, se aprobaron las normas de aplicación para
vuelos de bautismo y/o recreativos.
Que a través de las actuaciones citadas en el Visto, la DIRECCIÓN
NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE
AVIACIÓN CIVIL (ANAC), elaboró el proyecto de adecuación y
actualización de la Disposición indicada.
Que esta adecuación contribuirá al correcto ejercicio de la
responsabilidad primaria conferida a esta Administración Nacional por
Decreto N° 1.770, de fecha 29 de noviembre de 2007, en materia de
revisión y actualización periódica de los reglamentos.
Que mediante la Resolución ANAC N° 625 de fecha 19 de agosto de 2015 se
implementó el procedimiento de Elaboración Participativa de Normas
establecido por el Decreto N° 1172 de fecha 3 de diciembre de 2003 con
relación al proyecto de reglamento para los vuelos recreativos,
procedimiento que brindó la posibilidad de que los interesados
expresaran sus opiniones y propuestas respecto del proyecto elaborado,
sin que mediaran observaciones al mismo.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la DIRECCIÓN
GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA de esta Administración Nacional
ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el Decreto Nro. 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Derógase la Disposición N° 61, de fecha 30 de marzo de
2005, de la ex-Dirección de Habilitaciones del ex-Comando de Regiones
Aéreas de la FUERZA AÉREA ARGENTINA, por la cual se aprobaron las
normas de aplicación para vuelos de bautismo y/o recreativos.
ARTÍCULO 2° — Apruébanse las Normas de Aplicación para Vuelos
Recreativos (Rentados) que, como Anexo, integran la presente resolución.
ARTÍCULO 3° — Lo establecido en la presente resolución entrará en
vigencia a los NOVENTA (90) días de su publicación en el Boletín
Oficial.
ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y, cumplido,
vuelva a la Unidad de Planificación y Control de Gestión – Departamento
Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos Internos –, dependiente
de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL para su publicación en
la página web institucional y oportunamente, archívese. — Dr. ALEJANDRO
A. GRANADOS, Administrador Nacional de Aviación Civil.
NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexo. El mismo podrá ser consultado en la Pág. web: www.anac.gob.ar sección normativa.
e. 23/11/2015 N° 169901/15 v. 23/11/2015