BIENES DE INTERÉS NACIONAL
Decreto 2436/2015
Declaraciones.
Bs. As., 18/11/2015
VISTO el Expediente N° 14.616/15 del registro del MINISTERIO DE
CULTURA, por el que se propone declarar como bien de interés
arquitectónico nacional y bien de interés artístico nacional al
edificio sede central del MUSEO ARQUEOLÓGICO ARGENTINO AMBATO y como
área de amortiguación visual a la manzana que lo contiene, ubicados en
VILLA EDEN, Ciudad de LA FALDA, PROVINCIA DE CÓRDOBA, y
CONSIDERANDO:
Que en el año 1987 por Decreto N° 2583/1987 de la PROVINCIA DE CÓRDOBA,
se creó e instaló, en el edificio de la calle CUESTA DEL LAGO N° 1469,
VILLA EDÉN, de la Ciudad de LA FALDA, PROVINCIA DE CÓRDOBA, el “MUSEO
ARQUEOLÓGICO ARGENTINO AMBATO” con el objeto de albergar la colección
reunida por el señor Aroldo ROSSO, quien, a su vez, fue su primer
Director.
Que, el edificio y la colección sufrieron una serie de circunstancias
que afectaron la preservación de la Colección Rosso y la continuidad
del lugar como sede de la misma, motivo por el cual la colección fue
trasladada por distintas locaciones mientras que su original
emplazamiento, con grandes deterioros, permanecía cerrado.
Que la comunidad de la Ciudad de LA FALDA se movilizó permanentemente
en pos de la devolución y protección de la colección y de su sede
histórica, logrando en el año 2007 la firma de un Convenio Marco entre
el Estado Municipal y la Asociación Civil “Amigos del Museo Ambato de
La Falda”, entidad cultural sin fines de lucro, para la recuperación de
la colección y del chalet.
Que en el año 2012 el Municipio, mediante Ordenanza N° 2459/2012,
delegó en la Asociación citada, la conducción y gestión del Museo para
el desarrollo del proceso de recuperación y puesta en valor.
Que el ESTADO NACIONAL se sumó al esfuerzo y luego de la firma de un
Convenio, por medio de la entonces SECRETARIA DE CULTURA de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, comenzó a elaborar un proyecto de
restauración del chalet y de una nueva puesta museográfica, a fin de
recuperar tanto el inmueble como los bienes museológicos, dándoles el
destino que les corresponde, por sus valores e historia, el que fue
ratificado por un nuevo Convenio con la participación del MUNICIPIO DE
LA CIUDAD DE LA FALDA.
Que las obras fueron financiadas por el MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN
FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, por medio de su SUBSECRETARIA
DE OBRAS PÚBLICAS, mediante el Convenio de Colaboración y Transferencia
con la Asociación.
Que con estos antecedentes se demuestra el papel que cupo al inmueble
en la preservación y difusión del arte precolombino de la REPÚBLICA
ARGENTINA, por todo lo cual la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE
LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS, aconseja su declaratoria.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE CULTURA ha tomado debida intervención.
Que la presente medida se dicta en el marco de lo establecido por el
inciso 1 del artículo 99 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el inciso b) del
artículo 1° ter de la Ley N° 12.665 y sus modificatorias.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Declárase bien de
interés arquitectónico nacional y bien de interés artístico nacional,
al edificio sede del MUSEO ARQUEOLÓGICO ARGENTINO AMBATO, sito en la
calle CUESTA DEL LAGO N° 1469, VILLA EDEN, de la Ciudad de LA FALDA,
PROVINCIA DE CÓRDOBA. (Datos catastrales: Circunscripción 02, Sección
01, Manzana 370, Parcela 01).
Art. 2° — Declárase área de
amortiguación visual, a la totalidad de la manzana que actualmente
contiene al edificio del MUSEO ARQUEOLÓGICO ARGENTINO AMBATO,
delimitada por las calles CUESTA DEL LAGO, LOS PLÁTANOS, 25 DE MAYO y
LOS PARAÍSOS, de la Ciudad de LA FALDA, PROVINCIA DE CÓRDOBA.
Art. 3° — La COMISIÓN NACIONAL
DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS realizará las
gestiones y procedimientos establecidos en la Ley N° 12.665 y sus
modificatorias, en su reglamentación y en las normas complementarias,
debiendo practicar las inscripciones correspondientes en los Registros
Catastrales y de la Propiedad.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Teresa A.
Sellarés.