MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

Decreto 2434/2015

Designación.

Bs. As., 18/11/2015

VISTO el Expediente N° S05:0051594/2014 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, el Decreto N° 325 de fecha 30 de diciembre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 325 de fecha 30 de diciembre de 2011, se creó con dependencia directa del señor Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca, UN (1) cargo extraescalafonario de Coordinador General, con el cometido de intervenir en los temas vinculados al despacho y tramitación de los asuntos y expedientes de la Unidad Ministro, y se designó al Abogado D. Edgardo Raúl CALATAYUD (M.I. N° 22.453.820) como su titular.

Que por razones de organización interna resulta necesario limitar la mencionada designación al 30 de septiembre de 2014.

Que en virtud de específicas razones de servicio del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, se considera imprescindible la cobertura del cargo de Coordinador General.

Que el Abogado D. José Ramón GUEDE SANTOS (M.I. N° 18.667.292), reúne las exigencias de idoneidad y experiencia necesarias para cubrir el cargo de Coordinador General con dependencia directa del señor Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca.

Que se ha dado cumplimento a la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Dáse por limitada la designación del Abogado D. Edgardo Raúl CALATAYUD (M.I. N° 22.453.820) como Coordinador General del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, a partir del 30 de septiembre de 2014.

Art. 2° — Dáse por designado al Abogado D. José Ramón GUEDE SANTOS (M.I. N° 18.667.292), a partir del 1 de octubre de 2014, como Coordinador General con dependencia directa del señor Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca, que tendrá rango y jerarquía equivalentes a Subsecretario Ministerial.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Carlos H. Casamiquela.