Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

RECOMPENSAS

Resolución 2386/2015

Restablécense en su vigencia recompensas ofrecidas.

Bs. As., 18/11/2015

VISTO la Ley N° 26.375, las Resoluciones M.J. y D.H. Nros. 1552 del 17 de agosto de 2012 y 2318 del 29 de octubre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 26.375 creó el Fondo de Recompensas en jurisdicción del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, actual MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, destinado a abonar una compensación dineraria a aquellas personas que brinden a la UNIDAD ESPECIAL PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, datos útiles mediante informes, testimonios, documentación y todo otro elemento o referencia fidedigna y/o fehaciente, cuando resultasen determinantes para la detención de personas que registren orden judicial de captura o búsqueda de paradero, en causas penales en las que se investiguen delitos de lesa humanidad.

Que el artículo 6° de la Ley N° 26.375 permite prorrogar o restablecer el ofrecimiento de recompensas que hubiesen sido dispuestas por resolución.

Que en ejercicio de la autorización legal mencionada y en atención a que se mantiene el interés en la obtención de información determinante para la detención de Juan Carlos Francisco BOSSI (D.N.I. N° 8.048.949), Eduardo REBECHI (L.E N° 8.412.747), Jorge Luis GARCIA (D.N.I. N° 12.476.318) y Horacio GONZALEZ LLANOS (D.N.I. N° 8.521.686) resulta procedente prorrogar o restablecer el ofrecimiento de recompensas por el plazo de DOCE (12) meses.

Que el doctor Marcelo Martín BAILAQUE, Juez Federal del JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA N° 4 de ROSARIO, Provincia de SANTA FE no tiene objeciones respecto a la iniciativa de prorrogar el ofrecimiento de recompensa respecto de Juan Carlos Francisco BOSSI y Eduardo REBECHI.

Que el doctor Santiago INCHAUSTI, Juez a cargo del JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL N° 3 DE MAR DEL PLATA, Provincia de BUENOS AIRES manifiesta el interés de ese juzgado en prorrogar el ofrecimiento de recompensa en trámite respecto del prófugo Horacio GONZALEZ LLANOS.

Que la doctora Ana COTTER, Secretaria del JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL N° 1 DE LA PLATA, Provincia de BUENOS AIRES, por disposición del doctor Laureano Alberto DURAN, Juez Federal Subrogante del mencionado Juzgado, hace saber que no tiene objeciones para que se prorrogue el ofrecimiento de recompensa respecto de Jorge Luis GARCÍA.

Que se cuenta con financiamiento suficiente para adoptar la presente medida.

Que han tomado la intervención de su competencia el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACION PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACION y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley N° 26.375 y a lo preceptuado en el Anexo I de la Resolución M.J. y D.H. N° 2318/12.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1° — Restablécense en su vigencia por el término de DOCE (12) meses, desde la fecha de la presente las recompensas ofrecidas a través de la Resoluciones M.J. y D.H. Nros. 2260 del 26 de octubre, de 2012 y su modificatoria 191 del 28 de febrero de 2013, 2265 del 26 de octubre de 2012, 2266 del 26 de octubre de 2012 que han sido prorrogadas en su vigencia por la Resolución M.J. y D.H. N° 2450 del 29 de noviembre de 2013, todas ellas prorrogadas en su vigencia por la Resolución M.J. y D.H. N° 2156 del 20 de noviembre de 2014.

Art. 2° — Prorrógase en su vigencia por el término de DOCE (12) meses, a partir de la fecha de su respectivo vencimiento el ofrecimiento de recompensa ofrecida a través de la Resolución M.J. y D.H. N° 2461 del 3 de diciembre de 2013 prorrogada en su vigencia por la Resolución M.J. y D.H. N° 2156 del 20 de noviembre de 2014.

Art. 3° — Los ofrecimientos de recompensas referidos en el artículo que antecede se realizarán cada uno por los montos y a partir de las fechas de vencimientos que se consignan en el Anexo al presente.

Art. 4° — Las personas que quieran suministrar datos deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA al (011) 5300-4020.

Art. 5° — El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado.

Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.

ANEXO

RESOLUCION MJ y DH MONTO FECHA VENCIMIENTO
2260/2012 Pesos QUINIENTOS MIL ($ 500.000) 02/11/2015
2265/2012 Pesos QUINIENTOS MIL ($ 500.000) 01/11/2015
2266/2012 Pesos QUINIENTOS MIL ($ 500.000) 02/11/2015
2461/2013 Pesos QUINIENTOS MIL ($ 500.000) 09/12/2015