Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
RECOMPENSAS
Resolución 2386/2015
Restablécense en su vigencia recompensas ofrecidas.
Bs. As., 18/11/2015
VISTO la Ley N° 26.375, las Resoluciones M.J. y D.H. Nros. 1552 del 17 de agosto de 2012 y 2318 del 29 de octubre de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 26.375 creó el Fondo de Recompensas en jurisdicción del
entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, actual
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, destinado a abonar una
compensación dineraria a aquellas personas que brinden a la UNIDAD
ESPECIAL PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, datos
útiles mediante informes, testimonios, documentación y todo otro
elemento o referencia fidedigna y/o fehaciente, cuando resultasen
determinantes para la detención de personas que registren orden
judicial de captura o búsqueda de paradero, en causas penales en las
que se investiguen delitos de lesa humanidad.
Que el artículo 6° de la Ley N° 26.375 permite prorrogar o restablecer
el ofrecimiento de recompensas que hubiesen sido dispuestas por
resolución.
Que en ejercicio de la autorización legal mencionada y en atención a
que se mantiene el interés en la obtención de información determinante
para la detención de Juan Carlos Francisco BOSSI (D.N.I. N° 8.048.949),
Eduardo REBECHI (L.E N° 8.412.747), Jorge Luis GARCIA (D.N.I. N°
12.476.318) y Horacio GONZALEZ LLANOS (D.N.I. N° 8.521.686) resulta
procedente prorrogar o restablecer el ofrecimiento de recompensas por
el plazo de DOCE (12) meses.
Que el doctor Marcelo Martín BAILAQUE, Juez Federal del JUZGADO FEDERAL
DE PRIMERA INSTANCIA N° 4 de ROSARIO, Provincia de SANTA FE no tiene
objeciones respecto a la iniciativa de prorrogar el ofrecimiento de
recompensa respecto de Juan Carlos Francisco BOSSI y Eduardo REBECHI.
Que el doctor Santiago INCHAUSTI, Juez a cargo del JUZGADO FEDERAL DE
PRIMERA INSTANCIA EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL N° 3 DE MAR DEL PLATA,
Provincia de BUENOS AIRES manifiesta el interés de ese juzgado en
prorrogar el ofrecimiento de recompensa en trámite respecto del prófugo
Horacio GONZALEZ LLANOS.
Que la doctora Ana COTTER, Secretaria del JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA
INSTANCIA EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL N° 1 DE LA PLATA, Provincia de
BUENOS AIRES, por disposición del doctor Laureano Alberto DURAN, Juez
Federal Subrogante del mencionado Juzgado, hace saber que no tiene
objeciones para que se prorrogue el ofrecimiento de recompensa respecto
de Jorge Luis GARCÍA.
Que se cuenta con financiamiento suficiente para adoptar la presente medida.
Que han tomado la intervención de su competencia el PROGRAMA NACIONAL
DE COORDINACION PARA LA BUSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA,
la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACION y la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
la Ley N° 26.375 y a lo preceptuado en el Anexo I de la Resolución M.J.
y D.H. N° 2318/12.
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
RESUELVE:
Artículo 1° — Restablécense en
su vigencia por el término de DOCE (12) meses, desde la fecha de la
presente las recompensas ofrecidas a través de la Resoluciones M.J. y
D.H. Nros. 2260 del 26 de octubre, de 2012 y su modificatoria 191 del
28 de febrero de 2013, 2265 del 26 de octubre de 2012, 2266 del 26 de
octubre de 2012 que han sido prorrogadas en su vigencia por la
Resolución M.J. y D.H. N° 2450 del 29 de noviembre de 2013, todas ellas
prorrogadas en su vigencia por la Resolución M.J. y D.H. N° 2156 del 20
de noviembre de 2014.
Art. 2° — Prorrógase en su
vigencia por el término de DOCE (12) meses, a partir de la fecha de su
respectivo vencimiento el ofrecimiento de recompensa ofrecida a través
de la Resolución M.J. y D.H. N° 2461 del 3 de diciembre de 2013
prorrogada en su vigencia por la Resolución M.J. y D.H. N° 2156 del 20
de noviembre de 2014.
Art. 3° — Los ofrecimientos de
recompensas referidos en el artículo que antecede se realizarán cada
uno por los montos y a partir de las fechas de vencimientos que se
consignan en el Anexo al presente.
Art. 4° — Las personas que
quieran suministrar datos deberán comunicarse telefónicamente con el
PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA
POR LA JUSTICIA al (011) 5300-4020.
Art. 5° — El pago de la
recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe
el representante de esta Cartera de Estado.
Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.
ANEXO
RESOLUCION MJ y DH |
MONTO |
FECHA VENCIMIENTO |
2260/2012 |
Pesos QUINIENTOS MIL ($ 500.000) |
02/11/2015 |
2265/2012 |
Pesos QUINIENTOS MIL ($ 500.000) |
01/11/2015 |
2266/2012 |
Pesos QUINIENTOS MIL ($ 500.000) |
02/11/2015 |
2461/2013 |
Pesos QUINIENTOS MIL ($ 500.000) |
09/12/2015 |