INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 3799/2015

Bs. As., 24/11/2015

VISTO el Expediente N° 10198/2015 y las Resoluciones N° 2784/2015 y N° 2950/2015 del REGISTRO DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, y;

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 2784/2015/INCAA mencionada en el VISTO aprobó el Acuerdo de Cooperación celebrado entre este Organismo y la Municipalidad de Pinamar para la realización del Décimo Segundo Encuentro Cinematográfico Argentino - Europeo PANTALLA PINAMAR 2016 a desarrollarse en dicha ciudad del 5 al 12 de Marzo de 2016 y por el cual se pauta la participación de ambas partes.

Que la Resolución N° 2950/2015/INCAA aprobó el presupuesto correspondiente al aporte del Organismo para la realización de la edición correspondiente al año 2016.

Que por el Expediente mencionado en el VISTO la Consultoría General de Festivales y Relaciones con Europa, solicita la confección de un tarifario de auspiciantes a fin de cubrir distintas actividades en el marco del Festival.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES realizará una campaña de comunicación y difusión de distintas piezas gráficas y/o audiovisuales en distintos medios nacionales y regionales.

Que distintas empresas se encuentran interesadas en publicitar sus marcas en el Festival y atento a ello, deberán suscribirse convenios de colaboración a través los cuales los auspiciantes brindarán a la organización del festival aportes a cambio de la inclusión de isologotipo y/o aviso de la empresa en diferentes piezas gráficas y/o audiovisuales del Festival.

Que los diferentes acuerdos deben contar con una base previa y determinada del servicio y una valoración estimativa del espacio en las diferentes piezas gráficas y audiovisuales del festival.

Que para ello es necesario aprobar una base de auspicios para fijar las prestaciones a cargo del INCAA y de los distintos potenciales auspiciantes.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la facultad para el dictado de la presente surge del Artículo 3°, inciso b) y Artículo 24°, inciso f) de la Ley N° 17.741 y sus modificatorias (t.o. Decreto N° 1248/01 y Decreto N° 1536/02).

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébense los valores correspondientes a los auspicios destinados a la Décimo Segunda Edición del Encuentro Cinematográfico Argentino - Europeo PANTALLA PINAMAR 2016, el cual obra agregado como Anexo I de la presente Resolución y forma parte integrante de la misma.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, pase a la Gerencia de Administración para su cumplimiento y archívese. — LUCRECIA CARDOSO, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

ANEXO I RESOLUCION N° 3799

a) La presencia del isologotipo de la empresa anunciante se consignará en las distintas piezas gráficas y audiovisuales según el siguiente detalle:

* Catálogo en color (Bilingüe) con tirada de 4.000 ejemplares.

* Grilla de Programación de Mano con tirada de 20.000 ejemplares y Plotter de la misma para publicidad en Vía pública en las ciudades de Pinamar, Ostende, Valeria del Mar y Cariló.

* Banner backopportunity con presencia en las Conferencias de Prensa.

* Vía Pública en la Ciudad Autónoma y la Pcia. de Buenos Aires.

* Publicidades en medios gráficos nacionales.

* Inclusión de placa publicitaria en spot de presentación antes de la proyección de cada película con una duración máxima de hasta un (1) minuto durante el festival y/o proyección del spot mencionado en circuitos de salas de cine.

* DVD Resumen de PANTALLA PINAMAR 2016 y Tríptico de PANTALLA PINAMAR 2017 (Trilingüe), y banner electrónico en página web por el término de doce (12) meses.

b) Los valores que siguen a continuación corresponden a la presencia de isologotipo en las piezas gráficas y audiovisuales detalladas precedentemente. Solamente tendrán acceso a las pautas fijadas en los puntos 5), 6) y 7) aquellos auspiciantes que previamente hayan contratado espacios publicitarios en el catálogo, conforme los puntos 1), 2), 3), 4) y 5).

1) Página de Catálogo + Grilla + Banner + Plotter de Grilla ____________________ $ 20.300,-

2) Retiración de Contratapa de Catálogo + Grilla + Banner + Plotter _____________ $ 32.500,-

3) Retiración de Tapa de Catálogo + Grilla + Banner + Plotter __________________ $ 38.450,-

4) Página doble central de Catálogo + Grilla + Banner + Plotter _________________ $ 45.300,-

5) Contratapa de Catálogo + Grilla + Banner + Plotter _________________________ $ 53.900,-

6) Placa publicitaria en Cines _____________________________________________ $ 20.600,-

7) Publicidades en medios gráficos nacionales y Vía Pública __________________ $ 27.300,-

8) DVD Resumen de PANTALLA PINAMAR 2016, Tríptico de PANTALLA PINAMAR 2017 y banner electrónico en página web ______________________________________________ $ 56.250,-

c) Para el caso de auspiciantes minoritarios (sólo por canjes menores) el aporte mínimo deberá alcanzar el monto de PESOS NUEVE MIL ($ 9.000,-) y el isologotipo será incluido solamente en las Grillas de Programación de mano y Plotter de las mismas.

e. 30/11/2015 N° 171358/15 v. 30/11/2015