MINISTERIO DE SALUD

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN

Disposición 104/2015

Bs. As., 24/11/2015

VISTO el expediente N° 1-2002-17497/15-6 del registro del MINISTERIO DE SALUD, las Resoluciones Ministeriales N° 450 de fecha 7 de abril de 2006, N° 1342 de fecha 10 de octubre de 2007, N° 1073 de fecha 30 de julio de 2015, N° 1074 de fecha 30 de julio de 2015 y la Disposición N° 29 de fecha 14 de septiembre de 2010 y

CONSIDERANDO:

Que a través de las Resoluciones Ministeriales N° 450/2006 y N° 1342/2007 mencionadas en el Visto se creó el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD y se establecieron los criterios básicos, los integrantes del sistema y los registros.

Que el proceso de Acreditación se orienta a armonizar el sistema de formación de residencias del equipo de salud.

Que es necesario preservar el espacio de las Residencias del Equipo de Salud como sistema de formación para la promoción y cuidado de la salud de la comunidad.

Que el Registro Único de Entidades Evaluadoras está integrado por Sociedades Científicas, Universidades y otras Organizaciones Civiles acreditadas por el MINISTERIO DE SALUD.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL en su carácter de Coordinadora del Sistema Nacional lleva adelante las acciones necesarias para su implementación.

Que dicho sistema requiere de instrumentos de evaluación comunes a todos los programas de formación en los que se establezcan los criterios básicos para la evaluación de la capacidad formadora.

Que dado el tiempo transcurrido desde la aprobación del Instrumento Nacional de Evaluación de Residencias del Equipo de Salud y los Estándares Nacionales para la Acreditación de Residencias del Equipo de Salud, (mediante Disposición de la Subsecretaría de Políticas, Regulación y Fiscalización N° 29/2010) y habiéndose utilizado en las acreditaciones y evaluaciones realizadas hasta la fecha, se ha detectado la necesidad de una adecuación y renovación de los mismos para facilitar el trabajo y que permita objetivar mejor las características de las residencias, a la vez que agiliza el trabajo del evaluador.

Que corresponde precisar en mayor medida los estándares poniendo énfasis en aquellos que se consideran estructurales en un proceso de formación.

Que desde el inicio en la elaboración de los Documentos Marco aprobados por Resoluciones Ministeriales N° 1073/2015 y N° 1074/2015 se han incorporado contenidos transversales que hacen a la formación integral del residente y corresponde formalizar el contenido de los mismos en concordancia con las políticas de salud y las estrategias de Atención Primaria de la Salud.

Que con el fin de contribuir a los objetivos establecidos por el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL, junto con la Comisión Técnica, integrada por representantes jurisdiccionales y la Comisión Asesora del Sistema Nacional de Acreditación de Residencias del Equipo de Salud, conformada por Entidades representativas del sector, han actualizado los Estándares Nacionales y un nuevo instrumento de evaluación para todos los sistemas de formación de residencias, integrado por un Instrumento de Evaluación de Residencias y una Encuesta para Residentes, los cuales se han completado con una Guía para Evaluadores del Sistema Nacional de Acreditación de Residencias del Equipo de Salud.

Que en ese sentido, también se han efectuado recomendaciones desde la Comisión Asesora y el Comité Técnico para avanzar en la definición de los requisitos para la apertura de nuevas residencias del Equipo de Salud con el fin de garantizar la calidad desde el inicio de la formación.

Que a partir de la implementación de los instrumentos y de la definición de los estándares se puede desarrollar el proceso de Acreditación a través del Sistema Nacional de Residencias del Equipo de Salud.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Ministerial N° 450 de fecha 7 de abril de 2006.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN

DISPONE:

ARTÍCULO 1° — Derógase la Disposición N° 29 de fecha 14 de septiembre de 2010.

ARTÍCULO 2° — Apruébanse los nuevos Estándares Nacionales para la Acreditación de Residencias del Equipo de Salud que como ANEXO I se incorporan a la presente.

ARTÍCULO 3° — Apruébanse los Contenidos Transversales para la Acreditación de Residencias del Equipo de Salud que como ANEXO II se incorporan a la presente.

ARTICULO 4° — Apruébanse los formularios nacionales para la evaluación de residencias del equipo de salud - Instrumento Nacional de Evaluación de Residencias del Equipo de Salud, Encuesta de Residentes y Guía para los Evaluadores, que como ANEXO III se incorporan a la presente.

ARTÍCULO 5° — Apruébanse los requisitos para la Apertura de Nuevas Residencias que como ANEXO IV se incorpora a la presente.

ARTÍCULO 6° — Establécese el procedimiento para solicitar la apertura de una nueva residencia en el marco del Sistema Nacional de Acreditación de Residencias del Equipo de Salud. Este procedimiento será de aplicación obligatoria para la apertura de todas las residencias de financiamiento nacional, no pudiendo la provincia o la institución solicitar cargos sin haber realizado dicho procedimiento.

ARTÍCULO 7° — Para aquellas residencias que hayan sido evaluadas con anterioridad a la aprobación de la presente, serán válidos el Instrumento de Evaluación, la Encuesta de Residentes y los Estándares utilizados al momento de evaluación.

ARTÍCULO 8° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. PABLO E. KOHAN, Subsecretario Políticas, Regulación y Fiscalización, Ministerio de Salud de la Nación.

(Nota Infoleg: las incorporaciones, como estándar de evaluación de las residencias que se acrediten en el marco del SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACION DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).)

ANEXO I









ANEXO II





ANEXO III

































































ANEXO IV



e. 01/12/2015 N° 170912/15 v. 01/12/2015