MINISTERIO
DE SALUD
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN
Y FISCALIZACIÓN
Disposición 104/2015
Bs. As., 24/11/2015
VISTO el expediente N° 1-2002-17497/15-6 del registro del MINISTERIO DE
SALUD, las Resoluciones Ministeriales N° 450 de fecha 7 de abril de
2006, N° 1342 de fecha 10 de octubre de 2007, N° 1073 de fecha 30 de
julio de 2015, N° 1074 de fecha 30 de julio de 2015 y la Disposición N°
29 de fecha 14 de septiembre de 2010 y
CONSIDERANDO:
Que a través de las Resoluciones Ministeriales N° 450/2006 y N°
1342/2007 mencionadas en el Visto se creó el SISTEMA NACIONAL DE
ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD y se establecieron los
criterios básicos, los integrantes del sistema y los registros.
Que el proceso de Acreditación se orienta a armonizar el sistema de
formación de residencias del equipo de salud.
Que es necesario preservar el espacio de las Residencias del Equipo de
Salud como sistema de formación para la promoción y cuidado de la salud
de la comunidad.
Que el Registro Único de Entidades Evaluadoras está integrado por
Sociedades Científicas, Universidades y otras Organizaciones Civiles
acreditadas por el MINISTERIO DE SALUD.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL en su
carácter de Coordinadora del Sistema Nacional lleva adelante las
acciones necesarias para su implementación.
Que dicho sistema requiere de instrumentos de evaluación comunes a
todos los programas de formación en los que se establezcan los
criterios básicos para la evaluación de la capacidad formadora.
Que dado el tiempo transcurrido desde la aprobación del Instrumento
Nacional de Evaluación de Residencias del Equipo de Salud y los
Estándares Nacionales para la Acreditación de Residencias del Equipo de
Salud, (mediante Disposición de la Subsecretaría de Políticas,
Regulación y Fiscalización N° 29/2010) y habiéndose utilizado en las
acreditaciones y evaluaciones realizadas hasta la fecha, se ha
detectado la necesidad de una adecuación y renovación de los mismos
para facilitar el trabajo y que permita objetivar mejor las
características de las residencias, a la vez que agiliza el trabajo del
evaluador.
Que corresponde precisar en mayor medida los estándares poniendo
énfasis en aquellos que se consideran estructurales en un proceso de
formación.
Que desde el inicio en la elaboración de los Documentos Marco aprobados
por Resoluciones Ministeriales N° 1073/2015 y N° 1074/2015 se han
incorporado contenidos transversales que hacen a la formación integral
del residente y corresponde formalizar el contenido de los mismos en
concordancia con las políticas de salud y las estrategias de Atención
Primaria de la Salud.
Que con el fin de contribuir a los objetivos establecidos por el
SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, la
DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO Y SALUD OCUPACIONAL, junto con la
Comisión Técnica, integrada por representantes jurisdiccionales y la
Comisión Asesora del Sistema Nacional de Acreditación de Residencias
del Equipo de Salud, conformada por Entidades representativas del
sector, han actualizado los Estándares Nacionales y un nuevo
instrumento de evaluación para todos los sistemas de formación de
residencias, integrado por un Instrumento de Evaluación de Residencias
y una Encuesta para Residentes, los cuales se han completado con una
Guía para Evaluadores del Sistema Nacional de Acreditación de
Residencias del Equipo de Salud.
Que en ese sentido, también se han efectuado recomendaciones desde la
Comisión Asesora y el Comité Técnico para avanzar en la definición de
los requisitos para la apertura de nuevas residencias del Equipo de
Salud con el fin de garantizar la calidad desde el inicio de la
formación.
Que a partir de la implementación de los instrumentos y de la
definición de los estándares se puede desarrollar el proceso de
Acreditación a través del Sistema Nacional de Residencias del Equipo de
Salud.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención
de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la
Resolución Ministerial N° 450 de fecha 7 de abril de 2006.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Derógase la Disposición N° 29 de fecha 14 de septiembre
de 2010.
ARTÍCULO 2° — Apruébanse los nuevos Estándares Nacionales para la
Acreditación de Residencias del Equipo de Salud que como ANEXO I se
incorporan a la presente.
ARTÍCULO 3° — Apruébanse los Contenidos Transversales para la
Acreditación de Residencias del Equipo de Salud que como ANEXO II se
incorporan a la presente.
ARTICULO 4° — Apruébanse los formularios nacionales para la evaluación
de residencias del equipo de salud - Instrumento Nacional de Evaluación
de Residencias del Equipo de Salud, Encuesta de Residentes y Guía para
los Evaluadores, que como ANEXO III se incorporan a la presente.
ARTÍCULO 5° — Apruébanse los requisitos para la Apertura de Nuevas
Residencias que como ANEXO IV se incorpora a la presente.
ARTÍCULO 6° — Establécese el procedimiento para solicitar la apertura
de una nueva residencia en el marco del Sistema Nacional de
Acreditación de Residencias del Equipo de Salud. Este procedimiento
será de aplicación obligatoria para la apertura de todas las
residencias de financiamiento nacional, no pudiendo la provincia o la
institución solicitar cargos sin haber realizado dicho procedimiento.
ARTÍCULO 7° — Para aquellas residencias que hayan sido evaluadas con
anterioridad a la aprobación de la presente, serán válidos el
Instrumento de Evaluación, la Encuesta de Residentes y los Estándares
utilizados al momento de evaluación.
ARTÍCULO 8° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. PABLO E. KOHAN,
Subsecretario Políticas, Regulación y Fiscalización, Ministerio de
Salud de la Nación.
(Nota Infoleg: las incorporaciones, como estándar de evaluación de las residencias que se
acrediten en el marco del SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACION DE
RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).)
e. 01/12/2015 N° 170912/15 v. 01/12/2015