MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

Resolución 1733/2015

Bs. As., 20/11/2015

VISTO el Expediente N° S01:0224765/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2015 formulado por la empresa PELLEGRINI SOCIEDAD ANÓNIMA GERENTE DE FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN, actuante en el área del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, contiene en el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley N° 24.156 y sus modificaciones, determinan que es facultad del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS la aprobación de la presente medida.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2015 de la empresa PELLEGRINI SOCIEDAD ANÓNIMA GERENTE DE FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN, actuante en el área del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I y II, adjuntos a la presente resolución, respectivamente.

ARTÍCULO 2° — Estímanse en la suma de PESOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS SETENTA Y UNO ($ 59.831.271) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de PESOS VEINTICUATRO MILLONES CIENTO SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y UNO ($ 24.173.231) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (GANANCIA DE OPERACIÓN) estimado en la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CUARENTA ($ 35.658.040), de acuerdo al detalle que figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.

ARTÍCULO 3° — Estímanse en la suma de PESOS SETENTA Y DOS MILLONES CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS ($ 72.145.600) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de PESOS CUARENTA MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS SESENTA ($ 40.963.560) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (AHORRO) estimado en PESOS TREINTA Y UN MILLONES CIENTO OCHENTA Y DOS MIL CUARENTA ($ 31.182.040), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.

ARTÍCULO 4° — Estímanse en la suma de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA MIL NOVECIENTOS DIECISÉIS ($ 390.916) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de PESOS OCHOCIENTOS CUARENTA MIL ($ 840.000) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el Artículo 3° de la presente resolución, estímase el Resultado Financiero (SUPERÁVIT) para el Ejercicio 2015 en PESOS TREINTA MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($ 30.732.956), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del Anexo II, adjunto a la presente resolución.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía y Finanzas Públicas.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 02/12/2015 N° 171767/15 v. 02/12/2015

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)