ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución 464/2015

ACTA N° 1400

Expediente ENRE N° 40.517/2014

Bs. As., 25/11/2015

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la solicitud para la emisión del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la ampliación de la Capacidad de Transporte Existente por Contrato entre Partes para la obra consistente en: i) construcción de un tercer campo de transformación 132/33/13.2 kV.; ii) Instalación de un transformador 132/33/13.2 kV de 30/30/30 MVA; iii) Instalación de una celda adicional de 13,2 kV para entrada de nuevo transformador en sala de comando del sistema eléctrico de 13,2 kV; iv) Ampliación de la sala de comando para la instalación del nuevo equipamiento del sistema eléctrico de 33 kV; v) Instalación de DOS (2) celdas de 33 kV. para entrada del nuevo transformador y para un nuevo alimentador; y vi) Montaje de equipamiento auxiliar de sala de comando del sistema eléctrico de 33 kV. 2.- Publicar por el plazo de CINCO (5) días, la solicitud mediante un AVISO en la página web del ENRE y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio por el mismo plazo. 3.- Publicar por DOS (2) días en un diario de amplia difusión de la Ciudad de Palpalá. 4.- Otorgar DIEZ (10) días hábiles administrativos a partir de la última publicación para que, quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE. 5.- Disponer que en caso de que no hubiera ninguna presentación fundada, vencido el plazo señalado en el Artículo precedente se considerará otorgado el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la obra referida en el Artículo 1. 6.- Establecer que en caso de que existan presentaciones fundadas comunes entre distintos usuarios, se convocará a Audiencia Pública para recibir dichas oposiciones y permitir a la “Empresa DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA” (“TRANSNOA S.A.) contestar las mismas y exponer sus argumentos. 7.- Disponer que “TRANSNOA S.A.” y la “EMPRESA JUJEÑA DE ENERGÍA SOCIEDAD ANÓNIMA” (“EJESA”), deban firmar un Convenio de Conexión en la E.T. Palpalá 132 kV. 8.- Notificar a “TRANSNOA S.A.”; “EJESA”; a la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS Y OTRAS CONCESIONES (SUSEPU) de la Provincia de Jujuy y a CAMMESA. Firmado: Federico Basualdo Richards - Vocal Primero - Enrique Gustavo Cardesa - Vocal Segundo - Luis Miguel Barletta -Vicepresidente - Ricardo Martínez Leone - Presidente.

Dra. MA. GRACIELA ANDINA SILVA DE ALFANO, Secretaria del Directorio, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.

e. 02/12/2015 N° 172947/15 v. 02/12/2015