ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución 464/2015
ACTA N° 1400
Expediente ENRE N° 40.517/2014
Bs. As., 25/11/2015
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha
resuelto: 1.- Dar a publicidad la solicitud para la emisión del
Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la ampliación de
la Capacidad de Transporte Existente por Contrato entre Partes para la
obra consistente en: i) construcción de un tercer campo de
transformación 132/33/13.2 kV.; ii) Instalación de un transformador
132/33/13.2 kV de 30/30/30 MVA; iii) Instalación de una celda adicional
de 13,2 kV para entrada de nuevo transformador en sala de comando del
sistema eléctrico de 13,2 kV; iv) Ampliación de la sala de comando para
la instalación del nuevo equipamiento del sistema eléctrico de 33 kV;
v) Instalación de DOS (2) celdas de 33 kV. para entrada del nuevo
transformador y para un nuevo alimentador; y vi) Montaje de
equipamiento auxiliar de sala de comando del sistema eléctrico de 33
kV. 2.- Publicar por el plazo de CINCO (5) días, la solicitud mediante
un AVISO en la página web del ENRE y solicitar a la COMPAÑÍA
ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA
(CAMMESA) que haga lo propio por el mismo plazo. 3.- Publicar por DOS
(2) días en un diario de amplia difusión de la Ciudad de Palpalá. 4.-
Otorgar DIEZ (10) días hábiles administrativos a partir de la última
publicación para que, quien considere que la obra pueda afectarlo en
cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses
económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE. 5.-
Disponer que en caso de que no hubiera ninguna presentación fundada,
vencido el plazo señalado en el Artículo precedente se considerará
otorgado el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la
obra referida en el Artículo 1. 6.- Establecer que en caso de que
existan presentaciones fundadas comunes entre distintos usuarios, se
convocará a Audiencia Pública para recibir dichas oposiciones y
permitir a la “Empresa DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR
DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA”
(“TRANSNOA S.A.) contestar las mismas y exponer sus argumentos. 7.-
Disponer que “TRANSNOA S.A.” y la “EMPRESA JUJEÑA DE ENERGÍA SOCIEDAD
ANÓNIMA” (“EJESA”), deban firmar un Convenio de Conexión en la E.T.
Palpalá 132 kV. 8.- Notificar a “TRANSNOA S.A.”; “EJESA”; a la
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS Y OTRAS CONCESIONES (SUSEPU) de
la Provincia de Jujuy y a CAMMESA. Firmado: Federico Basualdo Richards
- Vocal Primero - Enrique Gustavo Cardesa - Vocal Segundo - Luis Miguel
Barletta -Vicepresidente - Ricardo Martínez Leone - Presidente.
Dra. MA. GRACIELA ANDINA SILVA DE ALFANO, Secretaria del Directorio, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.
e. 02/12/2015 N° 172947/15 v. 02/12/2015