MINISTERIO DE SEGURIDAD
Decreto 2583/2015
Danse por prorrogadas designaciones.
Bs. As., 25/11/2015
VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-SEG: 0003281/2015 del Registro del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de
2002 y 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que el MINISTERIO DE SEGURIDAD solicita la prórroga de diversas
designaciones transitorias efectuadas en distintas áreas de su
jurisdicción.
Que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso
de selección para la cobertura de los cargos en cuestión.
Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció, entre otros aspectos,
que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración
Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente
y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a
propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que el Decreto N° 601 de fecha 11 de abril de 2002, en su artículo 6°,
establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones,
contrataciones que no impliquen renovación o prórroga y reincorporación
de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán
ser acompañados por la documentación detallada en la Circular N° 4 de
fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que los agentes involucrados en la presente medida, se encuentran
exceptuados de lo establecido en el referido artículo 6° del Decreto N°
601/02, reglamentario del Decreto N° 491/02, por haber dado
cumplimiento oportunamente.
Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO
DE SEGURIDAD para atender el gasto resultante de la medida que se
aprueba por la presente.
Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS
dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE
SEGURIDAD.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y a
tenor de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Danse por
prorrogadas, a partir de las fechas que en cada caso se indica y por el
término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la
fecha de la presente medida, las designaciones transitorias de los
agentes consignados en la planilla que, como ANEXO I, forma parte
integrante de la presente, en los cargos de la planta permanente del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, niveles, grados y funciones, conforme allí se
detallan y que fueran prorrogadas en último término por los decretos
que en cada caso se indica.
Art. 2° — Danse por
prorrogadas, a partir de las fechas que en cada caso se indica y por el
término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la
fecha de la presente medida, las designaciones transitorias de los
agentes consignados en la planilla que, como ANEXO II, forma parte
integrante de la presente, en los cargos de la planta permanente del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, niveles, grados y funciones, conforme allí se
detallan y que fueran prorrogadas en último término por los decretos
que en cada caso se indica, con autorización excepcional por no reunir
los requisitos mínimos de acceso a los niveles escalafonarios
correspondientes, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 14 del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por Decreto N°
2.098/08.
Art. 3° — Danse por
prorrogadas, a partir de las fechas que en cada caso se indica y por el
término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la
fecha de la presente medida, las designaciones transitorias de los
agentes consignados en la planilla que, como ANEXO III, forma parte
integrante de la presente, en los cargos de la planta permanente del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, niveles, grados y funciones, conforme allí se
detallan y que fueran designados por los decretos que en cada caso se
indica.
Art. 4° — Danse por
prorrogadas, a partir de las fechas que en cada caso se indica y por el
término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la
fecha de la presente medida, las designaciones transitorias de los
agentes consignados en la planilla que, como ANEXO IV, forma parte
integrante de la presente, en los cargos de la planta permanente del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, niveles, grados y funciones, conforme allí se
detallan y que fueran designados por los decretos que en cada caso se
indica, con autorización excepcional por no reunir los requisitos
mínimos de acceso a los niveles escalafonarios correspondientes, de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo 14 del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SI.N.E.P.), homologado por Decreto N° 2.098/08.
Art. 5° — Dase por prorrogada,
a partir del 5 de junio de 2015 —fecha de su vencimiento— y por el
término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la
fecha de la presente medida, la designación transitoria efectuada en
los términos del Decreto N° 514 de fecha 9 de mayo de 2013 y prorrogada
por su similar N° 1.521 de fecha 4 de septiembre de 2014, de la
Licenciada Doña María Elena MONTERO (D.N.I. N° 14.602.902), en UN (1)
cargo Nivel B - Grado 0, como Directora de Evaluación de Proyectos
dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE TECNOLOGÍA Y EQUIPAMIENTO de la
SUBSECRETARÍA DE LOGÍSTICA de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD del MINISTERIO
DE SEGURIDAD, autorizándose el correspondiente pago de la Función
Ejecutiva Nivel III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.),
aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por
Decreto N° 2.098/08.
Art. 6° — Danse por
prorrogadas, a partir del 5 de junio de 2015 —fecha de sus
vencimientos— y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir de la fecha de la presente medida, las designaciones
transitorias de los agentes consignados en la planilla que, como ANEXO
V, forma parte integrante de la presente, en los cargos de la planta
permanente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, conforme el detalle obrante en
la misma, y que fueran prorrogadas en último término por los decretos
que en cada caso se indica, autorizándose los correspondientes pagos de
las Funciones Ejecutivas del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial,
homologado por Decreto N° 2.098/08, con autorización excepcional por no
reunir los requisitos mínimos de acceso a los niveles escalafonarios
correspondientes, establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.
Art. 7° — Los cargos
involucrados en los artículos 1°, 2°, 3° y 4° de la presente medida
deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección
vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,
Capítulos III y IV, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.),
homologado por Decreto N° 2.098/08, y los de los artículos 5° y 6°
conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo
establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y
VIII, y IV del referido Convenio, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA
(180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
Art. 8° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos
asignados a la Jurisdicción 41 - MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Art. 9° — Comuníquese,
publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — María C.
Rodriguez.
ANEXO I
ANEXO II
ANEXO III
ANEXO IV
ANEXO V