MINISTERIO DE TURISMO
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución 350/2015
Bs. As., 25/11/2015
VISTO la Resolución N° 160/2009 del Honorable Directorio mediante la
cual se aprobaron los modelos de Credenciales identificatorias a ser
utilizados por los Guías habilitados en el marco del “REGLAMENTO DE
GUÍAS EN ÁREAS PROTEGIDAS NACIONALES”, cuyas actuaciones han recaído en
el Expediente N° 802/2001, en SIETE (7) cuerpos, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 10 del Anexo I al “REGLAMENTO DE GUÍAS EN ÁREAS
PROTEGIDAS NACIONALES”, aprobado por la Resolución H.D. N° 331/2014 (a
fs. 1294/1344), establece que todo Guía habilitado contará con una
Credencial identificatoria, la cual especificará información vinculada
a la categoría de Guía en que ha sido habilitado, la vigencia de su
habilitación y otros datos relevantes.
Que los modelos de Credenciales, aprobados por la Resolución H.D. N°
160/2009 (a fs. 993/1001), tuvieron vigencia para el periodo
comprendido entre los años 2009 y 2012.
Que oportunamente, dichos modelos fueron diseñados por la Dirección de
Interpretación y Extención Ambiental, dependiente de la Dirección
Nacional de Conservación de Áreas Protegidas, área que desarrolló un
modelo actualizado, seguro y confiable que contempló una serie de
características tendientes a evitar o prevenir su adulteración,
respondiendo a las necesidades exigidas por el “REGLAMENTO DE GUÍAS EN
ÁREAS PROTEGIDAS NACIONALES” (a fs. 967/973).
Que la Dirección Nacional de Conservación de Áreas Protegidas, mediante
Nota N° 281 de fecha 19 de agosto de 2015 (a fs. 1369), ha tomado la
intervención de su competencia y ha remitido el diseño final de las
Credenciales, correspondiente a los años 2016, 2017 y 2018, el cual ha
mantenido el modelo antes mencionado (a fs. 1370/1372).
Que la Credencial identificatoria a entregar a cada Guía habilitado,
será emitida y validada mediante el sistema informático que soporta al
Registro Nacional de Autorizaciones, Recaudaciones e Infracciones
(ReNARI) dentro de las Áreas Protegidas.
Que las Direcciones de Aprovechamiento de Recursos y de Asuntos
Jurídicos han tomado la intervención que les compete, esta última
mediante Dictamen N° 58.966 (a fs. 1431/1432 Vta.).
Que la presente se dicta de acuerdo a las facultades conferidas por el Artículo 23, inciso f), de la Ley N° 22.351.
Por ello,
EL HONORABLE DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébanse los modelos de Credenciales identificatorias a
ser utilizados por los Guías habilitados en el marco del “REGLAMENTO DE
GUÍAS EN ÁREAS PROTEGIDAS NACIONALES”, en jurisdicción de esta
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, los que, como Anexo I forman
parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2° — Determínase que los modelos de Credenciales
identificatorias aprobados por el artículo precedente, son de uso
obligatorio y exclusivo para todas las áreas del sistema que componen
esta Administración.
ARTÍCULO 3° — Tomen conocimiento todas las dependencias del Organismo y
Unidades de Conservación. Por el Departamento de Mesa General de
Entradas, Salidas y Notificaciones se procederá a la publicación de los
términos de la presente Resolución durante DOS (2) días en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA NACIÓN y en UN (1) periódico de amplia circulación
nacional. Cumplido, y con las debidas constancias, gírense las
presentes actuaciones a la Dirección de Aprovechamiento de Recursos
para la prosecución del trámite.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese y archívese. — Gpque. CARLOS
CORVALÁN, Presidente del Directorio. — Gpque. DANIEL RAMOS,
Vicepresidente del Directorio. — Lic. LILIANA SCIOLI, Vocal del
Directorio. — PAOLA GROSS, Vocal del Directorio. — Arq. ADRIAN STUR,
Vocal del Directorio.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 04/12/2015 N° 173002/15 v. 09/12/2015
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)