ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS
Resolución 330/2015
Asunto: Prorrógase la habilitación con carácter precario de la zona
operativa aduanera en el muelle de UTE ENERGIA ARGENTINA S.A. - YPF
S.A. - PROYECTO GNL ESCOBAR - UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS.
Bs. As., 02/12/2015
VISTO la Actuación N° 17181-19-2015 del registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el escrito del 31 de julio de 2015 presentado por MARITIMA
MERIDIAN S.A. a fs. 1, invocando el carácter de agente marítimo de UTE
ENERGIA ARGENTINA S.A. - YPF S.A. - PROYECTO GNL ESCOBAR - UNION
TRANSITORIA DE EMPRESAS, se solicita una prórroga del plazo de la
habilitación de la zona operativa aduanera en el muelle ubicado en la
localidad de Escobar, Provincia de Buenos Aires, concedida por
Resolución N° 46/2011 (DGA) de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS y
prorrogada sucesivamente a través de distintos actos administrativos,
informándose que el PODER EJECUTIVO NACIONAL no le otorgó aún la
habilitación definitiva de dicho lugar.
Que en función de lo manifestado en la NOTA N° 41/2015 (DV CORP) de la
Sección Zona Portuaria Tigre de fs. 35/36, la NOTA N° 297/2015 (DV
COPN) de la División Control Operativo Norte de fs. 38 y la Nota N°
822/15 (DI ADM1) de la Dirección Aduanas Metropolitanas I de fs. 40, y
ante la existencia de razones de interés público fundadas en la
necesidad de abastecer energéticamente a nuestro país, resulta
procedente autorizar las operaciones que se desarrollen en el
mencionado lugar, con carácter precario, por un nuevo término,
correspondiendo a la Dirección precedentemente mencionada verificar la
vigencia de las constancias emitidas por los diversos Organismos
previamente intervinientes en la habilitación del muelle en cuestión,
así como exigir las obras y toda otra documentación necesaria a los
fines del adecuado ejercicio del control y para seguridad del Servicio
Aduanero.
Que por el Dictamen N° 610/15 (DV DRTA) de la División Dictámenes en
Régimen Tributario Aduanero de fs. 42, conformado por medio de las
leyendas del 11 de noviembre de 2015 del Departamento Asesoramiento
Aduanero y la Dirección de Asesoría Legal Aduanera a fs. 42 vta., así
como por NOTA N° 3788/15 (SDG ASJ) de la Subdirección General de
Asuntos Jurídicos de fs. 43, la NOTA N° 1036/2015 (SDG PLA) de la
Subdirección General de Planificación y la nota de la Subdirección
General de Coordinación Técnico Institucional de fs. 43 vta., dichas
unidades de estructura han tomado la intervención que les compete.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades delegadas por el artículo 1° de la Disposición N° 360/11 (AFIP).
Por ello,
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Prorrógase la habilitación acordada por Resolución N°
46/2011 (DGA) de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, con carácter
precario, por un nuevo plazo con vencimiento el día 31 de marzo de
2016, de la zona operativa aduanera en el muelle de UTE ENERGIA
ARGENTINA S.A. - YPF S.A. - PROYECTO GNL ESCOBAR - UNION TRANSITORIA DE
EMPRESAS, ubicado entre los kilómetros SETENTA Y CUATRO (74) y SETENTA
Y CINCO (75) del Río Paraná de las Palmas, en la localidad de Escobar,
Provincia de Buenos Aires, jurisdicción de la Dirección Aduanas
Metropolitanas I, para la realización de operaciones aduaneras de
descarga de Gas Natural Licuado (GNL).
ARTICULO 2° — Regístrese. Comuníquese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de la
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Tomen conocimiento la DIRECCION GENERAL
DE ADUANAS y la Dirección Aduanas Metropolitanas I. Cumplido, remítase
al Departamento Aduana de Buenos Aires Norte a sus efectos. — DANIEL
SANTANNA, Subdirector General de la Subdirección General de Operaciones
Aduaneras Metropolitanas.
e. 04/12/2015 N° 174051/15 v. 04/12/2015