MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
Decreto 2689/2015
Modifícase la distribución del
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2015. Recursos Humanos.
Bs. As., 01/12/2015
VISTO el Expediente N° S01:0356215/2009 del Registro del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre
de 2008, la Resolución Conjunta N° 5 de fecha 31 de julio de 2009 de la
entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS y del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y la
Resolución N° 40 de fecha 18 de marzo de 2010 de la entonces SECRETARÍA
DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que por el inciso a) del Artículo 32 del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre
de 2008, se establece que en el supuesto que un agente revistara en el
Nivel F o E del Agrupamiento General y reuniera los requisitos para el
acceso al Nivel D del Agrupamiento Profesional o Científico Técnico,
podrá solicitar el cambio de agrupamiento. El Estado empleador sólo en
el supuesto de existir necesidades de servicios correspondientes a
dicho Nivel D, podrá disponer el referido cambio de agrupamiento una
vez arbitradas las medidas tendientes a la habilitación del cargo
correspondiente, quienes continuarán su carrera a partir del Grado
resultante de aplicar el inciso b) y el inciso c), si correspondiera,
del Artículo 31 del citado Convenio y aplicar el inciso c) del Punto 1
- GESTIÓN DE LOS GRADOS ESCALAFONARIOS - del Acta N° 3 de la COMISIÓN
PERMANENTE DE INTERPRETACIÓN Y CARRERA (Co.P.I.C.) de fecha 19 de
febrero de 2009, del tramo inicial del agrupamiento de destino.
Que por la Resolución N° 40 de fecha 18 de marzo de 2010 de la entonces
SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, se aprobó el “Régimen para la Administración del Cambio de
Agrupamiento Escalafonario del Personal del Sistema Nacional de Empleo
Público (Artículo 32)”.
Que por la Resolución Conjunta N° 5 de fecha 31 de julio de 2009 de la
entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS y del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS se aprobó el
reencasillamiento del Personal Permanente del citado Ministerio, entre
los que se encuentra el correspondiente al Licenciado Don Ruperto
Antonio JIMÉNEZ (M.I. N° 12.031.552) en el Nivel E, Grado 10 del
Agrupamiento General.
Que en virtud de los antecedentes presentados, corresponde asignar al
causante el Nivel Escalafonario D, Grado 5, Tramo General del
Agrupamiento Profesional del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SI.N.E.P.).
Que, el Licenciado en Administración Pública Don Ruperto Antonio
JIMÉNEZ (M.I N° 12.031.552), actualmente Nivel E, Grado 12,
Agrupamiento General del Centro de Documentación e Información,
dependiente de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES de la
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS, solicitó el cambio de Agrupamiento Escalafonario en los
términos del Artículo 3° del “Régimen para la Administración del Cambio
de Agrupamiento Escalafonario del Personal del Sistema Nacional de
Empleo Público (Artículo 32)” aprobado por el Artículo 1° de la
Resolución N° 40/10 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la Dirección General de Recursos Humanos de la SUBSECRETARÍA DE
ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL del citado Ministerio
comprobó que el agente cumple los requisitos de acceso al Nivel
Escalafonario y titulación conforme al Artículo 32 del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098/08 e
informó acerca de la inexistencia de cargos vacantes Nivel D en la
dependencia de revista.
Que, a fojas 237 presta su conformidad la señora Subsecretaria de
Relaciones Institucionales de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, en su carácter de autoridad
superior del Centro de Documentación e Información, en los términos del
último párrafo del Artículo 1° del “Régimen para la Administración del
Cambio de Agrupamiento Escalafonario del Personal del Sistema Nacional
de Empleo Público (Artículo 32)”, aprobado por la Resolución N° 40/10
de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, y a fojas 66/67 la entonces titular de la
dependencia de revista brinda su opinión favorable, en los términos del
Artículo 6° del citado Régimen, acreditando la existencia de necesidad
de servicio —de acuerdo con la Responsabilidad Primaria y Acciones de
dicha unidad organizativa— que justifica contar con el aporte
profesional del solicitante.
Que tratándose el presente caso de un supuesto de cambio de
agrupamiento asociado a un ascenso de nivel y atento a la inexistencia
de cargos vacantes Nivel D en la dependencia de revista, resulta
necesario reconvertir el cargo involucrado de acuerdo a lo dispuesto
por el segundo párrafo del inciso a) del Artículo 32 del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P), homologado por el Decreto N° 2.098/08.
Que se cuenta con previsión presupuestaria suficiente para hacer frente
al gasto que demandará el pago del citado Suplemento.
Que fueron arbitradas las medidas tendientes a la habilitación del
cargo correspondiente, en los términos del tercer párrafo del inciso a)
del Artículo 32 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado
por el Decreto N° 2.098/08.
Que, como consecuencia de ello, en su parte in fine, el inciso
mencionado en el Considerando precedente establece que el personal
reubicado continuará su carrera en el Tramo Inicial del Agrupamiento de
destino.
Que se ha dado cumplimiento con la remisión a la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN
PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de las copias de los
antecedentes y certificaciones, como así también de las notificaciones
a la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO y a la DIRECCIÓN NACIONAL DE
OCUPACIÓN Y SALARIOS DEL SECTOR PÚBLICO, ambas dependientes de la
SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS respecto del costo que
demandará la implementación de esta medida, todo ello de conformidad
con lo establecido por los Artículos 4° y 9° del Anexo I de la
Resolución N° 40/10 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que habiéndose constatado la inexistencia de otros postulantes al
cambio de agrupamiento en el Centro de Documentación e Información,
resulta de aplicación el primer párrafo del Artículo 9° del Anexo I de
la resolución citada en el considerando precedente.
Que con el Acta de Veeduría del 18 de noviembre de 2010, obrante a
fojas 50, se tiene por cumplida la intervención de las entidades
sindicales prevista en el último párrafo del Artículo 12 del Anexo I de
la Resolución N° 40/10 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que ha tomado la intervención que le compete la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, dictaminando favorablemente.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, de
los Artículos 6° y 10 de la Ley N° 27.008 y del Artículo 1° del Decreto
N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Modifícase la
distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para
el Ejercicio 2015 - Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la
Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, de
acuerdo al detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo,
que forma parte integrante del mismo.
Art. 2° — Apruébase el cambio
de Nivel Escalafonario y de Agrupamiento, del Licenciado en
Administración Pública Don Ruperto Antonio JIMÉNEZ (M.I. N°
12.031.552), perteneciente al Centro de Documentación e Información,
dependiente de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES de la
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS, a un Nivel D, Grado 5 del Agrupamiento Profesional, Tramo
General, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), aprobado
por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el
Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos
asignados a la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS aprobados para el Ejercicio 2015 por la Ley N° 27.008 y
distribuidos por la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 12 de enero
de 2015.
Art. 4° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Axel
Kicillof.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1°