PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 1314/2015

Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional.

Bs. As., 30/11/2015

VISTO el Expediente N° S05:0031868/2015 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, el Presupuesto General de la Administración Nacional aprobado por la Ley N° 27.008 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 12 de enero de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario incrementar los créditos y recursos del presupuesto vigente de la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y de la Entidad 607 - INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado bajo la órbita del citado Ministerio.

Que en relación a los créditos que ejecuta la SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del referido Ministerio, el incremento propiciado se fundamenta en la necesidad de asegurar las transferencias, según lo establecido en el Artículo 45 de la Ley N° 24.922 aprobatoria del Régimen Federal de Pesca.

Que dicho incremento se financiará con un aumento de recursos recaudados por el Fondo Nacional Pesquero, respecto a los niveles previstos en las proyecciones realizadas para el año en curso.

Que la presente medida se encuentra amparada en las disposiciones del Artículo 9° de la Ley N° 27.008 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1° — Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional aprobado por la Ley N° 27.008 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 12 de enero de 2015, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, Servicio Administrativo Financiero 363 y a la Entidad 607 - INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado bajo la órbita del citado Ministerio, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo, las que forman parte integrante del mismo.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Axel Kicillof. — Carlos H. Casamiquela.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)