PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 1314/2015
Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional.
Bs. As., 30/11/2015
VISTO el Expediente N° S05:0031868/2015 del Registro del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, el Presupuesto General de la
Administración Nacional aprobado por la Ley N° 27.008 y distribuido por
la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 12 de enero de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario incrementar los créditos y recursos del
presupuesto vigente de la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA y de la Entidad 607 - INSTITUTO NACIONAL DE
INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado bajo la
órbita del citado Ministerio.
Que en relación a los créditos que ejecuta la SUBSECRETARIA DE PESCA Y
ACUICULTURA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del
referido Ministerio, el incremento propiciado se fundamenta en la
necesidad de asegurar las transferencias, según lo establecido en el
Artículo 45 de la Ley N° 24.922 aprobatoria del Régimen Federal de
Pesca.
Que dicho incremento se financiará con un aumento de recursos
recaudados por el Fondo Nacional Pesquero, respecto a los niveles
previstos en las proyecciones realizadas para el año en curso.
Que la presente medida se encuentra amparada en las disposiciones del
Artículo 9° de la Ley N° 27.008 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2015.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Modifícase el
Presupuesto General de la Administración Nacional aprobado por la Ley
N° 27.008 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 12
de enero de 2015, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 52 -
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, Servicio Administrativo
Financiero 363 y a la Entidad 607 - INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN
Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado bajo la órbita del
citado Ministerio, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas
Anexas al presente artículo, las que forman parte integrante del mismo.
Art. 2° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Aníbal D. Fernández. — Axel Kicillof. — Carlos H.
Casamiquela.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y
también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección
Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraidos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)