CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERÍA CIVIL

Resolución 73/2015

Acta N° 1502

Sesión del 26-11-2015

Bs. As., 26/11/2015

Visto:

El Reglamento Interno vigente aprobado por Resolución N° 54 del Consejo Directivo en su sesión del 18 de noviembre de 2004, Acta 1290, modificado por Resolución N° 89 del Consejo Directivo en su sesión del 10 de septiembre de 2009, texto ordenado por Resolución N° 44 del Consejo Directivo en su sesión del 13 de mayo de 2010, Acta 1392, y modificado por Resolución N° 49 del Consejo Directivo aprobada en su sesión del 19 de mayo de 2011, Acta 1411, y

Considerando:

I - Que el artículo 23 del Reglamento Interno vigente establece el régimen de creación y reunión de las Comisiones de Estudio.

II - Que la experiencia desarrollada en los últimos años exige modificar en forma parcial la normativa citada en el Visto, adaptando su desarrollo a las necesidades actuales de la Institución.

III - Que atento lo expresado en el párrafo anterior, se evidencia la necesidad de modificar el artículo citado del Reglamento Interno, incorporando además de las Comisiones de Estudio, los Grupos de Trabajo, y dejando librado al Consejo Directivo el dictado en forma posterior de un reglamento que determine el funcionamiento específico de aquellos.

IV - Que resulta oportuno publicar la presente Resolución en los Boletines Oficiales de la Nación y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, además de otorgarle publicidad a través del Newsletter semanal “Noticias del CPIC”, la página web de esta Institución y la notificación a la Junta Central de Consejos Profesionales de Agrimensura, Arquitectura e Ingenierías, atento que se efectúa un ordenamiento de disposiciones diversas.

V - Que el Consejo Directivo de este Consejo Profesional de Ingeniería Civil se haya facultado para dictar la presente en virtud de lo establecido en el Artículo 16, inciso 11° del Decreto Ley N° 6070/58 - Ley 14.467.

Por ello,

El Consejo Directivo del Consejo Profesional de Ingeniería Civil

Resuelve:

Artículo 1°) Reemplazar el Artículo 23 del Reglamento Interno vigente (t.o. Res. CD 44/10, Acta 1392) por el siguiente: “TITULO VIII: DE LAS COMISIONES DE ESTUDIO Y LOS GRUPOS DE TRABAJO. ARTICULO 23. Las Comisiones de Estudio y los Grupos de Trabajo estarán integrados por Consejeros y matriculados designados por el Consejo Directivo. El Consejo Directivo reglamentará la denominación, número y funcionamiento de estas Comisiones y de los Grupos de Trabajo, sean ordinarios o extraordinarios. Existirá una Comisión de Estudio de Asuntos Institucionales integrada por todos los Ex - Presidentes que así lo deseen. Será Coordinada por el Presidente del Consejo Directivo. Su convocatoria y temario serán determinados por el Consejo Directivo y comunicado a todos los Consejeros.”

Artículo 2°) Publicar en los Boletines Oficiales de la Nación y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el Newsletter semanal “Noticias del CPIC” y en la página web de este Consejo Profesional.

Artículo 3°) Comunicar a la Junta Central de Consejos Profesionales de Agrimensura, Arquitectura e Ingenierías, registrar y oportunamente archivar.

Presidente y Secretario designados el 24 de septiembre de 2015, según Acta N° 1498, para ocupar los respectivos cargos. Presidente electo Consejero Titular por el término de cuatro años el 16 de septiembre de 2012, según Acta N° 1439 y Secretario electo Consejero Titular por el término de cuatro años el 15 de septiembre de 2014, según Acta N° 1478.
ROBERTO J. POLICICHIO, Ingeniero Civil, Presidente Ad-Hoc, D.N.I. 7.757.724. — JORGE E. ABRAMIAN, Ingeniero Civil, Presidente, DNI 11.957.534.

e. 09/12/2015 N° 173640/15 v. 09/12/2015