CONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERÍA CIVIL
Resolución 73/2015
Acta N° 1502
Sesión del 26-11-2015
Bs. As., 26/11/2015
Visto:
El Reglamento Interno vigente aprobado por Resolución N° 54 del Consejo
Directivo en su sesión del 18 de noviembre de 2004, Acta 1290,
modificado por Resolución N° 89 del Consejo Directivo en su sesión del
10 de septiembre de 2009, texto ordenado por Resolución N° 44 del
Consejo Directivo en su sesión del 13 de mayo de 2010, Acta 1392, y
modificado por Resolución N° 49 del Consejo Directivo aprobada en su
sesión del 19 de mayo de 2011, Acta 1411, y
Considerando:
I - Que el artículo 23 del Reglamento Interno vigente establece el régimen de creación y reunión de las Comisiones de Estudio.
II - Que la experiencia desarrollada en los últimos años exige
modificar en forma parcial la normativa citada en el Visto, adaptando
su desarrollo a las necesidades actuales de la Institución.
III - Que atento lo expresado en el párrafo anterior, se evidencia la
necesidad de modificar el artículo citado del Reglamento Interno,
incorporando además de las Comisiones de Estudio, los Grupos de
Trabajo, y dejando librado al Consejo Directivo el dictado en forma
posterior de un reglamento que determine el funcionamiento específico
de aquellos.
IV - Que resulta oportuno publicar la presente Resolución en los
Boletines Oficiales de la Nación y de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, además de otorgarle publicidad a través del Newsletter semanal
“Noticias del CPIC”, la página web de esta Institución y la
notificación a la Junta Central de Consejos Profesionales de
Agrimensura, Arquitectura e Ingenierías, atento que se efectúa un
ordenamiento de disposiciones diversas.
V - Que el Consejo Directivo de este Consejo Profesional de Ingeniería
Civil se haya facultado para dictar la presente en virtud de lo
establecido en el Artículo 16, inciso 11° del Decreto Ley N° 6070/58 -
Ley 14.467.
Por ello,
El Consejo Directivo del Consejo Profesional de Ingeniería Civil
Resuelve:
Artículo 1°) Reemplazar el Artículo 23 del Reglamento Interno vigente
(t.o. Res. CD 44/10, Acta 1392) por el siguiente: “TITULO VIII: DE LAS
COMISIONES DE ESTUDIO Y LOS GRUPOS DE TRABAJO. ARTICULO 23. Las
Comisiones de Estudio y los Grupos de Trabajo estarán integrados por
Consejeros y matriculados designados por el Consejo Directivo. El
Consejo Directivo reglamentará la denominación, número y funcionamiento
de estas Comisiones y de los Grupos de Trabajo, sean ordinarios o
extraordinarios. Existirá una Comisión de Estudio de Asuntos
Institucionales integrada por todos los Ex - Presidentes que así lo
deseen. Será Coordinada por el Presidente del Consejo Directivo. Su
convocatoria y temario serán determinados por el Consejo Directivo y
comunicado a todos los Consejeros.”
Artículo 2°) Publicar en los Boletines Oficiales de la Nación y de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el Newsletter semanal “Noticias del
CPIC” y en la página web de este Consejo Profesional.
Artículo 3°) Comunicar a la Junta Central de Consejos Profesionales de
Agrimensura, Arquitectura e Ingenierías, registrar y oportunamente
archivar.
Presidente y Secretario designados el 24 de septiembre de 2015, según
Acta N° 1498, para ocupar los respectivos cargos. Presidente electo
Consejero Titular por el término de cuatro años el 16 de septiembre de
2012, según Acta N° 1439 y Secretario electo Consejero Titular por el
término de cuatro años el 15 de septiembre de 2014, según Acta N° 1478.
ROBERTO J. POLICICHIO, Ingeniero Civil, Presidente Ad-Hoc, D.N.I.
7.757.724. — JORGE E. ABRAMIAN, Ingeniero Civil, Presidente, DNI
11.957.534.
e. 09/12/2015 N° 173640/15 v. 09/12/2015