MINISTERIO DE SEGURIDAD
Decisión Administrativa 1333/2015
Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015. Recursos Humanos.
Bs. As., 01/12/2015
VISTO el Expediente N° S02:0001268/2015 del Registro de la POLICÍA DE
SEGURIDAD AEROPORTUARIA, Organismo actuante en el ámbito del MINISTERIO
DE SEGURIDAD, el Presupuesto General de la Administración Nacional para
el Ejercicio 2015, aprobado por la Ley N° 27.008, la Ley N° 26.102 de
Seguridad Aeroportuaria, el Decreto N° 836 del 19 de mayo de 2008, la
Decisión Administrativa N° 1 del 12 de enero de 2015 y la Disposición
N° 1.060 del 27 de noviembre de 2014 del Registro de la POLICÍA DE
SEGURIDAD AEROPORTUARIA, y
CONSIDERANDO:
Que a través de las Planillas Anexas al Artículo 6° de la Ley N°
27.008, se establecen las plantas de personal para cada Jurisdicción,
Organismo Descentralizado e Institución de la Seguridad Social.
Que la Decisión Administrativa N° 1/15 distribuyó los gastos corrientes
y de capital, los gastos figurativos, las aplicaciones financieras, los
recursos, las contribuciones figurativas y las fuentes de
financiamiento previstas en la Ley N° 27.008 y por cargos y horas
cátedra, las plantas de personal determinadas en las Planillas Anexas
al Artículo 6° de la mencionada Ley.
Que por su parte, la Ley N° 26.102 de Seguridad Aeroportuaria ha
establecido que la conducción de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA,
ejercida por la Dirección Nacional de la POLICÍA DE SEGURIDAD
AEROPORTUARIA, la que tiene a su cargo la responsabilidad de la
seguridad aeroportuaria del Sistema Nacional de Aeropuertos, debiendo
fiscalizar y controlar el transporte, tenencia, portación de armas,
explosivos y demás elementos de peligro potencial en el ámbito
aeroportuario, debiendo desarrollar y planificar las estrategias y
acciones tendientes a la prevención y conjuración de delitos en dicho
ámbito.
Que entre las prescripciones de la mencionada Ley, se determina la
conformación de un sistema organizativo y un régimen profesional
especial para el personal de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA,
acorde con los objetivos, misiones y funciones del Organismo.
Que el Artículo 43 de la citada Ley establece la creación de un
escalafón único denominado “Escalafón General de Seguridad
Aeroportuaria”, en el cual revistará el personal policial de la POLICÍA
DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA.
Que a través del Decreto N° 836/08 se aprueba el “Régimen Profesional
del Personal Policial de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA”.
Que la Disposición PSA N° 1.060/14 establece la Doctrina Aplicable a la
Revisión del Proceso de Reencasillamiento del Personal Policial y Civil
de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA.
Que corresponde tramitar una modificación a la planta de personal
aprobada en las Planillas Anexas al Artículo 6° de la Ley N° 27.008,
para la Jurisdicción 41 - MINISTERIO DE SEGURIDAD, Subjurisdicción 07 -
POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, con el objeto de atender las
readecuaciones de grado del personal policial, en virtud del resultado
obtenido en la revisión del proceso de reencasillamiento del personal
del Organismo, en los términos de la Disposición PSA N° 1.060/14.
Que la modificación de la distribución de cargos no altera el total de
los cargos fijados por el Artículo 6° de la Ley N° 27.008, y será
financiada con los créditos vigentes del Inciso 1 - Gastos en Personal,
del presupuesto de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA.
Que la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
PÚBLICAS y la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE
SEGURIDAD han tomado la intervención que les corresponde.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el Artículo 100, Incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el
Artículo 6° de la Ley N° 27.008.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Modifícase la
distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para
el Ejercicio 2015 - Recursos Humanos - en la parte correspondiente a la
Jurisdicción 41 - MINISTERIO DE SEGURIDAD, Subjurisdicción 07 - POLICÍA
DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, de acuerdo con el detalle obrante en las
Planillas Anexas que integran el presente artículo.
Art. 2° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con el presupuesto
vigente en la Jurisdicción 41 - MINISTERIO DE SEGURIDAD,
Subjurisdicción 07 - POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA.
Art. 3° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Aníbal D. Fernández. — María C. Rodriguez.
Planilla Anexa al Artículo 1°