DONACIONES
LEY Nº 22.798
Facúltase al Poder Ejecutivo Nacional
a donar al Obispado de San Isidro, dos fracciones de terreno ubicadas
en el Partido de San Isidro, donde se encuentra erigido el templo
parroquial "Santo Cristo" y dependencias destinadas a servir como casa
parroquial.
Buenos Aires, 3 de mayo de 1983.
EN uso de las atribuciones conferidas por el Art. 5º del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1º - Facúltase al
Poder Ejecutivo Nacional a donar al Obispado de San Isidro dos
fracciones de terreno pertenecientes a Obras Sanitarias de la Nación,
ubicadas en el Partido de San Isidro, Provincia de Buenos Aires,
designadas como parcelas 2 y 3 de la Manzana 81 en el plano de mensura
y subdivisión del Barrio San Isidro Nº 97-108-75, del que surgen los
siguientes datos deliminatorios:
Parcela 2: Polígono de vértices HSTAJKVWNRGH, con las siguientes
medidas: HS, lado curvo de cuarenta y ocho metros con dieciséis
centímetros (48,16 m); ST, lado curvo de un metro con treinta
centímetros (1,30 m); TA, lado curvo de cuarenta y dos metros con ocho
centímetros (42,08 m); AJ, lado curvo de un metro (1,00 m); JK, nueve
metros con sesenta y tres centímetros (9,63 m); KV, catorce metros con
cuarenta y seis centímetros (14,46 m); VW, lado curvo de doce metros
con cuarenta y seis centímetros (12,46 m); WN, lado curvo de treinta y
dos metros con cincuenta y nueve centímetros (32,59 m); NR, treinta y
dos metros con veintiún centímetros (32,21 m); RG, deiciocho metros on
setenta y siete centímetros (18,77 m); GH, ventinueve metros con ocho
centímetros (29,08 m); cuyos linderos son: HS, al Noreste lindando con
la calle Alejandro Sirio; ST, al Este lindando con la misma calle; TA,
al Sudeste lindando con la calle Carlos Morel, AJ, JK, al Sudoeste, KV,
al Sudeste, VW, al Este y WN, al Sur todos ellos lindando con la calle
Carlos Morel; NR, al Noroeste lindando con la parcela 3; RG, al
Sudoeste lindando con parte de la parcela 3, GH, al Noroeste lindando
con la parcela 4, con una superficie de dos mil cuatrocientos cincuenta
y ocho metros cuadrados con veintinueve decímetros cuadrados (2.458,29
m2).
Parcela 3: Polígono de vértices FRNEF con las siguientes medidas: FR,
treinta metros con treinta y seis centímetros (30,36 m) al Noreste
lindando con parte de las parcelas 2 y 4; RN, treinta y dos metros con
veintiún centímetros (32,21 m) al Sureste lindando con la parcela 2;
NE, lado curvo de treinta y un metros con veinticinco centímetros
(31,25 m) al Sudoeste lindando con la calle Lino Enea Spilimbergo; EF,
veintinueve metros con treinta y cinco centímetros (29,35 m) al
Noroeste lindando con la parcela 4, con una superficie de novecientos
ochenta y nueve metros cuadrados con veintiún decímetros cuadrados
(989,21 m2). Nomenclatura catastral: Partido de San Isidro,
Circunscripción II, Sección B, Manzana 81, parcelas 2 y 3.
Ambas fracciones le corresponden a Obras Sanitarias de la Nación por
compra efectuada a los señores Pedro Nicolás Mendizábal y Virginio
Luchetti, por escritura Nº 718, de fecha 18 de junio de 1937, pasada
por ante la Escribanía General del Gobierno de la Nación, al folio 1535
del Registro a su cargo e inscripta en el Registro de la Propiedad de
la Provincia de Buenos Aires, el 14 de mayo de 1959, bajo el Nº 1322,
San Isidro, según plano que como anexo forma parte de la presente Ley.
ARTICULO 2º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
BIGNONE
Conrado Bauer
Juan R. Aguirre Lanari
Jorge Wehbe
Nota: Esta Ley se publica son Anexo.