DONACIONES

LEY Nº 22.798

Facúltase al Poder Ejecutivo Nacional a donar al Obispado de San Isidro, dos fracciones de terreno ubicadas en el Partido de San Isidro, donde se encuentra erigido el templo parroquial "Santo Cristo" y dependencias destinadas a servir como casa parroquial.

Buenos Aires, 3 de mayo de 1983.

EN uso de las atribuciones conferidas por el Art. 5º del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

LEY:

ARTICULO 1º - Facúltase al Poder Ejecutivo Nacional a donar al Obispado de San Isidro dos fracciones de terreno pertenecientes a Obras Sanitarias de la Nación, ubicadas en el Partido de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, designadas como parcelas 2 y 3 de la Manzana 81 en el plano de mensura y subdivisión del Barrio San Isidro Nº 97-108-75, del que surgen los siguientes datos deliminatorios:

Parcela 2: Polígono de vértices HSTAJKVWNRGH, con las siguientes medidas: HS, lado curvo de cuarenta y ocho metros con dieciséis centímetros (48,16 m); ST, lado curvo de un metro con treinta centímetros (1,30 m); TA, lado curvo de cuarenta y dos metros con ocho centímetros (42,08 m); AJ, lado curvo de un metro (1,00 m); JK, nueve metros con sesenta y tres centímetros (9,63 m); KV, catorce metros con cuarenta y seis centímetros (14,46 m); VW, lado curvo de doce metros con cuarenta y seis centímetros (12,46 m); WN, lado curvo de treinta y dos metros con cincuenta y nueve centímetros (32,59 m); NR, treinta y dos metros con veintiún centímetros (32,21 m); RG, deiciocho metros on setenta y siete centímetros (18,77 m); GH, ventinueve metros con ocho centímetros (29,08 m); cuyos linderos son: HS, al Noreste lindando con la calle Alejandro Sirio; ST, al Este lindando con la misma calle; TA, al Sudeste lindando con la calle Carlos Morel, AJ, JK, al Sudoeste, KV, al Sudeste, VW, al Este y WN, al Sur todos ellos lindando con la calle Carlos Morel; NR, al Noroeste lindando con la parcela 3; RG, al Sudoeste lindando con parte de la parcela 3, GH, al Noroeste lindando con la parcela 4, con una superficie de dos mil cuatrocientos cincuenta y ocho metros cuadrados con veintinueve decímetros cuadrados (2.458,29 m2).

Parcela 3: Polígono de vértices FRNEF con las siguientes medidas: FR, treinta metros con treinta y seis centímetros (30,36 m) al Noreste lindando con parte de las parcelas 2 y 4; RN, treinta y dos metros con veintiún centímetros (32,21 m) al Sureste lindando con la parcela 2; NE, lado curvo de treinta y un metros con veinticinco centímetros (31,25 m) al Sudoeste lindando con la calle Lino Enea Spilimbergo; EF, veintinueve metros con treinta y cinco centímetros (29,35 m) al Noroeste lindando con la parcela 4, con una superficie de novecientos ochenta y nueve metros cuadrados con veintiún decímetros cuadrados (989,21 m2). Nomenclatura catastral: Partido de San Isidro, Circunscripción II, Sección B, Manzana 81, parcelas 2 y 3.

Ambas fracciones le corresponden a Obras Sanitarias de la Nación por compra efectuada a los señores Pedro Nicolás Mendizábal y Virginio Luchetti, por escritura Nº 718, de fecha 18 de junio de 1937, pasada por ante la Escribanía General del Gobierno de la Nación, al folio 1535 del Registro a su cargo e inscripta en el Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires, el 14 de mayo de 1959, bajo el Nº 1322, San Isidro, según plano que como anexo forma parte de la presente Ley.

ARTICULO 2º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

BIGNONE

                Conrado Bauer

                           Juan R. Aguirre Lanari

            Jorge Wehbe

Nota: Esta Ley se publica son Anexo.