ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Disposición 547/2015
Asunto: Comisión Especial de Normativa Aduanera. Disposición N° 128/14 AFIP. Norma completentaria.
Bs. As., 04/12/2015
VISTO la Disposición N° 303 (AFIP) del 15 de agosto de 2012 y su modificatoria, y
CONSIDERANDO:
Que en el marco del Consejo Consultivo Aduanero instituido por la
mencionada Disposición, y con la finalidad de construir un espacio de
diálogo institucional en el que participen distintos sectores de la
comunidad aduanera, se creó la Comisión Especial de Normativa Aduanera
mediante la Disposición N° 128/14 (AFIP), a efectos de identificar y
compilar la normativa aplicable correspondiente a dicha materia,
ordenando y agrupando la misma, en el entendimiento de que ello
contribuirá a su conocimiento y aplicación por parte de los operadores
jurídicos y al proceso de adopción de decisiones en el ámbito de la
Administración Federal de Ingresos Públicos.
Que la mencionada Comisión realizó sus actividades con la intervención
de organizaciones intermedias vinculadas al quehacer aduanero, lo que
permitió la formulación de observaciones y de recomendaciones y,
además, la expresión de propuestas, asegurando un diálogo plural entre
los participantes.
Que habiéndose cumplido con la labor dispuesta, se acordó mantener una
continuidad en el diálogo institucional con las entidades
representativas de diversos sectores de la actividad profesional, a los
fines de efectuar la actualización normativa correspondiente.
Que cabe destacar la importante participación y el constante compromiso
de los representantes de la Asociación Argentina de Agentes de Carga
Internacional, la Cámara Argentina de Comercio, la Cámara de
Exportadores de la República Argentina, la Cámara de Importadores de la
República Argentina, el Centro de Despachantes de Aduana, el Centro de
Navegación, el Colegio de Graduados en Comercio Internacional, la
Federación de Cámaras de Comercio Exterior de la República Argentina,
el Instituto Argentino de Estudios Aduaneros, del Departamento de
Desarrollo de Normas Aduaneras y de Administración Técnico Jurídica y
de las Direcciones de Legislación, Técnica y de Asesoría Legal Aduanera
de este Organismo.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
los Artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Dar por finalizada la Comisión Especial de Normativa
Aduanera, la cual difundirá la tarea realizada y la normativa tratada a
través del sitio “web” de este Organismo
(http://www.afip.gob.ar/comisionesespeciales).
ARTÍCULO 2° — La Comisión Especial de Normativa Aduanera adoptará las
medidas necesarias para mantener el contacto permanente y se reunirá
bimestralmente con las entidades participantes y dependencias de este
Organismo, conforme lo dispuesto en el Artículo 3° de la Disposición N°
128/14 (AFIP) a los fines de la actualización del trabajo realizado.
ARTÍCULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — RICARDO ECHEGARAY,
Administrador Federal.
e. 10/12/2015 N° 174912/15 v. 10/12/2015