MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Decreto 2797/2015

Danse por prorrogadas designaciones.

Bs. As., 04/12/2015

VISTO el Expediente E-101221-2014 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, el Decreto N° 355 del 21 de febrero de 2002, la Ley de Presupuesto N° 27.008, el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002, N° 1826 del 06 de diciembre de 2006, N° 207 del 28 de diciembre de 2007, N° 99 del 16 de enero de 2008, N° 232 del 06 de febrero de 2008, N° 926 del 11 de junio de 2008, N° 446 del 05 de mayo de 2009, N° 490 del 15 de abril de 2010, N° 625 del 03 de mayo de 2010, N° 897 del 22 de junio de 2010, N° 1321 del 14 de septiembre de 2010, N° 1526 del 19 de octubre de 2010, N° 1656 del 16 de noviembre de 2010, N° 2107 del 29 de diciembre de 2010, N° 2328 del 30 de diciembre de 2010, N° 323 del 29 de diciembre de 2011, N° 717 del 07 de junio de 2011, N° 752 del 09 de junio de 2011, N° 2016 del 05 de diciembre de 2011, N° 460 del 26 de marzo de 2012, N° 554 del 17 de abril de 2012, N° 572 del 23 de abril de 2012, N° 693 del 08 de mayo de 2015, N° 803 del 24 de mayo de 2015, N° 1276 del 25 de julio de 2012, N° 1539 del 29 de agosto de 2012, N° 2355 del 05 de diciembre de 2012, N° 2787 del 28 de diciembre de 2012, N° 302 del 21 de marzo de 2013, N° 1361 del 10 de septiembre de 2013, N° 1690 del 30 de octubre de 2013, N° 689 del 12 de mayo de 2014, N° 941 del 12 de junio de 2014, 949 del 12 de junio de 2014, N° 1094 del 17 de julio de 2014, N° 1267 del 04 de agosto de 2014, N° 1296 del 06 de agosto de 2014, N° 1457 del 28 de agosto de 2014, N° 2780 del 30 de diciembre de 2014, 340 del 03 de marzo de 2015, N° 394 del 09 de marzo de 2015, y lo propuesto por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 355/02 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de Ministerios con sus modificatorias, creándose, entre otros, el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que por la Ley N° 27.008 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2015.

Que por el Decreto N° 491/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo de todas las designaciones de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, en cargos de planta permanente y no permanente.

Que mediante Decretos N° 1826/06, N° 207/07, N° 99/08, N° 232/08, N° 926/08, N° 446/09, N° 490/10, N° 625/10, N° 897/10, N° 1321/10, N° 1526/10, N° 1656/10, N° 2107/10, N° 2328/10, N° 323/11, N° 717/11, N° 752/11, N° 2016/11, N° 460/12, N° 554/12, N° 572/12, N° 693/15, N° 803/15, N° 1276/12, N° 1539/12, N° 2355/12, N° 2787/12, N° 302/13, N° 1361/13, N° 1690/13, N° 689/14, N° 941/14, 949/14, N° 1094/14, N° 1267/14, N° 1296/14, N° 1457/14, N° 2780/14, 340/15, N° 394/15 se efectuaron las designaciones con carácter transitorio de diversas personas en cargos con Función Ejecutiva en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que atento encontrarse cumplido el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días a que en cada caso refieren los Decretos precedentemente indicados, y no habiéndose efectuado las correspondientes convocatorias a los procesos de selección, razones operativas hacen necesario prorrogar las designaciones transitorias de diversos agentes.

Que las coberturas de dichos cargos se realizan mediante una excepción a las pautas generales de selección que para el acceso a la función de que se trate se encuentran establecidas en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por Decreto N° 2098/08.

Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, el artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Dánse por prorrogadas desde la fecha de su vencimiento, y por el término de NOVENTA (90) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, las designaciones transitorias de las personas detalladas en Anexo I del presente Decreto en los cargos y niveles autorizándose el pago del Suplemento por Función Ejecutiva del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, que en cada caso se indica.

Art. 2° — Dánse por prorrogadas desde la fecha de su vencimiento, y por el término de NOVENTA (90) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, las designaciones transitorias de las personas detalladas en Anexo II del presente Decreto en los cargos y niveles autorizándose el pago del Suplemento por Función Ejecutiva del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, que en cada caso se indica, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.

Art. 3° — Los cargos involucrados en el presente decreto, deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), dentro del plazo de NOVENTA (90) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

Art. 4° — El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNÁNDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Alicia M. Kirchner.

ANEXO I



ANEXO II



ANEXO II