MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN
Resolución 39615/2015
EXPEDIENTE N° SSN: 0014492/2015 “MODIFICACIONES AL TEXTO DE LA RESOLUCIÓN N° 38.052 DE FECHA 20 DE DICIEMBRE DE 2013”.
SÍNTESIS:
04/12/2015
VISTO... y CONSIDERANDO...
EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Sustituir el artículo 25 de la Resolución N° 38.052 del 20 de diciembre de 2013 por el siguiente:
“ARTÍCULO 25.-El Agente Institorio deberá exhibir el afiche definido en
el Anexo IV de la presente Resolución. El arte del afiche, deberá
contemplar la uniformidad de medidas tipográficas y tener como mínimo
un tamaño de NOVENTA (90) centímetros de alto por SESENTA Y CINCO (65)
centímetros de ancho.
Los planes de seguro cuya comercialización se encuentra autorizado y
las aseguradoras de las que recibió mandato institorio, deberán figurar
en el afiche. El detalle e identificación de los planes de seguros
autorizados podrá ser reemplazado incluyéndose en su lugar un Código de
Respuesta Rápida que permita la lectura mediante cualquier dispositivo
electrónico. La información proporcionada por este medio será definida
por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN.
Deberá informarse como mínimo que cuentan con autorización para:
celebrar contratos de seguros, pactar modificaciones o prorrogas,
recibir notificaciones. Asimismo deberá informase expresamente si
cuenta o no con autorización para la cobranza de premios. El
Responsable o Gerente de Seguros del Agente Institorio, así como el
Responsable de Atención al Cliente Asegurado deberán figurar en el
afiche identificándoselos mínimamente con sus Nombres y Apellidos
completos.
Asimismo deberán llevar incorporado el Nombre y Logo de la
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, el número telefónico y
dirección de correo electrónico de atención y consulta del Departamento
de Orientación y Asistencia al Asegurado.”
ARTÍCULO 2° — Sustituir el artículo 6° de la Resolución N° 38.303 del 1° de abril de 2.014 por el siguiente:
“ARTÍCULO 6°.- Se dispone que el Programa de Capacitación Continuada
para Responsables o Gerentes del Departamento o Gerencia de Seguros, o
Responsables de Atención al Cliente Asegurado será dictado por el Ente
Cooperador Ley N° 22.400 y por la Asociación Mutual del Personal de la
Superintendencia de Seguros de la Nación (AMUPSSEN) en los términos y
condiciones que establece la normativa vigente.
Previo al dictado de cada curso la Asociación Mutual del Personal de la
Superintendencia de Seguros de la Nación (AMUPSSEN) deberá dar
cumplimiento a lo previsto en los artículos 41 y 42 del Anexo I de la
Resolución N° 38.881 del 4 de febrero de 2015”.
ARTÍCULO 3° — Regístrese, notifíquese y publíquese en el Boletín Oficial.
Fdo. Juan Antonio Bontempo - Superintendente de Seguros de la Nación
Lic. JUAN ANTONIO BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación.
Nota: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en Av. Julio A. Roca N° 721 P.B. Capital Federal.
e. 10/12/2015 N° 174879/15 v. 10/12/2015