MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN

Resolución 39615/2015

EXPEDIENTE N° SSN: 0014492/2015 “MODIFICACIONES AL TEXTO DE LA RESOLUCIÓN N° 38.052 DE FECHA 20 DE DICIEMBRE DE 2013”.

SÍNTESIS:

04/12/2015

VISTO... y CONSIDERANDO...

EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Sustituir el artículo 25 de la Resolución N° 38.052 del 20 de diciembre de 2013 por el siguiente:

“ARTÍCULO 25.-El Agente Institorio deberá exhibir el afiche definido en el Anexo IV de la presente Resolución. El arte del afiche, deberá contemplar la uniformidad de medidas tipográficas y tener como mínimo un tamaño de NOVENTA (90) centímetros de alto por SESENTA Y CINCO (65) centímetros de ancho.

Los planes de seguro cuya comercialización se encuentra autorizado y las aseguradoras de las que recibió mandato institorio, deberán figurar en el afiche. El detalle e identificación de los planes de seguros autorizados podrá ser reemplazado incluyéndose en su lugar un Código de Respuesta Rápida que permita la lectura mediante cualquier dispositivo electrónico. La información proporcionada por este medio será definida por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN.

Deberá informarse como mínimo que cuentan con autorización para: celebrar contratos de seguros, pactar modificaciones o prorrogas, recibir notificaciones. Asimismo deberá informase expresamente si cuenta o no con autorización para la cobranza de premios. El Responsable o Gerente de Seguros del Agente Institorio, así como el Responsable de Atención al Cliente Asegurado deberán figurar en el afiche identificándoselos mínimamente con sus Nombres y Apellidos completos.

Asimismo deberán llevar incorporado el Nombre y Logo de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, el número telefónico y dirección de correo electrónico de atención y consulta del Departamento de Orientación y Asistencia al Asegurado.”

ARTÍCULO 2° — Sustituir el artículo 6° de la Resolución N° 38.303 del 1° de abril de 2.014 por el siguiente:

“ARTÍCULO 6°.- Se dispone que el Programa de Capacitación Continuada para Responsables o Gerentes del Departamento o Gerencia de Seguros, o Responsables de Atención al Cliente Asegurado será dictado por el Ente Cooperador Ley N° 22.400 y por la Asociación Mutual del Personal de la Superintendencia de Seguros de la Nación (AMUPSSEN) en los términos y condiciones que establece la normativa vigente.

Previo al dictado de cada curso la Asociación Mutual del Personal de la Superintendencia de Seguros de la Nación (AMUPSSEN) deberá dar cumplimiento a lo previsto en los artículos 41 y 42 del Anexo I de la Resolución N° 38.881 del 4 de febrero de 2015”.

ARTÍCULO 3° — Regístrese, notifíquese y publíquese en el Boletín Oficial.

Fdo. Juan Antonio Bontempo - Superintendente de Seguros de la Nación

Lic. JUAN ANTONIO BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación.

Nota: La versión completa de esta Resolución se puede obtener en Av. Julio A. Roca N° 721 P.B. Capital Federal.

e. 10/12/2015 N° 174879/15 v. 10/12/2015