MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO

Resolución 296/2015

Mar del Plata, 01/12/2015

VISTO el Expediente N° 0023025/2015 del registro del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, el Decreto N° 1063 de fecha 17 de agosto de 2004 y su similar modificatorio N° 2.751 de fecha 30 de diciembre de 2014, las Resoluciones Nros. 88 y 89 ambas de fecha 27 de septiembre de 2004 del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1.063/04 se aprobó la estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO.

Que el artículo 2° del precitado texto legal estableció la obligación por parte de este Instituto de presentar una propuesta de estructura organizativa de las aperturas inferiores correspondientes a las aprobadas por el referido Decreto N° 1063/04.

Que por las Resoluciones Nros. 88 y 89/04 del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO, se aprobaron las aperturas inferiores de la Dirección de Administración y de la Dirección Nacional de Investigación, respectivamente.

Que por el Decreto N° 2.751/14 se modificó la estructura organizativa de primer nivel operativo del Organismo.

Que por el artículo 3° del precitado texto legal estableció que el titular del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO podrá aprobar y/o modificar el Anexo de Dotación, conforme las leyes de presupuesto vigentes.

Que, asimismo, por artículo 5° se facultó al Titular de este Instituto Nacional a aprobar CINCO (5) cargos de conducción, previa intervención de la SECRETARÍA DE GABINETE Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que a fojas 57 y 58 la OFICIANA NACIONAL DE INNOVACIÓN Y GESTIÓN de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO mediante Dictamen N° 185/2015 no encontró reparos que formular al proyecto que se elevó para su análisis respecto de la modificación de la denominación y acciones de la actual Dirección de Pesquerías Pelágicas y Ambiente Marino, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIÓN, la que en adelante se denominará Dirección de Pesquerías de Invertebrados, Peces Pelágicos y Ambiente Marino; la ratificación de las aperturas departamentales y acciones dependientes de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN aprobadas por Resolución INIDEP N° 88/2004; la creación de TRES (3) Delegaciones de carácter territorial dependientes de la DIRECCIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIÓN y las facultades otorgadas al titular del Organismo para aprobar CINCO (5) cargos de conducción conforme lo dispuesto por el Artículo 5° del Decreto N° 2.751 del 30 de diciembre de 2014.

Que en consecuencia, teniendo en cuenta en carácter de aclaración previa la ratificación de la estructura y acciones correspondientes a las aperturas inferiores de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN aprobadas por Resolución INIDEP N° 88/2004, corresponde proceder al dictado de la presente por la que se apruebe la Dotación de Personal, se modifique la denominación y las acciones pertinentes de la estructura organizativa de las aperturas inferiores de la DIRECCIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIÓN, se creen las TRES (3) Delegaciones Territoriales y se apruebe en el ámbito del Instituto la creación de la Coordinación de Planeamiento dependiente de la máxima autoridad del organismo y la Coordinación de Mantenimiento dependiente de la CAPITANÍA DE ARMAMENTO, todas ellas del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA estableciendo la dotación y las acciones que correspondan en cada caso.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del organismo ha tomado la intervención que le compete.

Que la SUBSECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 17 del Decreto N° 1545 de fecha 31 de agosto de 1994 y el artículo 5° del Decreto N° 2751 de fecha 30 de diciembre de 2014.

Por ello,

EL DIRECTOR DEL INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase la modificación de la denominación de la Dirección de Pesquerías Pelágicas y Ambiente Marino establecida por la Resolución INIDEP N° 89 de fecha 27 de septiembre de 2004, la que en adelante se designará como Dirección de Pesquerías Pelágicas, Invertebrados y Ambiente Marino, adecuando las acciones de la misma y de las Direcciones de Pesquerías Demersales y de Información Operaciones y Tecnología, todas dependientes de la DIRECCIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIÓN del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, de acuerdo con el Organigrama, Acciones y Dotación, que como Anexos I, II, y V forman parte de la presente resolución.

ARTÍCULO 2° — Apruébase la modificación de la dotación de la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO, conforme el Anexo V de la presente resolución.

ARTÍCULO 3° — Apruébanse en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO, la creación de las Delegaciones de Puerto Madryn, Puerto Deseado y Ushuaia, dependientes de la DIRECCIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIÓN del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO, de acuerdo con el Organigrama, Acciones y Dotación, que como Anexos I, II y V forman parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 4° — Apruébase en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO, la creación de la Coordinación de Planeamiento dependiente de la máxima autoridad del organismo y de la Coordinación de Mantenimiento dependiente de la Capitanía de Armamento de acuerdo con el Organigrama, Acciones y Dotación, que como Anexos I, III, IV y V, forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 5° — El gasto que demande la implementación de la presente medida será atendido con cargo al Inciso I - Gastos en Personal - partidas específicas de la Jurisdicción 52 - Entidad 607 - INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO.

ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. OTTO C. WÖHLER, Director, Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero, INIDEP.

(Nota Infoleg: las modificaciones a los Anexos que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")

ANEXO I



ANEXO II

DIRECCIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIÓN

DIRECCIÓN DE PESQUERÍAS DE INVERTEBRADOS, PECES PELÁGICOS Y AMBIENTE MARINO

ACCIONES:

1. Planificar y ejecutar las actividades de investigación de las pesquerías de invertebrados, y peces pelágicos, originadas en las demandas públicas, privadas, emergentes del marco regulatorio vigente nacional e internacional y necesidades del ordenamiento pesquero, para asesorar a las autoridades correspondientes sobre el manejo y conservación de los recursos pesqueros involucrados.

2. Ejecutar las investigaciones para la evaluación y el seguimiento del estado de las poblaciones de peces pelágicos e invertebrados marinos de importancia comercial propias y compartidas con otros países.

3. Ejecutar las investigaciones para la exploración y evaluación del estado de las poblaciones de peces pelágicos e invertebrados de interés potencial

4. Predecir las tendencias futuras en la evolución de los efectivos e interpretar las causas de sus fluctuaciones

5. Ejecutar las investigaciones sobre modificaciones del ambiente de origen natural y antropogénico y sus efectos sobre los recursos pesqueros.

6. Ejecutar las investigaciones para evaluar los efectos de los cambios climáticos o ambientales en las poblaciones de peces y el ecosistema acuático, con énfasis en la distribución, abundancia y fluctuaciones de los recursos de importancia comercial.

7. Realizar análisis ecosistémicos de las pesquerías de invertebrados y peces pelágicos, estableciendo un mecanismo de monitoreo ecológico con la finalidad de conservar la estructura y el funcionamiento de los ecosistemas.

8. Establecer objetivos, indicadores y puntos de referencia de las principales pesquerías de invertebrados y peces pelágicos que consideren los recursos, la salud del ecosistema y los factores económicos y sociales.

9. Obtener los datos oceanográfico - pesqueros, a través de las campañas de investigación, de observadores a bordo de buques comerciales y del muestreo de desembarques, incluyendo datos sobre pesca incidental, descartes y desperdicios, a fin de asegurar la evaluación eficaz de las pesquerías.

10. Actualizar las técnicas y métodos de prospección y evaluación, incorporando nuevos conceptos teóricos y modelos de evaluación de pesquerías de peces pelágicas y de invertebrados marinos.

11. Gestionar y ejecutar los convenios de vinculación científica y de asesoramiento sobre pesquerías pelágicas, de invertebrados y ambiente marino.

12. Propender al incremento de la productividad a través de la gestión eficiente de los recursos humanos, físicos y financieros, interviniendo en los planes de capacitación y motivación del personal científico-técnico del área.

DIRECCIÓN DE PESQUERÍAS DEMERSALES

ACCIONES:

1. Planificar, ejecutar y coordinar las actividades de investigación sobre las pesquerías demersales, originadas en las demandas públicas, privadas, emergentes del marco regulatorio vigente nacional e internacional y necesidades del ordenamiento pesquero, para asesorar a las autoridades correspondientes sobre el manejo y conservación de los recursos pesqueros involucrados considerando el enfoque ecosistémico.

2. Ejecutar las investigaciones para la evaluación y el seguimiento del estado de las poblaciones de peces demersales costeros y de altura de importancia comercial propias y compartidas con otros países, incorporando estudios que contemplen la componente social y económica de las mismas.

3. Predecir las tendencias futuras en la evolución de los estados de explotación de los efectivos e interpretar las causas de sus fluctuaciones.

4. Determinar las estructuras de edades de las poblaciones de peces de interés comercial.

5. Planificar y ejecutar las investigaciones que permitan el conocimiento de la biología de las poblaciones de peces demersales de las relaciones entre ellas y con el hábitat.

6. Ejecutar las investigaciones para la exploración y prospección de las poblaciones de peces demersales de interés potencial.

7. Investigar los efectos de los cambios de los ecosistemas, derivados de la presión pesquera, o la alteración del hábitat sobre las pesquerías demersales.

8. Actualizar las técnicas y metodologías de evaluación, incorporando nuevos conceptos teóricos y modelos de evaluación de las pesquerías de peces demersales.

9. Gestionar y ejecutar los convenios de vinculación científica y de asesoramiento sobre pesquerías demersales.

10. Propender al incremento de la productividad a través de la gestión eficiente de los recursos humanos, físicos y financieros, interviniendo en los planes de capacitación y motivación del personal científico y técnico del área.

DIRECCIÓN DE INFORMACIÓN, OPERACIÓN Y TECNOLOGÍA

ACCIONES:

1. Planificar y ejecutar las actividades de investigación originadas por las demandas públicas, privadas y emergentes del marco regulatorio vigente, nacional e internacional, para asesorar a las autoridades correspondientes.

2. Desarrollar, adaptar y transferir, las técnicas de cultivos de organismos acuáticos de interés comercial, en concordancia con los planes vigentes en la materia.

3. Desarrollar, adaptar y transferir, nuevos diseños de artes de pesca, tanto para la explotación comercial, como para la investigación pesquera y realizar la evaluación científica sobre sus efectos en las pesquerías.

4. Realizar estudios sobre la selectividad de las artes de pesca y su impacto sobre las especies objetivo y fauna acompañante, analizando su comportamiento, de manera que sean utilizados como elementos para apoyar las decisiones tendientes a minimizar las capturas no utilizadas así como salvaguardar la biodiversidad de los ecosistemas.

5. Desarrollar, adaptar y transferir las técnicas y artes de pesca de las pesquerías tradicionales, en particular aquellas aplicadas en las pesquerías de pequeña escala, con el fin de evaluar su impacto para la conservación, la ordenación y el desarrollo pesquero

6. Desarrollar, adaptar y transferir tecnología de nuevos productos y procesos, con el fin de asegurar la utilización óptima de los recursos pesqueros, la reconversión del sector pesquero, a través del uso integral de los recursos, asegurando la sustentabilidad del mismo; y estimular la utilización de los organismos capturados en alimentos funcionales.

7. Realizar las Investigaciones de los aspectos económicos, sociales, e institucionales de las pesquerías, para asesorar a la autoridad de aplicación en la formulación de las políticas pesqueras sustentables.

8. Administrar el Sistema de Información Oceanográfico Pesquera generado por el Instituto, asegurando el acceso y su distribución interna y externa.

9. Realizar el seguimiento de la actividad de los buques pesqueros a través de la presencia de observadores científicos a bordo y muestreo de desembarque con el objeto de obtener información indispensable para la evaluación y administración del sistema ecológico en explotación que permita desarrollar una pesca responsable.

10. Coordinar las actividades conducentes a mejorar los métodos de obtención de datos comparables sobre las pesquerías, para facilitar el análisis y la formulación de políticas pesqueras.

11. Contribuir con información ambiental generada a través de los sistemas satelitarios de observación del océano a los programas de evaluación de recursos pesqueros y ambiente marino, mediante el monitoreo y descripción de fenómenos ambientales.

12. Coordinar los requerimientos de utilización de los Buques de Investigación como unidades de muestreo y elaborar el Plan Anual de Campañas de acuerdo a los requerimientos de los Proyectos de investigación, en concordancia con la Capitanía de Armamento quien evalúa y coordinas los períodos necesarios de estadía en puerto para efectuar reparaciones y mantenimiento.

13. Coordinar la utilización, mantenimiento y reparación del instrumental científico, de uso común en gabinetes y cubierta en los buques de investigación del INIDEP.

14. Gestionar y ejecutar los convenios de vinculación tecnológica, de asesoramiento, transferencia y desarrollo.

15. Propender al incremento de la productividad a través de la gestión eficiente de los recursos humanos, físicos y financieros, interviniendo en los planes de capacitación y motivación del personal científico y técnico del área.

DIRECCIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIÓN

DELEGACIÓN PUERTO MADRYN

DELEGACIÓN PUERTO DESEADO

DELEGACIÓN USHUAIA

ACCIONES (TIPO):

1. Desarrollar una política de extensión de la investigación pesquera conforme los lineamientos que establezca la DIRECCIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIÓN con el objeto de favorecer el desarrollo de la operatoria pesquera, atendiendo los diferentes condicionantes sociales locales y fomentando la práctica de una pesca responsable,

2. Transferir a los pescadores los fundamentos científico-técnicos que permiten la definición de una pesca responsable que contribuya a la sustentabilidad biológica del recurso y, consecuentemente, a la sostenibilidad de la actividad pesquera.

3. Investigar y analizar la problemática operativa y socioeconómica de los distintos. actores del sector productivo local, además de las características de la actividad pesquera marítima (maniobras de pesca, equipos, rutinas etc).

4. Establecer un canal de diálogo directo con el sector productivo local para tratar el tema de la selectividad como base fundamental de la pesca responsable, teniendo en mira la concientización de la sustentabilidad de los recursos.

5. Facilitar y optimizar el trabajo de los observadores a bordo del INIDEP y el muestreo de desembarque, así como realizar tareas en apoyo a las campañas de Investigación cuando los buques del INIDEP operen desde los puertos.

6. Explorar y establecer líneas de trabajo conjuntas, y desarrollar la colaboración científica interinstitucional entre la DIRECCION NACIONAL DE INVESTIGACIÓN DEL INIDEP y los organismos de investigación científica locales.

7. Organizar, planificar y sostener el trabajo de extensión.

8. Proponer a la superioridad acuerdos y convenios de trabajo interinstitucional con otros organismos públicos, nacionales, provinciales y municipales, todo ello acorde a las competencias del organismo.

9. Asistir en la representación del Organismo ante otros organismos nacionales, provinciales y municipales, públicos y privados, de manera coordinada con las Unidades del Instituto.

10. Requerir los medios necesarios para las tareas de inicio de habilitaciones y matrículas de los operadores que le competan según su jurisdicción.

11. Ejecutar las tareas de recepción, análisis y procesamiento de la documentación presentada ante la delegación.

12. Efectuar las tareas de administración y desarrollo del personal, como subresponsable de la Dirección de Recursos Humanos en la materia.

13. Presupuestar las necesidades atinentes a la Delegación, para la preservación y el cumplimiento de sus funciones administrativas, operativas y funcionales, en acuerdo con las instrucciones impartidas por la Dirección Nacional.

14. Administrar el presupuesto asignado, para el normal funcionamiento de la Delegación, de conformidad con las disposiciones emanadas, en carácter de subresponsable de la Dirección de Administración del Instituto.

15. Supervisar y coordinar las tareas relativas al mantenimiento y servicios generales de la Delegación.

ANEXO III

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES Y DESARROLLO PESQUERO

- COORDINACIÓN DE PLANEAMIENTO

CAPITANÍA DE ARMAMENTO

- COORDINACIÓN DE MANTENIMIENTO

ANEXO IV

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES Y DESARROLLO PESQUERO

COORDINACIÓN DE PLANEAMIENTO

ACCIONES:

1. Asistir y asesorar al Director del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero, proponiendo las medidas necesarias que hagan a la optimización de las relaciones entre las distintas dependencias a su cargo.

2. Informar al Director del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero, sobre el avance de la ejecución de las acciones definidas en el ámbito de las reuniones de directores del Organismo.

3. Asistir al Director del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero, en el desarrollo del plan de modernización del Organismo.

4. Articular las relaciones con los Organismos Nacionales, Provinciales, Municipales y Universidades Nacionales a los fines de lograr asesoramiento y asistencia técnica cuando resulte necesario; y establecer relaciones a los fines de difundir las actividades científicas del Organismo.

5. Asistir al Director del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero en el diseño de los procedimientos de evaluación y seguimiento de los planes, programas y proyectos del Organismo y proponer las medidas tendientes a optimizar la gestión de los mismos, estableciendo un permanente intercambio y evaluación de impacto en la implementación de las políticas del Organismo.

6. Asistir al Director del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero en el establecimiento y coordinación de un canal permanente de intercambio con los sistemas de información y monitoreo institucional para posibilitar la correcta evaluación del impacto de la implementación de las políticas de investigación pesquera.

CAPITANÍA DE ARMAMENTO

COORDINACIÓN DE MANTENIMIENTO

ACCIONES:

1. Efectuar la evaluación de las necesidades de mantenimiento de las máquinas de los barcos del Instituto y proponer a la Capitanía de Armamento la programación de las mismas.

2. Desarrollar estándares profesionales y asesorar -en propulsión principal y maquinaria asociada a hélice y línea de eje.

3. Desarrollar estándares profesionales y asesorar en propulsión auxiliar y maquinaria asociada.

4. Coordinar el mantenimiento de los sistemas en navegación, reparaciones y mantenimiento entre campañas.

5. Colaborar con el grupo científico en la instalación y desmontaje de equipamiento adicional necesario en las campañas.

6. Coordinar esfuerzos tendientes a lograr reparaciones más efectivas y económicas, con todos los departamentos del INIDEP.

7. Proponer el presupuesto anual para mantenimiento de material marino y máquinas.

ANEXO V





e. 10/12/2015 N° 175213/15 v. 10/12/2015