MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA
Resolución 835/2015
Bs. As., 09/12/2015
VISTO la Ley N° 26.548, el Decreto N° 38/2013, el Expediente N° 2904/13
y la Resolución N° 777/15 del Registro del MINISTERIO DE CIENCIA,
TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, y
CONSIDERANDO
Que a través del Expediente citado en el VISTO tramita el llamado a
concurso para la designación de un Subdirector Administrativo con
destino al BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS (BNDG).
Que conforme los establece el artículo 19 de la Ley N° 26.548, el BANCO
NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS (BNDG) funcionará bajo la responsabilidad y
dirección de un Director General Técnico, un Subdirector Técnico, ambos
profesionales en bioquímica o biología molecular, con reconocida
experiencia en genética forense y un Subdirector Administrativo,
especialista en administración, economía o carreras afines.
Que los cargos “ut supra” mencionados serán designados a través de un
concurso público de oposición y antecedentes, que garantice la
idoneidad de los profesionales elegidos y la transparencia del proceso
de selección.
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 22 de la citada norma
serán funciones del cargo de Subdirector Administrativo las de ejercer
las atribuciones administrativas que le encomiende o delegue el
Director General Técnico.
Que la duración en el cargo será de CUATRO (4) años, pudiendo ser reelegido.
Que, en otro orden, el Decreto N° 38/2013 dispone en sus artículos
19.1.1 y 19.1.2 que el MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
PRODUCTIVA impulsará el llamado a concurso, su anuncio y difusión.
Que el artículo 19.1.3 del decreto citado, detalla la información que debe contener el llamado a concurso.
Que a través de la Resolución MINCYT N° 777/15 se designó al Jurado del concurso.
Que en virtud de los plazos otorgados por las normas aplicables,
corresponde realizar el llamado a concurso público de oposición y
antecedentes para cubrir el cargo de Subdirector Administrativo del
BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS (BNDG).
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por el artículo N° 23 quinquies de la Ley de Ministerios N° 26.338, la
Ley N° 26.548 y el Decreto N° 38/2013.
Por ello,
EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Llamar a concurso público de oposición y antecedentes
para cubrir el cargo de Subdirector Administrativo del BANCO NACIONAL
DE DATOS GENÉTICOS.
ARTÍCULO 2° — La inscripción del concurso señalado en el Artículo 1° se
realizará a partir del día 26 de enero de 2016 y finalizará el día 8 de
febrero de 2016.
ARTÍCULO 3° — Publíquense anuncios en el Boletín Oficial de la Nación
por el plazo de UN (1) día y en DOS (2) diarios de circulación nacional
por el plazo de DOS (2) días. Asimismo, anúnciese a través de la página
electrónica de este Ministerio, y difúndase en el exterior del país a
través del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO. Los anuncios
deberán contener la información prescripta por el artículo 19.1.3 del
Decreto N° 38/2013.
ARTÍCULO 4° — Apruébese el modelo de anuncio que como Anexo forma parte de la presente.
ARTICULO 5° — Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y en el
sitio web del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA
y comuníquese al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO. — Dr.
JOSÉ LINO SALVADOR BARAÑAO, Ministro de Ciencia, Tecnología e
Innovación Productiva.
LLAMADO A CONCURSO
El Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva llama a
concurso público de oposición y antecedentes para cubrir el cargo de
SUBDIRECTOR ADMINISTRATIVO del BANCO NACIONAL DE DATOS GENETICOS
(B.N.D.G.), (Expediente N° 2907/2013), que tendrá una remuneración
equivalente al Nivel B - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel III del SINEP
aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por
Decreto N° 2098/08, salario bruto: $ 45.644,71 - El cargo será ejercido
en la sede del B.N.D.G., sito en Av. Córdoba 831, 7° piso, C.A.B.A. y
requerirá dedicación exclusiva, por 4 años, reelegible.
Requisitos mínimos: título universitario de grado no inferior a 4 años,
ser especialista en administración, economía o carreras afines,
debiendo acreditar posgrado y/o maestría y/o especialización, menor de
60 años a la fecha de la apertura de la inscripción y no estar
comprendido en las causales de inhabilitación para el desempeño de
cargos públicos, de faltas a la ética y a los derechos humanos,
previstas por el art. 19.2.5. del Decreto 38/2013, certificado de
antecedentes penales. Requisitos deseables: haberse desempeñado en la
Administración Pública en función similar; experiencia en gestión de
Recursos Humanos. Mención pormenorizada y documentada de: antecedentes
profesionales, actuación en Universidades, aportes originales
efectuados en el ejercicio de la especialidad respectiva, títulos de
posgrado, maestría y/o especialización.
El jurado estará integrado por los siguientes miembros titulares. Mg.
Liliana WEISERT; Dr. Guillermo Eduardo CONY; Cdor. Jorge FIGARI; Cdor.
Gustavo Celso CROCE y a la Sra. María Julia BIHURRIET y por los
siguientes miembros suplentes: Dr. Rodrigo GALARZA SEEBER, Lic.
Patricia QUINTELA, Cdra. Gisselle Eliana SANTARELLI, el Cdor. Martin
GOROSTEGUI y la Sra. Anabel Alcaide PEREZ.
Para la recusación de algún miembro del jurado rige el art. 17 del
C.P.C.C.N que señala: “Serán causas legales de recusación: 1) El
parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de
afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados. 2) Tener
el juez o sus consanguíneos o afines dentro del grado expresado en el
inciso anterior, interés en el pleito o en otro semejante, o sociedad o
comunidad con alguno de los litigantes, procuradores o abogados, salvo
que la sociedad fuese anónima. 3) Tener el juez pleito pendiente con el
recusante. 4) Ser el juez acreedor, deudor o fiador de alguna de las
partes, con excepción de los bancos oficiales. 5) Ser o haber sido el
juez autor de denuncia o querella contra el recusante, o denunciado o
querellado por éste con anterioridad a la iniciación del pleito. 6) Ser
o haber sido el juez denunciado por el recusante en los términos de la
ley de enjuiciamiento de magistrados, siempre que la Corte Suprema
hubiere dispuesto dar curso a la denuncia. 7) Haber sido el juez
defensor de alguno de los litigantes o emitido opinión o dictamen o
dado recomendaciones acerca del pleito, antes o después de comenzado.
8) Haber recibido el juez beneficios de importancia de alguna de las
partes. 9) Tener el juez con alguno de los litigantes amistad que se
manifieste por gran familiaridad o frecuencia en el trato. 10) Tener
contra el recusante enemistad, odio o resentimiento que se manifieste
por hechos conocidos. En ningún caso procederá la recusación por
ataques u ofensa inferidas al juez después que hubiere comenzado a
conocer del asunto’’. Asimismo, rige el art. 30 del CPCC que señala:
“Todo juez que se hallare comprendido en alguna de las causas de
recusación mencionadas en el art. 17 deberá excusarse. Asimismo podrá
hacerlo cuando existan otras causas que le impongan abstenerse de
conocer en el juicio, fundadas en motivos graves de decoro o
delicadeza. No será nunca motivo de excusación el parentesco con otros
funcionarios que intervengan en cumplimiento de sus deberes”.
La inscripción se llevará a cabo desde el 26 de enero de 2016 hasta el
8 de febrero de 2016 de 10 a 17 hs., en siete (7) ejemplares debiendo
presentarse personalmente o por poder debidamente acreditado en la Mesa
de Entradas del Ministerio de Ciencia y Tecnología (MINCYT), con sede
en Av. Córdoba 831, P.B. C.A.B.A., y dar cumplimiento a lo previsto por
el arts. 19.2.1, 19.2.1.2 y 19.2.4 del Decreto 38/2013. La inscripción
importará el consentimiento y la aceptación de las condiciones del
Concurso (art. 19 Decreto 38/2013). El listado de los inscriptos será
publicado en el sitio web del MINCYT, a partir del 22 de febrero. El
listado de admitidos será publicado en el sitio web del MINCYT, el día
29 de febrero, a las 12 hs.
Para mayor información podrá consultar el sitio web del MINCYT, www.mincyt.gob.ar.
e. 17/12/2015 N° 177255/15 v. 17/12/2015