MINISTERIO DE COMUNICACIONES

Resolución 1/2015

Acciones correspondientes al Estado Nacional.

Bs. As., 17/12/2015

VISTO el Decreto 721/2004, la Ley N° 26.092 y el Decreto 13/2015.

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 721/2004 y la Ley N° 26.092 se crearon el CORREO ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA (CORASA) y la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA (AR-SAT), respectivamente.

Que, por una parte, el Artículo 2° del Decreto 721/2004 dispuso el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS sería el tenedor del NOVENTA Y NUEVE POR CIENTO (99%) y el MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION será el tenedor del UNO POR CIENTO (1%) de las acciones de CORREO ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA (CORASA).

Que, por otro lado, la Ley 26092 dispuso que la titularidad de las acciones correspondientes al Estado Nacional en la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA (AR-SAT) serían ejercidos de la siguiente manera: el NOVENTA Y OCHO POR CIENTO (98%) de participación accionaria por parte de MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y el DOS POR CIENTO (2%) restante al MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.

Que el Decreto No. 13/2015, en función de la asunción de la nueva gestión gubernamental, fijó una nueva organización ministerial de gobierno de acuerdo a los nuevos objetivos de racionalización y eficiencia en la gestión pública.

Que, en virtud de este nuevo marco organizativo, el MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS fue disuelto distribuyéndose las competencias residuales entre las nuevas jurisdicciones creadas al efecto.

Que, a su vez, el citado el Decreto No. 13/2015 a través del Artículo 23 decies dispuso que era competencia de este MINISTERIO DE COMUNICACIONES participar en la administración de las participaciones del Estado en las sociedades y empresas con actividad en el área de su competencia.

Que ambas sociedades anónimas ejercen funciones en el ámbito de competencia de esta jurisdicción.

Que, por un lado, el CORREO OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (CORASA) tiene por objeto la prestación del Servicio Oficial de Correo, comprendiendo todos los servicios postales, monetarios y de telegrafía prestados oportunamente por ENCOTESA y los restantes servicios que la ex concesionaria CORREO ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA (CORASA) estuviere habilitada a realizar, incluyendo el Servicio Postal Básico Universal.

Que, por otro, según su estatuto social, EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA AR-SAT tiene por objeto social realizar por sí, por cuenta de terceros o asociada a terceros: a) el diseño, el desarrollo, la construcción en el país, el lanzamiento y/o la puesta en servicio de satélites geoestacionarios de telecomunicaciones en posiciones orbitales que resulten o que resultaren de los procedimientos de coordinación internacionales ante la UNION INTERNACIONAL DE TELECOMUNICACIONES (U.I.T), y bandas de frecuencias asociadas y b) la correspondiente explotación, uso, provisión de facilidades satelitales y/o comercialización de servicios satelitales y/o conexos.

Que, entonces, tanto la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA (AR-SAT) como el CORREO ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA (CORASA) se encuentran dentro del área de las comunicaciones y que es necesario asumir las competencias residuales del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios en el área de competencia de este MINISTERIO DE COMUNICACIONES.

Que a fin de dar cumplimiento a lo consignado precedentemente, resulta necesario el dictado de la presente medida.

Que esta resolución se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 23 decies inc. 12 del Decreto 13/2015 de fecha 11 de Diciembre de 2015.

Por ello,

EL MINISTRO DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

Artículo 1° — Asumir el ejercicio del NOVENTA Y OCHO POR CIENTO (98%) de los derechos derivados de la titularidad de las acciones correspondientes al Estado nacional en la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES SOCIEDAD ANONIMA (AR-SAT) y el NOVENTA Y NUEVE POR CIENTO (99%) de los derechos derivados de la titularidad de las acciones correspondientes al Estado nacional en el Correo Oficial de la República Argentina S.A. (CORASA) que eran ejercidas por el ex MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Oscar R. Aguad.