Decisión Administrativa 2/2015
Modifícase la distribución del Presupuesto de la Administración Nacional vigente para el Ejercicio 2015.
Bs. As., 21/12/2015
VISTO el Expediente N° S05:0034955/2015 del Registro del entonces
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, el Presupuesto General de
la Administración Nacional para el Ejercicio 2015, aprobado por la Ley
N° 27.008, distribuido por Decisión Administrativa N° 1 del 12 de enero
de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que con el objeto de asegurar el normal funcionamiento del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA dependiente del
MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, resulta necesario modificar sus créditos
presupuestarios vigentes.
Que el citado Servicio Nacional necesita incrementar su presupuesto
operativo, a fin de sostener la ejecución de las acciones que permiten
mantener el estatus sanitario actual de la REPÚBLICA ARGENTINA,
preservando la sanidad y calidad agroalimentaria de los productos tanto
para el mercado interno como el externo.
Que el incremento mencionado precedentemente se compensa con una reducción de las aplicaciones financieras.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas
de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, sustituido por el
Artículo 1° de la Ley N° 26.124.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Modifícase la
distribución del Presupuesto de la Administración Nacional vigente para
el Ejercicio 2015, aprobado por la Ley N° 27.008, de acuerdo con el
detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman
parte integrante del mismo.
Art. 2° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Marcos Peña. — Alfonso de Prat Gay. — Ricardo Buryaile.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y
también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección
Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)