AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
Resolución 662/2015
Bs. As., 01/12/2015
VISTO, la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto
Reglamentario N° 1390/98, la Norma AR 10.16.1 “Transporte de materiales
radiactivos” Revisión 2, la Resolución del Directorio de esta AUTORIDAD
REGULATORIA NUCLEAR (ARN) N° 76/08, el procedimiento de esta ARN
P-TMR-04 “Emisión del certificado de aprobación para el transporte de
material radiactivo”, lo actuado en el expediente TMR-EXP-10155/15, lo
recomendado por el Sector CONTROL DEL TRANSPORTE DE MATERIALES
RADIACTIVOS, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en el artículo 9 inciso a) de la Ley N°
24.804 citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para
desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá
ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA
NUCLEAR —ARN— en el ámbito de su competencia y solicitar el
otorgamiento de la licencia, permiso o autorización respectiva que lo
habilite para su ejercicio.
Que la norma AR 10.16.1 “Transporte de materiales radiactivos” Revisión
2, establece criterios de seguridad radiológica para el transporte de
tales materiales.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) ha solicitado a esta
ARN la emisión en Versión Original del Certificado de Aprobación
RA/1000/FE para el diseño de sustancias exceptuadas de la clasificación
como fisionable, consistente en una aleación de uranio metálico y
molibdeno con enriquecimiento menor al 59% en U-235, con una masa de
Utotal de 24,76 g y una masa de U-235 de 14,42 g.
Que el Sector CONTROL DEL TRANSPORTE DE MATERIALES RADIACTIVOS ha
tomado en el trámite la intervención que le compete en razón de lo
establecido en el procedimiento P-TMR-04 de esta ARN, manifestando que
la empresa solicitante ha dado cumplimiento a los requisitos de
seguridad radiológica exigidos por la Norma AR 10.16.1 “Transporte de
materiales radiactivos” Revisión 2 citada en el visto y por el SSR-6
“Reglamento para el transporte seguro de materiales radiactivos”
Edición 2012 del Organismo Internacional de Energía Atómica.
Que la GERENCIA DE SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS ha
prestado su conformidad a la aprobación en Versión Original del
Certificado de Aprobación de diseño de sustancia exceptuada de la
clasificación como fisionable, solicitado por CNEA.
Que el Artículo 16 inciso k) de la Ley señalada en el VISTO, faculta a
la ARN a establecer, de acuerdo con parámetros internacionales, normas
de seguridad radiológica y nuclear para el transporte terrestre,
fluvial, marítimo o aéreo de material nuclear y radiactivo y de
protección física del material transportado.
Que atento a lo dispuesto en el artículo antes mencionado, es facultad
de esta ARN aprobar las emisiones en versión original de los
certificados de aprobación o de las renovaciones de dichos certificados
que contengan modificaciones de importancia para la seguridad
radiológica.
Que mediante nota de fecha 19 de noviembre de 2015 la CNEA informa que
por falta de fondos en la partida presupuestaria correspondiente, se
demorará el pago de la tasa regulatoria.
Que en relación al cumplimiento de la Resolución del Directorio N°
76/08, la GERENCIA DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS de esta ARN,
informó que la CNEA registra deuda en concepto de pago de tasa
regulatoria.
Que el otorgamiento de un certificado de aprobación para el transporte
de materiales radiactivos a un usuario de material radiactivo que no ha
dado cumplimiento al pago de la tasa regulatoria exigido por el art. 26
de la ley 24.804, conlleva una excepción a lo dispuesto en la citada
normativa que la ARN debe analizar.
En su reunión del día 11 de noviembre de 2015, el Directorio de esta
ARN decidió dar continuidad al trámite de emisión del certificado de
aprobación, autorizando que el pago de la tasa regulatoria sea
efectuado con posterioridad a la emisión del certificado.
Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS de esta ARN ha tomado en el trámite la intervención que les compete.
Que el DIRECTORIO es competente para el dictado del presente acto,
conforme lo establecen los artículos 16 incisos k) y 22 de la Ley N°
24.804.
Por ello, en su reunión del día 1° de noviembre del 2015 (Acta N° 39)
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ:
ARTÍCULO 1° — Emitir por vía de excepción, la Versión Original del
Certificado de Aprobación RA/1000/FE, para el diseño de sustancias
exceptuadas de la clasificación como fisionable, consistente en una
aleación de uranio metálico y molibdeno con enriquecimiento menor al
59% en U-235, con una masa de Utotal de 24,76 g y una masa de U-235 de
14,42 g, solicitado por CNEA, autorizando que el pago de la tasa
regulatoria sea efectuado con posteridad a la emisión del referido
certificado.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese a la SECRETARIA GENERAL, a la GERENCIA DE
SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS a los fines
correspondientes, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA,
publíquese en el Boletín de este Organismo y archívese en el REGISTRO
CENTRAL. — Bioq. ANALIA C. CANOBA, Vicepresidenta 2° e/a Presidente del
Directorio.
e. 24/12/2015 N° 178835/15 v. 24/12/2015