AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

Resolución 662/2015

Bs. As., 01/12/2015

VISTO, la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1390/98, la Norma AR 10.16.1 “Transporte de materiales radiactivos” Revisión 2, la Resolución del Directorio de esta AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) N° 76/08, el procedimiento de esta ARN P-TMR-04 “Emisión del certificado de aprobación para el transporte de material radiactivo”, lo actuado en el expediente TMR-EXP-10155/15, lo recomendado por el Sector CONTROL DEL TRANSPORTE DE MATERIALES RADIACTIVOS, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el artículo 9 inciso a) de la Ley N° 24.804 citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR —ARN— en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la licencia, permiso o autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.

Que la norma AR 10.16.1 “Transporte de materiales radiactivos” Revisión 2, establece criterios de seguridad radiológica para el transporte de tales materiales.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) ha solicitado a esta ARN la emisión en Versión Original del Certificado de Aprobación RA/1000/FE para el diseño de sustancias exceptuadas de la clasificación como fisionable, consistente en una aleación de uranio metálico y molibdeno con enriquecimiento menor al 59% en U-235, con una masa de Utotal de 24,76 g y una masa de U-235 de 14,42 g.

Que el Sector CONTROL DEL TRANSPORTE DE MATERIALES RADIACTIVOS ha tomado en el trámite la intervención que le compete en razón de lo establecido en el procedimiento P-TMR-04 de esta ARN, manifestando que la empresa solicitante ha dado cumplimiento a los requisitos de seguridad radiológica exigidos por la Norma AR 10.16.1 “Transporte de materiales radiactivos” Revisión 2 citada en el visto y por el SSR-6 “Reglamento para el transporte seguro de materiales radiactivos” Edición 2012 del Organismo Internacional de Energía Atómica.

Que la GERENCIA DE SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS ha prestado su conformidad a la aprobación en Versión Original del Certificado de Aprobación de diseño de sustancia exceptuada de la clasificación como fisionable, solicitado por CNEA.

Que el Artículo 16 inciso k) de la Ley señalada en el VISTO, faculta a la ARN a establecer, de acuerdo con parámetros internacionales, normas de seguridad radiológica y nuclear para el transporte terrestre, fluvial, marítimo o aéreo de material nuclear y radiactivo y de protección física del material transportado.

Que atento a lo dispuesto en el artículo antes mencionado, es facultad de esta ARN aprobar las emisiones en versión original de los certificados de aprobación o de las renovaciones de dichos certificados que contengan modificaciones de importancia para la seguridad radiológica.

Que mediante nota de fecha 19 de noviembre de 2015 la CNEA informa que por falta de fondos en la partida presupuestaria correspondiente, se demorará el pago de la tasa regulatoria.

Que en relación al cumplimiento de la Resolución del Directorio N° 76/08, la GERENCIA DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS de esta ARN, informó que la CNEA registra deuda en concepto de pago de tasa regulatoria.

Que el otorgamiento de un certificado de aprobación para el transporte de materiales radiactivos a un usuario de material radiactivo que no ha dado cumplimiento al pago de la tasa regulatoria exigido por el art. 26 de la ley 24.804, conlleva una excepción a lo dispuesto en la citada normativa que la ARN debe analizar.

En su reunión del día 11 de noviembre de 2015, el Directorio de esta ARN decidió dar continuidad al trámite de emisión del certificado de aprobación, autorizando que el pago de la tasa regulatoria sea efectuado con posterioridad a la emisión del certificado.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS de esta ARN ha tomado en el trámite la intervención que les compete.

Que el DIRECTORIO es competente para el dictado del presente acto, conforme lo establecen los artículos 16 incisos k) y 22 de la Ley N° 24.804.

Por ello, en su reunión del día 1° de noviembre del 2015 (Acta N° 39)

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1° — Emitir por vía de excepción, la Versión Original del Certificado de Aprobación RA/1000/FE, para el diseño de sustancias exceptuadas de la clasificación como fisionable, consistente en una aleación de uranio metálico y molibdeno con enriquecimiento menor al 59% en U-235, con una masa de Utotal de 24,76 g y una masa de U-235 de 14,42 g, solicitado por CNEA, autorizando que el pago de la tasa regulatoria sea efectuado con posteridad a la emisión del referido certificado.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese a la SECRETARIA GENERAL, a la GERENCIA DE SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS a los fines correspondientes, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA, publíquese en el Boletín de este Organismo y archívese en el REGISTRO CENTRAL. — Bioq. ANALIA C. CANOBA, Vicepresidenta 2° e/a Presidente del Directorio.

e. 24/12/2015 N° 178835/15 v. 24/12/2015