MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
Resolución 46/2015
Mendoza, 09/12/2015
VISTO el Expediente N° S93:0011784/2015 del Registro del INSTITUTO
NACIONAL DE VITIVINICULTURA y la Resolución N° C.41 de fecha 16 de
noviembre de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, la Escuela N° 4-007 “MIGUEL
A. POUGET”, dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ESCUELAS de la
Provincia de MENDOZA, solicita la validación del Título de “TÉCNICO EN
PRODUCCIÓN AGROPECUARIA CON ESPECIALIZACIÓN EN ENOLOGÍA” que otorga el
mencionado establecimiento educativo, con el objeto que se incluya como
título habilitante para ejercer la actividad técnica en
establecimientos inscriptos en el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
(INV).
Que por Resolución N° C.41 de fecha 16 de noviembre de 2015, se
incorporó dicho título a la Resolución N° C.127 de fecha 16 de abril de
1993.
Que en el citado acto administrativo se consignó por un error
involuntario el nombre del establecimiento como ESCUELA N° 4-007
“MIGUEL ANGEL POUGET” correspondiendo el de ESCUELA N° 4-007 “MIGUEL
AMADO POUGET”.
Que en virtud de lo expuesto precedentemente, corresponde sustituir el Punto 1° de la Resolución N° C.41/15.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878 y 24.566 y el Decreto N° 1.306/08,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
RESUELVE:
1° — Sustitúyese el Punto 1° de la Resolución N° C.41 de fecha 16 de
noviembre de 2015 el quedará redactado de la siguiente manera: “1°.-
Incorpórase a la Resolución N° C.127 de fecha 16 de abril de 1993, el
Título de “TÉCNICO EN PRODUCCIÓN AGROPECUARIA CON ESPECIALIZACIÓN EN
ENOLOGÍA”, otorgado por la ESCUELA N° 4-007 “MIGUEL AMADO POUGET”,
dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ESCUELAS de la Provincia de
MENDOZA, habilitándolo para asumir la conducción técnica de
establecimientos inscriptos ante el INSTITUTO NACIONAL DE
VITIVINICULTURA, con la finalidad de hacerse cargo del control y la
responsabilidad directa y efectiva de los productos que se elaboren,
conserven y/o fraccionen en dichos establecimientos.”.
2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional
del Registro Oficial para su publicación y cumplido, archívese. —
C.P.N. GUILLERMO DANIEL GARCIA Presidente, Instituto Nacional de
Vitivinicultura.
e. 24/12/2015 N° 178816/15 v. 24/12/2015