JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decreto 261/2015
Decreto N° 357/2002. Modificación.
Bs. As., 29/12/2015
VISTO el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y
complementarios, el Decreto N° 13 del 10 de diciembre de 2015 y el
Decreto N° 151 del 18 de diciembre de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto 357/02, se aprobó el Organigrama de Aplicación
de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL centralizada hasta nivel de
Subsecretaría, entre los cuales se encuentran los referidos a la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, estableciendo asimismo sus
competencias.
Que por el Decreto N° 13/15 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y modificatorias.
Que por el Decreto N° 151/15 se aprobó la conformación organizativa de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que en función de las competencias asignadas a la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS, resulta necesario optimizar el funcionamiento de dicha
jurisdicción, mediante un reordenamiento de las mismas.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Sustitúyese del
Anexo II al Artículo 2° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de
2002, sus modificatorios y complementarios —Objetivos— el Apartado XI,
correspondiente a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en lo que
refiere a la SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y ADMINISTRACIÓN,
el que quedará redactado de conformidad con el detalle obrante en la
Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante de este
Decreto.
Art. 2° — Suprímese el Objetivo
5 de la SUBSECRETARIA DE COMUNICACIÓN Y CONTENIDOS DE DIFUSIÓN de la
SECRETARIA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, aprobado en el Anexo II al artículo 2° del Decreto N° 357
del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios.
Art. 3° — Establécese que el
cargo de JEFE DE GABINETE DE ASESORES de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS tendrá rango y jerarquía de Subsecretario.
Art. 4° — Suprímense los cargos
Extraescalafonarios de COORDINADOR DE GABINETE DE ASESORES, COORDINADOR
DE LA UNIDAD MINISTRO, COORDINADOR DE ASESORAMIENTO TÉCNICO DE LA
UNIDAD MINISTRO, COORDINADOR DE COMPETITIVIDAD Y DESARROLLO ECONOMICO,
COORDINADOR DE ASUNTOS REGIONALES y los cargos de Asesores creados por
el artículo 2° del Decreto N° 444/14, todos ellos dependientes de la
UNIDAD JEFE DE GABINETE DE MINISTROS de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Art. 5° — Créase el cargo
Extraescalafonario de COORDINADOR DE ASUNTOS LEGALES dependiente de la
UNIDAD JEFE DE GABINETE DE MINISTROS de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, con rango y jerarquía de Subsecretario, el que brindará
asesoramiento legal al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, en los asuntos
específicos que se le requiera.
Art. 6° — Créase el cargo
Extraescalafonario de COORDINADOR DE SEGUIMIENTO Y ANÁLISIS DE OPINIÓN
PÚBLICA dependiente de la UNIDAD JEFE DE GABINETE DE MINISTROS de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con rango y jerarquía de
Subsecretario el que brindará asistencia directa al JEFE DE GABINETE DE
MINISTROS en materia de opinión pública.
Art. 7° — Créase el cargo
Extraescalafonario de COORDINADOR DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES
dependiente de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, con rango y jerarquía de Subsecretario, el que
actuará como enlace entre el Secretario y las áreas que le dependen en
materia de contenidos audiovisuales, en los asuntos que le sean
requeridos.
Art. 8° — Créanse los cargos
Extraescalafonarios de COORDINADOR DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA, de
COORDINADOR DE CONTROL DE GESTIÓN y de COORDINADOR DE COMUNICACIÓN
ESTRATÉGICA todos dependientes de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE
POLÍTICAS PÚBLICAS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con rango y
jerarquía de Subsecretario, y cuyas funciones se detallan en la
Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante del
presente acto.
Art. 9° — Créanse los cargos
Extraescalafonarios de COORDINADOR DE ENLACE MINISTERIAL, de
COORDINADOR DE PROCESOS Y POLÍTICAS DE GESTIÓN y de COORDINADOR DE
GESTIÓN ESTRATÉGICA todos dependientes de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN
INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con rango y
jerarquía de Subsecretario, y cuyas funciones se detallan en la
Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante del
presente acto.
Art. 10. — Incorpóranse con
carácter de excepción, los cargos citados en los artículos 3°, 5°, 6°,
7°, 8° y 9° de la presente medida, en los artículos 1°, 2° y 3°, así
como en el inciso c) de la Planilla Anexa al artículo 1° de la Decisión
Administrativa N° 477 del 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorias.
Art. 11. — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las
partidas específicas de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Art. 12. — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.
Planilla Anexa al artículo 1°
XI.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y ADMINISTRACIÓN
OBJETIVOS:
1. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la elaboración del
Proyecto de Ley de Ministerios y de la Ley de Presupuesto Nacional y de
su envío al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.
2. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la evaluación de la
oportunidad, mérito y conveniencia de los Proyectos de Ley, de mensajes
al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y del decreto que dispone la
prórroga de sesiones ordinarias o de la convocatoria a sesiones
extraordinarias.
3. Coordinar las acciones necesarias para la concurrencia del Jefe de
Gabinete de Ministros al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y confeccionar
y supervisar la elaboración de la memoria detallada de la marcha del
Gobierno de la Nación asistiendo al Jefe de Gabinete de Ministros en el
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 101 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL.
4. Entender en la elaboración de los informes que cualquiera de las
Cámaras le solicite y los que deba brindar a la Comisión Bicameral
Permanente atento lo normado por el artículo 100, incisos 9 y 11, de la
CONSTITUCIÓN NACIONAL.
5. Entender en lo referente a las relaciones del PODER EJECUTIVO
NACIONAL con ambas Cámaras del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, sus
Comisiones e integrantes y, en especial, en lo relativo a la
tramitación de los actos que deban ser remitidos a ese Poder en
cumplimiento de lo establecido en el artículo 100, inciso 6, de la
CONSTITUCIÓN NACIONAL y de otras Leyes.
6. Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal de la Jurisdicción.
7. Intervenir en la elaboración de los proyectos normativos que le encomiende la superioridad.
8. Instruir los sumarios administrativos de la Jurisdicción.
9. Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo técnico y administrativo de la Jurisdicción.
10. Entender en la protocolización, registro y archivo de los actos
administrativos dictados por el Jefe de Gabinete de Ministros y los
titulares de las demás dependencias de la Jurisdicción, adoptando los
recaudos necesarios para su publicación.
11. Entender en el despacho, seguimiento y archivo de la documentación
administrativa, determinando para cada trámite las unidades de la
Jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema
respectivo, como así también, el contralor de las notificaciones
producidas por la Jurisdicción.
12. Entender en el diseño de la política presupuestaria de la
Jurisdicción y en la política de los recursos humanos y materiales.
13. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas, en la formulación y programación de la ejecución
presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el
ejercicio financiero.
14. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas efectuando los trámites administrativos necesarios para
la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos
tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de
los objetivos y metas de la Jurisdicción.
15. Coordinar, monitorear y supervisar las acciones que hacen al
desarrollo de las tareas relacionadas con los aspectos económicos,
financieros, contables, patrimoniales, de sistemas informáticos y de
control de gestión de los distintos servicios administrativos
financieros y de las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas de la Jurisdicción.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y ADMINISTRACIÓN
SUBSECRETARIA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS
OBJETIVOS:
1. Asistir al Secretario en la elaboración del Proyecto de Ley de
Ministerios y de la Ley de Presupuesto Nacional y de su envío al
HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.
2. Asistir al Secretario en la evaluación de la oportunidad, mérito y
conveniencia de los Proyectos de Ley, de mensajes al HONORABLE CONGRESO
DE LA NACIÓN y del decreto que dispone la prórroga de sesiones
ordinarias o de la convocatoria a sesiones extraordinarias.
3. Asistir al Secretario en la coordinación de las acciones necesarias
para la concurrencia del Jefe de Gabinete de Ministros al HONORABLE
CONGRESO DE LA NACIÓN y confeccionar y supervisar la elaboración de la
memoria detallada de la marcha del Gobierno de la Nación asistiendo al
Jefe de Gabinete de Ministros en el cumplimiento de lo dispuesto en el
Artículo 101 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
4. Coordinar las relaciones del PODER EJECUTIVO NACIONAL con ambas
Cámaras del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, sus Comisiones e
integrantes y, en especial, en lo relativo a la tramitación de los
actos que deban ser remitidos a ese Poder en cumplimiento de lo
establecido en el artículo 100, inciso 6, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y
de otras Leyes.
5. Elaborar los informes que cualquiera de las Cámaras le solicite y
los que deba brindar a la Comisión Bicameral Permanente atento lo
normado por el artículo 100, incisos 9 y 11 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y ADMINISTRACIÓN
SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS
1. Asistir al Secretario en el diseño de la política presupuestaria de la Jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.
2. Asistir al Secretario en la formulación y programación de la
ejecución presupuestaria de las unidades ejecutoras de las distintas
categorías programáticas, y en las modificaciones que se proyecten
durante el ejercicio financiero.
3. Asistir al Secretario en la realización de los trámites
administrativos necesarios para el reclutamiento de los recursos
humanos y la obtención de materiales, equipamientos tecnológicos y de
todo otro insumo necesario para las unidades ejecutoras de las
distintas categorías programáticas.
4. Asistir al Secretario en la coordinación, monitoreo y supervisión de
las acciones que hacen al desarrollo de las tareas relacionadas con los
aspectos económicos, financieros, contables, patrimoniales, de sistemas
informáticos y de control de gestión de los distintos servicios
administrativos financieros y de las unidades ejecutoras de las
distintas categorías programáticas de la Jurisdicción.
5. Asistir al Secretario en la aplicación de la política de recursos
humanos, organización y sistemas administrativos de la Jurisdicción.
6. Protocolizar, registrar y archivar las Decisiones Administrativas y
las Resoluciones dictadas por el Jefe de Gabinete de Ministros, así
como los actos emanados de los titulares de las demás dependencias de
la Jurisdicción, y gestionar su publicación.
7. Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación
administrativa, y efectuar el contralor de las notificaciones
producidas por la Jurisdicción.
Planilla Anexa al artículo 8°
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS
CARGOS EXTRAESCALAFONARIOS
COORDINADOR DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA
FUNCIONES:
1. Asistir al Secretario en la definición de metas y Objetivos de Gobierno.
2. Asistir al Secretario en la coordinación del proceso de
planificación estratégica del Gobierno con la finalidad de integrar
planes, proyectos e iniciativas de las distintas áreas para dar
cumplimiento a los objetivos de Gobierno.
3. Proponer indicadores de gestión para monitorear el cumplimiento de las metas y objetivos de gobierno.
4. Identificar y proponer mejoras en el diseño de políticas de acuerdo
al monitoreo realizado por la Coordinación de Control de Gestión para
dar cumplimiento con los objetivos de Gobierno.
COORDINADOR DE CONTROL DE GESTIÓN
FUNCIONES:
1. Asistir al Secretario en el diseño e implementación de un sistema de
control estratégico y seguimiento global de las políticas de la
Administración vinculadas con el cumplimiento de los planes de Gobierno.
2. Desarrollar criterios e indicadores que permitan el control
estratégico de los programas y acciones Nacionales y sectoriales
emprendidos.
3. Supervisar el desarrollo de los planes estratégicos de cada
Ministerio y evaluar su cumplimiento en base a indicadores de gestión.
4. Producir informes periódicos con la finalidad de recomendar, en su
caso, las acciones correctivas que aseguren el cumplimiento de los
objetivos propuestos.
COORDINADOR DE COMUNICACIÓN ESTRATÉGICA
FUNCIONES:
1. Asistir al Secretario en generar los insumos correspondientes para la comunicación de los objetivos estratégicos de Gobierno.
2. Intervenir en la comunicación de las políticas públicas de Gobierno
que requiera la intervención de distintas áreas de gobierno.
3. Implementar mecanismos que permitan rendir cuentas de los avances de
las metas y objetivos prioritarios de la gestión y fomentar su
comunicación.
Planilla Anexa al artículo 9°
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL
CARGOS EXTRAESCALAFONARIOS
COORDINADOR DE ENLACE INTERMINISTERIAL
FUNCIONES:
1. Asistir al Secretario en las relaciones entre los Ministerios y la
Jefatura de Gabinete de Ministros, como así también en la coordinación
interministerial.
2. Actuar como enlace entre los Ministros del Gabinete Nacional a fin
de coordinar los temas y objetivos de política pública que requiera la
intervención de más de uno de ellos.
3. Asistir al Secretario en la organización y preparación de las reuniones de Gabinete de Ministros.
COORDINADOR DE PROCESOS Y POLÍTICAS DE GESTIÓN
FUNCIONES:
1. Asistir al Secretario en la recopilación, consolidación y análisis
de información, procesos y políticas de gestión de los Ministerios y de
otras áreas de gobierno para la toma de decisiones.
2. Proveer y facilitar el acceso de los Ministerios a la información de
gestión de otras jurisdicciones que pueda resultar necesaria para el
cumplimiento de los objetivos de política pública.
3. Elaborar informes de gestión periódicos para el Secretario y Jefe de
Gabinete de Ministros para la evaluación del avance de la gestión y del
cumplimiento de los objetivos de Gobierno.
COORDINADOR DE GESTIÓN ESTRATÉGICA
FUNCIONES:
1. Identificar, proponer e implementar procesos de coordinación
interministerial para el cumplimiento de los objetivos establecidos por
la Presidencia de la Nación.
2. Asistir al Secretario en el desarrollo e instrumentación de
mecanismos de coordinación interinstitucional con otros organismos del
Estado, poderes y jurisdicciones para coordinar los temas y objetivos
de política pública que requiera la intervención de distintos
organismos.
— FE DE ERRATAS —
Decreto 261/2015
En la edición del Boletín Oficial N° 33.286 del 30 de diciembre de
2015, en la que se publicó la citada norma, se omitió por error la
Planilla Anexa al artículo 9°.
Planilla Anexa al artículo 9°
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL
CARGOS EXTRAESCALAFONARIOS
COORDINADOR DE ENLACE INTERMINISTERIAL
FUNCIONES:
1. Asistir al Secretario en las relaciones entre los Ministerios y la
Jefatura de Gabinete de Ministros, como así también en la coordinación
interministerial.
2. Actuar como enlace entre los Ministros del Gabinete Nacional a fin
de coordinar los temas y objetivos de política pública que requiera la
intervención de más de uno de ellos.
3. Asistir al Secretario en la organización y preparación de las reuniones de Gabinete de Ministros.
COORDINADOR DE PROCESOS Y POLÍTICAS DE GESTIÓN
FUNCIONES:
1. Asistir al Secretario en la recopilación, consolidación y análisis
de información, procesos y políticas de gestión de los Ministerios y de
otras áreas de gobierno para la toma de decisiones.
2. Proveer y facilitar el acceso de los Ministerios a la información de
gestión de otras jurisdicciones que pueda resultar necesaria para el
cumplimiento de los objetivos de política pública.
3. Elaborar informes de gestión periódicos para el Secretario y Jefe de
Gabinete de Ministros para la evaluación del avance de la gestión y del
cumplimiento de los objetivos de Gobierno.
COORDINADOR DE GESTIÓN ESTRATÉGICA
FUNCIONES:
1. Identificar, proponer e implementar procesos de coordinación
interministerial para el cumplimiento de los objetivos establecidos por
la Presidencia de la Nación.
2. Asistir al Secretario en el desarrollo e instrumentación de
mecanismos de coordinación interinstitucional con otros organismos del
Estado, poderes y jurisdicciones para coordinar los temas y objetivos
de política pública que requiera la intervención de distintos
organismos.