NOMENCLADOR BIOQUÍMICO ÚNICO
Ley 27232
Establécese Nomenclador. Créase Comisión Asesora. Obligatoriedad.
Sancionada: Noviembre 26 de 2015
Promulgada de Hecho: Diciembre 30 de 2015
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
ARTÍCULO 1° — Establécese el
Nomenclador Bioquímico Único, integrado por las prácticas bioquímicas
que se enumeran en el Anexo que forma parte de la presente ley, el que
será de aplicación obligatoria en todo el territorio nacional para el
sector público, privado y de la seguridad social.
ARTÍCULO 2° — Créase en el
ámbito de la Superintendencia de Servicios de Salud de la Nación la
Comisión Asesora para la Evaluación y Actualización del Nomenclador
Bioquímico Único, que estará integrada en forma ad honórem por dos (2)
representantes de la Superintendencia de Servicios de Salud, dos (2)
representantes de la Confederación Unificada Bioquímica de la República
Argentina, un (1) representante de las obras sociales regidas por la
ley 23.660 y 23.661 y un (1) representante de las empresas de medicina
prepaga, cooperativas, mutuales, asociaciones civiles y fundaciones
regidas por la ley 26.682.
La Comisión Asesora para la Evaluación y Actualización del Nomenclador Bioquímico Único dictará su reglamento de funcionamiento.
ARTÍCULO 3° — La
Superintendencia de Servicios de Salud de la Nación controlará la
implementación del Nomenclador Bioquímico Único a efectos de garantizar
su cumplimiento.
ARTÍCULO 4° — La presente ley será reglamentada dentro de los noventa (90) días de su promulgación.
ARTÍCULO 5° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A
LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.
— REGISTRADO BAJO EL N° 27232 —
JULIÁN A. DOMÍNGUEZ. — GERARDO ZAMORA. — Lucas Chedrese. — Juan H. Estrada.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)