ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Decreto 268/2015
Decreto N° 357/2002. Modificación.
Bs. As., 29/12/2015
VISTO el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y
complementarios y el Decreto N° 13 del 10 de diciembre de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 357/02, sus modificatorios y complementarios
se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional
centralizada hasta nivel de Subsecretaría.
Que por el Decreto N° 13/15 se modificó Ley de Ministerios (texto
ordenado por Decreto N° 438/92) y modificatorias, incorporándose el
MINISTERIO DE COMUNICACIONES, a través del artículo 23 decies.
Que en función de las competencias asignadas al MINISTERIO DE
COMUNICACIONES por el Decreto N° 13/15, resulta necesario reordenar las
responsabilidades de dicha área.
Que una de las premisas del presente gobierno es lograr la utilización
de los recursos públicos tendientes a una mejora sustancial en la
calidad de vida de los ciudadanos, focalizando su accionar en la
producción de resultados que sean colectivamente compartidos y
socialmente valorados.
Que en base a lo expuesto corresponde establecer una nueva conformación
organizativa de los niveles políticos del citado Ministerio, basado en
criterios de racionalidad y eficiencia que posibiliten una rápida
respuesta a las demandas de la sociedad, dando lugar a estructuras
dinámicas y adaptables a los cambios permanentes.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Incorpórase el
Anexo I al artículo 1° del Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002
—Organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada
hasta nivel de Subsecretaría— el apartado XXXII - MINISTERIO DE
COMUNICACIONES de conformidad con el detalle que se aprueba como
planilla anexa al presente artículo.
Art. 2° — Incorpórase el Anexo
II al artículo 2° del Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002
—Objetivos— el apartado XXXII - MINISTERIO DE COMUNICACIONES, de
conformidad con el detalle que se aprueba como planilla anexa al
presente artículo.
Art. 3° — Incorpórase el Anexo
III al artículo 3° del Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002
—Organismos Descentralizados— el apartado XXXII - MINISTERIO DE
COMUNICACIONES, de conformidad con el detalle que se aprueba como
planilla anexa al presente artículo.
Art. 4° — Apruébanse las
Responsabilidades Primarias y Acciones de la UNIDAD DE AUDITORIA
INTERNA y de las unidades organizativas que conforman la SUBSECRETARÍA
DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, ambas del MINISTERIO DE COMUNICACIONES,
de conformidad con el detalle obrante en la planilla anexa al presente
artículo.
Art. 5° — Apruébase la
conformación organizativa del MINISTERIO DE COMUNICACIONES de acuerdo
al Organigrama que como Anexo, forma parte integrante del presente
Decreto.
Art. 6° — Hasta tanto se
aprueben las unidades de nivel inferior a las aprobadas por el presente
Decreto, conservarán su vigencia las existentes que hayan sido
transferidas desde otros ministerios o secretarías con sus acciones,
dotaciones, niveles, grados de revista y funciones ejecutivas previstas
en el Decreto N° 2098/08.
Art. 7° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los
créditos de las partidas de origen asignadas por el Presupuesto General
de la Administración Nacional vigente, facultándose al Jefe de Gabinete
de Ministros a realizar las modificaciones pertinentes.
Art. 8° — Establécese que
corresponde al MINISTERIO DE COMUNICACIONES el ejercicio de los
derechos derivados de la titularidad de las acciones correspondientes
al Estado Nacional en la EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES
SOCIEDAD ANONIMA (AR-SAT) y en el Correo Oficial de la República
Argentina S.A. (CORASA).
Art. 9° — Comuníquese,
publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Oscar R. Aguad.
(Nota Infoleg: por art. 5° del Decreto N° 632/2017 B.O. 11/8/2017 se suprime de los Anexos I –Organigrama de Aplicación-, II
–Objetivos- y III – Organismos Descentralizados, de los artículos 1º,
2º y 3º, respectivamente, del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de
2002, sus modificatorios y complementarios, el Apartado XXXII,
correspondiente al ex MINISTERIO DE COMUNICACIONES)
PLANILLA ANEXA al artículo 1°
XXXII. MINISTERIO DE COMUNICACIONES
- SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN
- SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
- SECRETARÍA DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES
- SUBSECRETARÍA DE REGULACIÓN
- SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO
PLANILLA ANEXA al artículo 2°
XXXII. MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
OBJETIVOS
1. Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal,
técnico, administrativo y de administración en la Jurisdicción y
fiscalizarlas en sus organismos descentralizados.
2. Coordinar el diseño y aplicación de políticas administrativas, presupuestarias y financieras de la Jurisdicción.
3. Coordinar, ejecutar y aplicar la política de recursos humanos,
organización, sistemas administrativos, informáticos y de
comunicaciones.
4. Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación
administrativa, como así también el contralor de las notificaciones
producidas por la Jurisdicción.
5. Coordinar el servicio jurídico e intervenir en todos los proyectos
de leyes, decretos, decisiones administrativas o resoluciones en el
ámbito de su competencia.
6. Articular acciones con los servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados.
7. Instruir y tramitar los sumarios administrativos disciplinarios.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SECRETARÍA DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES
OBJETIVOS
1. Asistir al Ministro en el diseño de políticas y regulaciones que
permitan un mayor desarrollo e inclusión de las comunicaciones y de los
servicios postales, elaborar estudios, propuestas de regulaciones en el
ámbito de su competencia.
2. Diseñar y proponer al Ministro la actualización de los marcos
regulatorios de telecomunicaciones, tecnologías de la información y
postal.
3. Asesorar al Ministro en el otorgamiento o caducidad de licencias,
permisos o autorizaciones cuyo dictado corresponda el Poder Ejecutivo
Nacional.
4. Recomendar alternativas para la adecuada utilización de la infraestructura de Red de ArSat y el desarrollo satelital.
5. Analizar el desarrollo de los servicios postales, y promover el desarrollo de la distribución de logística liviana.
6. Promover la actualización y coordinación internacional del Cuadro
Nacional de Atribución de Bandas del Espectro Radioeléctrico tendientes
a la universalización de internet y los servicios móviles.
7. Elaborar recomendaciones al Ministro para un mejor ejercicio de los
derechos societarios de las participaciones accionarias o de capital
del Estado Nacional en Argentina Soluciones Satelitales S.A. (ARSAT) y
en el Correo Oficial de la República Argentina S.A.
8. Elaborar las propuestas que presente el Ministro en las reuniones de
consulta, técnicas o negociaciones con autoridades de comunicaciones y
postales de los demás países, necesarias para la elaboración de los
instrumentos de regulación, estandarización y coordinación del sector.
9. Asistir al Ministro en la interpretación de las Leyes N° 19.798, 20.216, 26.522 y 27.078.
10. Proponer al Ministro alternativas para la mejor representación del
Estado nacional ante los organismos internacionales que correspondan,
así como asistirlo en la elaboración y negociación de tratados,
acuerdos o convenios internacionales de comunicaciones o relativos a la
sociedad de la información y el conocimiento, en coordinación con las
instancias que corresponda.
11. Proponer al Ministro medidas de promoción y estímulo de la
competencia en el sector, que prevengan o desalienten prácticas
monopólicas, conductas anticompetitivas, predatorias y/o de abuso de
posición dominante en el marco de las funciones asignadas.
12. Elaborar propuestas para el dictado de los Planes Técnicos
Fundamentales de Numeración, Señalización, y Portabilidad Numérica.
13. Proponer al Ministro planes y programas para la aplicación del fondo fiduciario de servicio universal.
14. Proponer al Ministro actualizaciones normativas en el ámbito de su competencia.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SECRETARÍA DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES
SUBSECRETARIA DE REGULACION
OBJETIVOS
1. Asistir al Secretario en la actualización de los marcos regulatorios
de telecomunicaciones, tecnologías de la información y postal, de
acuerdo a las políticas determinadas por el Ministro.
2. Asesorar al Secretario en la actualización de la normativa en el ámbito de su competencia.
3. Asistir al Secretario en las propuestas de interpretación de las Leyes N° 19.798, 20.216, 26.522 y 27.078.
4. Promover el dictado de normas que promuevan y estimulen la
competencia, así como en la prevención y desaliento de las prácticas
monopólicas, las conductas
anticompetitivas, predatorias y/o de abuso de posición dominante.
5. Asistir al Secretario en el dictado de normas que promuevan los
servicios postales así como en el desarrollo de la distribución de
logística liviana.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SECRETARÍA DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y LAS COMUNICACIONES
SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO
OBJETIVOS
1. Asistir al Secretario en el diseño y propuesta de normas y acciones
que permitan la adecuada utilización de la infraestructura de Red de
ARSAT y en el diseño de programas de desarrollo satelital.
2. Asistir al Secretario en las propuestas de actualización del Cuadro
Nacional de Atribución de Bandas del Espectro Radioeléctrico.
3. Asistir al Secretario en las propuestas de Reglamento de Gestión y
Administración del Espectro Radioeléctrico, de los Planes Técnicos
Fundamentales de Numeración, Señalización, Portabilidad Numérica así
como en las propuestas de regulación en el ámbito de su competencia.
4. Analizar alternativas para el dictado de las normas y diseño de
programas para la aplicación de los fondos del fondo fiduciario del
servicio universal.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SECRETARIA DE PROMOCION DE INVERSIONES
OBJETIVOS
1. Proponer políticas para la promoción de las inversiones en materia
de telecomunicaciones, servicios de comunicación audiovisual y postales.
2. Favorecer el acceso universal a las nuevas tecnologías como herramientas de información y conocimiento.
3. Formar parte de las representaciones del Estado nacional que
concurran ante organismos internacionales y participar en la
elaboración y negociación de tratados, acuerdos o convenios
internacionales de radiodifusión, telecomunicaciones en cuanto fuera
pertinente para promover las inversiones en la sociedad de la
información y el conocimiento, en coordinación con las áreas que
corresponda.
4. Estimular inversiones económicas en el sector.
5. Articular con instituciones, empresas y entidades a fin de promover
las inversiones y el desarrollo de las telecomunicaciones, la
radiodifusión y los servicios postales.
PLANILLA ANEXA al artículo 3°
ADMINISTRACIÓN DESCENTRALIZADA
- EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES (AR-SAT)
- CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA S.A.
- ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM)
PLANILLA ANEXA al artículo 4°
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Verificar el mantenimiento de un adecuado Sistema de Control Interno
incorporado a la organización administrativa de la jurisdicción,
privilegiando las pautas dictadas por la economía, eficiencia y
eficacia.
ACCIONES
1. Establecer la planificación de la Auditoria Interna en la
Jurisdicción, conforme a las normas generales de Control Interno y de
Auditoria Interna Gubernamental.
2. Elaborar el plan anual de Auditoria Interna.
3. Evaluar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos fijados por la autoridad superior.
4. Asesorar en la determinación de las normas y procedimientos propios del Sistema de Control Interno.
5. Formular la normativa técnico - organizacional interna, requerida
para el cumplimiento de los objetivos de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA.
6. Tomar conocimiento integral de los actos y evaluar aquellos de significativa trascendencia económica.
7. Verificar si en las erogaciones e ingresos de la Jurisdicción, se
cumplen los principios contables y niveles presupuestarios de acuerdo a
la normativa legal vigente.
8. Constatar la confiabilidad de los antecedentes utilizados en la
elaboración de los informes y/o estados informativos contables.
9. Precisar la exactitud del registro de los activos y las medidas de resguardo adoptadas para su protección.
10. Emitir opinión, en el ámbito de su competencia, en todo estado informativo contable emitido por las unidades ejecutoras.
11. Producir informes periódicos sobre las auditorias desarrolladas y otros controles practicados.
12. Comunicar a las autoridades superiores y a la SINDICATURA GENERAL
DE LA NACION los desvíos que se detecten con las observaciones y
recomendaciones
que se formulen.
13. Efectuar el seguimiento de las recomendaciones y observaciones realizadas.
14. Informar sobre los temas que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION requiera en lo atinente al desarrollo de sus actividades.
15. Examinar y evaluar la información relativa al impacto de las
políticas públicas, producida por los responsables de cada uno de los
programas y proyectos.
16. Evaluar el cumplimiento del Plan Anual de Auditoria Interna.
17. Elaborar y mantener actualizada la evaluación de riesgos de auditoria de la Jurisdicción.
18. Integrar el Comité de Control de la Jurisdicción.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en la programación y ejecución de los actos vinculados con la gestión económico-financiera y contable del Ministerio.
ACCIONES
1. Entender en las actividades relativas a la administración, el manejo
y la custodia de fondos y valores, como así también todo lo relacionado
con las registraciones contables y presupuestarias, la preparación de
balances, estados de ejecución, rendiciones de cuentas y gastos.
2. Asistir en el diseño de la política presupuesta de la jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.
3. Coordinar la formulación del anteproyecto de presupuesto.
4. Efectuar las registraciones dispuestas por la Ley de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N°
24156 y sus modificatorias.
5. Entender en las licitaciones y contrataciones cuya tramitación se
efectúe por el régimen de contrataciones del ESTADO NACIONAL, así como
también en la elaboración, modificación y rescisión de los contratos de
cualquier naturaleza celebrados o a celebrarse.
6. Elaborar los instrumentos necesarios para contribuir con el mejor
aprovechamiento de los recursos disponibles en la Jurisdicción y sus
organismos descentralizados.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan al
personal, su carrera administrativa, su capacitación y desarrollo, las
relaciones laborales y el servicio de medicina del trabajo,
organización y de higiene y seguridad en el trabajo en la Jurisdicción.
ACCIONES
1. Administrar y actualizar los sistemas de información relacionados
con la aplicación de las herramientas de administración de recursos
humanos, aplicando los controles que permitan la correcta liquidación
de haberes del personal.
2. Gestionar las actividades inherentes al desarrollo de la carrera
administrativa: selección, integración, evaluación de desempeño,
promoción y capacitación del personal del Ministerio.
3. Monitorear el estado de avance del personal en el régimen de carrera y proponer las políticas y medidas pertinentes.
4. Entender en la adecuada aplicación de la legislación en materia de condiciones y medio ambiente del trabajo.
5. Entender en el mantenimiento y actualización de los legajos únicos del personal y las bases de datos correspondientes.
6. Mantener las relaciones laborales con los representantes gremiales,
administrando los acuerdos resultantes de convenios y negociaciones
colectivas.
7. Coordinar la prestación del servicio médico de la Jurisdicción.
8. Coordinar los procesos, flujos y procedimientos de trabajo,
proponiendo las modificaciones y optimizaciones acordes a las
necesidades y desarrollo de la organización, incluyendo todo lo
relativo a la liquidación de haberes.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en la elaboración de proyectos de normas jurídicas y asesorar
a las dependencias del Ministerio, como así también, ejercer la
representación del ESTADO NACIONAL en juicio. Entender en el
diligenciamiento de la documentación referida a oficios judiciales y
notificaciones.
ACCIONES
1. Supervisar el estudio, análisis y redacción de proyectos de normas jurídicas relativas a las competencias de la Jurisdicción.
2. Asumir la representación y defensa en juicio del ESTADO NACIONAL, en
la medida que sea de la competencia del Ministerio, en su carácter de
Delegación del Cuerpo de Abogados del Estado, proponiendo los
funcionarios letrados que deberán actuar e impartiéndoles las
instrucciones que fueren pertinentes.
3. Brindar asesoramiento sobre la normativa aplicable y dictaminar en
las cuestiones jurídico-legales relacionadas con el cumplimiento de las
funciones del Ministerio y de los organismos integrantes del mismo.
4. Dictaminar en las actuaciones en las que se substancien recursos
administrativos contra actos emanados del Ministerio, de sus organismos
dependientes o de los que actúen dentro de su Jurisdicción.
5. Intervenir en la elaboración, celebración, ejecución y aplicación de
los convenios y acuerdos internacionales que afecten o se refieran a
las actividades de competencia de la Jurisdicción.
6. Intervenir en la elaboración de los proyectos de contratos,
convenios y demás instrumentos de carácter jurídico originados en otros
organismos del Ministerio.
7. Intervenir en todo planteo que deba ser sometido a la PROCURACIÓN
DEL TESORO DE LA NACIÓN, a la FISCALÍA NACIONAL DE INVESTIGACIONES
ADMINISTRATIVAS, a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN y a la AUDITORÍA
GENERAL DE LA NACIÓN.
8. Supervisar la gestión de las notificaciones y tramitar los oficios
correspondientes a la Jurisdicción librados por los distintos fueros.
ANEXO I al Artículo 5°