ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA NACIONAL
Decreto 1/2016
Decreto Nº 357/2002. Modificación.
Bs. As., 04/01/2016
VISTO el Expediente N° S01:0356848//2015 del Registro del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N°
438/92) y sus modificatorias y el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero
de 2002, sus modificatorios y complementarios; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 357/02 se aprobó el organigrama de
aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de
Subsecretaría y los objetivos de las unidades organizativas
determinadas en dicho organigrama, entre los cuales se encuentran los
referidos al entonces MINISTERIO DE INDUSTRIA para cumplir con las
responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus
competencias.
Que por el Decreto N° 13/15 se modificó la Ley de Ministerios (texto
ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias.
Que en función de las competencias asignadas al MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN por el decreto mencionado en el párrafo anterior, resulta
necesario reordenar las responsabilidades de dicha área.
Que una de las premisas del Gobierno Nacional es lograr la utilización
de los recursos públicos con miras a una mejora sustancial en la
calidad de vida de los ciudadanos, focalizando su accionar en la
producción de resultados que sean colectivamente compartidos y
socialmente valorados.
Que ese reordenamiento requiere establecer una nueva conformación
organizativa de los niveles políticos, basado en criterios de
racionalidad y eficiencia que posibiliten una rápida respuesta a las
demandas de la sociedad, dando lugar a estructuras dinámicas y
adaptables a los cambios permanentes.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Transfiérese la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y
MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD y sus unidades organizativas dependientes,
con excepción de la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES, de la
órbita del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS a la órbita del
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Art. 2° — Transfiérese la SECRETARÍA DE COMERCIO y sus unidades
organizativas dependientes, organismos descentralizados y
desconcentrados, de la órbita del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
PÚBLICAS a la órbita del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Art. 3° — Las transferencias a que aluden los artículos anteriores
comprenderán las unidades organizativas con sus respectivas acciones,
créditos presupuestarios, bienes y dotaciones vigentes a la fecha, con
sus respectivos niveles, grados de revista y Funciones Ejecutivas
previstas en el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008.
Art. 4° — Sustitúyese del Anexo I al Artículo 1° del Decreto N° 357 de
fecha 21 de febrero de 2002 —Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada— el Apartado XXIII,
correspondiente al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, el que quedará redactado
de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente
artículo que forma parte integrante de este decreto.
Art. 5° — Sustitúyese del Anexo II al Artículo 2° del Decreto N° 357 de
fecha 21 de febrero de 2002 —Objetivos— el Apartado XXIII,
correspondiente al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, el que quedará redactado
de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente
artículo que forma parte integrante de este decreto.
Art. 6° — Sustitúyese del Anexo III al Artículo 3° del Decreto N° 357
del 21 de febrero de 2002 —Organismos Descentralizados— el Apartado
XXIII - MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, de conformidad con el detalle que se
aprueba como planilla anexa al presente artículo.
Art. 7° — Apruébase la conformación organizativa del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN de acuerdo al Organigrama que como Anexo I forma parte
integrante del presente decreto.
Art. 8° — Apruébanse las Responsabilidades Primarias y Acciones de las
unidades organizativas de primer nivel operativo que conforman la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, de
conformidad con el detalle en la planilla anexa al presente artículo.
Art. 9° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida
será atendido con cargo a los créditos de las partidas de origen
asignadas por el Presupuesto General de la Administración Nacional
vigente, facultándose al Jefe de Gabinete de Ministros a realizar las
modificaciones pertinentes.
Art. 10. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Francisco A.
Cabrera.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 4°
XXIII.• MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
- SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA
- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE DESARROLLO PRODUCTIVO
- SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y PLANEAMIENTO PRODUCTIVO
- SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL Y SECTORIAL
- SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS
- SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA
- SUBSECRETARIA DE GESTIÓN PRODUCTIVA
- SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS TECNOLÓGICOS Y PRODUCTIVOS
- SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
- SUBSECRETARÍA DE EMPRENDEDORES
- SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y GESTIÓN DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
- SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN
- SECRETARÍA DE COMERCIO
- SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR
- SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR
- SECRETARIA DE INTEGRACIÓN PRODUCTIVA
- SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL PRODUCTIVO
- SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN DE POLITICAS PRODUCTIVAS
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 5°
XXIII.- MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
OBJETIVOS
1. Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal,
técnico y administrativo de la Jurisdicción y fiscalizarlas en sus
organismos descentralizados.
2. Asistir al Ministro en el diseño de la política presupuestaria de la
jurisdicción, y en la evaluación de su cumplimiento.
3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas, en la formulación y programación de la ejecución
presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el
ejercicio financiero.
4. Coordinar el diseño y aplicación de políticas administrativas y
financieras de la Jurisdicción.
5. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas y las unidades ejecutoras de préstamos, efectuando los
trámites administrativos necesarios para el reclutamiento de los
recursos humanos y la obtención de materiales, equipamientos
tecnológicos y de todo otro insumo necesario para el cumplimiento de
los objetivos y metas de la jurisdicción.
6. Coordinar las acciones que hacen al desarrollo de las tareas
relacionadas con los aspectos económicos, financieros, contables,
patrimoniales, de sistemas informáticos y de control de gestión de las
unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas y las
unidades ejecutoras de préstamos.
7. Fiscalizar y coordinar la información proveniente de las entidades
descentralizadas dependientes.
8. Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos,
organización, sistemas administrativos, informáticos y comunicaciones y
coordinar su aplicación.
9. Coordinar el despacho, seguimiento y archivo de la documentación
administrativa, determinando para cada trámite las unidades de la
jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en el tema
respectivo, como así también el contralor de las notificaciones
producidas por la jurisdicción.
10. Coordinar el servicio jurídico e intervenir en todos los proyectos
de leyes, decretos, decisiones administrativas o resoluciones que
introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva
de la jurisdicción.
11. Supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a
sus organismos descentralizados y la defensa del ESTADO NACIONAL en
juicio.
12. Entender en la administración de los espacios físicos de la
jurisdicción.
13.Coordinar las actividades prejudiciales tendientes al recupero de
créditos a favor del TESORO NACIONAL en el ámbito de su Jurisdicción.
14. Instruir los sumarios administrativos disciplinarios.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA
OBJETIVOS
1. Asistir al Ministro en lo referente a la implementación de políticas
de desarrollo productivo.
2. Coordinar el diseño, elaboración y propuesta de los lineamientos
estratégicos para la promoción del desarrollo y la transformación
productiva.
3. Desarrollar sistemas de información y análisis para el diseño y
gestión de las políticas de desarrollo productivo.
4. Establecer indicadores y criterios para la evaluación y monitoreo de
los programas y políticas de desarrollo productivo.
5. Entender en la ejecución y seguimiento del impacto de las políticas
productivas para el desarrollo de sectores, ramas o cadenas de valor de
actividades económicas.
6. Participar en la elaboración y propuesta de criterios para la
fijación de prioridades en materia de infraestructura y logística para
la mejora de la competitividad y la transformación productiva.
7. Formular, ejecutar, evaluar y monitorear programas tendientes a la
mejora de la competitividad del sistema productivo nacional.
8. Coordinar la elaboración, propuesta y seguimiento de estrategias y
políticas tendientes a promover el desarrollo productivo.
9. Diseñar programas de asistencia técnica orientados a organismos
provinciales y locales para la promoción del desarrollo productivo.
10. Entender en la articulación sectorial y federal para la
implementación de proyectos y programas productivos.
11. Diseñar un Plan Estratégico para la Mejora de la Competitividad y
la Transformación Productiva.
12. Dictar, en su carácter de Autoridad de Aplicación del Sistema
Nacional de Inversiones Públicas, creado por la Ley Nº 24.354. las
normas de instrumentación, complementarias y/o aclaratorias y celebrar
todos los actos que se requieran para la debida implementación del
mismo.
13. Entender en el estudio y ejecución de proyectos de inversión, así
como en el seguimiento, promoción, asistencia y toda otra actividad
tendiente a lograr la concreción de los proyectos de inversión que
surjan a partir de los mismos.
14. Ejercer las facultades como Autoridad de Aplicación del Registro
de Subsidios e Incentivos creado por el Decreto Nº 2.172/12,
implementados en el Sector Público Nacional en los términos del
artículo 8 de la Ley Nº 24.156, con excepción de los programas sociales
implementados en el área del Ministerio de Desarrollo Social.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE DESARROLLO PRODUCTIVO
OBJETIVOS
1. Asistir al Secretario en la elaboración y ejecución de los planes,
programas y proyectos de apoyo a la mejora de la competitividad y la
transformación productiva.
2. Efectuar la evaluación y seguimiento de los aspectos económicos de
los planes, programas y proyectos de apoyo a la mejora de la
competitividad y la transformación productiva.
3. Asistir al Secretario en su función de Autoridad de Aplicación del
Sistema Nacional de Inversiones Públicas y colaborar en el dictado de
las normas de instrumentación complementarias y/o aclaratorias que se
requieren para la debida implementación del mismo.
4. Participar en la elaboración del Plan Estratégico para la Mejora de
la Competitividad y la Transformación Productiva.
5. Coordinar los estudios y análisis necesarios previos a la
implementación de proyectos productivos tendientes al desarrollo
regional y sectorial, identificando y promoviendo oportunidades de
desarrollo.
6. Participar, en coordinación con las distintas jurisdicciones
involucradas en la formulación de planes productivos estratégicos de
planificación sectorial y regional.
7. Convocar y coordinar los Foros Estratégicos en el marco del Plan
Estratégico Industrial 20-20.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y PLANEAMIENTO PRODUCTIVO
OBJETIVOS
1. Coordinar la elaboración e implementación de modelos para el
análisis estructural y dinámico de la producción y el empleo.
2. Dirigir el seguimiento sistemático de la coyuntura económica y la
elaboración de indicadores e informes periódicos que permitan evaluar
el desempeño de la economía.
3. Diseñar y gestionar un sistema de información de estadísticas
productivas.
4. Programar, coordinar y dirigir las tareas tendientes al seguimiento
de la economía nacional e internacional.
5. Efectuar el seguimiento y diagnóstico de los niveles de actividad
económica, de empleo y de las políticas productivas nacionales
evaluando su impacto sobre la economía real.
6. Analizar la competitividad del aparato productivo local y proponer
políticas para su mejora sostenida con base en la agregación de valor,
la eficiencia productiva, la innovación y el desarrollo.
7. Promover el desarrollo de investigaciones sobre la transformación
productiva con universidades y centros de investigación nacionales e
internacionales.
8. Entender en la sistematización de la información referida a
subsidios e incentivos de apoyo al sector productivo.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA
SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL Y SECTORIAL
OBJETIVOS
1. Asistir al Secretario en la implementación y el seguimiento de las
políticas productivas a nivel sectorial y regional.
2. Promover dinámicas de intercambio y cooperación a nivel sectorial y
regional para el mejoramiento del aparato productivo nacional.
3. Participar en la ejecución de programas de apoyo al sector
productivo.
4. Entender en la formulación de los planes estratégicos de
planificación sectorial y regional.
5. Llevar el control de la implementación de los planes estratégicos de
los distintos sectores, así como su revisión y actualización.
6. Articular estrategias para la implementación y el seguimiento de las
políticas productivas, evaluando su impacto las cadenas de valor a
nivel sectorial y regional y promoviendo la diversificación y el
fortalecimiento de la matriz productiva.
7. Promover la creación de espacios de articulación de la política
productiva federal, promoviendo una agenda de desarrollo productivo
territorial en conjunto con las autoridades provinciales.
8. Promover la asistencia técnica a las provincias en el diseño,
implementación y evaluación de políticas productivas.
9. Coordinar la implementación de mesas de diálogo y articulación entre
el sector público y el sector privado.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS
OBJETIVOS
1. Entender en la definición de la política industrial y el diseño,
financiamiento y utilización de los instrumentos para contribuir a
promover el desarrollo y crecimiento del sector de industria y de los
servicios tecnológicos y productivos, actuando como autoridad de
aplicación de los regímenes de promoción, cuando las normas respectivas
así lo establezcan.
2. Intervenir en lo referente a las estructuras arancelarias y las
políticas de reembolsos y reintegros a la exportación y de seguro de
crédito a la exportación, en el ámbito de su competencia.
3. Intervenir en la elaboración de la normativa sobre reglas de origen,
con la intervención de las áreas competentes y el otorgamiento de los
certificados de origen y calidad de los productos destinados a la
exportación, en el ámbito de su competencia.
4. Analizar la problemática de los diferentes sectores industriales,
detectando las necesidades de asistencia financiera y tecnológica,
entre otras.
5. Promover los procesos de reconversión productiva, tanto a nivel
sectorial como regional.
6. Realizar y definir negociaciones sectoriales en el área industrial
del proceso de integración regional y/o acuerdos especiales con otros
países en lo que es materia de su competencia.
7. Promover el mejoramiento de los estándares de competitividad del
sector industrial a través de una adecuada asistencia tecnológica.
8. Colaborar con las áreas competentes del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN en
la promoción y registro de inversiones, privadas en el país, en las
áreas de su incumbencia.
9. Supervisar las acciones tendientes a facilitar el financiamiento de
la reestructuración productiva.
10. Intervenir en el ámbito de competencia de la Secretaria en la
promoción, organización y participación en ferias, exposiciones y
misiones destinadas a estimular el intercambio con el exterior.
11. Participar, en el ámbito de su competencia, en los acuerdos de
cooperación e integración internacionales e interjurisdiccionales, en
los que la Nación sea parte, y supervisar los mismos.
12. Promover la articulación de políticas industriales con los
Gobiernos Provinciales y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
13. Ejercer la Autoridad de Aplicación del Régimen de Compre Trabajo
Argentino (Ley Nº 25.551) e intervenir en las negociaciones
internacionales vinculadas a compras gubernamentales.
14. Programar y proyectar las actividades de las áreas bajo su
competencia, a fin de lograr un mejoramiento de los regímenes de
promoción industrial, en los sectores tradicionales y no tradicionales
y la expansión de la actividad industrial.
15. Estimular el asociativismo empresario mediante acciones de apoyo
económico y asistencia técnica, propendiendo a tal formación de
agrupamientos productivos con orientación sectorial.
16. Proponer, programar y proyectar actividades destinadas al
desarrollo del sector de servicios modernos, el software y de apoyo
empresarial, destinados tanto al mercado interno como a la exportación,
administrando los regímenes de promoción vigentes y promoviendo la
interacción entre los sistemas productivo y educativo.
17. Asistir y asesorar al Ministro en la supervisión del accionar del
INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL y del INSTITUTO NACIONAL
DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS
SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA
OBJETIVOS
1. Intervenir y coordinar en todos los temas atinentes a los objetivos
de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS, en aquellas materias de su
competencia especifica.
2. Intervenir en la definición de la política Industrial y el diseño,
financiamiento y utilización de los instrumentos para contribuir a
promover el desarrollo y crecimiento de dicho sector.
3. Intervenir en el análisis de la problemática de los diferentes
sectores industriales.
4. Intervenir en las negociaciones del sector automotriz a nivel
regional e internacional.
5. Participar en las negociaciones de los procesos de integración de
bloques comerciales en los que la REPÚBLICA ARGENTINA sea parte, en los
temas de su competencia.
6. Ejercer la coordinación del Subgrupo de Trabajo Nº 7 - Industria-
(SGT Nº 7) y cuando corresponda, los Foros de Competitividad
Sectoriales, en el ámbito del MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR).
7. Intervenir en las políticas relacionadas con la preservación del
medio ambiente, formuladas por el Gobierna Nacional, en materia de su
competencia.
8. Promover la articulación tecnológico-industrial nacional
9. Asistir en la definición de políticas para la promoción de las
inversiones y el financiamiento destinados al sector industrial.
10. Promover la integración y eslabonamiento de las grandes empresas
industriales en el tejido productivo.
11. Asistir a la SECRETARIA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS en la articulación
de las políticas industriales con los Gobiernos Provinciales y la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
12. Intervenir en todas las propuestas, actividades y acciones que
promuevan el desarrollo del diseño como instrumento para incrementar la
competitividad de las empresas.
13. Participar en lo referente a normativas sobre estructuras
arancelarias, zonas francas y reglas de origen en todo lo que implique
al sector industrial.
14. Intervenir en el Régimen de Trabajo de Compre Argentino (Ley
Nº25.551) y asistir en las negociaciones internacionales vinculadas a
las compras gubernamentales.
15. Organizar y coordinar el análisis y los estudios necesarios para la
promoción y desarrollo industrial, proponiendo pautas y acciones
tendientes al logro de su cometido, teniendo en miras la importancia
del fomento de las inversiones en todo el ámbito de la República,
especialmente las vinculadas con la pequeñas y medianas industrias.
16. Coordinar, organizar y programar el análisis tendiente a facilitar
el desarrollo industrial, proponiendo y promoviendo la desregulación y
agilización de dicha actividad en orden a facilitar su expansión,
ampliación y aumento de sus capacidades productivas y la inserción de
sus productos tanto en el mercado interno como externo en óptimas
condiciones competitivas.
17. Promover el desarrollo de la competitividad de los sectores
productivos, mediante la incorporación del diseño y la innovación a los
productos y procesos, estimulando el asociativismo empresario mediante
acciones de apoyo económico y asistencia técnica, y propendiendo a la
formación de agrupamientos productivos con orientación sectorial.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PRODUCTIVA
OBJETIVOS
1. Atender las problemáticas productivas, sectoriales, regionales
transversales con el objetivo de mejorar la performance del sector
industrial con acciones e instrumentos no contemplados en regímenes de
promoción existentes.
2. Coordinar la sistematización de información sobre problemáticas a
presentar al PODER EJECUTIVO NACIONAL, en el ámbito de sus competencias.
3. Impulsar gestiones para la radicación de nuevos proyectos
industriales de empresas nacionales y multinacionales.
4. Favorecer la operación de las empresas industriales en aquellos
factores transversales a los sectores concernientes a la logística, la
seguridad ambiental, el acceso a infraestructura adecuada, el
aseguramiento de la calidad y los riesgos de trabajo.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS
SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS TECNOLÓGICOS Y PRODUCTIVOS
OBJETIVOS
1. Intervenir y coordinar en todos los temas atinentes a los objetivos
de la SECRETARIA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS, en aquellas materias de su
competencia especifica.
2. Intervenir en la definición de las políticas sectoriales para
desarrollar los servicios tecnológicos y productivos, y utilización de
los instrumentos para contribuir a promover el desarrollo y crecimiento
de los mismos.
3. Intervenir en el análisis de la problemática de los diferentes
subsectores de servicios, incluyendo los tecnológicos, de valor
agregado y culturales, entre otros.
4. Desarrollar e implementar programas de incentivos para la radicación
de inversiones productivas en el sector.
5. Articular acciones de desarrollo regional específico con otras áreas
de gobierno, y gobiernos regionales, que permita la radicación de
centros productivos, o la expansión del entramado productivo local.
6. Articular acciones de educación y capacitación para el trabajo, con
otras áreas de gobierno, y gobiernos regionales, que permitan expandir
las capacidades de nuestra fuerza laboral.
7. Articular programas de accesibilidad al crédito y otros instrumentos
financieros, especialmente aplicables al sector de intangibles y
tecnológicos.
8. Coordinar estudios sobre las tendencias mundiales en materia de
desarrollo tecnológico e interactuar con otras áreas de gobierno, para
disponer de información confiable y eficiente para la toma de decisión
en materia de servicios tecnológicos.
9. Identificar proyectos tecnológicos de alto impacto que puedan dar
soluciones nacionales a problemas sociales.
10. Asesorar a la SECRETARIA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS y otras áreas de
gobierno, sobre temas de negociaciones internacionales relacionadas con
el sector.
11. Participar en el desarrollo de políticas públicas, junto con otras
dependencias del estado, que permitan la creación o consolidación de
parques tecnológicos en conjunción con el sistema educativo y el
científico y tecnológico.
12. Analizar la competitividad de los subsectores de servicios, y
proponer acciones de políticas públicas que mejoren la misma.
13. Articular con otras áreas del estado, acciones relacionadas con
regulaciones o reglamentaciones que afecten al sector de servicios.
14. Asesorar a la SECRETARIA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS, en materia de
propiedad intelectual, regulaciones, licencias, derecho informático,
acceso a la información, empresas de capital intangible, entre otros.
15. Colaborar con la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA en la articulación
tecnológico-industrial nacional.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
OBJETIVOS
1. Entender en la aplicación de las normas correspondientes a los
Títulos I y II de las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, sus modificatorias y
complementarias, y de las normas dictadas en consecuencia, en su
carácter de Autoridad de Aplicación.
2. Entender en los lineamientos estratégicos y proponer las prioridades
en materia de políticas y programas relativos a las Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas, y al desarrollo emprendedor y la creación de
empresas dentro de las definiciones de políticas globales y sectoriales
dispuestas por el Gobierno Nacional.
3. Entender en la elaboración, propuesta y definición de políticas
públicas y estudios dirigidos a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
4. Contribuir al surgimiento, desarrollo y consolidación de las Micro,
Pequeñas y Medianas Empresas a través de políticas de capacitación,
financiamiento y asistencia técnica.
5. Planificar y programar políticas y acciones para la promoción de las
Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, para la adecuada implementación de
las políticas diseñadas, con sentido federal y de inclusión social.
6. Planificar y programar políticas y acciones para la promoción de la
actividad emprendedora, con especial preferencia hacia los jóvenes
emprendedores, con sentido federal.
7. Entender en las políticas orientadas a promover, impulsar y
consolidar las micro, pequeñas y medianas empresas en el interior del
país, con el objetivo de fomentar el desarrollo regional.
8. Promover los procesos de reconversión productiva, tanto a nivel
sectorial como regional e intervenir en el apoyo a la modernización,
reestructuración, reconversión y reingeniería de las Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas, fomentando la productividad, empleo genuino, la
agregación de valor, el desarrollo local, la formalización,
internacionalización y competitividad.
9. Contribuir a la consolidación y participación de las Micro, Pequeñas
y Medianas Empresas en los polos productivos del interior del país, y
en el desarrollo de los corredores productivos ubicados en las
economías regionales y promover su inserción en el mercado
internacional.
10. Detectar las necesidades financieras de las Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas, con el objetivo de fomentar, promover y facilitar su
acceso al crédito en las mejores condiciones tendientes a su desarrollo
y consolidación.
11. Intervenir en la facilitación, fomento y organización del acceso a
los mercados de capitales domésticos y al mercado financiero nacional e
internacional de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas a través de
las áreas competentes en la materia.
12. Diseñar e implementar políticas de asistencia financiera que
contemplen tanto instrumentos de crédito como herramientas que
fortalezcan las garantías que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas
puedan ofrecer para facilitar el acceso al financiamiento.
13. Entender en la elaboración de programas nacionales para la
capacitación de los cuadros gerenciales, técnicos y profesionales de
las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
14. lntervenir y coordinar en la gestión y obtención de cooperación
técnica y financiera internacional que otros países y organismos
internacionales ofrezcan, para el cumplimiento de los objetivos y
políticas del sector.
15. Colaborar con las áreas con competencia primaria del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN en la elaboración y ejecución de acciones y programas
destinadas a promover las exportaciones de bienes y servicios de las
Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, facilitando los trámites
necesarios para la realización de las mismas.
16. Intervenir en el análisis, diseño y ejecución de políticas
específicas de apoyo a la internacionalización comercial de las
Pequeñas y Medianas Empresas.
17. Establecer los parámetros para la definición de las Micro, Pequeñas
y Medianas Empresas, objeto de las políticas públicas del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN.
18. Promover el desarrollo de la competitividad de los sectores
productivos mediante la incorporación de diseño e innovación a los
productos y procesos.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
SUBSECRETARÍA DE EMPRENDEDORES
OBJETIVOS
1. Promover e impulsar herramientas fiscales, impositivas, financieras
y no financieras con el objeto de crear condiciones para mejorar
productividad y competitividad a través de la introducción de
innovaciones y desarrollo de talento.
2. Desarrollar programas e iniciativas tendientes a la creación,
desarrollo y consolidación de empresas nacionales, competitivas,
innovadoras, sustentables en el tiempo, generadoras de valor y de
empleo.
3. Asistir en los aspectos técnicos referidos a la aplicación de la Ley
No 25.872, en todas aquellas acciones relativas a fomentar el espíritu
emprendedor, promoviendo la creación, desarrollo y consolidación de
empresas nacionales.
4 Brindar y promover las herramientas fiscales, impositivas,
financieras y no financieras de apoyo a la creación y al desarrollo de
emprendimientos, que promuevan la generación de empleo y la innovación,
con mayor valor agregado e impacto social.
5. Incentivar y asistir en el diseño y ejecución de proyectos
emprendedores en el ámbito de su competencia.
6. Elaborar y producir material de difusión de las herramientas de
promoción y desarrollo de la cultura emprendedora y de innovación,
ofrecidas por el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
7. Promover la inserción de bienes, y servicios industriales,
elaborados o prestados por la juventud emprendedora, en mercados
locales, nacionales e internacionales.
8. Articular acciones con otros organismos del ESTADO NACIONAL,
entidades empresarias, organizaciones no gubernamentales, universidades
y empresas, en el ámbito de su competencia.
9. Promover y paticipar en la celebración de convenios con entidades
empresarias, organizaciones gubernamentales y no gubernamentales,
universidades y empresas, en el marco de sus competencias.
10. Elaborar diagnóstico e investigaciones aplicadas sobre el
comportamiento de los emprendimientos desarrollados en el ámbito de su
competencia, en el marco de las herramientas brindadas por el
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y contemplando variables demográficas, sobre
particularidades sociales, sectoriales, económicas y regionales.
11 Determinar los modelos de evaluación del cumplimiento de los
objetivos y cursos de acción establecidos en los programas y proyectos
que se implementan en materia de promoción del empresariado e
intervenir en el seguimiento de los mismos.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y GESTIÓN DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
OBJETIVOS
1. Intervenir y coordinar en todos los temas atinentes a los objetivos
de la SECRETARIA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA,
en aquellas materias de su competencia específica.
2. Asistir al Secretario en la elaboración, propuesta, difusión y
ejecución de las diversas alternativas de capacitación y asistencia
técnica para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, supervisando su
cumplimiento y coordinando las acciones vinculadas a ellas.
3. Analizar la problemática de los sectores y espacios regionales
correspondientes a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de manera
tal de identificar las necesidades tecnológicas, ambientales, de
capacitación y asistencia técnica.
4. Diseñar, impulsar, dirigir, ejecutar y evaluar nuevos programas y
acciones de fomento, asistencia y promoción que atiendan a la
problemática de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en todas sus
ramas, del desarrollo emprendedor y la creación de empresas, dentro del
marco de la política general.
5. Asistir en la modernización, reestructuración, reconversión y
reingenieria de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
6. Desarrollar e instrumentar mecanismos de coordinación institucional,
nacional y sectorial en materia de su competencia.
7. Coordinar las acciones con las distintas regiones del país con el
fin
de descentralizar la ejecución de las políticas de la Subsecretaría y
facilitar la integración con los distintos sectores públicos y privados
vinculados a la actividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas,
al desarrollo emprendedor y la creación de nuevas empresas.
8. Proponer y coordinar la ejecución de las actividades destinadas a la
elaboración de políticas de desarrollo regional.
9. Contribuir a la consolidación y participación de las Micro, Pequeñas
y Medianas empresas en los polos productivos del interior del país, a
través de la extensión de la Red de Agencias de Desarrollo Productivo,
y en el desarrollo de las economías regionales promoviendo su inserción
en el mercado internacional.
10. Intervenir y coordinar en la gestión y obtención de cooperación
técnica y financiera internacional que otros países y organismos
internacionales ofrezcan, para el cumplimiento de los objetivos y
políticas del sector.
11. Coordinar con la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA las políticas tendientes a la promoción de las
exportaciones de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, facilitando
su acceso a mercados internacionales, participando en ferias, congresos
e integrando delegaciones oficiales comerciales al exterior,
coordinando dicho accionar con las demás áreas con competencia en la
materia.
12. Entender en la promoción, desarrollo y consolidación del
asociativismo entre las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO DE LA PRODUCCIÓN
OBJETIVOS
1. Intervenir y coordinar en todos los temas atinentes a los objetivos
de la SECRETARIA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, en
aquellas materias de su competencia específica.
2. Asistir al Secretario en la elaboración, propuesta, difusión y
ejecución de las diversas alternativas de asistencia financiera para
las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, supervisando su cumplimiento y
coordinando las acciones vinculadas a ellas.
3. Analizar la problemática de financiamiento de las Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas con el objetivo de diseñar e implementar políticas y
acciones tendientes a solucionar los obstáculos que éstas enfrentan
para financiar su actividad.
4. Intervenir en la aplicación de la Leyes Nº 24.467, Nº 25.300, sus
modificatorias y complementarias.
5. Diseñar, impulsar, dirigir, ejecutar y evaluar nuevos programas y
acciones de fomento y asistencia que atiendan a la problemática de
financiamiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas,
incluyendo herramientas de microcréditos, como así también al
surgimiento de nuevos emprendimientos productivos, dentro del marco de
la política general de la SECRETARIA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA.
6. Desarrollar e instrumentar mecanismos de coordinación institucional,
nacional y sectorial en materia de financiamiento a la actividad
productiva, en todo el territorio nacional, contribuyendo al
fortalecimiento de las economías regionales y al desarrollo local.
7. Fomentar la consolidación y participación de las Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas en los polos productivos del interior del país, a
través de programas y políticas de financiamiento específicas, que
promuevan el desarrollo de las economías regionales y su inserción en
el mercado internacional.
8. lntervenir en la facilitación, fomento y organización del acceso a
los mercados de capitales domésticos y al mercado financiero nacional e
internacional de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
9. Procurar mejoras en el acceso al crédito de las Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas.
10. Desarrollar, monitorear y controlar el Sistema de Sociedades de
Garantía Reciproca.
11. Proponer las normas complementarias al Sistema de Sociedades de
Garantía Reciproca que resulten necesarias para mejorar su
funcionamiento y utilización por parte de las Micro, Pequeñas y
Medianas Empresas.
12. Proponer y gestionar programas de asistencia financiera
direccionados a sectores estratégicos del aparato productivo nacional,
en línea con los Programas del Ministerio.
13. Colaborar en la implementación de los programas de asistencia
financiera que establezca el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN o cualquiera de
sus dependencias.
14. Interactuar con el sistema financiero público y privado para
materializar las acciones políticas y programas de la SECRETARIA DE
EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.
MINISTERIO DE PRODUCCION
SECRETARÍA DE COMERCIO
OBJETIVOS
1. Entender en la formulación y ejecución de la política comercial
interior y exterior .
2. Articular las relaciones que desde el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN se
establezcan con otras jurisdicciones del Gobierno Nacional.
3. Evaluar, en el ámbito de su competencia, el impacto económico en
relación al cumplimiento de las medidas generadas y ejecutadas,
desarrollando criterios e indicadores que permitan un adecuado control
estratégico generando proyectos a futuro.
4. Evaluar sobre el grado de oportunidad, mérito y conveniencia para la
puesta en marcha de políticas y acciones que impacten sobre el comercio.
5. Formular y promover la estrategia, las políticas y los cursos de
acción a seguir en materia de negociaciones económicas y comerciales
tanto bilaterales como multilaterales en todas las Naciones con las que
la REPÚBLICA ARGENTINA mantenga relaciones, así como con los
Organismos Económicos y Comerciales Internacionales, Regionales y
Subregionales.
6. Entender en la estrategia en materia de promoción comercial y todo
lo relacionado con la formulación y desarrollo de acuerdos asociativos
preferentes, de naturaleza económica, comercial y financiera,
proponiendo los planes, programas y proyectos pertinentes, como así
también los instrumentos adecuados para su ejecución.
7. Ejercer como autoridad de Aplicación de las Leyes Nros. 22.802 de
Lealtad Comercial, 19.227 de Mercados de Interés Nacional, 19.511 de
Metrología Legal, 24.240 de Defensa del Consumidor, 20.680 de
Abastecimiento, 25.156 de Defensa de la Competencia, 25.065 de Tarjetas
de Crédito, 26.991 de Nueva Regulación de las Relaciones de Producción
y Consumo, 26.992 de Observatorio de Precios y Disponibilidad de
Insumos, Bienes y Servicios y del Título I de la Ley N° 26.993 de
Sistema de Resolución de Conflictos en las Relaciones de Consumo.
8. Entender en las propuestas y en el control de las políticas
relacionadas con la defensa del consumidor.
9. Entender en la implementación de las políticas y marcos normativos
necesarios para afianzar la competencia los derechos del consumidor y
el aumento en la oferta de bienes y servicios.
10. Coordinar la supervisión del accionar de la COMISIÓN NACIONAL DE
DEFENSA DE LA COMPETENCIA.
11. Entender en las propuestas, coordinación, seguimiento y control de
las políticas comerciales vinculadas a la actividad del sector privado,
así como también en las medidas comerciales relacionadas con otras
políticas públicas y brindar asistencia técnica en la materia.
12. Evaluar, controlar, efectuar propuestas y dictar medidas tendientes
a mejorar la organización de los mercados de bienes y servicios tanto
públicos como privados, con el objeto de favorecer la transparencia y
el armónico desarrollo de los mismos en, función del interés público en
el ámbito de su competencia.
13. Dictar la normativa vinculada con el correcto abastecimiento
interno y la fiscalización y contralor del mismo.
14. Supervisar el accionar de los Tribunales Arbitrales de Defensa del
Consumidor.
15. Supervisar la correcta ejecución de las políticas comerciales
internas de defensa del consumidor y de defensa de la competencia.
16. Evaluar el grado de competitividad en todos ámbitos de la actividad
económica elaborando las estructuras de costo de los bienes y servicios
que conforman los mercados, en el ámbito de su competencia.
17. Entender en lo referente a las prácticas comerciales desleales y
salvaguardias, incluyendo los derechos antidumping, los subsidios y las
medidas compensatorias, en el ámbito de su competencia.
18. Promover la articulación de políticas de comercio con los Gobiernos
Provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
19. Intervenir en la elaboración de las instrucciones y directivas para
las Representaciones de la República en el exterior y delegaciones
oficiales en el aspecto comercial internacional.
20. Asistir en la supervisión del accionar de la COMISIÓN NACIONAL DE
COMERCIO EXTERIOR.
21. Entender en todo proceso de integración comercial internacional
propendiendo al dictado y suscripción de convenios multilaterales.
22. Supervisar la correcta ejecución de las políticas comerciales
externas de defensa del consumidor y defensa de la competencia.
23. Ejercer la representación en los grupos y comisiones de trabajo en
el ámbito del MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) y participar en el
diseño de las políticas con otros espacios de integración comercial y
económica internacional, en los temas vinculados con su competencia
especifica.
24. Entender en lo referente a las estructuras arancelarias y las
políticas de reembolsos y reintegros a la exportación y de seguro de
crédito a la exportación.
25. Entender en la elaboración de la normativa sobre reglas de origen,
con la intervención de las áreas competentes y el otorgamiento de los
certificados de origen y calidad de los productos destinados a la
exportación.
26. Asistir al servicio aduanero, acerca de la interpretación y
aplicación de los distintos regímenes vigentes relacionados con el
comercio exterior, los regímenes de origen, y el reconocimiento del
certificado de origen como documento imprescindible para determinadas
importaciones.
27. Coordinar las negociaciones sectoriales en el marco del proceso de
integración regional y/o acuerdos especiales con otros países en lo que
es materia de su competencia.
28. Intervenir en la fijación de la política de promoción comercial y
participación en ferias, exposiciones y misiones destinadas a estimular
el intercambio con el exterior.
29. Intervenir en la elaboración de la normativa y en el otorgamiento
de los certificados de origen y calidad de los productos destinados a
la exportación.
30. Participar, por si o quien designe, en el Consejo de Administración
de la FUNDACIÓN EXPORTAR.
31 Promover, a través de las inversiones internacionales, la
innovación, investigación y avance tecnológicos e impulsar la
competitividad, la calidad y el diseño industrial.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE COMERCIO
SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR
OBJETIVOS
1. Intervenir, cuando corresponda y desde el punto de vista de la
unicidad estratégica, en el diseño y/o elaboración de propuestas de
programas y planes de acción de la jurisdicción y su articulación con
otras áreas de gobierno.
2. Coordinar a las distintas dependencias de la jurisdicción en la
elaboración y ejecución de políticas y planes solicitados vinculados
con los temas de su competencia.
3. Evaluar el grado de cumplimiento de las políticas en curso en el
ámbito de la jurisdicción ministerial, tanto centralizada como
descentralizada.
4. Participar en la evaluación y asesorar sobre el grado de
oportunidad,
mérito y conveniencia para la puesta en marcha de políticas y acciones
que impacten sobre el comercio interior, en el ámbito de la
jurisdicción ministerial.
5. Promover la articulación de políticas de comercio interior con los
Gobiernos Provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
6. Efectuar las propuestas y asistir en la correcta ejecución y control
de las políticas comerciales internas de defensa del consumidor y de
defensa de la competencia.
7. Evaluar el grado de competitividad en todos los ámbitos de la
actividad económica, tipificando las estructuras de costos de los
bienes que conforman el mercado.
8. Supervisar el accionar de la COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA
COMPETENCIA.
9. Implementar las políticas y marcos normativos necesarios para
afianzar la competencia, los derechos del consumidor y el aumento en la
oferta de bienes y servicios.
10. Asistir al Secretario en la elaboración de propuestas y en la
evaluación y control de las políticas y normas tendientes a mejorar la
organización de los mercados de bienes y servicios, tanto públicas como
privados, con el objeto de favorecer la transparencia, la simplicidad
funcional y la modernización de las normas técnicas.
11. Intervenir y asesorar en todo lo relativo a la aplicación de las
Leyes Nros. 19.227 de Mercados de Interés Nacional, 19.511 de
Metrología Legal, 22.802 de Lealtad Comercial, 20.680 de
Abastecimiento, 24.240 de Defensa del Consumidor, 25.156 de Defensa de
la Competencia, 25.065 de Tarjetas de Crédito, 26.991 de Nueva
Regulación de las Relaciones de Producción y Consumo, 26.992 de
Observatorio de Precios y Disponibilidad de Insumos, Bienes y Servicios
y del Título I de la Ley Nº 26.993 de Sistema de Resolución de
Conflictos en las Relaciones del Consumo.
12. Supervisar las actividades vinculadas con el seguimiento y
verificación de todo lo relacionado con la aplicación de las Leyes
Nros. 19.227 de Mercados de Interés Nacional, 19.511 de Metrología
Legal, 22.802 de Lealtad Comercial, 20.680 de Abastecimiento, 24.240 de
Defensa del Consumidor, 25.156 de Defensa de la Competencia, 25.065 de
Tarjetas de Crédito, 26.991 de Nueva Regulación de las Relaciones de
Producción y Consumo, 26.992 de Observatorio de Precios y
Disponibilidad de Insumos, Bienes y Servicios y del Título I de la Ley
26.993 de Sistema de Resolución de Conflictos en las Relaciones de
Consumo.
13. Supervisar la elaboración y seguimiento de la normativa de Lealtad
Comercial en el MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) y los reglamentos
nacionales que en su consecuencia deban dictarse.
14. Asistir al Secretario en la supervisión del accionar de los
Tribunales Arbitrales de Defensa del Consumidor.
15. Supervisar la sustanciación de los sumarios para el juzgamiento en
sede administrativa, de las infracciones a la normativa en materia
comercial en los que la Secretaría actúe como autoridad de aplicación.
16. Entender en la elaboración, propuesta y seguimiento de la normativa
de Lealtad Comercial y Metrología Legal en el MERCADO COMÚN DEL SUR
(MERCOSUR) y los reglamentos nacionales que en su consecuencia deban
dictarse.
17. Asistir en la elaboración de propuestas, evaluación y control de
las
políticas y normas tendientes a mejorar la organización de los mercados
de bienes y servicios, tanto públicos como privados, con el objeto de
favorecer la transparencia, la simplicidad funcional y la
modernización de las normas técnicas.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE COMERCIO
SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR
OBJETIVOS
1. Participar en la definición de la política comercial internacional,
promoviendo la oferta de los productos y servicios nacionales
atendiendo a la demanda de los mercados extranjeros, incluyendo la
promoción de naturaleza comercial y participar en las actividades de
promoción de inversiones y turismo.
2. Participar en la elaboración de las instrucciones y directivas para
las Representaciones de la República en el exterior y delegaciones
oficiales en el aspecto comercial internacional.
3. Participar en la estructuración de ayudas financieras externas para
proyectos nacionales, en coordinación con los organismos nacionales y
subnacionales competentes.
4. Asesorar en la promoción de alianzas estratégicas entre las
compañías locales y extranjeras en los ámbito de su competencia.
5. Diseñar políticas y cursos de acción que tiendan al desarrollo
económico y a la integración de la REPÚBLICA ARGENTINA con los
diferentes países y bloques del mundo.
6. Asistir en la promoción a través de las inversiones internacionales,
de la innovación, la investigación y el avance tecnológico e impulsar
la competitividad, la calidad y el diseño industrial.
7. Supervisar el accionar de la COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR.
8. Asistir en todo lo atinente a la problemática vinculada con la
organización de los mercados de bienes y servicios, la evaluación de la
competitividad en todos los ámbitos de actividad económica y la
elaboración de las estructuras de costo asociadas, en el ámbito de su
competencia.
9. Dirigir todas las acciones vinculadas con la atención y resolución
de lo referente a las prácticas comerciales desleales y salvaguardias,
incluyendo los derechos antidumping, los subsidios y las medidas
compensatorias, propendiendo a la defensa del consumidor y de la
competencia, en su ámbito.
10. Asistir y asesorar en los procesos de integración comercial
internacional y en la definición de negociaciones sectoriales en el
marco del proceso de integración, en lo que es materia de su
competencia.
11. Intervenir en la representación en los grupos y comisiones de
trabajo en el ámbito del MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) y en el
diseño de las políticas con otros espacios de integración.
12. Dirigir todas las acciones referentes a las estructuras
arancelarias, las políticas de reembolsos y reintegros a la exportación
y de seguro de crédito a la exportación, la elaboración de normativa
sobre reglas de origen y el otorgamiento de los certificados de origen
y calidad.
13. Asistir y asesorar respecto de la interpretación y aplicación de
los distintos regímenes vigentes relacionados con el comercio exterior.
14. Participar en la fijación de la política de promoción comercial e
intervenir en lo vinculado con la participación en ferias, exposiciones
y misiones destinadas a estimular el comercio exterior.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN PRODUCTIVA
OBJETIVOS
1. Coordinar y proponer las relaciones del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN con
los Estados provinciales y los municipios, en el ámbito de su
competencia.
2. Articular las relaciones institucionales con los Estados
provinciales y los municipios entorno a la confección de una Agenda de
Desarrollo Productivo Federal.
3. Asistir al Ministro de Producción en la relación institucional con
las entidades representativas de los sectores productivos
internacionales, nacionales, regionales, provinciales y locales.
4. Asistir al Ministro de Producción en la relación institucional con
las áreas de gobierno responsables del desarrollo productivo en las
provincias, municipios, otros países, y unidades de gobierno
subnacionales dentro de éstos.
5. Entender en todos los aspectos concernientes a la integración
productiva.
6. Intervenir en las relacionales con el Honorable Congreso de la
Nación y legislaturas provinciales, en coordinación con los órganos
competentes y en el ámbito de su competencia.
7. Fortalecer la infraestructura institucional productiva, conformada
por organizaciones intermedias entidades representativas de los
sectores productivos, para integrar los tejidos productivos locales,
provinciales y regionales.
8. lnstitucionalizar espacios de diálogo permanente en los territorios
provinciales, con el fin de mejorar la articulación público - privada
entre gobiernos provinciales, locales, actores del sector
productivo
y Organizaciones de la Sociedad Civil.
9. Detectar las necesidades de desarrollo local, provincial y regional
con el diseño y promover el vínculo con la formulación de políticas
públicas nacionales de apoyo a la producción.
10. Promover las políticas y beneficios que ofrece el MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN a través de acciones de comunicación descentralizadas en el
territorio.
11. Asistir al Ministro de Producción en la promoción, diseño y
seguimiento de políticas de desarrollo de los sectores productivos
regionales.
12. Entender en los aspectos políticos de la comunicación y la
coordinación formal de políticas productivas entre el gobierno nacional
y los gobiernos provinciales.
13. Formular las agendas de desarrollo regional, como programas de
acción público - privado para el fortalecimiento y desarrollo de
distintos sectores y regiones productivas.
14. Entender en la mediación de aquellas cuestiones conflictivas que
puedan presentarse ante sectores productivos.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN PRODUCTIVA
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL PRODUCTIVO
OBJETIVOS
1. Asistir al Secretario de Integración Productiva en el
fortalecimiento de la infraestructura institucional productiva,
conformada por organizaciones intermedias y entidades representativas
de los sectores productivos, para integrar los tejidos productivos
locales, provinciales y regionales.
2. Consolidar una red federal que vincule a la infraestructura
institucional productiva para la identificación y aprovechamiento de
oportunidades de integración productiva entre sectores.
3. Canalizar las demandas de política pública provenientes de los
sectores productivos, a través de las instituciones que los
representan, para el fortalecimiento del tejido productivo local,
provincial y regional.
4. Articular y mejorar los flujos de información entre actores públicos
y privados del tejido productivo local, provincial y regional.
5. Entender en el ordenamiento y sistematización de la información de
las cadenas de valor que componen el tejido productivo local,
provincial y regional, en coordinación con distintas áreas de gobierno
nacional, provincial, local y organizaciones intermedias.
6. Gestionar con los organismos internacionales programas para el
desarrollo de la infraestructura institucional productiva.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN PRODUCTIVA
SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN DE POLÍTICAS PRODUCTIVAS
OBJETIVOS
1. Asistir al Secretario de Integración Productiva en las relaciones
técnicas y políticas con los encargados de política productiva a nivel
nacional, provincial y local.
2. Institucionalizar la articulación con gobiernos provinciales,
locales, actores del sector productivo y sociedad civil, a través de la
consolidación de espacios de dialogo en el territorio.
3. Atender las demandas de política pública para el desarrollo
productivo que requieran las provincias y municipios, y elaborar
informes que fundamenten su diseño.
4. Determinar el enfoque del desarrollo regional a la Secretaria de
Integración Productiva y al Ministerio, vinculando las necesidades de
desarrollo local, provincial y regional con la formulación de políticas
nacionales de apoyo a la producción.
5. Formular y proponer políticas de desarrollo regional e integración
productiva a partir de la articulación con actores de la sociedad
civil, provincias y municipios.
6. Promover los programas del Ministerio destinados a los sectores
productivos locales, provinciales y regionales a través de acciones
descentralizadas en el territorio, y evaluar el impacto de las
políticas productivas nacionales.
7. Gestionar con organismos internacionales programas para el
desarrollo productivo local.
8. Entender en el contexto del desarrollo de conflictos reales o
potenciales en el sector productivo regional local, y asistir al
Secretario en el diagnóstico y mediación de los mismos.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 6º
XXIII.- MINISTERI0 DE PRODUCCIÓN
ORGANISMOS DE ADMINISTRACIÓN DESCENTRALIZADA Y DESCONCENTRADOS
- INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
- INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL
- COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR
- COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
- BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR
MINISTERIO DE PRODUCCION
SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE FONDOS DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA INTERNACIONAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Integrar, en el marco de los planes de la Jurisdicción, el
funcionamiento técnico- administrativo de aquellos programas con
financiamiento internacional, realizando las gestiones, evaluaciones y
controles pertinentes para el cumplimiento de los objetivos propuestos.
ACCIONES:
1. Informar sobre el grado de cumplimiento de las metas presupuestarias
y físicas de los compromisos internacionales adquiridos a fin de
determinar los procedimientos a seguir por el Ministerio.
2. Participar en la evaluación de viabilidad económica y financiera de
los programar con financiamiento internacional propios del Ministerio,
así como los acordados con terceros organismos.
3. Asistir a la Dirección General de Recursos Humanos y Organización en
lo concerniente a la selección de las contrataciones de locación de
servicios, obras y otras contrataciones, necesarias para el
cumplimiento de las misiones encomendadas a las unidades ejecutoras.
4. Asistir a la Dirección General de Administración, en articulación
con las unidades ejecutoras, en la confección y revisión del
presupuesto anual de las mismas.
5. Supervisar, controlar y evaluar la ejecución presupuestaria de los
programas con financiamiento externo, en estrecha colaboración con las
áreas técnicas con competencia en la materia, manteniendo y
actualizando una base de datos selectiva del estado de ejecución de los
fondos asignados.
6. Definir los criterios técnicos para la distribución de los recursos
asignados.
7. Gestionar y conservar la documentación requerida por los organismos
otorgadores de crédito.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asesorar en todos los asuntos de carácter jurídico de competencia de la
Jurisdicción ministerial, con el fin de promover el perfeccionamiento
de las disposiciones legales y reglamentarias en el análisis de los
anteproyectos de legislación económica y en la revisión y
compatibilización de las medidas de legislación económica originada en
otros organismos.
Actuar como servicio jurídico ministerial en su carácter de Delegación
del Cuerpo de Abogados del Estado y representar al MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN en los juicios correspondientes a la jurisdicción
ministerial.
ACCIONES
1. Asesorar y redactar, desde el punto de vista jurídico, los proyectos
de actos administrativos, convenios y demás instrumentos que se sometan
a la consideración del Ministerio, sus Secretarias y Subsecretarias.
2. Disponer la representación y el patrocinio del ESTADO NACIONAL en
todas las causas judiciales en que el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, deba
intervenir, estableciendo los sistemas que permitan controlar la marcha
de las actuaciones.
3. Emitir dictámenes y tramitar recursos, reclamaciones y denuncias
interpuestas contra actos administrativos producidos en la jurisdicción
ministerial.
4. Entender en la revisión y compatibilización de las medidas de
legislación económica originadas en otros organismos, siempre que éstas
afecten temas de competencia específica del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
5. Entender en la realización de los estudios vinculados con su
especialidad, con el objeto de promover el perfeccionamiento de las
disposiciones legales y reglamentarias en vigor.
6. Asesorar en los aspectos jurídicos y legales, en todas las
negociaciones económicas nacionales e internacionales, ya sean
bilaterales o multilaterales.
7. Representar al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ante otras autoridades
oficiales, ya sean Nacionales, Provinciales o Municipales, en toda
gestión que requiera específicos conocimientos jurídicos.
8. Supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a
sus organismos descentralizados y la defensa del ESTADO NACIONAL en
juicio.
9. Intervenir y asesorar al Subsecretario de Coordinación en las
actividades prejudiciales, tendientes al recupero de créditos a favor
del Tesoro Nacional en el ámbito de la Jurisdicción.
10. Entender en todos los proyectos de leyes, decretos, decisiones
administrativas o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas
vinculadas con las actividades sustantivas de la Jurisdicción.
11. Centralizar todas las acciones vinculadas con la administración del
personal de la Dirección, a fin de actuar como nexo con las áreas
pertinentes de la Dirección General de Recursos Humanos y Organización.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Dirigir las actividades relativas a los servicios contables,
económicos, financieros, de administración, de mantenimiento,
suministros e informática.
ACCIONES:
1. Supervisar y coordinar todo lo relacionado con registraciones
contables y presupuestarias, preparación de balances, estados de
ejecución, rendiciones de cuentas y gastos.
2. Supervisar y coordinar el manejo y custodia de fondos y valores.
3. Asistir al Subsecretario de Coordinación en el diseño de la política
presupuestaria de la Jurisdicción, y en la evaluación de su
cumplimiento.
4. Entender en las licitaciones y contrataciones cuya tramitación se
efectúe por el régimen de contrataciones del Estado, así como también
en la elaboración, modificación y rescisión de los contratos vinculados
a los temas de su competencia, celebrados o a celebrarse.
5. Supervisar y coordinar las acciones relacionadas con el registro y
control de los bienes patrimoniales de la Jurisdicción.
6. Supervisar y coordinar todo lo relacionado con los servicios
generales, de maestranza, de vigilancia y seguridad, de automotores y
el mantenimiento de los edificios y bienes de la jurisdicción
ministerial. Intervenir en la definición de los lineamientos para la
ejecución del programa de racionalización de espacios físicos.
7. Supervisar el cumplimiento de los servicios contratados a terceros
en materia de infraestructura.
8. Coordinar lo relacionado con el almacenamiento y distribución de
suministros.
9. Asistir al Subsecretario de Coordinación en la administración de los
espacios físicos de la Jurisdicción.
10. Asistir al Subsecretario de Coordinación respecto de la
fiscalización y coordinación de la información, relacionada con los
temas de su competencia, que provenga de las entidades descentralizadas
dependientes de la Jurisdicción.
11.Centralizar todas las acciones vinculadas con la administración del
personal de la Dirección, a fin de actuar como nexo con las áreas
pertinentes de la Dirección General de Recursos Humanos y Organización.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan al
personal, su carrera administrativa, su capacitación y desarrollo, las
relaciones laborales y los servicios de medicina del trabajo y de
higiene y seguridad en el trabajo, procurando mejorar los niveles de
productividad y satisfacción laboral y la calidad de la prestación de
los servicios a cargo de la Jurisdicción.
Efectuar la planificación y diseño organizacional del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN
ACCIONES:
1. Coordinar y asistir técnicamente en los procesos vinculados con la
aplicación del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (S.I.N.E.P.) en
materia
de búsqueda, selección, integración, desempeño y capacitación;
monitoreando el estado de avance de la carrera administrativa del
personal y proponiendo las medidas correctivas pertinentes.
2. Administrar y actualizar los sistemas de información relacionados
con la aplicación de las herramientas del sistema de administración de
recursos humanos, aplicando los controles que permitan la correcta
liquidación de haberes del personal.
3. Ejercer coordinación técnica jurisdiccional y actualización del
sistema de relevamiento y evaluación de los puestos de trabajo, como
así también de los procesos flujos y procedimientos de trabajo,
proponiendo las modificaciones y simplificaciones pertinentes.
4. Dirigir las acciones de análisis, planeamiento y diseño
organizacional; elaborando y proponiendo las modificaciones de las
estructuras organizativas que correspondan.
5. Entender en la actualización permanente del Legajo Personal Único,
control de asistencia y certificaciones del personal del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN y los organismos dependientes.
6. Coordinar y asistir técnicamente el proceso de evaluación de
desempeño asistiendo a las autoridades intervinientes y a los Comités
de Evaluación en el cumplimiento de sus responsabilidades y en la
administración de los resultados del proceso.
7. Participar y asistir técnicamente en los programas de mejoramiento
de la calidad de los servicios y unidades a cargo de la Jurisdicción y
en aquellos vinculados con la mejora de la atención al público.
8. Asegurar la adecuada aplicación de la legislación en materia de
recursos humanos y de la medicina del trabajo y de higiene y seguridad
en el trabajo.
9. Proponer las normas de administración interna de personal y efectuar
los estudios y formular las propuestas tendientes a optimizar los
regímenes vigentes.
10. Mantener relaciones con los representantes gremiales en la
administración y negociación de acuerdos o convenios.
11. Proponer y establecer los canales de comunicación institucional en
los temas de su competencia.
12. Coordinar la prestación del servicio médico de la Jurisdicción.
13. Asistir técnicamente a la Delegación Jurisdiccional de la Comisión
Permanente de Carrera.
14. Asistir al Subsecretario de Coordinación respecto de la
fiscalización y coordinación de la información, relacionada con los
temas de su competencia, que provenga de las entidades descentralizadas
dependientes de la Jurisdicción.