ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA NACIONAL
Decreto 8/2016
Decreto Nº 357/2002. Modificación.
Bs. As., 04/01/2016
VISTO el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y
complementarios y el Decreto Nº 13 del 10 de diciembre de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 357/02, sus modificatorios y complementarios
se aprobaron el organigrama de aplicación de la Administración Nacional
centralizada hasta nivel de Subsecretaria, los objetivos de las
Unidades Organizativas y se establecieron los ámbitos jurisdiccionales
en los que actuarán los organismos descentralizados.
Que por el Decreto Nº 13/15 se sustituyeron el artículo 1º y el Título
V de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus
modificatorias, entre otras, incorporándose el MINISTERIO DE
TRANSPORTE, a través del artículo 21.
Que en función de las competencias asignadas al MINISTERIO DE
TRANSPORTE por el Decreto mencionado en el considerando anterior,
resulta necesario reordenar las responsabilidades de dicha área.
Que una de las premisas del presente gobierno es lograr la utilización
de los recursos públicos tendientes a una mejora sustancial en la
calidad de vida de los ciudadanos, localizando su accionar en la
producción de resultados que sean colectivamente compartidos y
socialmente valorados.
Que se requiere establecer una nueva conformación organizativa de los
niveles políticos del citado Ministerio, basado en criterios de
racionalidad y eficiencia que posibiliten una rápida respuesta a las
demandas de la sociedad.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º - Incorpórese al
Anexo I aprobado por el artículo 1º del
Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 correspondiente al Organigrama
de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de
Subsecretaria, el Apartado XXVIII -MINISTERIO DE TRANSPORTE, de
conformidad con el detalle que se aprueba como Planilla Anexa al
presente artículo.
Art. 2º - Incorpórase al Anexo
II aprobado por el artículo 2º del
Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, correspondiente a los
Objetivos de las Unidades Organizativas, el Apartado XX VIII
-MINISTERIO DE TRANSPORTE, de conformidad con el detalle que se aprueba
como Planilla Anexa al presente artículo.
Art. 3º - Incorpórase al Anexo
III aprobado por el artículo 3º del
Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, correspondiente al Ámbito
jurisdiccional en los que actuarán los Organismos Descentralizados, el
Apartado XXVIII - MINISTERIO DE TRANSPORTE, de conformidad con el
detalle que se aprueba como Planilla Anexa al presente artículo.
Art. 4º - Apruébase la
conformación organizativa del MINISTERIO DE
TRANSPORTE que como Anexo I forma parte integrante del presente decreto.
Art. 5º - Apruébanse las
Responsabilidad Primaria y Acciones de la
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA y de las unidades organizativas que
conforman la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, del
MINISTERIO DE TRANSPORTE, de conformidad con el detalle de la planilla
anexa al presente artículo.
Art. 6º - Transfiérese la
SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES,
de la órbita del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, junto con
las partidas presupuestarias, recursos humanos y materiales, a la
órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Art. 7º - Transfiérese la
UNIDAD EJECUTORA de la Obra de Soterramiento
del Corredor Ferroviario CABALLITO - MORENO de la Línea SARMIENTO
creada por el Decreto Nº 1244/13 junto con las partidas
presupuestarias, recursos humanos y materiales, desde el ámbito de la
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del ex MINISTERIO DE PLANIFICACION
FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a la SECRETARIA DE OBRAS DE
TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Art. 8º - Hasta tanto se
aprueben las unidades de nivel inferior a las
aprobadas por el presente Decreto, conservarán su vigencia las
existentes que hayan sido transferidas desde otros ministerios o
secretarias con sus acciones, dotaciones, niveles, grados de revista y
funciones ejecutivas previstas en el Decreto Nº 2098/08.
Art. 9º - Hasta tanto se
perfeccionen las modificaciones
presupuestarias y demás tareas que permitan la plena operatividad de
las Jurisdicciones del presente Decreto, los Servicios Administrativos
Financieros y Legales existentes a la fecha de su firma continuaran
prestando los servicios relativos a la ejecución presupuestaria,
contable, financiera, de compras, de Recursos Humanos y Legales a las
nuevas autoridades ministeriales constituidas
en la presente medida, con cargo a los créditos presupuestarios
vigentes.
Art. 10. - El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida
será atendido con cargo a los créditos de las partidas de origen
asignadas por el Presupuesto General de la Administración Nacional
vigente, facultándose al Jefe de Gabinete de Ministros a realizar las
modificaciones pertinentes.
Art.11.- Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. - MACRI. - Marcos Peña. - Javier Dietrich.
PLANILLA ANEXA al artículo 1º
XXVIII. MINISTERIO DE TRANSPORTE
- SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
SECRETARIA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE
- SUBSECRETARÍA DE MOVILIDAD URBANA
- SUBSECRETARIA DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE TRANSPORTE
- SUBSECRETARIA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE DE CARGAS Y LOGÍSTICA
- SUBSECRETARIA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE INTERURBANO E
INTERNACIONAL DE PASAJEROS
SECRETARIA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE
- SUBSECRETARIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TRANSPORTE
- SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO
- SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR
- SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES
SECRETARÍA DE OBRAS DE TRANSPORTE
- SUBSECRETARÍA DE CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE OBRAS
- SUBSECRETARÍA DE SUPERVISIÓN Y CONTROL DE OBRAS
PLANILLA ANEXA al artículo 2º
XXVIII - MINISTERIO DE TRANSPORTE
MINISTERIO DE TRANSPORTE
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS:
1. Asistir al Ministro de Transporte efectuando los trámites
administrativos necesarios para la obtención y administración de los
recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro
insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas del
MINISTERIO DE TRANSPORTE.
2. Asistir al Ministro de Transporte en la formulación y programación
de la ejecución presupuestaria, en la evaluación de su cumplimiento y
en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.
3. Coordinar el servicio jurídico, intervenir en todos los proyectos de
leyes, decretos, decisiones administrativas, resoluciones o
disposiciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la
actividad sustantiva del Ministerio y supervisar el accionar de los
servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados.
4. Supervisar el desarrollo, implementación y mantenimiento de los
sistemas informáticos y de comunicaciones y sus condiciones de
seguridad.
5. Coordinar el archivo de la documentación administrativa,
determinando para cada trámite las unidades organizativas del
Ministerio con responsabilidad primaria para entender en el tema
respectivo.
6. Coordinar en lo atinente a las cuestiones administrativas de las
áreas que conforman el MINISTERIO DE TRANSPORTE las entidades
descentralizadas dependientes del mismo.
7. Coordinar la aplicación de políticas de recursos humanos,
organización y sistemas administrativos, ordenar la realización de las
investigaciones administrativas que involucren cuestiones
disciplinarias dando lugar a la instrucción de las informaciones
sumarias y sumarios administrativos correspondientes.
MINISTERIO DE TRANSPORTE
SECRETARIA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE
OBJETIVOS:
1. Entender en la elaboración, propuesta y ejecución de la políticas
nacionales, planes y proyectos estratégicos en materia de transporte
terrestre, aerocomercial, fluvial y marítimo, actividades portuarias y
vías navegables, supervisando su cumplimiento y proponiendo el marco
regulatorio destinado a facilitar su ejecución.
2. Entender en la elaboración, propuesta y ejecución de las políticas y
planes de corto, mediano y largo plazo en materia de transporte
internacional, y en la coordinación con los demás países, contemplando
en especial la integración regional sudamericana.
3. Intervenir en la elaboración e implementación de políticas y planes
en materia de transporte de cargas y logística.
4. Intervenir en todos los proyectos vinculados al transporte de
pasajeros y de cargas en sus distintas modalidades, ya sea urbano,
metropolitano, regional, nacional e internacional y su evaluación.
5. Intervenir, en todo cuanto se vincula con la materia de su
competencia, en los programas integrales de desarrollo regional
promovidos por el Gobierno Nacional.
6. Intervenir en la elaboración de políticas en materia de seguridad en
el transporte.
7. Integrar la Agencia de Transporte Metropolitano e intervenir
respecto de la planificación y coordinación del transporte del Área
Metropolitana de Buenos Aires.
8. Entender en las relaciones que se establezcan con otras
jurisdicciones del Gobierno Nacional, Provincial y Municipal y Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en materia de movilidad urbana sustentable.
9. Entender en el desarrollo de recursos técnicos y en el
fortalecimiento de capacidades institucionales en materia de transporte.
10. Entender en forma conjunta con el MINISTERIO DE TURISMO en la
elaboración, ejecución y coordinación de la política nacional de
navegación aerocomercial relacionada con el área del Turismo.
11. Asistir al MINISTRO DE TRANSPORTE respecto de la interacción del
ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, la COMISION
NACIONAL DE REGULACION DE TRANSPORTE, la ADMINISTRACION NACIONAL DE
AVIACION CIVIL, la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, FERROCARRILES
ARGENTINOS, la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURA FERROVIARIA, la
SOCIEDAD OPERADORA FERROVIARIA SE, BELGRANO CARGAS y la JUNTA DE
INVESTIGACION DE ACCIDENTES DE AVIACION CIVIL con el PODER EJECUTIVO
NACIONAL, en lo que refiere a la planificación del transporte.
12. Celebrar convenios con las Provincias, Municipios, Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y otras entidades para el desarrollo de programas y
acciones en materia de su competencia.
13. Supervisar la administración del inventario de proyectos de
inversión asociados de transporte de cargas y logística.
MINISTERIO DE TRANSPORTE
SECRETARIA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE
SUBSECRETARIA DE MOVILIDAD URBANA
OBJETIVOS:
1. Coordinar y supervisar la elaboración y ejecución de las políticas
públicas de movilidad urbana sustentable.
2. Intervenir en el análisis y evaluación de la distribución del
financiamiento para proyectos de movilidad urbana sustentable.
3. Efectuar el seguimiento y análisis de la relación entre la Nación,
las Provincias, los Municipios y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en
materia de transporte y movilidad urbana sustentable para aquellas
jurisdicciones que reciban apoyo para el desarrollo de proyectos en la
materia.
4. Coordinar la evaluación del gasto, colaborando en el diagnóstico y
seguimiento permanente de su impacto sobre las condiciones de vida de
la población en materia de movilidad urbana sustentable, tanto como
para las áreas urbanas o metropolitanas, como para su entorno regional.
5. Desarrollar e instrumentar mecanismos de coordinación institucional,
nacional y sectorial en la materia de su competencia, fomentando el
desarrollo de proyectos de integración territorial.
6. Asistir al Secretario de Planificación de Transporte en la
coordinación del Plan Nacional de Transporte, para la definición
estratégica del financiamiento de los proyectos que se en las políticas
de movilidad urbana sustentable.
7. Evaluar las prioridades en la gestión del financiamiento de la
movilidad urbana sustentable, y coordinar las relaciones con las
fuentes locales de financiamiento y con los Organismos Internacionales
de Crédito.
MINISTERIO DE TRANSPORTE
SECRETARIA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE
SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y COORDINACION DE TRANSPORTE
OBJETIVOS:
1. Intervenir en la formulación, seguimiento y actualización del Plan
Nacional de Transporte, incluyendo políticas y estrategias para la
totalidad de los modos que conforman el sistema de transporte.
2. Asistir al Secretario de Planificación de Transporte en la propuesta
de los Planes Nacionales para cada modo de transporte, su evaluación y
revisión.
3. Asistir en la propuesta de diseño de la política presupuestaria de
la Jurisdicción.
4. Asistir en la formulación y seguimiento de la política de seguridad
en el transporte.
5. Intervenir en la elaboración e implementación de metodologías para
el análisis de sistemas de transporte.
6. Intervenir en el diseño, implementación y actualización de sistemas
de información estadística e indicadores del transporte.
7. Asistir al Secretario de Planificación de Transporte en las
relaciones que se establezcan con otras jurisdicciones del Gobierno
Nacional, Provincias, Municipios y Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
8. Intervenir en la formulación de programas de capacitación de los
agentes de la Secretaría de Planificación de Transporte sobre temas de
su competencia, en coordinación con las áreas de gestión del desarrollo
de los recursos humanos.
9. Asistir al Secretario de Planificación de Transporte en su
interacción con los distintos actores no gubernamentales del sistema de
transporte.
10. Asistir a la Agencia de Transporte Metropolitano en materia de
planificación y coordinación del sistema de transporte metropolitano.
MINISTERIO DE TRANSPORTE
SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE
SUBSECRETARIA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE DE CARGAS Y LOGÍSTICA
OBJETIVOS:
1. Asistir al Secretario de Planificación de Transporte en la
formulación del Plan Nacional de Transporte en lo referido a transporte
de cargas y logística.
2. Intervenir en las propuestas de lineamientos estratégicos para el
Sub Sector de Cargas y Logística, contemplando el transporte nacional e
internacional, terrestre, aéreo, fluvial, marítimo y por ductos, así
como con las actividades colaterales relevantes.
3. Asistir en el diseño de medidas y acciones necesarias para alcanzar
los objetivos y metas comprendidos en la Planificación del Transporte
de Cargas y Logística.
4. Intervenir en el desarrollo e implementación de metodologías para la
formulación técnica, económica y financiera de la planificación del
Transporte de Cargas y Logística.
5. Asistir en la formulación de los Planes para cada modo de transporte
en materia de Transporte de Cargas y Logística, interactuando con las
distintas Secretarías del Ministerio de Transporte, sobre la base de
las políticas y de las estrategias nacionales atinentes a cada modo.
6. Asistir en la revisión periódica de los diversos Planes Modales en
lo referido a transporte de cargas y logística, en función de los
cambios que se susciten en las políticas y en las estrategias
nacionales respectivas, así como en las demandas y en los recursos
disponibles.
7. Administrar el inventario de proyectos de inversión asociados al
Transporte de Cargas y Logística.
8. Asistir en la formulación e implementación de medidas con apoyo del
Gobierno Nacional referidas al transporte de cargas y logística en
Provincias, Municipios y Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
MINISTERIO DE TRANSPORTE
SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE
SUBSECRETARIA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE INTERURBANO E
INTERNACIONAL DE PASAJEROS
OBJETIVOS:
1. Asistir en el planeamiento, regulación, programación y coordinación
de los sistemas de transporte interurbano e internacional de pasajeros.
2. Asistir en la formulación y el control de la ejecución de las
políticas y planes de corto, mediano y largo plazo en materia de
transporte de pasajeros de larga distancia de jurisdicción nacional e
internacional.
3. Asistir en la elaboración de las medidas y coordinación de las
acciones que permitan el desarrollo de los modos aérea, terrestre,
fluvial y marítimo en condiciones de eficiencia.
4. Intervenir en la realización de los estudios y acciones que tiendan
al perfeccionamiento del sistema de transporte de pasajeros de larga
distancia de jurisdicción nacional e internacional, particularmente la
coordinación intermodal.
5. Asistir en la formulación, evaluación, gestión y obtención de
proyectos de cooperación técnica y financiera internacional
relacionados con los diversos modos de transporte de pasajeros de larga
distancia de jurisdicción nacional e internacional.
6. Intervenir en el planeamiento y estructuración el sistema de
transporte de pasajeros de larga distancia de jurisdicción nacional e
internacional.
7. Entender en el diseño y actualización de los sistemas de información
estadística del transporte de pasajeros de larga distancia de
jurisdicción nacional.
8. Coordinar acciones con las autoridades de otras jurisdicciones
tendientes a la resolución de eventuales conflictos entre operadores
derivados de la competencia entre servicios.
MINISTERIO DE TRANSPORTE
SECRETARIA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE
OBJETIVOS:
1. Entender en la gestión de los modos de transporte nacional, bajo las
modalidades, terrestre, aerocomercial, fluvial, marítimo, y actividades
portuarias y de las vías navegables.
2. Entender en el funcionamiento de un sistema integrado de transporte
elaborando las medidas y coordinar las acciones que permitan el
desarrollo de los modos aéreo, terrestre, fluvial y marítimo, así como
del transporte multimodal, de conformidad con la legislación y la
normativa vigente.
3. Intervenir en la definición de las estrategias regulatorias del
transporte terrestre aerocomercial, fluvial y marítimo y actividades
portuarias y de las vías navegables para la gestión y control de la
provisión y operación de dichas modalidades de transporte.
4. Supervisar el control y fiscalización de los servicios de transporte
que se prestan a través de los diferentes modos vinculados al área de
su competencia.
5. Intervenir en lo vinculado con regímenes de tarifas, cánones,
aranceles y tasas del transporte aéreo, terrestre, fluvial, ferroviario
y marítimo en coordinación con las áreas competentes.
6. Intervenir en las reuniones de consulta, reuniones técnicas o
negociaciones con autoridades del transporte de los demás países,
necesarias para la elaboración de los instrumentos de regulación del
transporte con los mismos.
7. Participar en la gestión para la obtención de cooperación técnica y
financiera internacional con miras al cumplimiento de objetivos y
políticas del Ministerio.
8. Participar en reuniones convocadas por Organismos Internacionales
para el tratamiento de temas vinculados de su competencia.
9. Supervisar el accionar y funcionamiento de las empresas de
transporte
en cuyo capital social el ESTADO NACIONAL tiene participación
accionaria.
10. Participar en el ámbito de su competencia, a solicitud de la
jurisdicción responsable, en todo lo atinente al FONDO FIDUCIARIO
FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL creado por la Ley N" 24.855.
11. Intervenir en la celebración de convenios con las Provincias,
Municipios y Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y/u otras entidades para
el desarrollo e implementación de los programas y acciones en el área
de su competencia.
12. Intervenir en la ejecución de los planes, programas y proyectos
relacionados con las compensaciones tarifarias al transporte y el
Sistema Único de Boleto Electrónico (SUBE).
13. Entender en el funcionamiento del Registro de Operadores de
Transporte Multimodal.
14. Intervenir en la propuesta del Plan Nacional de Transporte,
incluyendo aéreo, automotor, fluvial, marítimo y ferroviario, en el
ámbito de su competencia.
15. Intervenir en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones
de procesos para el otorgamiento de concesiones permisos y/o cualquier
otro tipo de figura jurídica que implique prestación de servicio de
transporte.
16. Intervenir en el diseño elaboración y propuesta de la política
regulatoria legal del sistema de transporte nacional bajo sus distintas
modalidades.
17. Intervenir en la propuesta de los Planes Nacionales para cada modo
de transporte, su evaluación y revisión.
18. Asistir al Ministro de Transporte en la articulación de las
relaciones que se establezcan con otras Jurisdicciones del Gobierno
Nacional, Provincial, Municipal y Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
19. Participar en la Agencia de Transporte Metropolitano en materia de
planificación, programación, coordinación, financiamiento y de gestión
administrativa y económica.
20. Asistir al MINISTRO DE TRANSPORTE respecto de la interacción del
ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, la COMISION
NACIONAL DE REGULACION DE TRANSPORTE, la ADMINISTRACION NACIONAL DE
AVIACION CIVIL, la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, FERROCARRILES
ARGENTINOS, la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURA FERROVIARIA, la
SOCIEDAD OPERADORA FERROVIARIA SE, BELGRANO CARGAS y la JUNTA DE
INVESTIGACION DE ACCIDENTES DE AVIACION CIVIL con el PODER EJECUTIVO
NACIONAL, en lo que refiere a la gestión del transporte.
MINISTERIO DE TRANSPORTE
SECRETARIA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE
SUBSECRETARIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TRANSPORTE
OBJETIVOS:
1. Intervenir en la propuesta de diseño de la política presupuestaria
de la Jurisdicción.
2. Participar en la propuesta del Plan Nacional de Transporte,
incluyendo aéreo, automotor, fluvial, marítimo y ferroviario, su
evaluación y revisión.
3. Supervisar el control y fiscalización de las compensaciones
tarifarias relacionadas con los servicios de transporte que se prestan
a través de los diferentes modos.
4. Intervenir en las gestiones atinentes a compensaciones tarifarias al
transporte y cualquier tipo de pago y/o erogaciones en cumplimiento de
proyectos, obras, programas, planes y acciones con intervención de la
Secretaria de Gestión de Transporte.
5. Intervenir en la gestión económica y financiera de las erogaciones,
autorizaciones de pago y/o compensaciones financiadas con Fondos
Fiduciarios.
6. Intervenir en la ejecución de los planes, programas y proyectos
relacionados con las compensaciones tarifarias al transporte y el
Sistema Único de Boleto Electrónico (SUBE).
MINISTERIO DE TRANSPORTE
SECRETARIA DE GESTION DE TRANSPORTE
SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE FERROVIARIO
OBJETIVOS:
1. Asistir a la Secretaría de Gestión de Transporte en todos los
aspectos vinculados al trasporte ferroviario, de carga y de pasajeros.
2. Asistir en la definición de las estrategias regulatorias del
transporte ferroviario.
3. Intervenir en la elaboración ejecución y control de las
políticas, planes y programas referidos al transporte ferroviario, de
carga y de pasajeros.
4. Asistir en la elaboración y propuesta de políticas de explotación de
los servicios de transporte ferroviario.
5. Participar en la planificación y estructuración del transporte
ferroviario en el Área Metropolitana de BUENOS AIRES.
6. Participar en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones
para llamados a concurso y/o licitaciones, así como también intervenir
en los procesos licitatorios para el otorgamiento de concesiones o
contrataciones que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al
área de su competencia.
7. Participar de las reuniones de consulta, reuniones técnicas o
negociaciones con autoridades de transporte ferroviario, provinciales o
de otros países.
8. Asistir en la supervisión del accionar y funcionamiento de las
empresas de transporte ferroviario, de carga y de pasajeros en cuyo
capital social el ESTADO NACIONAL tiene participación accionaria.
9. Participar en el ámbito de su competencia, a solicitud de la
jurisdicción responsable, en todo lo atinente al FONDO FIDUCIARIO
FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL creado por la Ley Nº 24.855.
10. Asistir en los aspectos operativos de las concesiones ferroviarias
referidos al ordenamiento y circulación.
11. Asistir a los organismos encargados del accionar y funcionamiento
del transporte ferroviario en la implementación de políticas y buenas
prácticas.
12. Difundir, coordinar y asistir a los organismos encargados del
accionar y funcionamiento del transporte ferroviario en la
implementación de estrategias regulatorias.
13. Difundir los planes y programas entre los distintos actores del
sistema.
14. Analizar y proponer la implementación de nuevas tecnologías, en el
ámbito de su competencia.
MINISTERIO DE TRANSPORTE
SECRETARIA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE
SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR
OBJETIVOS:
1. Intervenir en la elaboración, ejecución y evaluación de las
políticas, planes y programas referidos al transporte automotor, de
carga y de pasajeros, nacional e internacional.
2. Coordinar estudios para la actualización de los seguros y régimen
tarifario en el ámbito de su competencia.
3. Intervenir en la elaboración de la normativa vigente en lo referente
a modalidades operativas, aptitud técnica de equipos y personal de
conducción en el ámbito de su competencia.
4. Elaborar y proponer políticas sobre permisos y/o concesión de
explotación de los servicios de transporte automotor de pasajeros y de
carga.
5. Intervenir en la planificación y estructuración del transporte en el
transporte urbano e Interurbano de jurisdicción nacional.
6. Participar en la elaboración de los pliegos de bases y condiciones
para llamados a concurso y/o licitaciones, así como también, intervenir
en los procesos licitatorios, para el otorgamiento de concesiones o
contrataciones que se efectúen con motivo de las acciones vinculadas
al área de su competencia.
7. Participar de las reuniones de consulta, reuniones técnicas o
negociaciones con autoridades de transporte automotor, provinciales o
de otros países.
MINISTERIO DE TRANSPORTE
SECRETARIA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE
SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES
OBJETIVOS:
1. Ejercer las responsabilidades y funciones correspondientes a la
Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 24093.
2. Impulsar y fomentar la marina mercante nacional.
3. Intervenir en la elaboración, ejecución y control de las políticas y
planes referidos al transporte fluvial y marítimo.
4. Coordinar las políticas sobre concesiones de puertos, servicios
portuarios y mantenimiento de vías navegables, y efectuar la evaluación
de su impacto económico.
5. Supervisar el control y fiscalización de los servicios de transporte
fluvial y marítimo y los vinculados a ellos que se desarrollen en el
ámbito de su competencia.
6. Participar en las tareas de supervisión respecto del funcionamiento
de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO.
7. Coordinar los estudios para la actualización de la normativa vigente
en lo referente a modalidades operativas, aptitud técnica de equipos,
seguros, régimen tarifario, capacitación y titulación del personal y
toda otra normativa vinculada a las acciones de su competencia.
8. Elaborar los pliegos de bases y condiciones para llamados a concurso
y/o licitaciones así como también intervenir en los procesos
licitatorios, para el otorgamiento de concesiones o contrataciones que
se efectúen con motivo de las acciones vinculadas al área de su
competencia.
9. Participar en tratativas y acuerdos internacionales referentes al
ámbito de su competencia.
10. Asistir en el contralor respecto de aquellos entes u organismos de
control de las áreas públicas privatizadas o concesionadas de
competencia de la Subsecretaria, cuando tengan una vinculación
funcional con la misma.
11. Participar, en el ámbito de su competencia, en la gestión y
obtención de cooperación técnica y financiera internacional, que países
y organismos internacionales ofrezcan para el cumplimiento de sus
objetivos.
12. Participar en el ámbito de su competencia, a solicitud de la
jurisdicción responsable en todo lo atinente al FONDO FIDUCIARIO
FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL creado por la Ley N° 24.855.
13. Dirigir y coordinar el funcionamiento de la COMISIÓN DE
COORDINACIÓN INTERJURISDICCIONAL DEL PROGRAMA HIDROVIA PARAGUAY-
PARANÁ.
14. Participar de las actividades que sean desarrolladas por todo ente
internacional, creado o a crearse, que entienda sobre cuestiones dentro
de su ámbito de competencia.
MINISTERIO DE TRANSPORTE
SECRETARIA DE OBRAS DE TRANSPORTE
OBJETIVOS:
1. Entender en la elaboración, propuesta y ejecución de la política
nacional en todas las materias relacionadas con obras de
infraestructura vial, y coordinar los planes y programas relativos a
dichas obras a nivel nacional, regional, provincial, municipal y Ciudad
Autónoma de Buenos Aires que correspondan a la Jurisdicción.
2. Entender en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones para
los llamados a concurso y/o licitaciones, como también en los procesos
licitatorios o contrataciones directas que se efectúen con motivo de
las acciones vinculadas área de su competencia.
3. Coordinar y planificar la ejecución de obras públicas de transporte
con las diferentes regiones, provincias, municipios y Ciudad Autónoma
de Buenos Aires.
4. Coordinar e intervenir en la relación entre las distintas áreas
dependientes del MINISTERIO DE TRANSPORTE, entes desconcentrados y
descentralizados y Empresas del Estado en todo lo relacionado con obras
de infraestructura de su competencia.
5. Diseñar un sistema de información geográfica de las obras públicas
de su competencia, consideradas en los planes estratégicos sectoriales
y globales.
6. Diseñar y proponer un sistema de control de los proyectos de su
competencia.
7. Intervenir en la gestión y la obtención de cooperación técnica y
financiera para el cumplimiento de los objetivos y políticas del
MINISTERIO DE TRANSPORTE.
8. Entender en el ámbito de su competencia, en las actividades
administrativas vinculadas a la gestión contable, financiera o de otra
índole que se tramite ante los Organismos Internacionales de Crédito.
9. Entender en la ejecución de los programas nacionales de obra pública
con financiamiento externo.
10. Participar en el ámbito de su competencia, a solicitud de la
jurisdicción responsable, en todo lo atinente al FONDO FIDUCIARIO
FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL creado por la Ley Nº 24.855.
11. Entender en el seguimiento de los compromisos adquiridos por el
Gobierno Nacional con las diferentes agencias y organismos
internacionales en cuanto a la debida ejecución de los programas y
proyectos del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
12. Evaluar la oportunidad y conveniencia del desarrollo y gestión de
nuevos programas y proyectos a ejecutar con financiamiento externo,
como así también efectuar el monitoreo de la gestión presupuestaria del
financiamiento, tanto en lo referido al crédito externo como a las
contrapartidas locales.
13. Diseñar un sistema integrado de seguimiento y evaluación de
resultados e impacto de la ejecución de los programas y proyectos con
financiamiento externo, que contemple los procesos involucrados, así
como las reprogramaciones que se puedan requerir, articulando su
actividad con las aéreas competentes de la Secretaría.
14. Entender en la inspección, administración y seguimiento de las
obras de infraestructura de transporte realizadas en la órbita del
Ministerio y sus organismos descentralizados.
15. Ejecutar Obras Públicas de integración físico-territorial con el
resto de América del Sur, en coordinación con las áreas competentes en
la materia.
16. Entender en el control de gestión de las obras de infraestructura
realizadas en la órbita del Ministerio, sus organismos descentralizados
y Empresas del Estado.
17. Celebrar convenios con las Provincias, Municipios y Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, y/u otras entidades para el desarrollo e
implementación de los programas y acciones en el área de su competencia.
18. Intervenir en la legislación, reglamentación y fiscalización de los
sistemas de reajuste del costo de las obras públicas o de saldos de
deudas a cargo de la Administración Nacional.
MINISTERIO DE TRANSPORTE
SECRETARIA DE OBRAS DE TRANSPORTE
SUBSECRETARIA DE CONTRATACIÓN Y EJECUCION DE OBRAS
OBJETIVOS:
1. Intervenir en la aprobación de los pliegos de bases y condiciones
para llamados a concurso y/o licitaciones, como así también en los
procesos licitatorios que se efectúen con motivo de las acciones
vinculadas al área de su competencia.
2. Ejecutar y controlar las obras públicas de infraestructura de
transporte, formulando los planes, programas y proyectos.
3. Entender en el análisis de los pliegos y demás documentación
destinada a regir los procedimientos de selección para los llamados a
concurso y/o licitaciones, como también en los procesos licitatorios o
contrataciones directas que se efectúen con motivo de las acciones
vinculadas al área de su competencia.
4. Realizar el seguimiento de la substanciación de los procedimientos
de selección convocados por la SECRETARIA DE OBRAS DE TRANSPORTE del
MINISTERIO DE TRANSPORTE.
5. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en las actividades
administrativas vinculadas a la gestión contable, financiera, legal o
de otra índole que se tramite en los procesos licitatorios de las obras
ejecutadas desde la SECRETARIA DE OBRAS DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE
TRANSPORTE.
6. Evaluar los procesos licitatorios o contrataciones directas que se
efectúen con motivo de las acciones vinculadas a la ejecución de obra.
7. Coordinar, evaluar, y ejecutar las Obras Públicas de transporte con
las diferentes regiones, provincias, municipios y Ciudad Autónoma de
Buenos Aires
8. Participar en la evaluación técnica de los procesos licitatorios o
contrataciones directas que se efectúen con motivo de las acciones
vinculadas a ejecución de obra hasta su finalización.
9. Entender en las tareas de estudio, anteproyecto, proyecto,
dirección, y ejecución de las obras de infraestructura del transporte
que
se realicen en el ámbito público.
10. Entender en la elaboración, ejecución, modificación, reformulación
y rescisión de los contratos celebrados oportunamente.
11. Intervenir en la inspección, administración y seguimiento de las
obras de infraestructura de transporte realizadas en la órbita del
Ministerio y sus organismos descentralizados.
12. Ejecutar Obras Públicas de integración físico-territorial con el
resto de América del Sur, en coordinación con las áreas competentes en
la materia.
MINISTERIO DE TRANSPORTE
SECRETARIA DE OBRAS DE TRANSPORTE
SUBSECRETARIA DE SUPERVISIÓN Y CONTROL DE OBRAS
OBJETIVOS:
1. Evaluar, supervisar y controlar la ejecución de los planes,
programas y proyectos en materia de obras de infraestructura de
transporte llevados a cabo en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
2. Coordinar la interacción entre las distintas áreas dependientes del
MINISTERIO DE TRANSPORTE, entes desconcentrados y descentralizados y
Empresas del Estado en todo lo relacionado con obras de infraestructura.
3. Implementar un sistema de información geográfica de Obras Públicas
consideradas en los planes estratégicos sectoriales y globales.
4. Ejecutar el sistema de control de los proyectos ejecutadas por el
Ministerio.
5. Intervenir en el seguimiento de los compromisos adquiridos por el
Gobierno Nacional con las diferentes agencias y organismos
internacionales en cuanto a la debida ejecución de los programas y
proyectos del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
6. Implementar y operar el sistema integrado de seguimiento y
evaluación de resultado e impacto de la ejecución de los programas y
proyectos con financiamiento externo, que contemple los procesos
involucrados, asi como las reprogramaciones que se puedan requerir,
articulando su actividad con las aéreas competentes de Secretaría.
7. Intervenir en el control de gestión de las obras de infraestructura
realizadas en la órbita del Ministerio, sus organismos descentralizados
y Empresas del Estado.
PLANILLA ANEXA al artículo 3º
XXVIII- MINISTERIO DE TRANSPORTE
- AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
- COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DE TRANSPORTE
- DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD
- JUNTA DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DE AVIACIÓN CIVIL
- ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
- ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA)
- ENTIDAD BINACIONAL PARA EL PROYECTO TUNEL DE BAJA ALTURA -
FERROCARRIL TRASANDINO CENTRAL (EBIFETRA)
- OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO
- FERROCARRILES ARGENTINOS SOCIEDAD DEL ESTADO
- ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO
- EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACION AEREA SOCIEDAD DEL ESTADO
- ADMINISTRADORA DE RECURSOS HUMANOS FERROVIARIOS SOCIEDAD ANÓNIMA CON
PARTICIPACIÓN ESTATAL MAYORITARIA
- BELGRANO CARGAS Y LOGISTICA SOCIEDAD ANÓNIMA
- AEROLINEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANÓNIMA
- AUSTRAL LÍNEAS AÉREAS - CIELOS DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA
- INTERCARGO SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL
- INSTITUTO ARGENTINO DEL TRANSPORTE (Desconcentrado)
Anexo I al artículo 4°
(UNIDAD EJECUTORA CENTRAL (UEC) creada por art. 1° del Decreto N° 547/2016 B.O. 04/04/2016). (Nota Infoleg: por art. 1° del Decreto N° 547/2016 B.O. 04/04/2016 se crea la UNIDAD EJECUTORA CENTRAL (UEC), bajo la
dependencia directa del titular de la Cartera, la que tendrá por objeto
la gestión y ejecución de los programas y/o proyectos financiados total
o parcialmente con fuentes de financiamiento externas, que se detallan
en el Anexo I que forma parte integrante del decreto de referencia,
como así también de todos aquellos que en el futuro se desarrollen en
la órbita del Ministerio, en orden a las competencias detalladas en el
Anexo II de la mencionada medida)
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 222/2016 del Ministerio de Transporte B.O. 4/8/2016 se transfiere a partir de la hora CERO (0) del día 1° de
agosto de 2016 a la EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL
ESTADO (EANA S.E.), los Centros de Control de Área, las Torres de
Tránsito Aéreo y los servicios asociados al control de tránsito aéreo,
como así también todo bien patrimonial afectado directa o
indirectamente a la prestación del Servicio Público de Navegación Aérea
desde la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, organismo
descentralizado bajo la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE y desde la
DIRECCION GENERAL DE CONTROL DE TRÁNSITO AÉREO de la FUERZA AÉREA
ARGENTINA, dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA, con excepción de
aquellos enumerados en el Anexo I de la Ley N° 27.161.)
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 222/2016 del Ministerio de Transporte B.O. 4/8/2016 se transfiere a partir de la hora CERO (0) del día 1 de
agosto de 2016 las funciones de control operativo de la prestación del
Servicio Público de Navegación Aérea a cargo de la DIRECCION GENERAL DE
CONTROL DE TRANSITO AÉREO en el ámbito de la FUERZA AÉREA ARGENTINA,
dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA, al ámbito de la EMPRESA
ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA S.E.), con
excepción de los enumerados en el Anexo I de la Ley N° 27.161.)
Planilla Anexa al Artículo 5°
(Dirección de Mesa de Entradas,
Notificaciones y Despacho, Dirección de Información al Público y Dirección de Sumarios, incorporadas con dependencia de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, por art. 1° de la Decisión Administartiva N° 212/2016 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 22/3/2016)
MINISTERIO DE TRANSPORTE
UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Verificar el mantenimiento de un adecuado Sistema de Control Interno
incorporado a la organización administrativa de la Jurisdicción,
privilegiando las pautas dictadas por la economía, eficiencia y
eficacia.
ACCIONES:
1. Establecer la planificación de la Auditoría Interna de la
Jurisdicción, conforme a las normas generales de Control Interno y de
Auditoría Interna Gubernamental.
2. Elaborar el Plan Anual de la Auditoría Interna.
3. Evaluar el cumplimiento de las políticas, planes y procedimientos
determinados por la autoridad superior.
4. Asesorar en la determinación de las normas y procedimientos propios
del Sistema de Control Interno.
5. Tomar conocimiento integral de los actos y evaluar aquellos de
significativa trascendencia económica.
6. Verificar si en las erogaciones e ingresos de la Jurisdicción, se
cumplen los principios contables y niveles presupuestarios de acuerdo a
la normativa legal vigente.
7. Constatar la confiabilidad de los antecedentes utilizados en la
elaboración de los informes y/o estados informativos contables.
8. Precisar la exactitud del registro de los activos y las medidas de
resguardo adoptadas para su protección.
9. Emitir opinión, en el ámbito de su competencia, en todo estado
informativo contable emitido por las unidades ejecutoras.
10. Producir informes periódicos sobre las auditorias desarrolladas y
otros controles practicados.
11. Comunicar a las autoridades superiores y a la SINDICATURA GENERAL
DE LA NACIÓN los desvíos que se detecten con las observaciones y
recomendaciones que se formulen.
12. Efectuar el seguimiento de las recomendaciones y observaciones
realizadas.
13. Informar sobre los temas que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN
requiera en lo atinente al desarrollo de sus actividades.
14. Examinar y evaluar la información relativa al impacto de las
políticas públicas, producida por los responsables de cada uno de los
programas y proyectos.
15. Evaluar el cumplimiento del Plan Anual de la Auditoría Interna.
16. Elaborar y mantener actualizada la evaluación de riesgos de
auditoría de la Jurisdicción.
MINISTERIO DE TRANSPORTE
SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en la programación y ejecución de los actos vinculados con la
gestión económico-financiera y contable del Ministerio.
ACCIONES
1. Entender en las actividades relativas a la administración, el manejo
y la custodia de fondos y valores, como así también todo lo relacionado
con las registraciones contables y presupuestarias, la preparación de
balances, estados de ejecución, rendiciones de cuentas y gastos.
2. Asistir en el diseño de la política presupuestaria de la
jurisdicción y en la evaluación de su cumplimiento.
3. Coordinar la formulación del anteproyecto de presupuesto.
4. Efectuar las registraciones dispuestas por la Ley de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N°
24.156 y sus modificatorias.
5. Entender en las licitaciones y contrataciones cuya tramitación se
efectúe por el régimen de contrataciones del ESTADO NACIONAL, así como
también en la elaboración, modificación y rescisión de los contratos de
cualquier naturaleza celebrados o a celebrarse.
6. Elaborar los instrumentos necesarios para contribuir con el mejor
aprovechamiento de los recursos disponibles en la Jurisdicción y sus
organismos descentralizados.
MINISTERIO DE TRANSPORTE
SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan al
personal, su carrera administrativa, su capacitación y desarrollo, las
relaciones laborales y el servicio de medicina del trabajo,
organización y de higiene y seguridad en el trabajo de la Jurisdicción.
ACCIONES:
1. Administrar y actualizar los sistemas de información relacionados
con la aplicación de las herramientas de administración de recursos
humanos, aplicando los controles que permitan la correcta liquidación
de haberes del personal.
2. Gestionar las actividades inherentes al desarrollo de la carrera
administrativa: selección, integración, evaluación de desempeño,
promoción y capacitación del personal del Ministerio.
3. Monitorear el estado de avance del personal en el régimen de carrera
y proponer las políticas y medidas pertinentes.
4. Entender en la adecuada aplicación de la legislación en materia de
condiciones y medio ambiente del trabajo.
5. Entender en el mantenimiento y actualización de los legajos únicos
del personal y las bases de datos correspondientes.
6. Mantener las relaciones laborales con los representantes gremiales,
administrando los acuerdos resultantes de convenios y negociaciones
colectivas.
7. Coordinar la prestación del servicio médico de la Jurisdicción.
8. Coordinar los procesos, flujos y procedimientos de trabajo,
proponiendo las modificaciones y optimizaciones acordes a las
necesidades y desarrollo de la organización, incluyendo todo lo
relativo a la liquidación de haberes.
MINISTERIO DE TRANSPORTE
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en la elaboración de proyectos de normas jurídicas y asesorar
a las dependencias del Ministerio, como así también, ejercer la
representación del ESTADO NACIONAL en juicio. Entender en el
diligenciamiento de la documentación referida a oficios judiciales y
notificaciones.
ACCIONES:
1. Supervisar el estudio, análisis y redacción de proyectos de normas
jurídicas relativas a las competencias de la Jurisdicción.
2. Asumir la representación y defensa en juicio del ESTADO NACIONAL, en
la medida que sea de la competencia del Ministerio, en su carácter de
Delegación del Cuerpo de Abogados del Estado, proponiendo los
funcionarios letrados que deberán actuar e impartiéndoles las
instrucciones que fueren pertinentes.
3. Brindar asesoramiento sobre la normativa aplicable y dictaminar en
las cuestiones jurídico- legales relacionadas con el cumplimiento de
las funciones del Ministerio y de los organismos integrantes del mismo.
4. Dictaminar en las actuaciones en las que se substancien recursos
administrativos contra actos emanados del Ministerio, de sus organismos
dependientes o de los que actúen dentro de su Jurisdicción.
5. Intervenir en la elaboración, celebración, ejecución y aplicación de
los convenios y acuerdos internacionales que afecten o se refieran a
las actividades de competencia de la Jurisdicción.
6. Intervenir en la elaboración de los proyectos de contratos,
convenios y demás instrumentos de carácter jurídico originados en otros
organismos del Ministerio..
7. Intervenir en todo planteo que deba ser sometido a la PROCURACION
DEL TESORO DE LA NACION, a la FISCALIA NACIONAL DE INVESTIGACIONES
ADMINISTRATIVAS, a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, y a la
AUDITORIA GENERAL DE LA NACION.
8. Supervisar la gestión de las notificaciones y tramitar los oficios
correspondientes a la Jurisdicción librados por los distintos fueros.
MINISTERIO DE TRANSPORTE
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE MESA DE ENTRADAS, NOTIFICACIONES Y DESPACHO
(Dirección, Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas por art. 1° de la Decisión Administartiva N° 212/2016 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 22/3/2016)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asistir en las actividades de recepción, registro, tramitación,
notificación de expedientes, protocolización de normativa y egreso de
la documentación administrativa, despachar la documentación de
particulares, efectuar el seguimiento de los trámites administrativos
de la Jurisdicción.
ACCIONES:
1. Coordinar la recepción, registro, tramitación, protocolización y
notificación de expedientes de Convenios, Acuerdos, Resoluciones y
Disposiciones, así como toda documentación administrativa.
2. Coordinar el giro de la documentación a las distintas áreas conforme
la responsabilidad primaria asignada a cada una de ellas, controlando
el cumplimiento de los plazos de tramitación.
3. Coordinar, según corresponda, la publicación de las normas en el Boletín Oficial.
4. Certificar las firmas de funcionarios del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
5. Supervisar el seguimiento de los trámites y asesorar e informar al
señor Subsecretario de Coordinación, cuando éste lo requiera.
6. Otorgar vistas de acuerdo a la normativa.
7. Coordinar el registro y guarda de los expedientes y de los actos administrativos dictados en la Jurisdicción,
8. Gestionar el despacho del señor Ministro elevando para su
intervención todos aquellos proyectos que se encuentren analizados
desde el punto de vista técnico legal y que requieran su refrendo.
9. Efectuar el control de los proyectos, desde el punto de vista formal
y formular las observaciones pertinentes que pudieren corresponder,
ello de acuerdo con la normativa legal vigente.
MINISTERIO DE TRANSPORTE
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE INFORMACIÓN AL PÚBLICO
(Dirección, Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas por art. 1° de la Decisión Administartiva N° 212/2016 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 22/3/2016)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Dirigir todo lo relacionado con el suministro de información acerca del
estado de tramitación de expedientes y proyectos normativos como así
también en relación a los fines, competencia y funcionamiento del
Ministerio.
ACCIONES:
1. Suministrar información a sobre el estado de tramitación de
Expedientes y Proyectos de Leyes, Decretos, Decisiones Administrativas,
Mensajes y Leyes, Resoluciones y Disposiciones, dando cumplimiento a lo
establecido por el Decreto N° 1172 de fecha 3 de diciembre de 2003.
2. Suministrar copia autenticada de Leyes, Decretos, Decisiones
Administrativas, Mensajes y Leyes, Resoluciones y Disposiciones de
responsabilidad primaria del Ministerio.
3. Orientar al público acerca de la organización y contactos del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
4. Realizar el seguimiento de gestión de los Proyectos de Ley aprobados
por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN remitidos a consideración del
PODER EJECUTIVO NACIONAL, que requieran la evaluación de las áreas
competentes del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
5. Asistir en el análisis y derivación de la documentación ingresada a las áreas con competentes del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
6. Otorgar la carta poder a la que se refiere el Artículo 33 del
“Reglamento de Procedimientos Administrativos”, Decreto N° 1759/72
(T.O. 1991).
7. Actuar como Unidad de Enlace con la SUBSECRETARÍA DE REFORMA
INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA, dependiente del
MINISTERIO DE INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, en el marco de lo
establecido por el Decreto N° 1172/03, así como la coordinación la
recepción, tramitación y respuesta en término de los pedidos de
informes emanados de los diferentes organismos de la Administración
Pública Nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires.
8. Dar el curso correspondiente a las denuncias formuladas ante la
OFICINA ANTICORRUPCIÓN, por incumplimiento a lo dispuesto por el
Decreto N° 1172/03.
9. Recepcionar quejas y/o denuncias que puedan surgir con motivo de demoras o Incumplimientos en la tramitación administrativa.
MINISTERIO DE TRANSPORTE
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECCIÓN DE SUMARIOS
(Dirección, Responsabilidad Primaria y Acciones incorporadas por art. 1° de la Decisión Administartiva N° 212/2016 de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 22/3/2016)
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Dirigir la sustanciación de sumarios disciplinarios en Jurisdicción del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
ACCIONES:
1. Instruir los sumarios e informaciones sumarias con el objeto de
determinar la responsabilidad disciplinaria —exista o no perjuicio— de
los agentes de la jurisdicción alcanzados por las prescripciones del
Reglamento de Investigaciones Administrativas vigente y normas
concordantes, reglamentarias, complementarias y modificatorias.
2. Elaborar los instrumentos necesarios para que el funcionario
competente formule las denuncias que correspondieren, en los casos en
que se advierta la existencia de hechos que en principio, revistieren
las características externas de delitos de acción pública.
3. Supervisar la recopilación de los informes y la documentación
necesaria para determinar el perjuicio y la responsabilidad patrimonial
emergente, proponiendo a los organismos competentes el ejercicio de las
acciones de recupero.
4. Fiscalizar la realización de diligencias a que alude el reglamento de investigaciones y de toda otra que resulte necesaria.