MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 1455/2015
Bs. As., 23/09/2015
VISTO el Expediente N° 1.666.702/15 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2, 6 y 7 del Expediente N° 1.686.472/15 agregado a fojas 76
del Expediente N° 1.666.702/15, luce agregado escala y actas
complementarias suscriptas por la UNION OBRERA METALÚRGICA DE LA
REPUBLICA ARGENTINA por el sector sindical y la CÁMARA ARGENTINA DEL
ACERO (C.A.A.), SIDERCA SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL y el
CENTRO DE LAMINADORES INDUSTRIALES METALÚRGICOS ARGENTINOS
(C.L.I.M.A.), por la parte empleadora, en el marco del Convenio
Colectivo de Trabajo N° 260/75, conforme a lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que el mentado acuerdo se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 260/75.
Que bajo la mentada escala las partes acompañan nuevos valores del
seguro de vida y sepelio con vigencia a partir del mes de Octubre de
2015.
Que los agentes negociales han acreditado la personería y facultades
para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en
autos.
Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la
correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector
empleador firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su
personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto
administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Declárese homologada la escala y actas complementarias
suscripta por la UNION OBRERA METALÚRGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA por
el sector sindical y la CÁMARA ARGENTINA DEL ACERO (C.A.A.), SIDERCA
SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL y el CENTRO DE LAMINADORES
INDUSTRIALES METALÚRGICOS ARGENTINOS (C.L.I.M.A.), por la parte
empleadora, que luce a fojas 2, 6 y 7 del Expediente N° 1.686.472/15
agregado a fojas 76 del Expediente N° 1.666.702/15, en el marco del
Convenio Colectivo de Trabajo N° 260/75, conforme lo dispuesto en la
Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación
registre la escala conjuntamente con actas complementarias obrantes a
fojas 2, 6 y 7 del Expediente N° 1.686.472/15 agregado a fojas 76 del
Expediente N° 1.666.702/15.
ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita
del acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán
proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N°
14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente N° 1.666.702/15
Buenos Aires, 24 de septiembre de 2015
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1455/15 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2, 6 y 7 del expediente N°
1.686.472/15, agregado como foja 76 al expediente de referencia,
quedando registrado bajo el número 1214/15. — Lic. ALEJANDRO INSUA,
Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
Expte. N° 1.686.472/15.
(Ref. Expte. N° 1.666.702/15)
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 26 días del mes de agosto
de 2015, siendo las 12.00 horas, comparece espontáneamente en este
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por ante la Lic.
Daniela PESSI, Secretaria de Conciliación del Departamento de
Relaciones Laborales Nro. 3 de la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES DEL
TRABAJO, el Sr. Antonio CATTANEO en su condición de Secretario de
Organización de la UNION OBRERA METALÚRGICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
(UOMRA).
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, EL SECTOR
GREMIAL MANIFIESTA: que, en virtud de lo pactado en el último acuerdo
suscripto entre las partes con fecha 30/06/2015, vienen a ratificar la
planilla con los nuevos valores del seguro de vida y sepelio (art. 52
CCT 260/75) vigentes desde el 01/10/2015, que fuera acompañada en la
presentación de fecha 12/08/2015 (expediente N° 1.686.472/15)
solicitando que la presentación sea agregada al expediente de la
referencia y que se la considere como parte integrante del referido
acuerdo. Ratifican en todos sus términos la planilla acompañada,
solicitando se proceda a su pronta y oportuna homologación.
Se le comunica que el acuerdo celebrado y ratificado anteriormente, del
cual solicita su homologación; será elevado a la Superioridad en este
acto, quedando sujeto al control de legalidad previsto en la Ley N°
14250.
Con lo que termino el acto, siendo las 12.30 horas, firmando el
compareciente previa lectura y ratificación para constancia, ante mí
que certifico.
Expte. N° 1.686.472/15.
(Ref. Expte. N° 1.666.702/15)
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo las 14.30 horas, del
1ero. De septiembre de 2015, comparece espontáneamente en este
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por ante la Lic.
Daniela PESSI, Secretaria de Conciliación del Departamento de
Relaciones Laborales Nro. 3 de la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES DEL
TRABAJO, el Dr. Julio Caballero en representación de la CÁMARA
ARGENTINA DEL ACERO (CAA) y SIDERCA S.A.I.C. y el Dr. Rodolfo SANCHEZ
MORENO en representación del CENTRO DE LAMINADORES INDUSTRIALES
METALURGICOS DE LA ARGENTINA (CLIMA)-Declarado abierto el acto por la
funcionaria actuante, EL SECTOR EMPRESARIO MANIFIESTA: que, en virtud
de lo pactado en el último acuerdo suscripto entre las partes con fecha
30/06/2015, vienen a ratificar la planilla con los nuevos valores del
seguro de vida y sepelio (art. 52 CCT 260/75) vigentes desde el
01/10/2015, que fuera acompañada en la presentación de fecha 12/08/2015
(expediente N° 1.686.472/15) solicitando que la presentación sea
agregada al expediente de la referencia y que se la considere como
parte integrante del referido acuerdo. Ratifican en todos sus términos
la planilla acompañada, solicitando se proceda a su pronta y oportuna
homologación.
Se le comunica que el acuerdo celebrado y ratificado anteriormente, del
cual solicita su homologación; será elevado a la Superioridad en este
acto, quedando sujeto al control de legalidad previsto en la Ley N°
14250.
Con lo que termino el acto, siendo las 15.00 horas, firmando el
compareciente previa lectura y ratificación para constancia, ante mí
que certifico.