MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 1455/2015

Bs. As., 23/09/2015

VISTO el Expediente N° 1.666.702/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2, 6 y 7 del Expediente N° 1.686.472/15 agregado a fojas 76 del Expediente N° 1.666.702/15, luce agregado escala y actas complementarias suscriptas por la UNION OBRERA METALÚRGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA por el sector sindical y la CÁMARA ARGENTINA DEL ACERO (C.A.A.), SIDERCA SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL y el CENTRO DE LAMINADORES INDUSTRIALES METALÚRGICOS ARGENTINOS (C.L.I.M.A.), por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 260/75, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que el mentado acuerdo se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 260/75.

Que bajo la mentada escala las partes acompañan nuevos valores del seguro de vida y sepelio con vigencia a partir del mes de Octubre de 2015.

Que los agentes negociales han acreditado la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.

Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empleador firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárese homologada la escala y actas complementarias suscripta por la UNION OBRERA METALÚRGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA por el sector sindical y la CÁMARA ARGENTINA DEL ACERO (C.A.A.), SIDERCA SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL y el CENTRO DE LAMINADORES INDUSTRIALES METALÚRGICOS ARGENTINOS (C.L.I.M.A.), por la parte empleadora, que luce a fojas 2, 6 y 7 del Expediente N° 1.686.472/15 agregado a fojas 76 del Expediente N° 1.666.702/15, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 260/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre la escala conjuntamente con actas complementarias obrantes a fojas 2, 6 y 7 del Expediente N° 1.686.472/15 agregado a fojas 76 del Expediente N° 1.666.702/15.

ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.666.702/15

Buenos Aires, 24 de septiembre de 2015

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1455/15 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2, 6 y 7 del expediente N° 1.686.472/15, agregado como foja 76 al expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1214/15. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.


Expte. N° 1.686.472/15.

(Ref. Expte. N° 1.666.702/15)

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 26 días del mes de agosto de 2015, siendo las 12.00 horas, comparece espontáneamente en este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por ante la Lic. Daniela PESSI, Secretaria de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nro. 3 de la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO, el Sr. Antonio CATTANEO en su condición de Secretario de Organización de la UNION OBRERA METALÚRGICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (UOMRA).

Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, EL SECTOR GREMIAL MANIFIESTA: que, en virtud de lo pactado en el último acuerdo suscripto entre las partes con fecha 30/06/2015, vienen a ratificar la planilla con los nuevos valores del seguro de vida y sepelio (art. 52 CCT 260/75) vigentes desde el 01/10/2015, que fuera acompañada en la presentación de fecha 12/08/2015 (expediente N° 1.686.472/15) solicitando que la presentación sea agregada al expediente de la referencia y que se la considere como parte integrante del referido acuerdo. Ratifican en todos sus términos la planilla acompañada, solicitando se proceda a su pronta y oportuna homologación.

Se le comunica que el acuerdo celebrado y ratificado anteriormente, del cual solicita su homologación; será elevado a la Superioridad en este acto, quedando sujeto al control de legalidad previsto en la Ley N° 14250.

Con lo que termino el acto, siendo las 12.30 horas, firmando el compareciente previa lectura y ratificación para constancia, ante mí que certifico.

Expte. N° 1.686.472/15.

(Ref. Expte. N° 1.666.702/15)

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo las 14.30 horas, del 1ero. De septiembre de 2015, comparece espontáneamente en este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por ante la Lic. Daniela PESSI, Secretaria de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nro. 3 de la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO, el Dr. Julio Caballero en representación de la CÁMARA ARGENTINA DEL ACERO (CAA) y SIDERCA S.A.I.C. y el Dr. Rodolfo SANCHEZ MORENO en representación del CENTRO DE LAMINADORES INDUSTRIALES METALURGICOS DE LA ARGENTINA (CLIMA)-Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, EL SECTOR EMPRESARIO MANIFIESTA: que, en virtud de lo pactado en el último acuerdo suscripto entre las partes con fecha 30/06/2015, vienen a ratificar la planilla con los nuevos valores del seguro de vida y sepelio (art. 52 CCT 260/75) vigentes desde el 01/10/2015, que fuera acompañada en la presentación de fecha 12/08/2015 (expediente N° 1.686.472/15) solicitando que la presentación sea agregada al expediente de la referencia y que se la considere como parte integrante del referido acuerdo. Ratifican en todos sus términos la planilla acompañada, solicitando se proceda a su pronta y oportuna homologación.

Se le comunica que el acuerdo celebrado y ratificado anteriormente, del cual solicita su homologación; será elevado a la Superioridad en este acto, quedando sujeto al control de legalidad previsto en la Ley N° 14250.

Con lo que termino el acto, siendo las 15.00 horas, firmando el compareciente previa lectura y ratificación para constancia, ante mí que certifico.