MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y MONITOREO INSTITUCIONAL

Resolución 18847/2015

Bs. As., 12/11/2015

VISTO el Expediente N° E-18088-2015 del Registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACION, la Ley N° 25.865 del 15 de enero de 2004 y sus modificatorias, la Ley N° 26.355 del 28 de febrero de 2008, la Ley N° 26.565 del 21 de diciembre de 2009, los Decretos N° 189 del 13 de febrero de 2004 y su modificatoria y N° 893 del 07 de junio de 2012, la Resolución MDS N° 4521 del 29 de Julio de 2010, la Resolución Conjunta MDS N° 365 del 23 de febrero de 2009 y Resolución General AFIP N° 2564, la Resolución SSSalud N° 667 del 27 de agosto de 2004, la Resolución INAES N° 4664 del 19 de diciembre de 2013, las Resoluciones SC y MI N° 10204 del 01 de diciembre de 2010, N° 2489 del 05 de marzo de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 25.865 se modificó la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificatorias, Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) -Monotributo.

Que por dicha norma se establece un nuevo sujeto económico con características propias denominado Efector de Desarrollo Local y Economía Social, que será inscripto en un Registro afín dentro de la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACION.

Que por Ley N° 26.565 se modifica dicho régimen tributario, elevando los montos de facturación y ratificando al Monotributo Social como categoría tributaria permanente.

Que por Decreto N° 189 de fecha 13 de febrero de 2004 se creó el REGISTRO NACIONAL DE EFECTORES DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMIA SOCIAL (REDLES) en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, con la finalidad de promover la inclusión y formalización de quienes realizan actividades económicas enmarcadas en la economía social, cumpliendo con un modelo de desarrollo inclusivo y con justicia social.

Que concurrentemente con las políticas nacionales tendientes a impulsar el desarrollo local y la economía social, es necesario fortalecer a este sector a través de normativas específicas que favorezcan la formalización de sus actividades productivas.

Que por Resolución N° 466/05 la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, dependiente del Ministerio de Salud, determinó la forma de elección y de opción de la obra social para los sujetos inscriptos en el REGISTRO NACIONAL DE EFECTORES DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMIA SOCIAL

Que la SECRETARÍA DE LA SEGURIDAD SOCIAL, dependiente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, mediante la Resolución N° 19/09 reglamentó el procedimiento de reconocimiento del componente previsional para los monotributistas sociales.

Que por Resolución Conjunta MDSN N° 365/2009 y General AFIP N° 2564/2009 se determinaron los procedimientos inherentes a la inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE EFECTORES DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMÍA SOCIAL.

Que por Resolución SC y MI N° 10204/2010 se aprobó el marco normativo para la tramitación de las solicitudes de inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE EFECTORES DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMÍA SOCIAL.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, por Resolución N° 4664/13 flexibilizó los requisitos para los asociados a cooperativas de trabajo pudiendo optar la realización de las cotizaciones en regímenes distintos al de autónomo.

Que por el artículo 7° de la Resolución SC y MI N° 2489 de fecha 5 de marzo de 2015 se aprobó la entrada en vigencia y procedimiento de distribución de los nuevos formularios de solicitud de inscripción en el Monotributo Social a partir del 1 de abril de 2015.

Que el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha incorporado nueva tecnología informática que permite procesar y transmitir la información con mayor celeridad a los organismos públicos intervinientes en los procedimientos del REGISTRO NACIONAL DE EFECTORES DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMIA SOCIAL (REDLES).

Que por ello, resulta necesaria, a los efectos de adecuar la normativa específica, proceder a dejar sin efecto la Resolución SC y MI N° 10204/2010, y avanzar en el dictado de una nueva resolución que contemple los objetivos actuales del Monotributo Social.

Que en consecuencia, corresponde dictar la presente a fin de reformular los objetivos generales y procedimientos en la gestión de la información en el REGISTRO NACIONAL DE EFECTORES DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMÍA SOCIAL (REDLES) y la entrada en vigencia y uso del nuevo sistema informático “Efectores” como administrador de la base “REDLES’“.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en ejercicio de facultades conferidas por la Ley N° 22.520, texto ordenado en 1992, sus modificaciones y normas complementarias, el Decreto N° 357/02 y modificatorios, el Decreto N° 112 del 10 de diciembre de 2011 y el Decreto N° 566 del 13 de abril de 2015.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COORDINACION Y MONITOREO INSTITUCIONAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Derógase la Resolución SC y MI N° 10.204 del 01 de diciembre de 2010.

ARTÍCULO 2° — Apruébanse los “Objetivos Generales y Procedimientos de Gestión de la Dirección Nacional de Fomento del Monotributo Social”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3° — Apruébase el nomenclador de actividades relacionadas con el desarrollo local y la economía social, extraído del Clasificador de Actividades Económicas (CLAE) - Formulario AFIP N° 883, en versión abreviada y que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4° — Determínese que la Dirección Nacional de Fomento del Monotributo Social y la Dirección del Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social son, en orden a las competencias de cada una de ellas, la Autoridad de Aplicación del procedimiento reglado en la presente Resolución.

ARTÍCULO 5° — Autorízase a la Dirección Nacional de Fomento del Monotributo Social a dictar la disposición que adecue los procedimientos administrativos del Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social a la presente resolución.

ARTÍCULO 6° — La presente resolución es refrendada por la Señora Directora Nacional de Fomento del Monotributo Social.

ARTÍCULO 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Cdor. CARLOS D. CASTAGNETO, Secretario de Coordinación y Monitoreo Institucional, Ministerio de Desarrollo Social. — Dra. MARCELA ILACQUA, Directora, Dirección Nacional de Fomento del Monotributo Social, Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 07/01/2016 N° 422/16 v. 07/01/2016

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)

(Nota Infoleg: las modificaciones a los Anexos que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")