Decreto 34/2016
Transfiérese a la jurisdicción del
Ministerio de Transporte la tenencia de acciones del capital social de
Intercargo Sociedad Anónima Comercial.
Bs. As., 07/01/2016
VISTO los Decretos Nros. 1188 de fecha 15 de julio de 1994 y 2117 de
fecha 30 de noviembre de 1994 y la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520
texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias), y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1188 de fecha 15 de julio de 1994, se aprobaron
los Convenios General y Accesorio suscriptos por el señor Ministro de
Defensa, quien en representación del ESTADO NACIONAL, adquirió la
tenencia accionaria del OCHENTA POR CIENTO (80%) del capital social de
INTERCARGO SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL, concesionaria de la prestación
del servicio de atención en tierra de aeronaves en aeropuertos bajo
jurisdicción nacional, consolidando así en cabeza del ESTADO NACIONAL
la propiedad de la totalidad de las acciones de dicha empresa.
Que, por el Decreto N° 2117 de fecha 30 de noviembre de 1994, se
dispuso transferir al entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS las acciones clase “A” correspondientes al OCHENTA
POR CIENTO (80%) del capital social de la firma INTERCARGO S.A.C.
Que la transferencia a la jurisdicción del entonces MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS de la tenencia accionaria
adquirida por parte del ESTADO NACIONAL tuvo por objeto facilitar el
cumplimiento de las obligaciones contraídas en los Convenios General y
Accesorio y su implementación, asegurando asimismo la prestación del
servicio público que constituye la actividad de la sociedad
concesionaria, conforme a lo establecido por el Decreto N° 1188/94.
Que el MINISTERIO DE DEFENSA posee el restante VEINTE POR CIENTO (20%)
de la tenencia accionaria del capital social de INTERCARGO S.A.C.
Que el MINISTERIO DE DEFENSA mantiene a través del ESTADO MAYOR GENERAL
DE LA FUERZA AÉREA su carácter de concedente del servicio público
asumido en el Contrato de Concesión de fecha 24 de abril de 1990, en
virtud de las prescripciones del Decreto N° 2145 de fecha 20 de marzo
de 1973 y sus modificatorios.
Que por la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520 texto ordenado por Decreto
N° 438/92 y sus modificatorias), se creó entre otros, el MINISTERIO DE
TRANSPORTE, teniendo entre sus competencias, todo lo inherente al
transporte aéreo.
Que INTERCARGO SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL tiene por objeto principal la
prestación del servicio de atención en tierra de aeronaves en
aeropuertos, materia que en lo sustancial compete al MINISTERIO DE
TRANSPORTE.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico pertinente.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
El PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Transfiérese a la
jurisdicción del MINISTERIO DE TRANSPORTE la tenencia de acciones del
capital social de INTERCARGO SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL,
correspondientes al OCHENTA POR CIENTO (80%) del total del capital
social, transferidas al entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS por el Decreto N° 2117 de fecha 30 de noviembre de
1994, correspondiendo a dicho Ministerio la representación y el
ejercicio de los derechos societarios que competen al ESTADO NACIONAL
por las mismas.
Art. 2° — Comuníquese,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Alfonso de Prat Gay. — Javier
Dietrich.
(Nota Infoleg: por art. 1° del Decreto N° 770/2018
B.O. 23/8/2018 se transfiere al MINISTERIO DE TRANSPORTE la tenencia de
las acciones que representan el VEINTE POR CIENTO (20%) del total del
capital social de INTERCARGO SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL que se hallan
actualmente en jurisdicción del MINISTERIO DE DEFENSA, y por art. 3° de
la misma norma se transforma la sociedad “INTERCARGO SOCIEDAD ANÓNIMA
COMERCIAL” en el tipo social previsto en el artículo 1° de la Ley
General de Sociedades N° 19.550, T.O. 1984 y sus modificatorias,
denominándose “INTERCARGO SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL”)