Decisión Administrativa 10/2015
Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional Vigente para el Ejercicio 2015.
Bs. As., 30/12/2015
VISTO el Expediente N° S01:0361977/2015 del Registro del MINISTERIO DE
HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, la Ley N° 27.008 de Presupuesto General
de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015, la Decisión
Administrativa N° 1 de fecha 12 de enero de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario incrementar los créditos presupuestarios de la
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS), administración
descentralizada en el ámbito de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL del
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, a fin de afrontar el
pago de una suma de PESOS CUATROCIENTOS ($ 400) por única vez para los
beneficiarios que perciben la jubilación mínima del Sistema Integrado
Previsional Argentino (SIPA), para los beneficiarios de la Asignación
Universal por Hijo para Protección Social (AUH) y Asignación por
Embarazo para Protección Social, y para los pensionados no
contributivos.
Que resulta necesario adecuar el Presupuesto vigente de la JURISDICCIÓN
75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Organismo
Descentralizado 850 - ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
(ANSeS) a fin de reflejar las operaciones del Fondo de Garantía de
Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino (FGS),
creado por el Decreto N° 897 de fecha 12 de julio de 2007 y sus
modificaciones.
Que resulta necesario modificar los créditos vigentes de la
Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a los efectos de
incorporar los créditos necesarios para el pago por única vez
mencionado anteriormente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las disposiciones del
Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de
Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Modifícase el
Presupuesto General de la Administración Nacional vigente para el
Ejercicio 2015, conforme con el detalle obrante en las Planillas Anexas
al presente artículo.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Marcos Peña. — Alfonso de Prat Gay.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y
también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección
Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)